Gremiales
La Cámara del Trabajo le devolvió al Gobierno la reforma laboral que la CGT había logrado frenar
La Cámara Nacional del Trabajo revocó la medida cautelar que suspendía 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) tras la apelación del Gobierno. El fallo de primera instancia del juez Raúl Ojeda, que había paralizado el núcleo de la reforma a pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), quedó sin efecto en este punto; sin embargo, la discusión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma continúa abierta en los tribunales.
La Cámara revocó la cautelar y reactiva los 82 artículos de la reforma laboral
★ La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a la apelación presentada por el Gobierno nacional y revocó la cautelar que mantenía en suspenso 82 artículos de la Ley N° 27.802, la denominada reforma laboral sancionada por el Congreso el pasado 28 de febrero y publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026. Con la revocación, los artículos vuelven a estar en vigencia plena mientras continúa la tramitación del juicio de fondo sobre su constitucionalidad.
La medida cautelar original había sido dictada el 30 de marzo por el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, el juez Raúl Horacio Ojeda, quien hizo lugar al planteo de la CGT y suspendió provisoriamente las disposiciones más sensibles de la norma: cambios en el cálculo indemnizatorio, la derogación de la ley de teletrabajo, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las modificaciones al derecho de huelga, el banco de horas, las limitaciones a la negociación colectiva y el esquema de responsabilidad solidaria en tercerización, entre otros.
Una batalla judicial que el Gobierno peleó por varias vías
El fallo de la Cámara no llegó de manera lineal. El Gobierno recurrió a múltiples estrategias paralelas para levantar la suspensión. Luego de que el propio juez Ojeda concediera el recurso de apelación con efecto devolutivo (lo que mantenía la cautelar vigente mientras tramitaba la apelación), la Procuración del Tesoro de la Nación presentó además un recurso extraordinario de per saltum ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 16 de abril, buscando saltear instancias y obtener una resolución urgente del máximo tribunal. El Ejecutivo argumentó incompetencia del juez laboral, ausencia de caso judicial concreto y gravedad institucional al haberse suspendido una ley emanada del Congreso.
En simultáneo, la jueza federal Macarena Marra González, del fuero Contencioso Administrativo Federal, intervino para reclamar que el expediente principal fuera resuelto por esa cámara y no por el fuero laboral, lo que abrió un conflicto de competencias que también complejizó el trámite. Finalmente, fue la Cámara del Trabajo la que se pronunció primero y revocó la medida cautelar.
Qué artículos recuperan vigencia
Con la revocación, recobran aplicación inmediata los artículos suspendidos más cuestionados por el sindicalismo. Entre ellos: el nuevo esquema de cálculo de indemnizaciones que excluye conceptos como el aguinaldo de la base liquidatoria; el FAL, el fondo de capitalización que reemplaza parcialmente el esquema tradicional de indemnización por despido; las modificaciones al régimen de negociación colectiva que habilitan la primacía de los convenios de empresa por sobre los de actividad, uno de los puntos más resistidos por los gremios; las nuevas reglas sobre teletrabajo, banco de horas y fraccionamiento de vacaciones; las disposiciones que limitan la huelga en servicios esenciales; y los cambios que reducen la responsabilidad solidaria de las empresas en casos de tercerización.
El fallo no resuelve, sin embargo, la cuestión de fondo: la inconstitucionalidad de la norma que la CGT reclama en el expediente principal seguirá su trámite ante la Justicia. Tampoco cancela los efectos de las cautelares dictadas en otros casos, como la que protege el empleo de unos 1.500 agentes judiciales del Juzgado N° 30, ni los fallos que declararon inconstitucional el artículo 55 en Córdoba y La Plata.
Una saga que comenzó antes de la sanción
Como informó este medio desde noviembre de 2025, el conflicto en torno a la reforma laboral no comenzó con la sanción de la ley. La CGT advirtió desde el primer momento que la iniciativa reproducía los contenidos del capítulo laboral del DNU 70/2023, que ya había sido suspendido por la propia Cámara del Trabajo en enero de 2024 y luego declarado inconstitucional por la Sala de feria del mismo tribunal. La central obrera realizó un paro nacional de 24 horas el mismo día del debate en Diputados y presentó amparos ante dos fueros distintos el mismo día en que la ley se publicó en el Boletín Oficial.
La judicialización avanzó con celeridad. En apenas tres semanas desde la promulgación, el juez cordobés Ricardo Gileta declaró inconstitucional el artículo 55, el Tribunal del Trabajo N° 3 de La Plata replicó ese criterio, y el juez Herman Mendel suspendió el traspaso del Fuero Laboral a la Ciudad de Buenos Aires. El 30 de marzo llegó la cautelar más amplia, la del juez Ojeda, que paralizó el grueso de la norma. Ahora, la Cámara revierte esa decisión, aunque la guerra judicial continúa.
El fondo sigue irresuelto y el camino puede llegar a la Corte
La revocación de la cautelar representa un triunfo político importante para el Gobierno de Javier Milei, que necesitaba mostrar resultados concretos de su agenda de desregulación laboral. Pero la pelea dista de estar terminada. Si la Cámara hubiera confirmado la cautelar, el expediente habría escalado directamente a la Corte Suprema. Con la revocación, el escenario es inverso: ahora la CGT y los gremios impugnantes son quienes tienen incentivos para acelerar la tramitación del juicio de fondo o recurrir al máximo tribunal.
Según especialistas en derecho laboral, el recorrido judicial podría extenderse por meses o incluso más de un año. En ese plazo, trabajadores con juicios individuales en curso podrán igualmente plantear la inconstitucionalidad de artículos específicos en cada causa, lo que mantiene la disputa viva juzgado por juzgado. Empleados del Comercio y otros gremios habían presentado también sus propias cautelares con alcances distintos, lo que fragmenta el mapa judicial y dificulta cualquier lectura definitiva.
Puntos clave:
- La Cámara Nacional del Trabajo revocó la cautelar que suspendía 82 artículos de la Ley N° 27.802, a pedido del Gobierno.
- Los artículos más sensibles de la reforma laboral, que estaban suspendidos desde el 30 de marzo por el juez Raúl Ojeda, recuperan vigencia plena.
- El juicio de fondo sobre la inconstitucionalidad de la ley, promovido por la CGT, continúa abierto.
- El Gobierno había apelado por dos vías paralelas: ante la Cámara del Trabajo y mediante un per saltum ante la Corte Suprema presentado el 16 de abril.
- La disputa judicial puede extenderse por meses; los trabajadores con causas individuales conservan el derecho a impugnar artículos específicos en cada juzgado.
Gremiales
El Gobierno fijó el salario mínimo por decreto: subirá escalonado de $383.800 a $437.000 hasta abril de 2027
Sin acuerdo en el Consejo del Salario, el Ejecutivo volvió a actuar de manera unilateral y estableció aumentos escalonados que llevarán el piso salarial de $383.800 en septiembre a $437.000 en abril del año próximo, una suba de apenas $60.400 en ocho meses que profundiza la pérdida de poder adquisitivo acumulada desde diciembre de 2023.
La Resolución 4/2026 publicada este miércoles en el Boletín Oficial estableció los nuevos valores del Salario Mínimo Vital y Móvil con aumentos escalonados desde septiembre de 2026 hasta abril de 2027. La medida fue firmada por Claudia Silvana Testa, presidente alterna del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, y llega como consecuencia directa del fracaso de las negociaciones del 28 de agosto, cuando los representantes sindicales y empresariales no lograron consenso en la sesión plenaria.
El texto oficial reconoció que en esa instancia se presentaron propuestas de ambas partes pero que, «luego de un extenso intercambio de opiniones, no se logró alcanzar un acuerdo». La brecha entre posiciones era elocuente: la CGT reclamaba un piso de $911.000, mientras los representantes empresariales ofrecieron $400.000, apenas por encima del mínimo entonces vigente de $376.600.
Un ajuste de laboratorio que no llega a los bolsillos
La escalera fijada por el Ejecutivo contempla subas mensuales de entre $7.200 y $7.400 pesos, un goteo que resulta irrisorio frente a la dinámica de precios de los últimos meses. Los nuevos valores mensuales y por hora quedan establecidos de la siguiente manera: septiembre de 2026, $383.800 ($1.919 la hora); octubre, $391.200 ($1.956); noviembre, $398.800 ($1.994); diciembre, $406.400 ($2.032); enero de 2027, $414.200 ($2.071); febrero, $422.000 ($2.110); marzo, $429.600 ($2.148); y abril, $437.000 ($2.185).
La escala rige para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y el conjunto de entidades y organismos del Estado Nacional que actúen como empleador.
El dato que el Gobierno prefiere no destacar lo aporta el Instituto Interdisciplinario de Economía Política (IIEP UBA-CONICET): entre noviembre de 2023 y julio de 2026, el SMVM real acumuló una caída del 40,5%. Los aumentos ahora dispuestos, incluso sumados en su totalidad, no alcanzan a compensar ni una fracción de esa destrucción de poder de compra.
El Consejo del Salario: dos años de acuerdos imposibles
Lo ocurrido el 28 de agosto no fue una excepción sino la regla de la gestión Milei. Desde hace más de dos años, el Consejo del Salario Mínimo no logra ningún acuerdo entre las partes y el Ejecutivo termina fijando los valores de manera unilateral mediante resolución. El organismo, que fue creado para garantizar que trabajadores sin paritarias propias cuenten con un piso digno de ingresos, se convirtió en una instancia de formalización de decisiones que el Gobierno toma de antemano.
La reunión del 28 de agosto también reflejó una disputa de fondo sobre el formato del encuentro: la CGT había reclamado que la sesión se realizara de manera presencial, pero el Gobierno mantuvo la modalidad virtual a través de Zoom. Los sindicatos interpretaron ese rechazo como una señal del escaso peso que el Ejecutivo asigna al espacio. Rodolfo Aguiar, secretario general de ATE, lo dijo sin rodeos en un comunicado: «El Consejo del Salario es inservible, es una puesta en escena. Hace más de dos años que no hay acuerdos y se termina resolviendo por una resolución del Gobierno».
El desempleo, anclado al mínimo
La misma resolución reguló la prestación por desempleo. El beneficio equivaldrá al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida por el trabajador en los seis meses anteriores al cese. La normativa fijó además un piso y un techo: la prestación mensual no podrá ser inferior al 50% del SMVM vigente, ni superior al 100% del mismo. Esto significa que la protección ante la pérdida de empleo también queda atada a un piso que pierde valor en términos reales.
Un salario mínimo que en ocho meses crece $60.400 pesos en un país donde la canasta básica alimentaria registró una variación interanual del 32,8% según datos del INDEC de marzo de 2026, y donde los servicios públicos acumularon subas de más del 500% desde diciembre de 2023. La Resolución 4/2026 no es una política salarial; es la administración ordenada del empobrecimiento.
Puntos clave
- El Ejecutivo fijó el SMVM por Resolución 4/2026 publicada en el Boletín Oficial, tras el fracaso de las negociaciones del 28 de agosto.
- Los valores escalonados van de $383.800 en septiembre de 2026 a $437.000 en abril de 2027, una suba total de $60.400 en ocho meses.
- Según el IIEP (UBA-CONICET), el salario mínimo real acumuló una caída del 40,5% desde noviembre de 2023 hasta julio de 2026.
- La prestación por desempleo queda fijada entre el 50% y el 100% del SMVM, lo que la ancla a un piso que pierde valor frente a la inflación.
- Es la segunda vez consecutiva que el Gobierno define el SMVM de manera unilateral, sin acuerdo entre trabajadores y empleadores.
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