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La AFIP fiscalizará operaciones destinadas a evadir o eludir el pago del Aporte Solidario

En ente recaudador quedó habilitada desde este viernes para notificar a casi 12.000 contribuyentes con un patrimonio superior a los $ 200 millones que deben pagar el Aporte Solidario y Extraordinario de las Grandes Fortunas, con tasas de entre 2% y 3,,5%.

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En ente recaudador quedó habilitada desde este viernes para notificar a casi 12.000 contribuyentes con un patrimonio superior a los $ 200 millones que deben pagar el Aporte Solidario y Extraordinario de las Grandes Fortunas, con tasas de entre 2% y 3,,5%, a la vez que deberá fiscalizar las operaciones que puedan determinar conductas evasivas o estén destinadas a la elusión del pago del aporte.

El Gobierno nacional reglamentó hoy mediante el decreto 42/201, publicado en el Boletín Oficial, la ley respectiva (N° 27.605), sancionada por el Congreso nacional en diciembre pasado y que permitirá recaudar unos $ 300.000 millones para fines sanitarios, económicos y sociales.

La reglamentación detalló que la AFIP deberá recurrir a herramientas de información para verificar y fiscalizar las situaciones en que se verifiquen “variaciones operadas en los bienes sujetos al aporte” durante los 180 días inmediatos anteriores a la fecha de entrada en vigencia de la ley, que “hicieren presumir, salvo prueba en contrario, una operación que configure un ardid evasivo o que esté destinada a eludir su pago”.

El decreto define, entre otros puntos, que la repatriación del 30% de los activos financieros del exterior puede ser parcial o total; permite traer fondos a la Argentina para aportarlos a sociedades locales; y excluye de la base imponible a los bienes del hogar que representan aproximadamente el 5% de la suma de bienes locales más inmuebles del exterior.

Según análisis de consultoras locales, quedan por precisar aspectos como la fecha y sistema de pago, la forma de llevar adelante las presentaciones, y si existirá algún anticipo a cuenta del impuesto, lo cual sería aclarado por la AFIP en los próximos días.

La reglamentación permite a los contribuyentes con participación accionaria en sociedades argentinas seleccionar la forma de valuación entre el patrimonio neto, según la fecha de último balance cerrado, o bien, el 18 de diciembre pasado (publicación de la ley), valuado con un balance especial preparado a tal efecto.

Se prevé además que la repatriación del 30% de los activos financieros del exterior, contemplada en la ley (parcial o total) implica la reducción de la alícuota sobre los bienes del exterior a la de los bienes locales; es decir, cambia la escala de tasas del 3% al 5,25% por la del 2% al 3,5%.

El decreto precisa los plazos (se deben repatriar los fondos dentro de 60 días), los lineamientos (traer el dinero a una entidad bancaria local) y las posibles inversiones para gozar de los beneficios de la repatriación.

Se contempla mantener los activos financieros externos en la cuenta bancaria local que recibe los fondos hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive; vender la moneda extranjera a tipo de cambio oficial; o adquirir de obligaciones negociables en pesos. También se admitirá adquirir instrumentos en pesos que fomenten la inversión productiva (el Poder Ejecutivo debe disponer cuáles serían).

Por otra parte, el decreto admite traer fondos a la Argentina para aportarlos a sociedades locales (siempre que su actividad principal no fuera financiera) en las que el contribuyente tenía participación al 18 de diciembre pasado, en cuyo caso la empresa no podrá distribuir dividendos hasta el 31 de diciembre próximo.

Según la reglamentación, cualquier participación menor al 10% en una sociedad se considera activo financiero, independientemente de su actividad. En cambio, si la sociedad del exterior en la que el contribuyente posee un 50% o más de ingresos de actividades operativas, no se considera activo financiero, como tampoco se incluye dentro de esta categoría a los créditos relacionados con tales actividades.

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Sin margen de maniobra: por qué el shock energético global golpea más fuerte a la Argentina del ajuste libertario

Un informe de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe traza tres escenarios de impacto inflacionario derivados del encarecimiento energético global. En el peor de los casos, Argentina podría sumar 2,5 puntos porcentuales adicionales a su inflación anual de 2026, una presión que se monta sobre una economía que ya acumula años de ajuste y tarifazos.

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CEPAL advierte que la guerra en Medio Oriente podría sumar hasta 2,5 puntos a la inflación argentina en 2026.

