Judiciales ⚖️
Memorándum con Irán: el tribunal rechazó apartarse de la causa y ratificó audiencia por planteos de nulidad
El Tribunal Oral Federal 8 se negó a dejar el caso como habían pedido los familiares de víctimas del atentado, quienes actúan como querellantes, y ratificó la convocatoria a una audiencia pedida por la defensa de la vicepresidenta.
El Tribunal Oral Federal 8 se negó a dejar el caso como habían pedido los familiares de víctimas del atentado, Luis Czyzewski y Mario Averbuch, quienes actúan como querellantes, y ratificó la convocatoria a una audiencia pedida por la defensa de la vicepresidenta.
El Tribunal que prepara el juicio por supuesto encubrimiento del atentado a la AMIA a raíz de la firma del Memorándum con Irán rechazó apartarse del caso ante una recusación de la querella y ratificó la convocatoria a una audiencia pedida por la defensa de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.
Los jueces del Tribunal Oral Federal 8 María Gabriela López Iñiguez, Daniel Obligado y José Michilini se negaron a apartarse de la causa como habían pedido los familiares de víctimas del atentado Luis Czyzewski y Mario Averbuch, quienes actúan como querellantes, según la resolución.
Además de Czyzewski y Averbuch, la querella de la DAIA también se sumó al pedido de recusación, apoyado en el rechazo a que el tribunal haya habilitado la audiencia en la que Fernández de Kirchner pidió la nulidad del caso.
Uno de los argumentos de la defensa de la vicepresidenta giró en torno de la posible parcialidad de los jueces de Casación que reabrieron la investigación presentada por el fiscal Alberto Nisman, luego de que hubiera sido inicialmente desestimada.
Los magistrados que reabrieron el caso fueron Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, quienes aparecen en los registros de visitas al expresidente Mauricio Macri en la quinta de Olivos y en la Casa Rosada horas antes de resolver esa reapertura.
Lo que también planteó la defensa de Kirchner fue un cuestionamiento por no haberse citado en la causa a Ronald Noble, el extitular de Interpol que públicamente desmintió las versiones acerca de un pedido de hacer caer las alertas rojas contra exfuncionarios iraníes acusados por el atentado de 1994. Estas razones motivaron el planteo de la nulidad de la causa por parte de la vicepresidenta.
El tribunal desestimó también otro pedido de la querella para «no continuar con la actividad probatoria ya dispuesta» y ratificó la convocatoria a una audiencia a pedido de la defensa de la vicepresidenta para analizar esos planteos.
El TOF8 tampoco hizo lugar a un planteo para suspender la ejecución de otras medidas ordenadas en el marco de la llamada instrucción suplementaria en la causa abierta a raíz de la denuncia de Nisman, tras la firma del Memorándum de entendimiento con Irán por el ataque del 18 de julio de 1994 a la sede de la AMIA en el barrio porteño de Once.
«Respecto a la solicitud de no continuar con la actividad probatoria ya dispuesta no ha lugar sin perjuicio de la validez de los actos cumplimentados y a cumplimentarse, por lo cual continúese con el trámite de la presente causa», resolvieron los magistrados
En otra resolución y cada uno con su argumento, los tres jueces rechazaron apartarse del caso, por lo cual remitieron el planteo a la Cámara Federal de Casación Penal. En tanto, la querella recusó también al fiscal de juicio oral Marcelo Colombo y para analizar su situación el TOF8 convocó a una audiencia el próximo 7 de julio a las 9.30.
Para la defensa de Zannini, la causa se sostiene sobre «inventos disparatados»
La defensa del actual procurador del Tesoro de la Nación, Carlos Zannini, advirtió hoy que la causa por la firma del Memorándum con Irán por el atentado a la AMIA «se sostiene sobre los inventos más disparatados y peores maniobras ilegales», al cuestionar el intento de las querellas por apartar del caso a los jueces del Tribunal Oral Federal 8.
«La triste realidad es que hace más de seis años que esta causa se sostiene sobre los inventos más disparatados y peores maniobras ilegales», sostuvo el abogado Mariano Fragueiro Frías, defensor de Zannini, procesado en el caso, al igual que la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, en un escrito.
Fragueiro Frías pidió al TOF8 el rechazo «in limine» de las recusaciones de sus tres integrantes, Daniel Obligado, Gabriela López Iñiguez y José Michilini, quienes ya se negaron a apartarse del juicio, pero derivaron el tema para ser resuelto en la Cámara Federal de Casación.
También quedó firme la realización de una audiencia oral y pública a pedido de la defensa de la expresidenta y de otros dos imputados, Andrés Larroque y Juan Martín Mena, para debatir planteos de nulidad de toda la causa.
La defensa de Zannini advirtió sobre una cuestión que «desnuda completamente el accionar de las querellas». «Lo que motiva sus presentaciones es que los jueces han decidido, por primera vez en los seis años de proceso, que lo actuado tenga publicidad, y no se limite a las oscuras páginas de un expediente», afirmó el abogado.
