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Judiciales ⚖️

La Corte Suprema postergó definiciones sobre los traslados de los jueces Bruglia, Bertuzzi Y Castelli

La reunión virtual de los cinco ministros arrancó con el tratamiento de los pedidos de los magistrados como prioridad, pero terminó sin un fallo al respecto.

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El-Argentino-Carlos Rosenkrantz


El acuerdo virtual de los ministros empezó al mediodía con el tratamiento de los pedidos de los jueces en primera fila del temario y terminó cerca de las 14 sin definiciones. Los cinco jueces que integran el máximo tribunal deben alcanzar al menos tres votos en un mismo sentido para emitir un fallo.

La Corte Suprema de Justicia analizó pero no alcanzó ninguna definición sobre el caso de los tres jueces con sus traslados suspendidos, que pidieron la intervención del máximo tribunal luego de que tanto el Consejo de la Magistratura como el Senado objetaran sus cambios de fuero, decididos durante el Gobierno de Cambiemos.

El acuerdo virtual de los ministros empezó al mediodía con el tratamiento de los pedidos de los jueces en primera fila del temario y terminó cerca de las 14, sin definiciones, dijeron fuentes judiciales.

Los cinco jueces del tribunal deben alcanzar al menos tres votos en un mismo sentido para emitir un fallo que defina la suerte de los camaristas Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia y el juez Germán Castelli.

Hasta aquí, la mayor voluntad de avanzar en un sentido favorable a la demanda de los jueces fue la del presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, quién motorizó un «acuerdo extraordinario» para habilitar el «per saltum» de los magistrados.

Cuando la Corte concedió el salto por instancia, Rosenkrantz señaló que el planteo era admisible porque se vislumbraba un intento del Ejecutivo para revisar retroactivamente el mecanismo de designación de un número importante de jueces de la Nación.

El presidente del tribunal viene señalando que, su criterio, la revisión de traslados dispuesto por el Consejo de la Magistratura conlleva una gravedad institucional «inusitada» porque se estaría comprometiendo la “independencia” del Poder Judicial.

La Corte ahora busca de un «fallo de equilibrio».

Si bien las cinco vocalías de la Corte mantienen un estricto secreto sobre sus posturas jurídicas, el trámite cobró tal peso político que casi todos los empleados del tribunal están abocados al tema, en la búsqueda de un «fallo de equilibrio» que resuelva el diferendo sin caer en la «grieta» ideológica, dijeron los voceros consultados.

Esta postura salomónica, especulan fuentes de la Corte, sería invalidar la suspensión de los traslados mientras el Senado completa el acuerdo para esos cargos que Bertuzzi, Bruglia y Castelli no obtuvieron.

La Comisión de Acuerdos del Senado convocó a los tres jueces para cumplimentar el «trámite complejo» que significa la designación de un magistrado, pero no asistieron en la convicción de que se trataba de un ataque a sus derechos como jueces de la Nación.

Otras de las posibilidades que se barajan es que la Corte reincorpore a los tres jueces hasta tanto los cargos que ocupan sean concursados en los términos que fija la Constitución: concurso ante el Consejo de la Magistratura, elección del candidato por el Ejecutivo y acuerdo final del Senado.

Entre los elementos con que cuenta la Corte para decidir está la opinión del procurador interino, Eduardo Casal, que emitió un dictamen favorable al pedido de los jueces. «El principio de irretroactividad se erige como uno de los basilares de nuestro ordenamiento jurídico. Es fundamento de razón jurídica que toda regla de conducta dispone para el futuro», sostuvo el procurador.

También están las actuaciones en el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal, que por el contrario rechazó las pretensiones de Bertuzzi, Bruglia y Castelli en primera instancia y todo indica que en segunda instancia se ratificará esta postura, aunque la decisión quede abstracta por la intervención de la Corte.

A diferencia de Casal, el fiscal general en lo Contencioso Administrativo Federal, Rodrigo Cuesta, estimó que «el procedimiento de traslado de los actores (Bruglia y Bertuzzi) requería de un nuevo acuerdo del Senado de la Nación para considerarse perfeccionado».

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Morla va a juicio oral por las marcas de Maradona: la Justicia rechazó el sobreseimiento y clausuró la instrucción

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°43 rechazó el sobreseimiento pedido por los imputados y declaró clausurada la instrucción por defraudación y administración fraudulenta sobre la sociedad Sattvica S.A.

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El-Argentino-Morla y Maradona

Morla, Pomargo y dos hermanas de Maradona serán juzgados por las marcas del Diez

★ El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°43 de la Ciudad de Buenos Aires elevó a juicio oral la causa por las marcas de Diego Armando Maradona, en la que están procesados el abogado Matías Morla, su cuñado Maximiliano Pomargo y las hermanas del Diez Claudia y Rita Maradona, según fuentes judiciales.

La resolución rechazó «no hacer lugar» al sobreseimiento que reclamaban los imputados y declaró clausurada la instrucción, al considerar que los acusados «defraudaron los intereses de los herederos legítimos» del astro argentino «al realizar maniobras vinculadas al manejo, disposición y activos, en acuerdo premeditado».

El escrito judicial determinó que tanto Morla como Pomargo «administraron fraudulentamente los bienes de la sociedad Sattvica S.A.«, de la que eran testaferros bajo los roles de presidente y director suplente, en virtud de «la decisión de creación simulada de esa firma definida por Diego Armando Maradona con el objeto de proteger sus activos marcarios y sustraer eventualmente del fisco italiano y de sus herederos parte de su patrimonio».

Según el expediente, Maradona habría instruido a Morla para que, tras la constitución de Sattvica, le cediera a dicha sociedad las 21 marcas que ya tenía registradas en Argentina. Aunque la empresa estaba bajo titularidad ficticia de los imputados, operaba bajo las directivas del propio Diego.

El accionar delictivo posterior a la muerte

La acusación se concentra especialmente en lo ocurrido después del fallecimiento de Maradona, el 25 de noviembre de 2020, cuando se inició el proceso sucesorio. El 8 de febrero de 2021, la sociedad fue intimada para que cediera y transfiriera en forma inmediata a los herederos la totalidad de las marcas, con la indicación expresa de no utilizar ningún poder otorgado por el deportista.

Lejos de acatar la intimación, los imputados continuaron operando. La resolución judicial detalla que «Morla y Garmendia continuaron como apoderados y ambos ejercieron cargos directivos en el ente social hasta el 20 de septiembre de 2022, cuando Morla renunció a la presidencia social», mientras que Garmendia hizo lo propio como director suplente recién el 17 de julio de 2023.

El segundo tramo de la administración fraudulenta, según el escrito, consistió en la cesión de acciones de Sattvica a favor de Rita Mabel Maradona (50%) y Claudia Nora Maradona (50%), operada entre septiembre de 2022 y agosto de 2023.

Una causa con historia: sobreseídos, procesados y ahora a juicio

La causa tiene un largo recorrido judicial. En primera instancia, Morla y los demás imputados habían sido sobreseídos, pero las hijas del Diez, Dalma y Gianinna Maradona, apelaron esa decisión. En septiembre de 2025, la Sala IV de la Cámara del Crimen, integrada por los jueces Ignacio Rodríguez Varela, Hernán López y Julio Marcelo Luciani, revocó el sobreseimiento y procesó a Morla y Pomargo como coautores del delito de defraudación por administración fraudulenta, con embargos de 2.000 millones de pesos sobre los bienes de cada imputado. En diciembre de 2025, la Sala VII confirmó esos procesamientos al rechazar los recursos de las defensas.

La Cámara fue terminante en su fallo: las marcas integraron el patrimonio de Maradona hasta el último día de su vida y las cesiones gratuitas a Sattvica no fueron más que un «ropaje simulado». El tribunal también rechazó el argumento de que Diego habría querido beneficiar a sus hermanas por sobre sus hijos, al sostener que esa hipótesis contradice los principios del derecho sucesorio.

La defensa de Morla sostuvo que la cesión fue un pedido expreso del propio Diego, y que el ex apoderado no obtuvo ningún beneficio económico. Ese argumento no prosperó en ninguna instancia.

Ahora, con la instrucción clausurada y el juicio oral a la vista, la disputa por el legado marcario del máximo ídolo del fútbol argentino ingresa en su etapa más crítica. La causa la iniciaron cinco hijos del Diez: Dalma, Gianinna, Jana, Diego Armando y Diego Fernando.

Puntos clave:

  • El Juzgado N°43 elevó a juicio oral la causa por las marcas de Maradona y rechazó el sobreseimiento pedido por los imputados.
  • Están acusados Matías Morla, Maximiliano Pomargo, Claudia y Rita Maradona por defraudación y administración fraudulenta de Sattvica S.A.
  • La sociedad fue calificada judicialmente como un «ropaje simulado» para sustraer activos marcarios de los herederos legítimos.
  • El accionar delictivo principal habría ocurrido tras la muerte de Maradona, cuando la empresa ignoró la intimación de transferir las marcas a sus herederos.
  • La causa fue iniciada por los cinco hijos del Diez y lleva más de cuatro años de tramitación judicial.

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