Judiciales ⚖️
El Gobierno apeló fallo que ordena entregar el 51% de YPF a fondos buitre
Argentina presentó la apelación al controvertido fallo de la jueza estadounidense Loretta Preska que obliga al país a entregar el control mayoritario de la petrolera estatal a los fondos demandantes Burford y Eton Park, en el marco del litigio por la expropiación de 2012.
El Estado argentino desafió formalmente la decisión judicial que amenaza con despojar al país del control de YPF, la empresa energética más importante del territorio nacional. La apelación busca frenar una medida que podría redefinir el mapa energético argentino y entregar activos estratégicos a capitales especulativos extranjeros.
El fallo que sacudió al sector energético
La jueza Loretta Preska, del Tribunal del Distrito Sur de Nueva York, ordenó a la República Argentina transferir el 51% de las acciones de YPF a los beneficiarios del fallo por la nacionalización de la empresa. La medida establece un plazo perentorio: «transferir sus acciones Clase D de YPF a una cuenta de custodia global en BNYM en Nueva York dentro de los 14 días posteriores a la fecha de la orden».
El mecanismo diseñado por Preska es expeditivo: el Banco de Nueva York Mellon (BNYM) debe transferir las acciones «a los demandantes o sus designados dentro de un día hábil a partir de la fecha en que las acciones sean depositadas en la cuenta».
Los fondos buitre tras el control de YPF
Burford Capital, que adquirió los derechos de litigio del Grupo Petersen Energía e IEASA (ex Enarsa), reclama una millonaria indemnización por presuntas irregularidades en el proceso de estatización iniciado en 2012. El Estado argentino posee el 51% de las acciones de YPF tras comprárselas a la empresa española Repsol hace más de una década.
En abril de 2024, el fondo le pidió a la jueza Preska que autorice la transferencia a su favor de todas las acciones de YPF que posee el Estado argentino. El reclamo se sustentó en el incumplimiento de un fallo de 2023 que obliga al país a abonar 16.100 millones de dólares.
Una ofensiva judicial integral
El fallo de Preska no es un hecho aislado, sino parte de una estrategia judicial más amplia. La medida va en línea con la exigencia elevada a principios de este año para que la Argentina brinde información sobre distintos activos, incluido el oro del Banco Central y acciones de otras empresas estatales.
La decisión judicial pone en jaque la soberanía energética argentina al tiempo que expone al país a una nueva oleada de presiones de fondos especulativos. El precedente que podría sentar este caso trasciende el sector petrolero y amenaza con extenderse a otros activos estratégicos del Estado.
El contexto de la nacionalización
La estatización de YPF fue decidida por el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner en 2012, tras considerar que la gestión privada de Repsol había llevado a un deterioro en la exploración y producción energética nacional. La medida buscaba recuperar el control sobre recursos estratégicos en un momento crítico para el abastecimiento energético del país.
Ahora, más de una década después, la decisión de nacionalizar la petrolera vuelve a estar en el centro del debate, pero esta vez desde los tribunales estadounidenses, donde fondos especulativos buscan apropiarse de activos que fueron considerados estratégicos para la soberanía nacional.
Puntos clave:
- La jueza Loretta Preska ordenó transferir el 51% de las acciones de YPF a los fondos Burford y Eton Park
- Argentina presentó una apelación para frenar la medida que amenaza el control estatal de la petrolera
- Los fondos reclaman 16.100 millones de dólares por la expropiación realizada en 2012
- El fallo forma parte de una estrategia más amplia para acceder a activos argentinos, incluyendo reservas del Banco Central
- El caso podría sentar precedentes para otros reclamos sobre empresas estatales argentinas
Educación
Milei lleva la Ley de Financiamiento Universitario a la Corte para intentar frenarla
Luego de acumular dos derrotas judiciales consecutivas, el Ejecutivo presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Federal para intentar que el máximo tribunal suspenda la norma. Si el tribunal rechaza el pedido, el Gobierno tiene previsto recurrir en queja directamente ante la Corte Suprema.
El Gobierno busca llegar a la Corte para suspender la Ley de Financiamiento Universitario
El gobierno de Javier Milei presentó un recurso extraordinario federal ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que el expediente sea elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el objetivo de suspender la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario (Nº 27.795), según confirmaron fuentes oficiales.
La maniobra llega luego de dos fallos adversos consecutivos: en primera instancia, el juez federal Enrique Cormick declaró que el Decreto 759/2025, con el cual el Ejecutivo había suspendido la ejecución de la norma, tenía rasgos de «arbitrariedad e ilegalidad manifiesta»; y el 31 de marzo de 2026, la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, integrada por los magistrados Sergio Fernández y Jorge Morán, confirmó la medida cautelar y rechazó la apelación del Gobierno al calificar sus argumentos de «poco serios».