El incremento de los precios energéticos a causa del conflicto bélico en Medio Oriente podría aportar entre 0,9 y 2,5 puntos porcentuales a la inflación anual de Argentina en 2026, según advirtió la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) en un informe reciente. La advertencia sitúa al país en un escenario de presión adicional sobre los precios internos en un contexto ya de por sí crítico, marcado por el ajuste energético acumulado desde diciembre de 2023 y los compromisos fiscales con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Tres escenarios, un mismo problema

El reporte de la CEPAL construyó su análisis sobre una metodología del banco de inversión Goldman Sachs, que pondera la participación de los productos energéticos en las canastas de consumo de cada país y asume un traspaso del 60% de las variaciones de los precios internacionales de los combustibles a los precios finales al consumidor. En ese marco, el organismo trazó tres escenarios posibles para la región y cuantificó el impacto para Argentina en particular.

En el escenario 1, que contempla una suba del 25% interanual en el precio de la energía durante 2026, el impacto sobre la inflación argentina se estima en 0,9 puntos porcentuales. El escenario 2 proyecta un aumento del 38% en los combustibles, lo que elevaría el impacto a 1,4 puntos porcentuales. El más severo, el escenario 3, prevé un alza del 67% en el precio del barril, con un efecto inflacionario de 2,5 puntos porcentuales sobre la economía argentina.

Para el conjunto de la región, el rango de impacto estimado oscila entre 0,3 y 4,6 puntos porcentuales, con diferencias significativas según la estructura de cada canasta de consumo y el grado de regulación de los precios internos de los combustibles en cada país.

El impacto sobre Argentina: más allá del número

La CEPAL subrayó que «el impacto efectivo dependerá del grado de traspaso a los precios internos así como de las medidas de mitigación implementadas, por lo que podría ser menor en aquellos países que han activado mecanismos de amortiguación fiscal o cuyo traspaso sea menor al supuesto del 60%». Sin embargo, el margen de maniobra del gobierno de Javier Milei en ese sentido es acotado: la política de eliminación de subsidios energéticos, que acumuló subas superiores al 525% en servicios y transporte desde el inicio de la gestión, deja poco espacio para amortiguar nuevos shocks externos.

El organismo también advirtió que «en los próximos meses, el impacto del aumento del precio del petróleo en la inflación dependerá de la evolución de los precios internacionales, del grado en que sus variaciones se trasladen a los precios internos de los combustibles y de los efectos de segunda ronda en aquellos productos de los cuales los combustibles son un insumo relevante». A esto se suma otro canal de transmisión: el encarecimiento del petróleo «también podría tener un impacto en la inflación a través del aumento del costo de los productos importados y de los fletes internacionales», precisó la CEPAL.

Un piso alto: el contexto que agrava la presión

La advertencia de la CEPAL no llega en el vacío. Argentina arrastra una inflación interanual de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) superior al 32% según datos del INDEC de marzo de 2026, mientras que los combustibles registraron subas del 10,4% en abril último según estimaciones de consultoras privadas. El costo de la energía y el transporte, que lidera las subas acumuladas desde diciembre de 2023, configura una inercia inflacionaria que opera como piso difícil de perforar.

En ese escenario, cualquier shock externo, como el que proyecta la CEPAL en sus escenarios 2 y 3, podría neutralizar los avances registrados en la desaceleración del índice mensual y generar nuevas presiones sobre el poder adquisitivo de los sectores de ingresos fijos. El impacto sobre los salarios reales y el consumo popular sería directo e inmediato, especialmente en los rubros de transporte, calefacción y alimentos procesados, donde los combustibles funcionan como insumo transversal.

La variable geopolítica agrega una capa de incertidumbre adicional. La dinámica del conflicto en Medio Oriente, con su potencial de escalar o distenderse según la evolución de las negociaciones y los enfrentamientos militares, convierte cualquier proyección en un ejercicio de escenarios con márgenes de error considerables. Lo que la CEPAL deja en claro es que el canal de transmisión entre los precios internacionales del petróleo y la inflación doméstica argentina existe, opera y puede amplificarse según las decisiones de política interna que adopte el gobierno.

Puntos clave

  • La CEPAL estima que la suba de precios energéticos por el conflicto en Medio Oriente podría agregar entre 0,9 y 2,5 puntos porcentuales a la inflación anual argentina de 2026.
  • El organismo trazó tres escenarios basados en alzas del 25%, 38% y 67% en el precio de la energía, con impactos crecientes sobre los precios internos.
  • La metodología asume un traspaso del 60% de las variaciones internacionales de combustibles a los precios al consumidor.
  • El gobierno Milei eliminó los subsidios energéticos acumulando subas superiores al 525% en servicios y transporte, lo que reduce el margen de amortiguación frente a shocks externos.
  • El impacto podría profundizarse a través de los fletes internacionales y el encarecimiento de productos importados, según advirtió la CEPAL.
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