Judiciales ⚖️
Cels pidió a la justicia que declare inconstitucional el DNU de Milei
El Cels remarcó que a través de este DNU el Poder Ejecutivo «decidió alterar las reglas constitucionales de nuestro país, asumiendo facultades que son del Congreso».
El Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels) presentó una acción declarativa de inconstitucionalidad y un pedido de medida cautelar ante el fuero Contencioso Administrativo Federal contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 del Gobierno nacional, por «alterar reglas constitucionales, violar división de poderes y suprimir derechos».
Detalló en un comunicado que se presentó «con una acción en el fuero Contencioso Administrativo Federal para que se declare inconstitucional el decreto de necesidad y urgencia 70/2023 del gobierno de Javier Milei, ya que se aparta del principio de división de poderes, así como suprime y restringe derechos, garantías individuales y colectivas de amplios sectores sociales con dificultades económicas».
El Cels remarcó que a través de este DNU el Poder Ejecutivo «decidió alterar las reglas constitucionales de nuestro país, asumiendo facultades que son del Congreso».
Solicitó al Poder Judicial que, mientras tramita la acción presentada, suspenda la aplicación del DNU 70/2023 mediante una cautelar.
«La medida cautelar solicitada busca evitar las mayores consecuencias que su implementación generará en los derechos humanos de sectores sociales que atraviesan, ya de por sí, una situación de crisis económica», explicó al respecto.
El organismo de derechos humanos remarcó que el decreto deroga o modifica «73 leyes de forma permanente, lo cual está prohibido para el Presidente y su gabinete».
Destacó que los cambios que introduce «no contemplan las desigualdades estructurales que enfrentan distintos sectores de la población» y deja «librado a las decisiones del mercado el acceso a la vivienda, a la alimentación o a los medicamentos», entre otros.
«También afectan los derechos laborales y sindicales, debilitando la organización gremial y limitando los métodos de protesta que se encuentran reconocidos en la constitución, como la huelga o la manifestación», se puntualizó en el comunicado.
Recordó que un DNU es una herramienta para ser utilizada «sólo en contextos excepcionales, en los que la urgencia es incompatible con los tiempos que maneja el Congreso» y que «debe usarse para decisiones transitorias».
«Nunca antes se había utilizado un DNU para derogar o modificar más de 70 leyes en un solo paso», afirmó el Cels.
Ejemplificó que algunas de las normas cambiadas, como la ley de alquileres, fueron debatidas y consensuadas «incluso de manera reciente por distintos sectores políticos en el Congreso y eran protectoras de derechos».
«Las reformas que introduce el DNU empeoran las condiciones básicas que se requieren para trabajar, alquilar, pagar con tarjeta de crédito, o comprar remedios. Como contracara, tiene modificaciones que benefician directa y explícitamente a grupos empresarios», analizó el Cels.
«Todo el contenido del DNU podría haber sido tratado en el Congreso, en sesiones extraordinarias u ordinarias. El Poder Ejecutivo no explicó ni la urgencia ni la necesidad de modificar de esta manera y en un sola norma tantas leyes que habían sido aprobadas y dictadas en el ámbito legislativo», dijo.
Y agregó: «La acumulación de reformas incluidas, sobre una enorme multiplicidad de temas ya debatidos y regulados, demuestra que el objetivo del DNU fue evitar la discusión parlamentaria».
También se incluyó un punto sobre «Derecho a la salud y derogación de la ley 27113 «la cual declara de interés nacional y estratégico la actividad de los laboratorios de producción pública- y que en caso de que ser anulada «dejaría la producción de medicamentos totalmente en manos del sector privado, bajo la lógica exclusiva de la rentabilidad».
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Morla va a juicio oral por las marcas de Maradona: la Justicia rechazó el sobreseimiento y clausuró la instrucción
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°43 rechazó el sobreseimiento pedido por los imputados y declaró clausurada la instrucción por defraudación y administración fraudulenta sobre la sociedad Sattvica S.A.
Morla, Pomargo y dos hermanas de Maradona serán juzgados por las marcas del Diez
★ El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°43 de la Ciudad de Buenos Aires elevó a juicio oral la causa por las marcas de Diego Armando Maradona, en la que están procesados el abogado Matías Morla, su cuñado Maximiliano Pomargo y las hermanas del Diez Claudia y Rita Maradona, según fuentes judiciales.
La resolución rechazó «no hacer lugar» al sobreseimiento que reclamaban los imputados y declaró clausurada la instrucción, al considerar que los acusados «defraudaron los intereses de los herederos legítimos» del astro argentino «al realizar maniobras vinculadas al manejo, disposición y activos, en acuerdo premeditado».
El escrito judicial determinó que tanto Morla como Pomargo «administraron fraudulentamente los bienes de la sociedad Sattvica S.A.«, de la que eran testaferros bajo los roles de presidente y director suplente, en virtud de «la decisión de creación simulada de esa firma definida por Diego Armando Maradona con el objeto de proteger sus activos marcarios y sustraer eventualmente del fisco italiano y de sus herederos parte de su patrimonio».
Según el expediente, Maradona habría instruido a Morla para que, tras la constitución de Sattvica, le cediera a dicha sociedad las 21 marcas que ya tenía registradas en Argentina. Aunque la empresa estaba bajo titularidad ficticia de los imputados, operaba bajo las directivas del propio Diego.
El accionar delictivo posterior a la muerte
La acusación se concentra especialmente en lo ocurrido después del fallecimiento de Maradona, el 25 de noviembre de 2020, cuando se inició el proceso sucesorio. El 8 de febrero de 2021, la sociedad fue intimada para que cediera y transfiriera en forma inmediata a los herederos la totalidad de las marcas, con la indicación expresa de no utilizar ningún poder otorgado por el deportista.
Lejos de acatar la intimación, los imputados continuaron operando. La resolución judicial detalla que «Morla y Garmendia continuaron como apoderados y ambos ejercieron cargos directivos en el ente social hasta el 20 de septiembre de 2022, cuando Morla renunció a la presidencia social», mientras que Garmendia hizo lo propio como director suplente recién el 17 de julio de 2023.
El segundo tramo de la administración fraudulenta, según el escrito, consistió en la cesión de acciones de Sattvica a favor de Rita Mabel Maradona (50%) y Claudia Nora Maradona (50%), operada entre septiembre de 2022 y agosto de 2023.
Una causa con historia: sobreseídos, procesados y ahora a juicio
La causa tiene un largo recorrido judicial. En primera instancia, Morla y los demás imputados habían sido sobreseídos, pero las hijas del Diez, Dalma y Gianinna Maradona, apelaron esa decisión. En septiembre de 2025, la Sala IV de la Cámara del Crimen, integrada por los jueces Ignacio Rodríguez Varela, Hernán López y Julio Marcelo Luciani, revocó el sobreseimiento y procesó a Morla y Pomargo como coautores del delito de defraudación por administración fraudulenta, con embargos de 2.000 millones de pesos sobre los bienes de cada imputado. En diciembre de 2025, la Sala VII confirmó esos procesamientos al rechazar los recursos de las defensas.
La Cámara fue terminante en su fallo: las marcas integraron el patrimonio de Maradona hasta el último día de su vida y las cesiones gratuitas a Sattvica no fueron más que un «ropaje simulado». El tribunal también rechazó el argumento de que Diego habría querido beneficiar a sus hermanas por sobre sus hijos, al sostener que esa hipótesis contradice los principios del derecho sucesorio.
La defensa de Morla sostuvo que la cesión fue un pedido expreso del propio Diego, y que el ex apoderado no obtuvo ningún beneficio económico. Ese argumento no prosperó en ninguna instancia.
Ahora, con la instrucción clausurada y el juicio oral a la vista, la disputa por el legado marcario del máximo ídolo del fútbol argentino ingresa en su etapa más crítica. La causa la iniciaron cinco hijos del Diez: Dalma, Gianinna, Jana, Diego Armando y Diego Fernando.
Puntos clave:
- El Juzgado N°43 elevó a juicio oral la causa por las marcas de Maradona y rechazó el sobreseimiento pedido por los imputados.
- Están acusados Matías Morla, Maximiliano Pomargo, Claudia y Rita Maradona por defraudación y administración fraudulenta de Sattvica S.A.
- La sociedad fue calificada judicialmente como un «ropaje simulado» para sustraer activos marcarios de los herederos legítimos.
- El accionar delictivo principal habría ocurrido tras la muerte de Maradona, cuando la empresa ignoró la intimación de transferir las marcas a sus herederos.
- La causa fue iniciada por los cinco hijos del Diez y lleva más de cuatro años de tramitación judicial.
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