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Judiciales ⚖️

Casación confirmó la pena a Julio De Vido a más de 5 años de prisión

La Justicia confirmó la condena del ex ministro de Planificación Federal, acusado de “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”, en una causa vinculada a la tragedia de Once y por falta de mantenimiento en trenes.

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La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a 5 años y 8 meses de prisión al ex ministro de Planificación Federal, acusado de “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública” en una causa vinculada a la tragedia ferroviaria de Once y por falta de mantenimiento en trenes.

La decisión fue adoptada por la Sala III del máximo tribunal penal que, con su fallo, confirmó la condena contra el ex funcionario por no haber controlado el desempeño de las firmas que tenían concesionada la explotación del servicio ferroviario de la línea Sarmiento, lo que terminó por generar un perjuicio para el Estado y la disminución de la vida útil del material rodante.

Se trata de un expediente derivado de la investigación en la que se juzgó la tragedia de Once propiamente dicha, en la que la defensa de De Vido reclamaba su absolución mientras la querella de las víctimas del accidente ferroviario reclamaban una pena de 10 años de prisión y la fiscalía una condena de 9 años.

Esa falta de control, según determinó la justicia, fue uno de los factores que intervinieron en la tragedia ferroviaria ocurrida el 22 de febrero de 2012 cuando una formación del Sarmiento chocó en la estación Once y provocó la muerte de 51 personas y más de 700 heridos.

“Entendemos que la complicidad necesaria de De Vido en la maniobra defraudatoria llevada adelante por los responsables de la firma TBA ha quedado por demás verificada en el pronunciamiento que aquí se revisa”, sostuvieron los jueces Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Gustavo Hornos, quienes confirmaron el fallo dictado por el Tribunal Oral Federal (TOF) 4.

“De la lectura de la sentencia impugnada es posible tomar conocimiento de los hechos y razones que llevaron al tribunal a resolver del modo en que lo hizo, de forma tal que la crítica que formula la defensa no pasa de ser un mero disenso con la valoración de la prueba efectuada por el tribunal de grado”, agregaron los magistrados.

En el fallo de 335 páginas, los jueces de Casación sostuvieron que “los distintos aspectos valorados en la sentencia tornan evidente la complicidad -que juzgamos primaria- brindada por el exministro, quien pese a las herramientas que estaban a su alcance para detener o impedir la política implementada -que a todas luces conocía-, nada hizo, favoreciendo con ello la maniobra defraudatoria desplegada por los coautores”.

Los jueces sostuvieron que tales delitos se habrían “verificado por el incumplimiento de la obligación de mantener y mejorar los bienes concesionados entregados por el Estado para la explotación del servicio ferroviario de la línea Sarmiento, que los responsables de TBA -con la colaboración de otros intervinientes- llevaron adelante como encargados de administrarlos, de acuerdo a los deberes que surgían del contrato de concesión”.

En su fallo, los camaristas recordaron que en la resolución adoptada por el TOF 4 se había explicado que “esa falta de mantenimiento del material rodante, se vio reflejada en la disminución de su vida útil a la par que generó que el Estado se viera obligado a afrontar reconstrucciones integrales de esos bienes, erogaciones que, de haber sido debidamente mantenidos por la empresa concesionaria, no habrían sido necesarias”.

Sobre la eventual incidencia de la investigada “falta de mantenimiento” en la Tragedia de Once, los jueces del TOF 4 habían sostenido que “dicho accidente no sólo se ocasionó con motivo de la negligente conducción del maquinista (Marcos Córdoba), sino que además encontró explicación en una diversidad de factores, que en definitiva respondían a las pésimas condiciones en que se explotaba el servicio, a partir de las políticas empresariales verificadas y la ausencia de controles serios por parte de la Secretaría de Transporte”.

Ante este fallo del máximo tribunal penal, se espera que la defensa del ex ministro De Vido presente un recurso extraordinario para llegar a la Corte Suprema de Justicia.

