Conectate con El Argentino

Economía 💲

El Gobierno reglamentó la Ley de Aporte Solidario y Extraordinario de las grandes fortunas

La Ley 27605 establece un aporte por única vez de una tasa del 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado en el impuesto a las Bienes Personales más de 200 millones de pesos.

Publicado hace

#

La Ley 27605 establece un aporte por única vez de una tasa del 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado en el impuesto a las Bienes Personales más de 200 millones de pesos.

El Gobierno reglamentó la ley de Aporte Solidario y Extraordinario para morigerar los efectos de la pandemia (ley 27605/2020), conocida también como aporte de las grandes fortunas, y sus detalles se conocieron al publicarse la edición del Boletín Oficial correspondiente al viernes 29 de enero.

La reglamentación se concretó a través del decreto 42/2021, tiene 12 artículos y lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Economía, Martín Guzmán.

La ley 27605, que se sancionó en el Congreso el 4 de diciembre último y se promulgó el 18 del mismo mes, establece un aporte por única vez de una tasa del 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado en el impuesto a las Bienes Personales más de 200 millones de pesos (aunque la tasa va subiendo según el patrimonio).

La norma, en ese aspecto, establece que la tasa a cobrar se irá elevando según el rango de fortuna que se haya declarado: será del 2,25% para quienes se encuentren entre los $300 y los $400 millones, del 2,50% para aquellos que tengan entre $400 y $600 millones, y del 2,75%, para aquellos patrimonios entre $600 y $800 millones.

El aporte subirá hasta el 3% en el caso de las fortunas entre los $800 y $1.500 millones y se extenderá hasta el 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y 3.000 millones. Asimismo, a quienes tengan bienes que superen este último valor se les cobrará un 3,5%. De esta manera, estarían obligados a pagar alrededor de 12.000 contribuyentes.

Además, la ley 27605 determina específicamente cuál será el destino de los fondos recaudados, que serán distribuidos, a saber: en un 25% a exploración, desarrollo y producción de gas natural; otro 20% a adquirir equipamientos de salud para enfrentar la pandemia; un 20% a apoyar a empresas Pymes; un 20% para financiar el relanzamiento de las becas Progresar creadas para apoyar a jóvenes estudiantes, mientras que el 15% restante se utilizará para la urbanización de barrios populares mediante cooperativas organizadas por los vecinos de cada barrio.

La ley de Aporte Solidario y Extraordinario fue pensada para que el fisco sume una contribución adicional de las personas físicas con mayor capacidad económica en un contexto de emergencia, como la pandemia global de Covid-19.

La iniciativa surgió de una serie de ideas y propuestas que se fueron ajustando y que sobre todo fueron impulsadas por el titular de la comisión de Presupuesto de la Cámara Baja, Carlos Heller (FdT-CABA), y el jefe del bloque del FdT en Diputados, Máximo Kirchner, quienes se convirtieron en las caras públicas del proyecto.

La reglamentación que se conoció con la publicación en el Boletín Oficial, a las 0 horas de este viernes 29 de enero, fija precisiones para calcular el rango de fortuna de aquellas personas que poseen acciones o participaciones en empresas, permitiéndoles, por ejemplo, descontar deudas o pasivos de las empresas a la fecha del 18 de diciembre de 2020.

Otro de los puntos de la reglamentación está referido a la excepción para las llamadas «actividades operativas» ligadas a lo productivo y no a la valorización de activos financieros: el decreto precisa que las actividades cuyos ingresos no provengan en un porcentaje superior al 50% de rentas pasivas no podrán definirse como «activos financieros».

El decreto 42/2021 faculta por otro lado a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que se encargue de «instrumentar los regímenes de información a los fines de recabar datos» y evitar así las operaciones de evasión impositiva.

En ese sentido, al sancionarse y promulgarse la norma, algunos empresarios con grandes patrimonios que quedarán en la base imponible de esta aporte por única vez amenazaron con iniciar una rebelión fiscal contra una ley que a pesar de despertar mucha aprobación en las encuestas fue al mismo tiempo muy atacada desde ciertos medios de comunicación.

CABA

Vivir en CABA: el 40% de las familias más pobres deja más de la mitad del sueldo en el alquiler

Un informe del Consejo Económico y Social de la Ciudad (CESBA) y la fundación Fundar confirmó que el 40% de los hogares de menores ingresos en la Ciudad de Buenos Aires destina más de la mitad de sus recursos al alquiler de un departamento de dos ambientes. Entre 2013 y 2026, los precios relativos de vivienda y servicios treparon casi 25 puntos y la proporción de hogares inquilinos pasó del 22% al 36,9%.