En ese sentido, evaluó que la publicidad de la causa «es una de las mejores formas de garantizar imparcialidad, ya que da cuenta de la voluntad de los decisores de escuchar a todos por igual». Además, sostuvo que las acusaciones privadas «son completamente conscientes de que esta causa nunca debió existir y que ello puede ser percibido por cualquier persona».
Fragueiro Frías advirtió además que «el hecho de que salga a la luz significaría revelar la arbitraria, enceguecida e incalificable persecución de un sector ideológicamente contaminado de la jurisdicción y de las querellas a personas totalmente inocentes que, hace mucho tiempo, están sometidas a un injusto proceso».
La defensa de Zannini entendió que «el Tribunal debió rechazar ‘in limine’ los planteos, y que resultaba absolutamente estéril producir los informes que habiliten a una mayor dilación del proceso, y la intervención de la Cámara de Casación Federal».
Policiales 🚨
Chascomús: golpearon a un menor herido en el piso hasta la muerte y nadie hizo nada para detenerlo
La justicia bonaerense investiga si Kevin Martínez, de 15 años, murió como consecuencia del choque de tránsito que sufrió o de la golpiza que recibió mientras yacía herido en la calle. La autopsia determinó «politraumatismos» y «hemorragia interna», pero no resolvió aún la pregunta central del expediente.
Entre el accidente y la golpiza: la Justicia busca determinar qué mató al adolescente de Chascomús
★ La muerte de Kevin Martínez sacudió a Chascomús y abrió una investigación judicial que todavía no tiene respuesta para la pregunta más urgente: ¿qué mató al adolescente de 15 años? ¿El impacto del accidente de tránsito o los golpes que recibió de un vecino mientras estaba herido en el suelo? La justicia trabaja para desentrañar esa secuencia, y la respuesta tendrá consecuencias penales determinantes para los involucrados.
La autopsia N°1282/2026, realizada en la Morgue Judicial de la Nación por el doctor Di Salvo, estableció que las causas de muerte fueron «politraumatismos» y «hemorragia interna». El resultado forense quedó incorporado al expediente, pero su alcance es técnicamente ambiguo: ambas causas pueden derivar tanto de un impacto vehicular como de una agresión física directa, razón por la cual la investigación continúa abierta y enfocada en reconstruir la cronología exacta de los hechos.
Un vecino que bajó del auto y golpeó a un menor en el piso
El episodio ocurrió en la ciudad bonaerense de Chascomús. El adolescente fue atropellado en un accidente de tránsito y, según denunciaron sus familiares y testigos presenciales, mientras permanecía herido en la calle, un hombre que descendió de uno de los vehículos involucrados en el siniestro lo golpeó en el piso. La combinación de ambos eventos derivó en su muerte.
Lo que esa escena dejó expuesto no fue solo la brutalidad de quien agredió a un menor ya lastimado: también exhibió la inacción de quienes estaban presentes y no hicieron nada para impedirlo.
La abuela del joven fue contundente al hablar públicamente sobre lo ocurrido: «Nadie hizo nada para evitar que le peguen», reclamó en declaraciones ante los medios. Sus palabras condensan una dimensión del caso que va más allá de lo judicial: la de la omisión social frente a una situación de violencia sobre un chico de 15 años que ya no podía defenderse.
La clave jurídica: qué lesión causó la muerte
La investigación se concentra ahora en una distinción que resultará determinante para el encuadre penal. Si los peritos logran establecer que Kevin ya estaba con riesgo de muerte por el choque antes de recibir los golpes, la situación del hombre que lo agredió podría encuadrar en una figura diferente a la del homicidio doloso. Si, en cambio, se acredita que la golpiza fue la causa determinante o agravante de su deceso, las consecuencias jurídicas para el agresor se amplían significativamente.
La justicia analiza pericias, testimonios y registros de cámaras de seguridad. El caso permanece en etapa de investigación y aún no se formalizaron imputaciones definitivas, según la información disponible al cierre de esta edición.
Un chico de 15 años, una ciudad conmocionada
La muerte de Kevin Martínez generó conmoción en Chascomús. El caso reúne varios elementos que lo vuelven especialmente sensible: la víctima era un adolescente, la agresión ocurrió en la vía pública con testigos, y la inacción de quienes presenciaron la golpiza sin intervenir forma parte del relato familiar. La investigación judicial todavía tiene por delante un tramo relevante antes de definir responsabilidades, pero lo que ya está probado desde el inicio del expediente es que un menor fue golpeado en el piso, herido, mientras otros miraban.
Puntos clave:
- Kevin Martínez, 15 años, murió en Chascomús tras un accidente de tránsito seguido de una agresión física.
- La autopsia N°1282/2026 determinó «politraumatismos» y «hemorragia interna» como causas de muerte.
- La justicia investiga si el deceso fue consecuencia del choque o de la posterior golpiza de un vecino.
- Familiares denuncian que el menor fue golpeado mientras yacía herido, sin que nadie intervinieran.
- La causa analiza pericias, testimonios y cámaras de seguridad para establecer responsabilidades penales.
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