Si Casación le rechaza la vía, aunque aún pueda ir en queja, el TOF 4 podría ordenar su detención para dar cumplimiento a la condena. Sin embargo, De Vido está cerca de cumplir los 71 años y tiene problemas de salud, por lo que es probable su defensa solicite el beneficio de la prisión domiciliaria.

Investigación 🔎

Caso Loan: sobreseyeron a los ocho acusados por trata pero el juicio oral continúa

La jueza federal de Goya Cristina Pozzer Penzo sobreseyó este martes a los ocho acusados por la desaparición de Loan Danilo Peña en el delito de trata de personas con fines de explotación, mientras el juicio oral por sustracción y ocultamiento del menor sigue su curso en Corrientes. La resolución beneficia a Caillava, Pérez, Maciel, Laudelina Peña y otros cuatro imputados.

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El caso Loan suma una vuelta de tuerca judicial que obliga a releer el expediente con más precisión que nunca. El Juzgado Federal de Goya dictó este martes el sobreseimiento de los ocho acusados por la desaparición de Loan Danilo Peña en el delito de trata de personas con fines de explotación, el cargo que durante meses fue señalado como la hipótesis más grave del caso. La resolución, firmada por la jueza federal Cristina Pozzer Penzo, no implica la absolución de los imputados ni el cierre del expediente: el juicio oral por sustracción y ocultamiento del menor continúa su curso ante el Tribunal Oral Federal de Corrientes.

Los ocho sobreseyeron: quiénes son

La medida favorece a la ex funcionaria municipal María Victoria Caillava y al ex capitán de la Armada Carlos Guido Pérez, la pareja que desde el inicio ocupó el centro de las sospechas en la causa; al ex comisario Walter Maciel, cuya actuación en las horas posteriores a la desaparición fue objeto de múltiples cuestionamientos; y a Laudelina Peña, tía del niño, quien en distintos momentos del proceso cambió su versión de los hechos y fue acusada por su propia madre de haber sostenido una coartada falsa sobre un accidente. También fueron sobreseídos Antonio Bernardino Benítez, Daniel «Fierrito» Ramírez, Mónica Del Carmen Millapi y Francisco Amado Méndez.

Qué sigue: el juicio oral continúa

El sobreseimiento por trata no extingue la causa penal contra estos imputados. El juicio oral que comenzó en junio de 2026 ante el Tribunal Oral Federal de Corrientes tiene como objeto los delitos de sustracción y ocultamiento de menor, cargos que permanecen vigentes. Los mismos ocho imputados siguen siendo juzgados en ese marco. La distinción entre ambas figuras penales es clave para comprender el alcance real de la resolución de este martes: el sobreseimiento por trata indica que la instrucción federal no reunió pruebas suficientes para sostener la hipótesis de explotación, pero eso no cierra la investigación sobre el paradero de Loan ni exculpa a los acusados del hecho central, la desaparición del niño el 13 de junio de 2024 en el paraje El Algarrobal, localidad correntina de 9 de Julio.

Loan sigue sin aparecer

Más de dos años después de su desaparición, Loan Danilo Peña continúa sin ser encontrado. Su búsqueda permanece activa. A lo largo del proceso judicial, el juicio oral fue acumulando testimonios que reconstruyeron el almuerzo familiar previo al hecho y las horas que siguieron, con versiones contradictorias entre los propios imputados y sus familiares. La declaración de la abuela paterna, Catalina Peña, que en julio apuntó contra Laudelina y denunció que tres hombres le habrían indicado qué versión sostener, marcó uno de los momentos de mayor tensión del debate oral.

El sobreseimiento dictado este martes por la jueza Pozzer Penzo no cambia ese cuadro de fondo: Loan sigue desaparecido, el juicio oral sigue en marcha y los ocho acusados siguen respondiendo ante la Justicia, aunque por un delito distinto al de trata de personas.

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