Si la Cámara Federal acepta el recurso extraordinario, el expediente pasará a la Corte Suprema, que tendrá la última palabra. En caso contrario, el oficialismo no descarta presentar un recurso en queja directamente ante el máximo tribunal para forzar su intervención.
La historia de una ley vetada, insistida y aun incumplida
La Ley 27.795 fue aprobada por el Congreso el 22 de agosto de 2025 y vetada de manera total por el presidente Milei el 11 de septiembre. Sin embargo, el Senado y la Cámara de Diputados insistieron en su sanción, dejando sin efecto el veto con los dos tercios requeridos constitucionalmente. En el último día del plazo legal, en octubre de 2025, el Ejecutivo se vio obligado a promulgarla; pero en lugar de aplicarla, dictó el Decreto 759/2025, que subordinó su implementación a la previa definición de fuentes presupuestarias específicas, apoyándose en la Ley de Administración Financiera 24.629.
La norma obliga al Gobierno a actualizar retroactivamente los sueldos de docentes y no docentes universitarios desde diciembre de 2023, según la variación del IPC (Índice de Precios al Consumidor), y a recomponer los programas de becas estudiantiles. Según el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), las transferencias a universidades nacionales acumulan una caída real del 45,6% entre 2023 y 2026. Entre noviembre de 2023 y febrero de 2026, los salarios docentes crecieron un 158% mientras la inflación acumulada alcanzó el 280%, lo que implica una pérdida de poder adquisitivo del 32%, equivalente a la pérdida de más de siete salarios mensuales.
El argumento fiscal versus el mandato constitucional
La estrategia del oficialismo se asienta en un único argumento: la aplicación de la ley pondría en riesgo el equilibrio fiscal, que el Gobierno presenta como su principal logro de gestión. Estiman que el costo de cumplir la norma asciende a 2,5 billones de pesos, en línea con lo que el sindicato docente de la UBA calculó en 2,734 billones.
Sin embargo, la Justicia ya rechazó ese razonamiento en dos instancias. La Cámara subrayó que el impacto fiscal de la medida ronda apenas el 0,23% del PBI, que la ley fue ratificada por dos tercios de ambas cámaras del Congreso y que la insistencia legislativa prevista en el artículo 83 de la Constitución Nacional obliga al Ejecutivo a ejecutar la norma sin margen para suspenderla mediante un decreto. El tribunal también estableció un principio clave: una ley posterior aprobada por el Congreso puede desplazar válidamente a una anterior, lo que derrumba el escudo jurídico del Decreto 759/2025.
En este contexto, la estrategia de recurrir a la Corte por vía del recurso extraordinario es la última carta disponible. Según fuentes del ámbito constitucional citadas por La Nación, es poco probable que el tribunal acceda a conceder el recurso, ya que uno de los requisitos es que exista una sentencia definitiva o equiparable, condición que una medida cautelar no cumple. Los propios especialistas advirtieron que la Corte tiene antecedentes de no expedirse sobre cautelares por no constituir sentencias definitivas.
Una táctica judicial que se vuelve patrón
El recurso por el financiamiento universitario no es un hecho aislado en la estrategia judicial del Ejecutivo libertario. Como informó este medio el 17 de abril de 2026, el mismo día en que se conoció esta presentación, el Gobierno acudió a la Corte Suprema a través de un per saltum para intentar destrabar la Ley de Reforma Laboral (Nº 27.802), cuya aplicación también fue frenada judicialmente luego de una demanda de la Confederación General del Trabajo (CGT). En ambos casos, el patrón es idéntico: el Ejecutivo aprueba o aplica normas que generan rechazo judicial o social, y cuando la Justicia ordena su suspensión o su cumplimiento, escala el conflicto hacia la Corte en lugar de acatar los fallos de las instancias inferiores.
La diferencia es que en el caso universitario el Gobierno no quiere que se aplique una ley que le ordenan cumplir; en el laboral, quiere que se aplique una ley que le ordenaron suspender. En los dos escenarios, el Ejecutivo convierte a la Corte Suprema en la arena donde dilata el cumplimiento del ordenamiento jurídico.
Puntos clave
- El Gobierno presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Federal para intentar que la Corte Suprema suspenda la Ley de Financiamiento Universitario (Nº 27.795).
- Dos fallos judiciales consecutivos ya ordenaron al Ejecutivo cumplir la norma; la Cámara calificó los argumentos del Estado de «poco serios».
- La ley fue aprobada por el Congreso, vetada por Milei, insistida con dos tercios y promulgada en octubre de 2025; pero nunca fue aplicada.
- El Gobierno estima el costo de cumplimiento en 2,5 billones de pesos; la Justicia lo redujo a un impacto del 0,23% del PBI.
- Si la Cámara rechaza el recurso extraordinario, el oficialismo prevé ir en queja ante la Corte Suprema para forzar su intervención.
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