Diversidad
Para Gómez Alcorta “es una prioridad reconocer los derechos de la población travesti trans y garantizar su inclusión en el mundo laboral”
Con el objetivo de llevar adelante esta política se creó una Unidad de Coordinación Interministerial que estará a cargo del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.
Este viernes por la mañana, a través del decreto 721/2020 el presidente de la Nación, Alberto Fernández, estableció el Cupo Laboral en el sector público que garantiza un mínimo del 1% de la totalidad de cargos y contratos para personas travestis, transexuales y transgénero, en un hecho histórico que busca reparar una desigualdad estructural que existe en la sociedad respecto a la población travesti trans.
«Desde el Estado tenemos la obligación de generar las condiciones para garantizar el ejercicio pleno de sus derechos y la igualdad de oportunidades» afirmó la ministra.
Para llevar adelante esta política se creó una Unidad de Coordinación Interministerial que estará a cargo del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad (MMGyD) y que será integrada por la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Nación de la Jefatura de Gabinete; el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) y el Ministerio de Educación para garantizar el cumplimiento efectivo del ingreso y permanencia en los trabajos de este sector de la población.

“Existe en nuestra sociedad un patrón sistemático de desigualdad que somete particularmente a las personas travestis, transexuales y transgénero a una cadena de exclusiones y discriminación que muchas veces se inicia en la niñez. Desde el Estado tenemos la obligación de generar las condiciones para garantizar el ejercicio pleno de sus derechos y la igualdad de oportunidades. El Cupo Laboral Trans es un paso importante en ese camino”, sostuvo la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, Elizabeth Gómez Alcorta.
la ley viene a cortar con una cadena de exclusiones del cual ha sido víctima históricamente la comunidad travesti trans.
En ese contexto, señaló que las personas travestis, transexuales y transgénero históricamente fueron criminalizadas por códigos contravencionales y de faltas, y siguen en muchos casos siendo víctimas de violencia institucional por lo que la responsabilidad del Estado es ineludible. “A esto hay que sumar la expulsión histórica en los ámbitos educativos, la dificultad en la obtención de trabajos formales y estables. Por eso, esta normativa además de garantizar un piso mínimo de empleos para la población travesti trans, atiende particularmente esta cadena de exclusiones”, explicó.
Alba Rueda, subsecretaria de Políticas de Diversidad del MMGyD afirmó que “las trayectorias de vida de las personas travestis, transexuales y transgéneros están atravesadas por la estigmatización, la criminalización y la patologización sistemática, tanto de la sociedad como en las instituciones, para nosotras es central transformar el patrón estructural de desigualdad que perpetúa la exclusión. Esta es una medida fundamental que implementa nuestro gobierno, y es acorde a la demanda social de las personas travestis y trans, puesto que es uno de los sectores más postergados de nuestra sociedad debido a sistemáticas prácticas discriminatorias”.
El Decreto estipula que para asegurar el cumplimiento del Cupo Laboral Trans, se hará una reserva de puestos de trabajo, en cualquiera de las modalidades de contratación, que podrán ser alcanzados por personas travestis y trans, sin importar si realizaron o no la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen en su DNI.
Por otra parte, para garantizar la igualdad real de oportunidades, la normativa establece mecanismos para garantizar que las personas aspirantes a los puestos de trabajo puedan completar sus estudios, en los casos que los tengan incompletos, de modo de cumplir con la normativa vigente en el empleo público en materia de formación educativa obligatoria.
Por último, el Decreto también establece que el MMGyD en forma conjunta con el Instituto Nacional de la Administración Pública capacitarán a las autoridades y el personal del Poder Ejecutivo Nacional, para asegurar que la inclusión en los puestos de trabajo del sector público se realice en condiciones de respeto a la identidad y expresión de género de las personas.
los ejes del decreto
que
▶️ Se establece el Cupo Laboral Trans. De esta manera se garantiza que un mínimo del 1% de la totalidad de cargos y contratos del sector público nacional, en cualquiera de las modalidades de contratación vigentes, serán ocupados por travestis, transexuales y transgénero.
por qué
▶️ Porque toda persona travesti, transexual o transgénero tiene derecho al trabajo formal digno y a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo.
▶️ Porque es necesario promover una medida que garantice la inclusión laboral que presenta obstáculos mayores debido a las desigualdades que afecta particularmente a esta población.
▶️ Porque las personas travestis y trans han sido históricamente marginadas de los ámbitos educativos y eso dificulta la obtención de trabajos formales y estables.
▶️ Porque el Estado Nacional debe resguardar los derechos de toda la población, especialmente aquella atravesada por una vulnerabilidad estructural.
quiénes
▶️ Travestis, transexuales y transgénero, hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen en su DNI.
cómo
▶️ Se establecerán reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales o transgénero.
▶️ Se garantizarán los medios para finalizar la formación educativa obligatoria y la capacitación a fin de adecuarse a los requisitos de los puestos de trabajo.
▶️ Se capacitarán a las autoridades y el personal del Poder Ejecutivo Nacional, para asegurar que la inclusión en los puestos de trabajo del sector público se realice en condiciones de respeto a la identidad y expresión de género de las personas.
▶️ Se crea, en el ámbito del MMGyD, el Registro de Personas Travestis, Transexuales y/o Transgénero aspirantes a ingresar a trabajar en el Sector Público Nacional donde habrá constancia de:
✅ Los perfiles laborales de las personas inscriptas;
✅ Los puestos de trabajo vacantes;
✅ Las ofertas de contratación de personal disponibles;
✅ Cantidades de cargos cubiertos con personas travestis, transexuales y transgénero.
▶️ La inscripción en este Registro no se considerará requisito, en ningún caso, para el ingreso a un empleo en el Sector Público por parte de esta población.
▶️ Se crea, en el ámbito del MMGyD, la Unidad de Coordinación
Interministerial cuyas funciones serán:
✅ Elaborar el Plan de Implementación;
✅ Garantizar los mecanismos y procedimientos para el cumplimiento del cupo establecido;
✅ Garantizar los espacios de educación necesarios para las personas que requieran completar los estudios obligatorios, y las capacitaciones para el empleo y la formación laboral;
✅ Promover mecanismos de acompañamiento para la permanencia en el empleo;
✅ Proponer guías de actuación y capacitaciones específicas para las áreas de gestión de los recursos humanos para la prevención de comportamientos discriminatorios y a fin de que se promueva el trato digno e igualitario;
✅ Promover espacios de coordinación y participación de las entidades gremiales con representación en el sector público;
✅ Promover instancias de participación de las organizaciones de la sociedad civil con competencia en la materia.
▶️ La Unidad de Coordinación Interministerial estará integrada por:
✅ Ministerio de Las Mujeres, Géneros y Diversidad;
✅ La Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
✅ El Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo;
✅ El Ministerio de Educación;
✅ El MMGyD podrá invitar a formar parte a otros organismos de la Administración Pública Nacional en caso de considerarlo necesario para el cumplimiento de las funciones que tiene asignadas.
Se puede acceder a la normativa completa en https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/234520/20200904. El Gobierno Nacional a través de este Decreto marca su compromiso con las políticas anunciadas de género y diversidad, tomando decisiones concretas tendientes a garantizar la equidad y la igualdad de trato para todes.
CABA
Triple lesbicidio Barracas: el acusado no recuerda nada, pero niega todo
Justo Fernando Barrientos declaró ante el Tribunal Oral en lo Criminal N°5 porteño, negó haber iniciado el incendio que mató a Pamela Cobbas, Mercedes Roxana Figueroa y Andrea Amarante, y aseguró no poder recordar qué ocurrió. Para la querella de la FALGBT, sus dichos confirmaron el conflicto previo con las víctimas.
«Nunca discriminé a nadie». Con esa frase, el único acusado por el crimen que se cobró la vida de tres mujeres lesbianas en un hotel familiar de Barracas intentó despegarse del odio que le atribuyen las querellas. En la misma declaración en la que negó haber prendido fuego a las víctimas, admitió que no puede recordar lo que pasó aquella noche.
Justo Fernando Barrientos, de casi 70 años, habló este jueves ante el Tribunal en lo Criminal N°5 de la Ciudad de Buenos Aires, presidido por el juez Adrián Pérez Lance, en la última audiencia previa a los alegatos. Está imputado por el lesbicidio de Pamela Cobbas, Mercedes Roxana Figueroa y Andrea Amarante, quienes sufrieron heridas mortales en el incendio ocurrido en mayo de 2024. Sofía Castro Riglos, que compartía la habitación con ellas, es la única sobreviviente del ataque.
«Me adjudican algo de lo que no tengo idea»
«Nunca trabajé con nafta ni pintura, no inicié el fuego, me adjudican algo de lo que no tengo idea», sostuvo Barrientos. Antes de que comenzara, Pérez Lance le aclaró que su declaración «no es bajo juramento de decir verdad», como corresponde a un imputado.
El acusado ensayó una reconstrucción fragmentaria: «Una noche que ellas estaban discutiendo fui a pedirles que pararan porque era muy duro, muy difícil estar en esas circunstancias, y de pronto pasó lo que pasó. Yo sentí un roce en el cuello y traté de agarrar un balde, creo que había ahí un balde, y ayudar». Luego agregó: «Cuando desperté fue en la comisaría y me dijeron que me autoagredí, creo haber perdido la conciencia o los sentidos al haber vivido esa situación».
«Trato de acordarme de todo lo que ha pasado y no puedo volver a recordar, traté de escribir y no me da la memoria», insistió. También descargó su enojo contra los vecinos del hotel que declararon en el juicio: «Nunca los he tratado mal, sí tuve alguna diferencia, pero no como para que ellos me traten de la manera que me tratan, fueron muy crueles conmigo». Ninguna de las partes pudo repreguntarle, porque su defensa ya había anticipado que no respondería consultas.
La querella: «Fue más una confirmación de los hechos»
Para Samanta Pedrozo, abogada querellante por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT), el relato fue «muy contradictorio y ambiguo», pero dejó al descubierto que Barrientos «admitió que tenía un conflicto previo con las víctimas, que en el momento del incendio forcejeó con ellas».
«Fueron cuatro vecinos los que lo vieron atacándolas, lo que dijo hoy fue más una confirmación de los hechos», señaló. Y advirtió sobre la estrategia del acusado: «Trata de justificarse cuando dice ‘perdí la cabeza, no sé lo que pasó, no me acuerdo’; lo que está haciendo es buscar una atenuación».
La amnesia que alega Barrientos choca con la prueba incorporada al expediente. «Es un relato vacío porque no tiene respaldo profesional ni pericial, todas las evaluaciones psicológicas y psiquiátricas que se le hicieron a Barrientos arrojaron que es un hombre sano», recordó Pedrozo, quien precisó que no tiene antecedentes de enfermedades de salud mental ni de consumos y que fue «totalmente consciente». El olvido selectivo aparece así como la última trinchera de una defensa que no logra discutir la prueba.
Odio, alevosía y ensañamiento: lo que está en juego
Barrientos está imputado por homicidio triplemente agravado por haber sido cometido con un medio idóneo para generar peligro común, con alevosía y ensañamiento, y con odio. Permanece con prisión preventiva en el Complejo Penitenciario de Ezeiza. La pena prevista por el artículo 80 del Código Penal para esas figuras es la prisión perpetua.
La FALGBT irá más lejos en su acusación. Según adelantó Pedrozo, acusarán a Barrientos de «los tres homicidios doblemente agravados por odio y por ser femicidios y la tentativa de lesbicidio y femicidio de Sofía Castro Riglos». El reconocimiento judicial del odio lesbofóbico es, para las organizaciones de la diversidad, el núcleo político de este juicio. «Es momento de que se reconozcan las identidades lésbicas y se cuiden nuestros proyectos de vida, que se castigue a quienes vayan en contra de ellos con violencia y con asesinato como lo hizo Barrientos», remarcó la abogada.
El calendario hacia la sentencia
Los alegatos comenzarán el lunes 26 y continuarán el miércoles 28 de este mes. La primera en exponer será la querella de las familias de Pamela y Roxana, seguida por Luciana Sánchez, abogada de Sofía Castro Riglos. En la jornada siguiente alegarán la FALGBT y el fiscal Juan Manuel Fernández Buzzi. Se prevé sumar una fecha en noviembre para el alegato del defensor Ricardo Antonio Richiello, antes de que el tribunal pase a la sentencia.
Si vivís una situación de violencia de género o conocés a alguien que necesite ayuda llamá gratis al 144, mandá un mensaje al 11 5050 0147 o por WhatsApp al +54 911 2771 6463. También podés descargar acá una app para recibir ayuda de profesionales.
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