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Histórico en la OIT: el mundo reconoció que los repartidores son trabajadores y tienen derechos
¿Que garantiza el nuevo convenio?. La delegación argentina, encabezada por dirigentes de la CGT y la CATT, participó activamente del debate y presentó denuncias contra el gobierno de Milei por violaciones a la libertad sindical.
En la histórica 114ª Conferencia Internacional del Trabajo celebrada en Ginebra, los 187 países miembros de la OIT adoptaron por amplia mayoría un convenio vinculante que garantiza salario mínimo, seguridad social, libertad sindical y transparencia algorítmica para repartidores, conductores y trabajadores de aplicaciones.
La delegación argentina, encabezada por dirigentes de la CGT y la CATT, participó activamente del debate y presentó denuncias contra el gobierno de Milei por violaciones a la libertad sindical.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) aprobó este viernes, en el cierre de la 114ª Conferencia Internacional del Trabajo, el primer convenio global destinado a garantizar derechos laborales básicos para los trabajadores de la economía de plataformas digitales. El texto, resultado de dos años de negociaciones tripartitas entre gobiernos, empleadores y organizaciones sindicales, se adoptó por 406 votos a favor, 8 en contra y 36 abstenciones en la asamblea anual del organismo, presidida por el ministro de Trabajo y Seguridad Social del Uruguay, Juan Castillo.
El convenio entrará en vigor una vez sea ratificado por al menos dos países miembros, a los doce meses de ese acto de ratificación. Su alcance es universal: se aplica a todos los trabajadores de plataformas digitales, independientemente de su situación laboral formal, lo que incluye a conductores de aplicaciones como Uber y Bolt, repartidores de servicios como Rappi y Glovo, y trabajadores remotos de plataformas de servicios digitales.
Un hito histórico tras décadas de precarización
La aprobación del convenio pone fin a décadas de vacío regulatorio que permitió a las grandes empresas tecnológicas operar en todo el mundo bajo el argumento de que sus trabajadores son «colaboradores independientes», negándoles acceso a salario mínimo, cobertura médica, jubilación y derecho a la sindicalización. El texto aprobado reconoce explícitamente que la economía de plataformas «está transformando significativamente el mundo laboral» pero identifica graves «déficits» en materia de trabajo decente que los marcos regulatorios nacionales no lograron corregir de manera uniforme.
El convenio establece que los trabajadores por aplicación deberán percibir una remuneración en ningún caso inferior al salario mínimo legal o negociado vigente en cada país, y acceder a protección en materia de seguridad social en condiciones equivalentes a las de cualquier otro trabajador. Además, obliga a las plataformas digitales a ser transparentes sobre sus mecanismos de pago, las deducciones aplicadas y el funcionamiento de los sistemas algorítmicos que asignan tareas, calculan tarifas, miden rendimiento y determinan bloqueos o suspensiones de cuentas.
Libertad sindical y transparencia algorítmica, en el centro
Entre los ejes centrales del convenio figura el reconocimiento expreso del derecho a la libertad de asociación sindical y a la negociación colectiva para los trabajadores de plataformas, un derecho que las empresas del sector negaron sistemáticamente durante años. El texto también insta a los Estados miembros a adoptar medidas para garantizar la eliminación del trabajo forzoso y del trabajo infantil en el sector, la no discriminación y entornos laborales seguros y saludables.
Respecto a los sistemas algorítmicos, el convenio obliga a las empresas a informar a los trabajadores cómo se toman las decisiones automatizadas que afectan su actividad y a reconocerles el derecho a impugnar esas decisiones. Este punto fue uno de los más disputados durante las negociaciones, dado el modelo de negocio de las grandes plataformas, que utilizan la gestión algorítmica como herramienta de control laboral sin intermediación humana.
Argentina en Ginebra: entre el nuevo convenio y las denuncias contra Milei
La delegación sindical argentina tuvo una activa participación en la 114ª Conferencia. Horacio Calculli, integrante de la delegación de la Confederación General del Trabajo (CGT), actuó en múltiples frentes durante las dos semanas de trabajo en Ginebra. En su carácter de secretario de Salud y Seguridad Operacional de la Asociación Argentina de Aeronavegantes mantuvo una reunión con Horacio Guido, especialista de la OIT en normas internacionales del trabajo, para dar seguimiento a la denuncia presentada por las organizaciones sindicales aeronáuticas argentinas ante los órganos de control del organismo.
Esa denuncia acusa al gobierno de Javier Milei de violar el derecho de huelga, deteriorar las condiciones laborales y perseguir a dirigentes sindicales, según fuentes gremiales consultadas. El secretario de Relaciones Internacionales de la CGT, Gerardo Martínez, advirtió antes de la conferencia que Argentina estaba en condiciones de quedar «en el banquillo de los acusados» ante el organismo internacional, dado el historial de violaciones laborales de la gestión libertaria. La postura del gobierno nacional fue defendida en Ginebra por el embajador Carlos Foradori, representante permanente ante los organismos internacionales con sede en esa ciudad, ya que el secretario de Trabajo, Julio Cordero, no concurrió a la conferencia.
En paralelo, Calculli desarrolló una agenda internacional como miembro del Comité Ejecutivo Mundial de la Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF) y como presidente del Grupo de Asesores sobre Economía de Plataformas de esa federación. En ese marco mantuvo una reunión con el presidente de la ITF, Frank Moreels, para analizar la situación del transporte en Argentina y América Latina y los desafíos que enfrentan las organizaciones sindicales ante los cambios tecnológicos y productivos. También participó de reuniones vinculadas a la estrategia global de la ITF para garantizar derechos laborales para trabajadores de plataformas.
En ese contexto, Calculli subrayó que los debates de la OIT son fundamentales para construir respuestas globales frente a los cambios que atraviesa el trabajo. «La defensa de la libertad sindical, la negociación colectiva y el trabajo decente sigue siendo una tarea central para el movimiento sindical internacional. Del mismo modo, resulta fundamental que los organismos internacionales continúen monitoreando el cumplimiento de los convenios internacionales ratificados por nuestro país», afirmó el dirigente, quien también integra la Comisión Directiva de la CATT.
El contexto argentino: reforma laboral regresiva y denuncias en el plano internacional
La aprobación del convenio llega en un momento en que el gobierno de Milei impulsa, mediante la reforma laboral contenida en la Ley de Modernización Laboral 27.802, un esquema regresivo para los derechos de los trabajadores.
La CATT, que agrupa a los gremios del transporte, expresó públicamente su oposición a esa norma, advirtiendo que «debilita la negociación colectiva, precariza condiciones laborales y desconoce conquistas históricas del movimiento obrero argentino». En ese cuadro, el nuevo convenio de la OIT sobre economía de plataformas ofrece al movimiento sindical local un instrumento jurídico de carácter internacional para disputar los derechos de los trabajadores digitales en el plano nacional.
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Zona Fría: Energía fijará los montos y el recargo lo pagan también los que perdieron el descuento
El Decreto 1266/2026 reglamentó la ley que achicó el mapa del subsidio al gas y dejó en manos de la Secretaría de Energía cuánto descuento recibirá cada hogar. El fondo se sigue financiando con un recargo sobre todo el gas que se consume por redes en el país.
Los hogares que perdieron el descuento automático por Zona Fría seguirán aportando al fondo que lo paga, pero todavía no saben cuánto alivio les queda. El Decreto 1266/2026, publicado hoy en el Boletín Oficial, reglamentó el Capítulo I de la Ley 27.828 y dejó en manos de la Secretaría de Energía la determinación de las compensaciones y bonificaciones, sin que el cuerpo de la norma fije un monto.
El decreto está fechado el domingo 25 de octubre y lleva las firmas de Javier Milei, del jefe de Gabinete, Diego Santilli, y del ministro de Economía, Luis Caputo. Rige desde su publicación y reglamenta la ley que el Congreso sancionó el 24 de septiembre y que se publicó el 13 de octubre, la que redujo el beneficio automático a la Región Patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la Puna. Según el Gobierno, 1,6 millones de hogares quedaron fuera de ese beneficio automático.
Leé también: Zona Fría: Milei promulgó el recorte al gas y compensa deudas eléctricas
Qué establece el decreto
La norma trae dos anexos. El primero contiene la reglamentación del régimen; el segundo, un nuevo modelo de contrato de fideicomiso entre el Estado nacional y el Banco de la Nación Argentina, que reemplaza al vigente para adecuarlo a la ley. El texto aclaró que no se crea un fondo nuevo: el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas mantiene su continuidad jurídica y patrimonial, con todos sus créditos y obligaciones.
El artículo 4 designó a la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación y la facultó a determinar las compensaciones y bonificaciones, a intervenir en el cálculo de lo que cobrarán las empresas proveedoras y a dictar las normas complementarias que necesite el sistema. El decreto invitó a las proveedoras de gas a adherir al fideicomiso, como condición previa para comercializar dentro del régimen, e invitó a las provincias a sumarse según el Capítulo V del Anexo I. También mantuvo vigente el Decreto 786/02 en todo lo que no contradiga la nueva ley.
La plata va directo a las proveedoras
Según los considerandos, la compensación se calculará sobre el precio del gas y se pagará directamente a las empresas proveedoras. Las distribuidoras y subdistribuidoras quedaron afuera de la administración y la percepción de los fondos: su papel se limita a aplicar la bonificación en la factura y a aportar la información para calcular el subsidio. El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad seguirá a cargo del control técnico y la certificación de esa información.
Un recargo que pagan todos
El fondo se financia con un recargo de hasta 7,5% sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte. Se aplica a la totalidad de los metros cúbicos que se consumen por redes en el país, cualquiera sea su uso final, con dos excepciones: el gas destinado a exportación y el gas natural licuado importado y regasificado. El decreto sumó como agentes de percepción, además de los productores, a los importadores de gas, salvo los de gas natural licuado.
Eso significa que los usuarios de las zonas que perdieron el beneficio automático siguen financiando un fondo del que ya no reciben el descuento generalizado.
El decreto de 2021, derogado
El artículo 8 derogó el Decreto 486/21, que había reglamentado la ampliación del régimen aprobada ese año. Los considerandos sostienen que esas disposiciones perdieron su objeto y resultan incompatibles con el nuevo marco, porque la Ley 27.828 modificó y derogó en parte aquel régimen.
Fuera de las tres regiones históricas, el alivio pasó a ser una bonificación adicional dentro del régimen de subsidios focalizados, aplicada solo sobre los consumos base. Según la ley, para acceder el hogar debe estar inscripto en ese régimen, ubicarse en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI y cumplir al menos una condición: ingresos netos de hasta tres Canastas Básicas Totales para un Hogar 2 del INDEC, o un integrante con Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP, con pensión de veterano de Malvinas o con Certificado Único de Discapacidad.
El decreto definió quién cobra, quién paga y quién controla, pero la cifra que más importa a las familias que perdieron el beneficio automático quedó otra vez en manos de la Secretaría de Energía.
Lo que tenés que saber:
- El Decreto 1266/2026 reglamentó el Capítulo I de la Ley 27.828 y rige desde hoy.
- La Secretaría de Energía determinará compensaciones y bonificaciones; el cuerpo del decreto no fija montos.
- El fondo se financia con un recargo de hasta 7,5% sobre todo el gas que se consume por redes.
- Las compensaciones irán directo a las proveedoras; las distribuidoras solo aplican el descuento.
- Fuera de Patagonia, Malargüe y la Puna, el beneficio exige inscripción en los subsidios focalizados.
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