Legislativo
Diputados aprobó proyecto de la ley Olimpia
El proyecto para incorporar la figura de violencia digital fue girado al Senado.
La Cámara de Diputados aprobó por amplia mayoría, y giró al Senado, un proyecto consensuado para modificar la Ley 26.485 sobre Protección Integral a las Mujeres, con el fin de incorporar la figura de la «violencia digital», conocida como «Ley Olimpia», que aborda los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y sanciona la difusión sin consentimiento de cualquier contenido íntimo.
La iniciativa se aprobó con 191 votos que fueron aportados por el Frente de Todos, Juntos por el Cambio, Provincias Unidas, la izquierda, y dos en contra de los libertarios y una abstención del diputado Carlos Zapata (JXC).
La iniciativa incorpora la violencia digital como una modalidad de la violencia por motivos de género, aborda los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y sanciona la difusión sin consentimiento de cualquier contenido íntimo, conocido como «Ley Olimpia», que toma el nombre de una ley mexicana impulsada por la activista Olimpia Coral Melo.
Luego de dos horas de debate, el proyecto fue aprobado por 191 votos afirmativos, dos negativos y una abstención.Al abrir el debate, el presidente de la comisión de Comunicaciones, Pablo Carro, aseguró que la violencia digital es igual o peor que la que ocurre en el mundo real» y puso de ejemplo la situación vivida con el tratamiento de la ley del aborto al afirmar que «mientras estuvimos discutiendo la ley del aborto hubo mucha violencia contra las mujeres en las redes sociales».
«Lo estamos haciendo es seguir las recomendaciones de los organismos internacionales que vienen haciendo en la materia», destacó Carro y revalorizó que el proyecto tiene un amplio consenso entre los bloques políticos.
Por su parte, la diputada radical de JXC, Gabriela Lena, afirmó que «la violencia digital afecta a cualquier usuario pero las mujeres somos mas vulnerables de recibirlas que los hombres» y por eso «debemos abordar esta problemática de manera efectiva» y hay que «reconocer la violencia digital como una de las violencias de género hacia las mujeres».
Asimismo, la diputada (FIT-PTS) Myriam Bregman estimó que la situación «es crítica» ya que casi el 61% de las mujeres y niñas que usan las redes sociales sufren acoso y sostuvo que acompañan la ley «porque efectivamente existen nuevos mecanismos, existe la violencia digital y telemática y las redes sociales han cobrado un gran protagonismo y se amplía el campo para reproducir la violencia contra las mujeres, contra las diversidades».
En tanto, la diputada jujeña por la UCR Natalia Sarapura apoyó el proyecto y dijo que «esta ley viene a reconocer una nueva forma de violencia o pone luz sobre una violencia existente y es necesario asumir que es un desafío permanente romper los paradigmas, transformar las sociedades y poner luz sobre la situación que vivimos las mujeres».
A su turno, la diputada (UCR) Karina Banfi explicó que (la ley) «Olimpia es el conjunto de un montón de leyes y esta ley es muy positiva en función de cómo ayuda a la alfabetización y al conocimiento en el marco de la ley de contrarrestar la violencia contra las mujeres. Pero no es suficiente. Debemos ir por los tipos penales, la sustitución de identidad en el Código Penal Argentino no está penalizada, está permitida».
Para el cierre, la diputada y una de las autoras del proyecto, (FdT) Mónica Macha, destacó el trabajo realizado por las comisiones que trataron el proyecto para «poder avanzar en una legislación muy necesaria para nuestro país y para poder ubicar que estábamos atrasados y atrasadas en relación a este tipo de legislación».
«Cuando hablamos de violencia digital estamos hablando de todos aquellos actos agravados y perpetuados a través de nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, espacios digitalizados en donde, desgraciadamente, se daña la privacidad, la intimidad, la seguridad y la vida digna de las personas que habitamos estos espacios», explicó Macha.
El dictamen de las comisiones de Comunicaciones e Informática y de Mujeres y Diversidad, sobre la violencia digital fue parte del extenso temario del plenario legislativo que continúa deliberando desde este mediodía en el recinto de la Cámara baja.
