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Desregulación

Sindicatos aeronáuticos denuncian penalmente a Milei y Caputo por la venta de Intercargo a precio vil

La Asociación del Personal Aeronáutico presentó una denuncia judicial por presunta administración fraudulenta, falsedad ideológica y defraudación al Estado, al cuestionar la tasación oficial de 45 millones de dólares para la empresa estatal de servicios aeroportuarios.

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¿Estafa al pueblo? La denuncia penal que pone en jaque la privatización de Intercargo

★ La Asociación del Personal Aeronáutico (APA) radicó este jueves una denuncia penal ante la justicia federal contra el presidente Javier Milei, el ministro de Economía Luis «Toto» Caputo y el ex titular del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE), Maximiliano Voss, por presuntas irregularidades en el proceso de valuación y privatización de Intercargo, la empresa estatal encargada de los servicios de asistencia en tierra en los aeropuertos argentinos. La causa quedó radicada en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 3, sorteado para intervenir en el expediente.

Los delitos imputados y el eje de la denuncia

La acusación sindical imputa tres delitos específicos: defraudación por administración fraudulenta, defraudación contra la administración pública y falsedad ideológica, todos vinculados al proceso que culminó en la Resolución 282/2026 del Ministerio de Economía, publicada el 26 de marzo pasado. Esa resolución fijó el precio base de la privatización de Intercargo en torno a los 45 millones de dólares, una cifra que el gremio calificó de «inexplicable» frente a los indicadores económicos y la rentabilidad reciente de la compañía.

La tasación que dio origen a ese valor base fue realizada por el propio BICE, bajo la conducción de Voss, mediante el método de flujo de fondos descontados. Desde APA cuestionaron tanto el resultado de esa valuación como la elección de la entidad para realizarla, al señalar que podrían haber intervenido organismos con mayor tradición y especialización en tasaciones de activos públicos.

Intercargo: empresa estratégica y 1.500 puestos de trabajo en juego

Intercargo presta servicios de rampa, carga y descarga de equipaje y asistencia a aeronaves en más de una decena de aeropuertos del país. Su privatización fue habilitada por la Ley Bases (27742), que autorizó la venta del 100% del paquete accionario mediante licitación pública nacional e internacional, sin participación estatal residual. Según estimaciones sindicales, alrededor de 1.500 trabajadores del sector aeronáutico están vinculados a la empresa.

El gremio denunciante advirtió que la fijación del valor base podría implicar un perjuicio económico significativo para el Estado y alertó sobre el riesgo de lo que describió como un «vaciamiento del patrimonio público». En ese sentido, APA anticipó que además de la vía judicial impulsará acciones en el plano gremial para frenar la operación en los términos actuales.

El contexto: privatizaciones, FMI y el desguace del Estado

La denuncia se inscribe en el marco más amplio de la política privatizadora del gobierno de Javier Milei, parte del programa de ajuste fiscal acordado con el Fondo Monetario Internacional (FMI). En abril de 2025, el Ejecutivo suscribió un nuevo Servicio Ampliado con el organismo por USD 20.000 millones, que condicionó la política económica nacional al cumplimiento de metas de reservas y equilibrio fiscal. El Foro Economía y Trabajo, un espacio integrado por economistas vinculados al movimiento sindical, advirtió en documentos públicos que ese esquema subordina las decisiones sobre activos estatales a las exigencias del organismo multilateral.

En ese contexto, la privatización de Intercargo se suma a un proceso de desguace del Estado que, según datos del propio Foro, acumuló recortes reales del 86% en gasto de capital y del 61% en programas sociales desde el inicio de la gestión libertaria, mientras la deuda total con el FMI alcanzó los USD 57.100 millones al cierre de 2025.

Un nuevo frente judicial para la gestión libertaria

La causa en manos del fuero federal abre un nuevo flanco de tensión entre el Gobierno y el movimiento sindical, en un escenario donde la administración de Milei ya enfrenta investigaciones por la causa $Libra, el presunto enriquecimiento ilícito del jefe de Gabinete Manuel Adorni (con un patrimonio investigado que supera los USD 840.000, según la instrucción del juez Ariel Lijo y el fiscal Gerardo Pollicita) y los escándalos en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

Mientras el Ejecutivo sostiene que el proceso de privatización de Intercargo se ajusta a estándares internacionales y busca mejorar la eficiencia del sector aerocomercial, los gremios advierten que la subvaluación de activos públicos constituye un mecanismo de transferencia de riqueza a manos privadas, financiado en definitiva por el conjunto de la sociedad.

Puntos clave:

  • La APA denunció penalmente a Milei, Caputo y el ex titular del BICE por la tasación de Intercargo en USD 45 millones.
  • Los delitos imputados son administración fraudulenta, defraudación contra la administración pública y falsedad ideológica.
  • La causa fue asignada al Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 3.
  • La Resolución 282/2026 del Ministerio de Economía fijó el precio base de privatización el 26 de marzo pasado.
  • Cerca de 1.500 trabajadores aeronáuticos están vinculados a la empresa cuya venta se investiga.

Desregulación

Qué cambios se vienen en el mercado eléctrico: más margen para generadoras y apertura a grandes usuarios

La Resolución 293/2026 amplía el margen de las generadoras para declarar sus costos, adelanta de 2030 a 2029 el fin de los topes de contratación y habilita el ingreso mensual de grandes usuarios al mercado mayorista. El texto no estima efectos sobre tarifas ni sobre los usuarios.

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Más libertad para generadoras y grandes usuarios, ninguna estimación sobre tarifas: la nueva etapa de la desregulación eléctrica.

La Secretaría de Energía amplió el margen con el que las generadoras declaran sus costos y adelantó de 2030 a 2029 el fin de los topes para contratar energía con grandes usuarios, en una nueva etapa de la reforma del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Además, reemplazó las ventanas trimestrales de ingreso de grandes consumidores por un trámite mensual.

La Resolución 293/2026, firmada el 20 de octubre por la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, y publicada el 21 en el Boletín Oficial, modifica las “Reglas para la Normalización del MEM y su Adaptación Progresiva”, que la Resolución 400/2025 había aprobado en octubre de 2025. Entró en vigencia el día de su publicación. Los considerandos justifican el cambio en la búsqueda de más competencia por el despacho, un mercado de contratos con mayor profundidad y menos trabas para la demanda industrial y comercial.

Costos variables: más margen hacia abajo, menos hacia arriba

Para los generadores con gestión propia de combustible, la resolución mantiene durante 2026 los límites vigentes para declarar el Costo Variable de Producción (CVP). Las nuevas bandas rigen para ese régimen y no para todos los generadores. Desde 2027, el límite inferior será el 50% del valor de referencia y desde 2028 bajará al 25%. En sentido inverso, el margen máximo por encima del valor de referencia se reducirá al 17,5% en 2027 y al 10% desde 2028.

El texto sostiene que ampliar el piso permite a las empresas expresar sus condiciones económicas y competir por el despacho, sin obligarlas a declarar costos menores. Mantiene el principio de despacho al mínimo costo de operación y falla y deja en 0% el adicional máximo para el denominado GN Acuerdo. La norma amplía el espacio para que las empresas compitan por el despacho, pero no demuestra que esa flexibilidad vaya a traducirse en tarifas más bajas. Los resultados dependerán de cómo se presenten las ofertas y de la evolución efectiva del mercado.

Contratos: de 20% a 60%, a 80% y sin tope

La resolución también acelera el cronograma del Mercado a Término para la generación térmica al Spot y la hidroeléctrica al Spot no comprendida en la Generación Asignada, con ingreso anterior al 1 de enero de 2025. El porcentaje máximo de la producción mensual que puede comprometerse con grandes usuarios del MEM se mantiene en 20% hasta el 31 de marzo de 2027, sube a 60% desde el 1 de abril de 2027 y a 80% desde el 1 de abril de 2028. Desde el 1 de enero de 2029 se eliminan esas restricciones porcentuales; las reglas originales preveían eliminarlas desde el 1 de enero de 2030.

Esas centrales conservan la posibilidad de contratar toda su producción mensual con distribuidores para la Demanda Estacionalizada No Cubierta. Las centrales hidroeléctricas alcanzadas podrán además contratar con distribuidores, para abastecer a sus Grandes Usuarios de Distribución (GUDI), sin limitación porcentual específica. La liberalización define cuánta energía pueden comprometer las centrales, no cuánta van a contratar.

Grandes usuarios: ingreso mensual desde el 1 de diciembre

El cambio más inmediato alcanza a los Grandes Usuarios Mayores y Menores (GUMA y GUME). El procedimiento simplificado reemplaza las ventanas trimestrales por una incorporación mensual y se aplicará desde el 1 de diciembre de 2026, de modo que las primeras solicitudes presentadas ese mes corresponderán al Mes de Aprobación de enero de 2027. También rige para los GUDI, es decir, las demandas de 300 kW o más por punto de suministro, que soliciten ingresar como GUMA o GUME.

Las solicitudes deberán presentarse ante CAMMESA, que cumple la función de organismo encargado del despacho, hasta el último día hábil del mes anterior al Mes de Aprobación. CAMMESA tendrá diez días hábiles para verificar los requisitos e informar a la Secretaría de Energía, que dispondrá de hasta tres días hábiles para publicar cada solicitud en el Boletín Oficial durante dos días hábiles. En ese lapso, los agentes del mercado podrán presentar objeciones fundadas.

Una objeción fundada suspende solo la solicitud cuestionada y pasa al Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), que deberá resolverla en veinte días corridos; si no se expide en ese plazo, la objeción se entiende válida. La resolución dejó de exigir, para el ingreso, la copia sellada de la nota enviada a la distribuidora, y permite los cambios mensuales entre GUMA y GUME con un período mínimo de permanencia de un año en la categoría vigente. Mantuvo plenamente vigente el régimen de Grandes Demandas (XDEM) aprobado el 24 de septiembre.

Qué no dice la resolución

La apertura contractual puede reducir tiempos administrativos para industrias y grandes comercios, pero la resolución no estima su impacto en los precios, la calidad del servicio ni la distribución de costos. Esos efectos quedarán sujetos a la implementación y al control regulatorio, y CAMMESA deberá realizar las adecuaciones técnicas, comerciales e informáticas necesarias y publicar en su sitio web los requisitos, formularios y fechas límite.

Lo que tenés que saber:

  • La Resolución 293/2026 se firmó el 20 de octubre, se publicó el 21 y rige desde esa fecha.
  • Desde 2027, el piso del CVP será 50% del valor de referencia (25% desde 2028) y el techo bajará a 17,5% (10% desde 2028).
  • El tope de contratación de las centrales alcanzadas subirá de 20% a 60% en abril de 2027 y a 80% en abril de 2028, y se eliminará en enero de 2029.
  • El ingreso de GUMA y GUME pasará de ventanas trimestrales a un trámite mensual desde el 1 de diciembre de 2026.
  • La norma no estima efectos sobre tarifas, calidad del servicio ni distribución de costos.
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