Publicado hace

#

En la Ciudad de Buenos Aires, cuatro de cada diez hogares de menores ingresos destina más de la mitad de sus recursos al alquiler de un departamento de dos ambientes. El dato surge de un informe elaborado en conjunto por el Consejo Económico y Social de la Ciudad (CESBA) y la fundación Fundar, que analizó la evolución de las condiciones económicas y habitacionales de los porteños a lo largo de los últimos 13 años. El resultado retrata una ciudad donde el derecho a la vivienda se convirtió en lujo para los que menos tienen.

El estudio, que abarca el período comprendido entre agosto de 2013 y agosto de 2026, identificó un corrimiento estructural en la composición del gasto familiar. Los precios relativos de la vivienda y los servicios aumentaron casi 25 puntos porcentuales en ese lapso, desplazando el peso de otros rubros como alimentación, indumentaria, educación, salud y esparcimiento. El presupuesto familiar quedó cada vez más dominado por gastos fijos, dejando márgenes cada vez más estrechos para el resto de la vida.

El alquiler ya no es una etapa: es una condición permanente

El informe registró además una transformación profunda en la estructura habitacional de la Ciudad. Los hogares inquilinos pasaron de representar alrededor del 22% en 2001 al 36,9% en 2022, un salto que convirtió al alquiler en una condición habitacional extendida y no ya en una etapa transitoria. La tendencia se profundiza especialmente entre los jóvenes, que acceden cada vez menos a la propiedad y quedan atrapados en un mercado de alquileres que sube sin pausa.

El contraste entre los distintos tipos de hogar revela la dimensión del problema. Según el informe, la canasta de consumo de una persona sola propietaria aumentó un 25,2% en dólares entre 2013 y 2026, mientras que la de una pareja joven propietaria subió un 21,5%. La familia propietaria con dos hijos registró un incremento del 19,4%. En cambio, para una pareja joven que alquila, el aumento fue del 11,4%. Las diferencias ilustran cómo la situación habitacional no es un dato accesorio, sino un factor determinante de la estructura de gastos y de la capacidad de proyección económica de cada hogar.

Los gastos fijos que asfixian el presupuesto

El peso creciente del alquiler dentro del presupuesto familiar no opera de manera aislada. Se combina con el incremento sostenido de las expensas y los servicios públicos, que desde diciembre de 2023 acumularon subas superiores al 500% en rubros como transporte, gas, agua y electricidad, según datos del IIEP (UBA-CONICET). La presión sobre los ingresos es simultánea desde múltiples frentes: el alquiler sube, los servicios suben, y la capacidad de ahorro se contrae.

Para los sectores de menores ingresos, el impacto es de una magnitud que excede cualquier ajuste racional del presupuesto. Cuando el alquiler de un dos ambientes absorbe más de la mitad de los ingresos disponibles, el margen para mudarse, planificar, ahorrar o aspirar a una vivienda propia se vuelve prácticamente inexistente. Lo que el informe describe en términos estadísticos es, en la vida cotidiana de miles de familias porteñas, la imposibilidad de construir un horizonte.

Un mercado sin regulación y un Estado que se retiró

El deterioro del acceso a la vivienda tiene contexto político y regulatorio. La derogación de la Ley de Alquileres en 2023, impulsada como parte del programa de desregulación del gobierno libertario, eliminó los marcos de previsibilidad contractual que, con sus limitaciones, fijaban pisos para la negociación. En un mercado librado a la lógica de la oferta y la demanda, los alquileres se actualizan mensualmente y la incertidumbre sobre el costo de renovación opera como factor de expulsión para los inquilinos más vulnerables.

El informe del CESBA y Fundar llega en un momento en que el gobierno nacional reivindica el equilibrio fiscal y la desaceleración de la inflación como señales de recuperación económica. Pero los datos sobre el acceso a la vivienda revelan una recuperación que no llega a los hogares que más la necesitan: aquellos que alquilan, que tienen bajos ingresos, y que enfrentan cada mes la disyuntiva entre pagar el alquiler o cubrir el resto de las necesidades básicas.

Lo que tenés que saber:

  • El 40% de los hogares de menores ingresos de CABA destina más de la mitad de sus ingresos al alquiler de un departamento de dos ambientes.
  • Entre 2013 y 2026, los precios relativos de vivienda y servicios aumentaron casi 25 puntos porcentuales, según el informe del CESBA y Fundar.
  • Los hogares inquilinos pasaron del 22% en 2001 al 36,9% en 2022, consolidando el alquiler como condición habitacional estructural y no transitoria.
  • La canasta de consumo de una persona sola propietaria subió 25,2% en dólares en ese período; la de una pareja joven que alquila aumentó solo el 11,4%.
  • El aumento de los gastos fijos, alquiler, expensas y servicios, reduce el margen para ahorrar, mudarse o proyectar el acceso a una vivienda propia.

Seguir leyendo
El Argentino

El Argentino
El Argentino

Las más leídas

Descubre más desde El Argentino Diario

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo