Espionaje
Procesan por espionaje ilegal a ex jefes de la AFI del gobierno de Macri
Es en el marco de la causa en la que se investigan las escuchas ilegales a los familiares de los tripulantes del submarino ARA San Juan.
Dos ex jefes de Contrainteligencia de la Agencia Federal de inteligencia (AFI) durante el Gobierno de Mauricio Macri fueron procesados Este martes en el marco de la causa en la que se investiga el supuesto espionaje ilegal a los familiares de los tripulantes del submarino ARA San Juan, informaron fuentes judiciales.
El juez federal interino de Dolores, Martín Bava, los procesó como responsables de la «realización de acciones de inteligencia prohibidas en carácter de participes secundarios» y les trabó embargos hasta cubrir la suma de 20 millones de pesos, según surge del fallo de 98 páginas.
Con la resolución de este mediodía ya son 11 los exfuncionarios de la AFI y exagentes de la casa de espías por el supuesto seguimiento ilegal a los allegados de los tripulantes del submarino ARA San Juan, como así también del buque «El Repunte» y del buque “Rigel”; mientras aún resta resolverse la situación procesal del expresidente Macri.

El magistrado entendió que Diego Dalmau Pereyra y Martín Coste, quienes fueron Directores de la Dirección Operacional de Contrainteligencia durante el período investigado, posibilitaron que las acciones prohibidas continuaran desarrollándose durante al menos un año.
El juez Bava recordó en su fallo que el llamado a indagatoria de los ex directores de Contrainteligencia de la AFI fue motivado por la referencia efectuada por el imputado extitular de esa agencia Gustavo Arribas -en su indagatoria- cuando dijo que los imputados debieron controlar las acciones ilegales llevadas adelante desde la Delegación Mar del Plata.
«Fueron deliberadamente estériles los mecanismos de control internos que dispuso la Agencia Federal de Inteligencia para llevar adelante la investigación de las conductas ilícitas en las que tomaron participación activa las máximas autoridades de la Agencia», sostuvo el juez Bava.
«Lo dicho no absuelve a los imputados de su responsabilidad de velar por legalidad del trabajo llevado adelante por las dependencias que estuvieran a su cargo. Por el contrario, a raíz de la información incorporada en esta investigación, no quedan dudas de que los imputados permitieron que se continuaran realizando las conductas ilícitas investigadas en autos por el lapso, por lo menos, de un año», agregó sin embargo.
Bava responsabilizó principalmente por el espionaje ilegal a Arribas y a su exsubdirectora Silvia Majdalani y remarcó que Dalmau Pereyra y Coste «permitieron que continuaran realizándose tareas de inteligencia ilegales sobre los familiares de los buques pesqueros referidos y, en particular, sobre los allegados a los tripulantes del submarino ARA San Juan”.
“Otro aspecto que corresponde poner de resalto en el marco del análisis de responsabilidad de los imputados guarda relación con la ausencia de medidas de contrainteligencia llevadas adelante por ambos imputados en relación a la denuncia pública de las víctimas en la época de los hechos”, sostuvo el juez.
Finalmente, el magistrado se preguntó: “¿Cómo puede ser que en un tema de la enorme importancia institucional como el hundimiento del ARA San Juan, hayan tenido lugar estos sucesos y que la Dirección Operacional de Contrainteligencia de la Agencia Federal de Inteligencia lo desconociera?” y se respondió: “Es imposible sostener que las máximas autoridades de la AFI y del Gobierno nacional hayan estado al margen de estos sucesos”.
En esta causa se investiga la obtención de información, producción de inteligencia y almacenamiento de datos sobre personas, por su opinión política o su pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias y de derechos humanos.
De acuerdo con la acusación, con el espionaje ilegal se buscaba “influir en la situación política e institucional del país, puntualmente respecto a los reclamos que realizaban los mismos por el hundimiento del referido submarino y la consecuente muerte de sus familiares, como así también apuntaban a conocer sus actividades, los lugares donde se reunían, sus datos personales y los de su entorno, como la identificación de sus referentes y los reclamos que realizarían”.
Todas estas tareas de inteligencia ilegal “no contaron con autorización judicial alguna, ni fueron justificadas por órdenes de servicio fundadas en razones de seguridad interior o defensa nacional y se realizaron, además, con el objeto de influir en la opinión pública, en la opinión de esas personas y en el normal desenvolvimiento de las actividades de la agenda política de ese año, que según los criterios preestablecidos podían afectar a la gestión del entonces gobierno que el imputado encabezaba”, según surge del expediente.
En tanto, la querella de familiares de tripulantes del submarino San Juan, representada por la abogada Valeria Carreras, destacó los nuevos procesamientos de dos imputados en la causa y sostuvo que «el juez logra probar en esta etapa que el gobierno de ese momento no podía desconocer las tareas de espionaje ilegal».
«Justamente es la tarea incansable de esta querella la que cita la primera denuncia de pinchadura de teléfonos realizada por este puñado de mujeres en absoluta soledad fue el 25/4/2018. Pero va más allá y describe el accionar del ex ministro de defensa (Oscar Aguad) que detrás de esta querella realiza denuncia en idénticos términos», sostuvo Carreras.
«También queda demostrado que uno de los procesados explicó que era imposible denunciar nada, pues en la agencia y el gobierno los más altos cargos eran parientes entre sí o amigos íntimos», afirmó la abogada que, desde la querella, vaticinó que «falta un procesamiento más, el del expresidente Macri quien se benefició al menos con esta información e hizo uso de ella».
Espionaje
Milei le dio un nuevo estatuto a la SIDE por Decreto
El Gobierno libertario lo presenta como una supuesta medida de profesionalización, pero la falta de debate legislativo y el poder discrecional que conserva el Ejecutivo sobre el organismo generan preguntas que el decreto no responde.
El Gobierno Nacional «reorganizó» por decreto el régimen laboral de los agentes de inteligencia del Estado. A través del Decreto 1021/2026, publicado en el Boletín Oficial, aprobó un nuevo estatuto para el personal de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) que reemplaza las normas anteriores y establece un esquema integral de carrera, formación, remuneraciones y condiciones de egreso para quienes integran el Sistema de Inteligencia Nacional (SIN).
La medida fue presentada por el Ejecutivo como un paso hacia la profesionalización del organismo, con el argumento de consolidar un cuerpo de trabajadores especializados capaz de mantener continuidad más allá de los cambios políticos. Sin embargo, el mecanismo elegido, un decreto presidencial sin intervención del Poder Legislativo, resulta coherente con el estilo de gestión de La Libertad Avanza: concentración de decisiones en el Ejecutivo, velocidad normativa y escaso control parlamentario sobre áreas sensibles del Estado.
Qué establece el estatuto
El nuevo régimen fija que el ingreso y la promoción dentro de la SIDE deberán contemplar criterios técnicos, éticos y profesionales. La capacitación permanente queda establecida como uno de los ejes centrales del desarrollo de los agentes, con actividades orientadas a actualizar y fortalecer conocimientos y competencias en materia de inteligencia. El estatuto dispone además la creación de un plan de carrera con formación técnica, humana y profesional, basado en principios de idoneidad, transparencia, igualdad de oportunidades, mérito y profesionalización.
La normativa también busca vincular los salarios con las responsabilidades de cada agente. Las remuneraciones deberán guardar correspondencia con las capacidades técnicas, las funciones y los grados jerárquicos, para evitar diferencias discrecionales entre trabajadores con funciones, trayectoria y antigüedad similares; una formulación que, en la práctica, quedará sujeta a la reglamentación interna del organismo.
Derechos y condiciones de egreso
Entre los principales derechos reconocidos figura la estabilidad laboral para quienes integren la planta permanente una vez confirmados en sus cargos. La desvinculación solo podrá producirse por las causas y mediante los procedimientos establecidos por el propio estatuto. Los agentes tendrán derecho a percibir remuneraciones acordes a las escalas de su categoría, además de bonificaciones, compensaciones y otros conceptos, junto con acceso a capacitación, licencias, asignaciones familiares, obra social y beneficio jubilatorio.
El régimen contempla mecanismos para presentar consultas y reclamos cuando un trabajador considere que sus derechos fueron afectados, y establece distintas modalidades de promoción: por ascenso ordinario, por méritos extraordinarios o mediante ascenso post mortem. También reconoce el principio de igualdad de oportunidades dentro de la carrera y prohíbe tratos diferenciados por motivos ajenos a la aptitud y conducta profesional.
Un decreto en una zona de sombras
El estatuto llega en un contexto en el que la SIDE acumula cuestionamientos. El organismo, que funciona bajo la órbita directa de la Presidencia, está en el centro de varias investigaciones vinculadas a la gestión libertaria. El decreto regula el vínculo laboral de los agentes pero no toca la estructura de control político sobre el organismo ni los mecanismos de supervisión externa, que en Argentina han sido históricamente insuficientes.
La decisión de avanzar por decreto, sin debate parlamentario, en un área tan sensible como la inteligencia del Estado, se inscribe en una tendencia que la oposición ya denunció en otros ámbitos: la de legislar por la vía rápida para evitar el escrutinio de las cámaras. El estatuto puede leer como modernización institucional o como consolidación del poder discrecional del Ejecutivo sobre el aparato de inteligencia, según quién lo lea.
Lo que tenés que saber
- El Decreto 1021/2026, publicado en el Boletín Oficial, aprueba un nuevo estatuto para el personal de la SIDE.
- La norma establece criterios de ingreso por mérito, plan de carrera, capacitación permanente y remuneraciones acordes a funciones y jerarquía.
- Reconoce estabilidad laboral para la planta permanente y fija mecanismos formales para la desvinculación y para presentar reclamos.
- La medida fue adoptada por decreto, sin intervención del Congreso, en un área históricamente sensible como la inteligencia del Estado.
- El estatuto no modifica la estructura de control político sobre el organismo ni refuerza los mecanismos de supervisión externa.
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