Géneros 🟣
Demandaron al Consejo de la Magistratura por incumplir el cupo de género
Seis organizaciones iniciaron un amparo colectivo por incumplir el cupo de género en concursos con ternas completamente integradas por varones, que violan las reformas del reglamento aprobadas en 2019 y la Constitución Nacional.
Seis organizaciones demandaron a través de un amparo colectivo al Consejo de la Magistratura por incumplir el cupo de género en concursos judiciales que fueron enviados al Poder Ejecutivo con ternas completamente integradas por varones que violan las reformas del reglamento aprobadas en 2019, se informó este lunes.
Los concursos aprobados en diciembre de 2020 están destinados a cubrir cargos en los Tribunales Orales Federales de La Plata, en la nueva Sala Especializadas en Defensa de la Competencia de la Cámara Civil y Comercial Federal y en la Cámara Nacional en lo Penal Económico, indicó la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ).
El amparo fue acompañado de una medida cautelar para que el Poder Ejecutivo y el Senado se abstengan de avanzar en el tratamiento de estos concursos. El objetivo de la medida es que sea “revertida esta situación de discriminación y que, tanto en estos concursos como en todos aquellos que se aprueben en el futuro, sea respetado el cupo de género establecido legalmente”.
El reglamento prevé en su artículo 44 que, cumpliendo una serie de requisitos, debe incorporarse al menos a una concursante mujer por terna. Señalaron que, si bien en la totalidad de los concursos cuestionados había mujeres con el puntaje suficiente para integrar las ternas, se conformaron sin aplicar la regla del cupo, – «que a su vez responde a principios fundamentales que promueve la Constitución Nacional y a los compromisos internacionales que Argentina asumió en materia de derechos humanos».
La acción está impulsada por la ACIJ, la Fundación Mujeres en Igualdad (MEI), la Asociación de Abogadas Feministas de la Argentina (Abofem), la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), la Fundación Poder Ciudadano y el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA).
Agregaron que distintas organizaciones «habían presentado en diciembre del año pasado una nota ante el Consejo de la Magistratura advirtiendo la situación para que sea revisada».
Agregaron que «como respuesta, la presidencia del Consejo expresó que no había cumplido con el Reglamento vigente porque los concursos se habían iniciado antes de la modificación que incorporó expresamente el cupo en 2019».
«Sin embargo, el Consejo omitió considerar que las situaciones de discriminación deben ser reparadas de forma inmediata -tal como indica jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia-, y que razones procedimentales no pueden ser justificativo suficiente para que los beneficiados por dicha situación de discriminación estructural (en estos casos los candidatos varones) puedan seguir aprovechándose de ella!, precisaron.
Un análisis de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de 2019 indicó que existe un fuerte «techo de cristal» en el acceso a cargos judiciales de mayor jerarquía. «La proporción de mujeres camaristas alcanza solo un 25% -esto es, que por cada mujer camarista, hay tres varones en la misma posición-, mientras que el porcentaje de magistradas de primera instancia es de 31%», apuntó el informe.
Y agregó que «esta brecha implica no sólo un incumplimiento de obligaciones constitucionales en materia de derechos humanos, sino también un perjuicio al funcionamiento y legitimidad del Poder Judicial».
El amparo recayó en el juzgado contencioso administrativo número 4, a cargo de la doctora Rita Ailan y en los próximos días deberá definir si concede la medida cautelar solicitada para que se suspenda el trámite de esos concursos mientras dure el proceso judicial.
Géneros 🟣
Senado: denuncian proyecto de “falsas denuncias” intenta silenciar a las víctimas
A nivel global, organismos como ONU Mujeres ubican las denuncias falsas en torno al 1% de los casos.
Senado: qué pasa con el proyecto de “falsas denuncias”
El conversatorio “Derecho a la voz: contra la criminalización de quienes denuncian violencia” funcionó como una respuesta urgente frente al proyecto impulsado por Carolina Losada, que ya cuenta con dictamen de mayoría en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales. La iniciativa propone agravar las penas por falsa denuncia, falso testimonio y encubrimiento en casos de violencia de género, delitos sexuales y situaciones que involucren a niñas, niños y adolescentes.
Para quienes expusieron, el diagnóstico fue otro: no hay vacío legal ni problema empírico que justifique la reforma. Lo que sí aparece, señalaron, es una estrategia política para disciplinar a quienes denuncian y reinstalar el silencio.
Una arquitectura punitiva para desalentar la denuncia
La abogada Ileana Arduino, referente del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales, desmenuzó el corazón del proyecto. Sostuvo que no se trata de una falla técnica sino de una decisión deliberada: utilizar el derecho penal como herramienta de control social.

“Funciona como una extorsión procesal”, advirtió. El planteo es claro: en un sistema judicial que ya resulta hostil, la amenaza de una contra-denuncia penal empuja a las víctimas a no hablar. El resultado no es más justicia, sino menos denuncias.
Arduino también apuntó a un efecto colateral clave: la criminalización de las redes de acompañamiento. Equipos interdisciplinarios, profesionales y organizaciones quedarían bajo sospecha por intervenir en procesos donde la prueba suele ser compleja y el tiempo judicial, lento.
Construir un problema inexistente
La ministra bonaerense Estela Díaz fue directa: “Lo falso es el problema que quieren instalar”.
Respaldada por un documento con más de 1.700 firmas, sostuvo que las falsas denuncias no representan un fenómeno significativo en Argentina. En cambio, sí lo es la subdenuncia en casos de violencia y abuso.
Para Díaz, la iniciativa se inscribe en una narrativa política más amplia que cuestiona la existencia misma de la violencia de género. En ese marco, el proyecto no busca mejorar el sistema penal, sino desplazar el foco: de la protección de las víctimas a la sospecha sobre su palabra.
El miedo como política pública
Desde el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, Natalia Gherardi aportó datos que desarman el argumento central del proyecto:
- Solo una de cada cuatro mujeres en situación de violencia busca ayuda.
- En abuso sexual infantil, más del 88% de los casos no llega a la Justicia.
En ese contexto, endurecer penas por denuncias “falsas” no resuelve un problema: crea otro. Introduce una amenaza concreta para quienes están obligados a denunciar, como establece la Ley Lucio.
La contradicción es evidente: el Estado exige denunciar ante la sospecha de abuso, pero al mismo tiempo instala el riesgo de persecución penal si la causa no prospera. El mensaje implícito, señalaron, es el silencio.
Convenciones internacionales vulneradas
La dirigente de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, María Elena Naddeo, cuestionó la compatibilidad del proyecto con los estándares internacionales.
Mencionó dos marcos normativos clave:
- Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
- Convención de Belém do Pará
Ambos obligan al Estado a garantizar el acceso a la justicia y a no generar obstáculos para denunciar violencia de género. La iniciativa, en cambio, invierte esa lógica: convierte a la denunciante en potencial imputada.
Naddeo también desarmó una de las falacias centrales: equiparar falta de prueba con falsedad. En delitos que ocurren en la intimidad, esa equivalencia no solo es errónea, sino funcional a la impunidad.
Datos incómodos para el oficialismo
A nivel global, organismos como ONU Mujeres ubican las denuncias falsas en torno al 1% de los casos. Se trata de una cifra marginal, que en general no está vinculada a violencia de género sino a otros delitos.
Sin evidencia empírica que justifique el endurecimiento penal, el proyecto queda expuesto como una definición ideológica: desplazar la centralidad de la víctima y reinstalar la sospecha sobre su palabra.
Efectos concretos: censura, desprotección e impunidad
El rechazo no se agota en el plano simbólico. Las organizaciones advirtieron consecuencias concretas:
- Bozal mediático: limitaciones a la difusión de casos que han sido clave para visibilizar violencias.
- Persecución profesional: equipos técnicos y redes de acompañamiento bajo amenaza penal.
- Inseguridad jurídica: profesionales de salud y educación atrapados entre denunciar o protegerse.
- Desaliento de denuncias: una profundización en la caída previsible en el acceso a la justicia.
En ese marco, el proyecto aparece como una herramienta de disciplinamiento que redefine el sistema: ya no se investiga al agresor, se sospecha de quien denuncia.
Una disputa de fondo: voz o silencio
Lo que se debatió en el Senado excede una reforma penal. Se trata de una disputa política y cultural: quién tiene derecho a hablar y bajo qué condiciones.
Frente a un escenario que intenta reinstalar el miedo como frontera, el feminismo articuló una respuesta clara. El derecho a la voz no es un privilegio ni una concesión: es un derecho humano básico.
Y su restricción, no fortalece la justicia. La debilita.
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