Se trata de una iniciativa que organizaciones de la sociedad civil nucleadas en un colectivo denominado «Campaña contra la Violencia Digital» vienen reclamando hace tiempo a través de distintas acciones, que incluyeron una campaña online de recolección de firmas, con unas 35.000 adhesiones (Change.org/LeyOlimpiaEnArgentina).
El proyecto de violencia digital plantea que se entiende por violencia contra las mujeres «toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, en el plano analógico o virtual, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal».
La iniciativa establece la implementación de «un servicio multisoporte, telefónico y digital gratuito y accesible, en forma articulada con las provincias, a través de organismos gubernamentales pertinentes, destinado a dar contención, información y asesoramiento sobre recursos en materia de prevención de la violencia contra las mujeres y asistencia a quienes la padecen, incluida la modalidad de violencia contra las mujeres en el espacio público» conocida como «acoso callejero».
Asimismo, plantea la obligación de promover programas de alfabetización digital, buenas prácticas en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación y de identificación de las violencias digitales en las clases de educación sexual integral como en el resto de los contenidos educativo y en la formación docente.
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DDHH
Entra en vigencia la Ley Penal Juvenil que baja la imputabilidad a los 14 años
Desde este sábado rige la Ley 27.801, la B aja de imputabilidad de 16 a 14 años llega sin presupuesto ni política social y con más del 60% de los adolescentes en situación de pobreza.
Entró en vigencia este sábado el nuevo régimen penal juvenil que habilita juzgar y condenar a adolescentes desde los 14 años. La Ley 27.801, promulgada mediante el decreto 138/2026 y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo, cumplió este día los 180 días que se fijó para entrar en vigencia, derogando el decreto-ley 22.278 de 1980, que durante más de cuatro décadas reguló el sistema penal de la minoridad con el piso de punibilidad en los 16 años.
Una ley sancionada con votos de la derecha y los aliados del oficialismo
La norma fue aprobada por el Senado el 27 de febrero de 2026 con 44 votos a favor, 27 en contra y una abstención. El oficialismo logró sumar a sus aliados para imponer la reforma, mientras la oposición peronista cuestionó tanto la reducción de la edad como la ausencia de presupuesto para sostener el nuevo sistema en las provincias. El proyecto había sido incorporado al temario de sesiones extraordinarias mediante el decreto 53/2026, y fue uno de los objetivos legislativos centrales de la gestión Milei desde el inicio.
Qué cambia desde este sábado
El principal cambio es la baja de la edad de imputabilidad. Desde hoy, los adolescentes de 14 y 15 años pueden ser investigados, juzgados y condenados por delitos previstos en el Código Penal o las leyes penales especiales. La escala de sanciones llega hasta los 15 años de privación de la libertad para los delitos más graves, y queda prohibida la prisión perpetua para menores de edad.
La nueva norma incorpora la figura del supervisor especializado, profesionales de psicología, trabajo social y adicciones que deben acompañar el proceso de reinserción. También exige la especialización obligatoria de jueces, fiscales y defensores en materia penal juvenil, y prohíbe la divulgación de nombres, fotografías o cualquier dato que permita identificar al adolescente imputado. Las detenciones deben realizarse en dependencias diferenciadas, sin compartir alojamiento con personas adultas. Cuando se acredite responsabilidad, los progenitores quedan alcanzados por responsabilidad civil por los daños causados.
Respecto de cuándo puede evitarse la prisión, el texto establece dos supuestos. El primero abarca las condenas que no superen los tres años. El segundo comprende penas de entre tres y diez años, siempre que el delito no haya causado la muerte de la víctima ni una grave violencia física o psíquica, y que el adolescente no tenga otras condenas o procesos en trámite. En esos casos, el juez debe imponer medidas socioeducativas vinculadas con la educación, el trabajo y la comprensión del hecho cometido.
Bullrich, el festejo y el discurso del castigo
La jefa del bloque de senadores de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, quien impulsó el proyecto desde el Ministerio de Seguridad, festejó la entrada en vigencia con un mensaje en su cuenta de X: «Desde hoy no importa la edad: si delinquís, las pagás». Añadió que «se terminó la excusa de la edad para delinquir» y que «el que roba, mata o lastima, responde por lo que hace». Para las víctimas y sus familias, afirmó, habrá «una pizca de justicia que nunca van a tener».
El mensaje de Bullrich sintetiza el enfoque del Gobierno: ampliar la capacidad punitiva del Estado sobre los adolescentes más vulnerables, sin que medie una política pública de prevención, educación o contención social. Ese discurso de mano dura no se sostiene ante los datos: la Comisión del Fuero de Responsabilidad Juvenil del Colegio de Magistrados y Funcionarios bonaerenses proyectó que el nuevo régimen puede incrementar entre un 40 y un 60% el volumen de causas penales juveniles en los centros urbanos del país.
UNICEF y la Pastoral: el Estado punitivo no resuelve lo que el Estado social abandonó
Desde organismos de derechos humanos y de protección de la niñez, las advertencias son categóricas. UNICEF Argentina señaló que no existe evidencia de que bajar la edad de imputabilidad tenga un impacto favorable en la seguridad, y remarcó que la inmensa mayoría de los conflictos con la ley protagonizados por adolescentes involucran delitos contra la propiedad. El organismo internacional advirtió además que el encierro habitual favorece la reincidencia y deteriora la escolaridad y la inserción laboral, produciendo daños a la salud física y mental de los jóvenes.
La Pastoral, por su parte, pidió que la privación de la libertad sea de carácter excepcional y señaló que el nuevo régimen no debe agravar la vulnerabilidad de los menores. El organismo expresó su preocupación específica por el impacto del sistema penal sobre adolescentes que atraviesan situaciones de exclusión, y alertó sobre dos contextos que el Gobierno evita nombrar: el avance del narcotráfico y la pobreza infantil.
Según datos del Observatorio Social de la UCA, más del 60% de los niños, niñas y adolescentes del país se encuentra bajo la línea de pobreza. Encerrar a quienes ya fueron abandonados por el Estado antes de los 14 años no es justicia; es la continuación de otra forma de exclusión.
El problema del presupuesto y la operatividad real
Uno de los cuestionamientos centrales de la oposición durante el debate parlamentario fue la ausencia de financiamiento específico para implementar el nuevo sistema en las provincias. La reforma exige juzgados especializados, equipos interdisciplinarios, supervisores, alojamientos diferenciados y programas de resocialización. Nada de eso se sostiene sin presupuesto. La tensión entre el anuncio político y la infraestructura institucional real es, en este caso, la diferencia entre una ley que protege y una ley que castiga sin reparar.
Datos de la Procuración bonaerense indican que durante 2025 se iniciaron 1.857 procesos penales juveniles, donde fueron imputados 1.828 menores. Con el umbral de imputabilidad ahora en los 14 años, la proyección de nuevas causas plantea un desafío institucional que ningún funcionario del Gobierno respondió con cifras concretas de inversión.
Una reforma que llega sin política social y con el ajuste profundizado
El nuevo régimen penal juvenil comienza a aplicarse en un escenario marcado por el recorte sistemático del gasto social bajo la gestión Milei. Desde diciembre de 2023, los programas sociales sufrieron una caída real del 61%, las transferencias a universidades cayeron un 20% y el gasto de capital se desplomó un 86%. La paradoja es brutal: el mismo Gobierno que desmanteló las políticas de prevención, contención y acceso a derechos ahora amplía el alcance del sistema penal sobre los adolescentes que esas políticas debían proteger.
El debate de fondo no pasó por la edad. Pasó por quién paga el costo de una política de seguridad que se concentra en encerrar y no en prevenir. La respuesta, esta vez, la dieron los propios datos: mientras el Estado se retiró de la educación, la salud y los programas sociales, el sistema penal avanzó sobre los más jóvenes y los más pobres.
Lo que tenes que saber de la nueva Ley Penal Juvenil
- La Ley 27.801 entró en vigencia este sábado 5 de septiembre, tras ser publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo de 2026.
- La edad de imputabilidad bajó de 16 a 14 años; las penas llegan hasta 15 años y se prohíbe la prisión perpetua para menores.
- Bullrich celebró la medida en redes sociales con un discurso de mano dura, omitiendo toda consideración sobre las causas estructurales del delito juvenil.
- UNICEF Argentina advirtió que bajar la imputabilidad no reduce el delito y que el encierro favorece la reincidencia.
- La Pastoral Judicial alertó sobre el avance del narcotráfico y la pobreza infantil como contextos que la sanción penal no resuelve.
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