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Massa anunció un acuerdo con el Club de París

«Muchas de las empresas que están acá tenían vedado el acceso al crédito en Europa y para comercializar con empresas del bloque europeo porque veníamos trabados en las negociaciones», dijo el ministro.

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El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció esta tarde que el Gobierno cerró «de manera exitosa» un acuerdo con el Club de París.

«En el día de hoy hemos terminado de manera exitosa para Argentina el acuerdo con el Club de París», dijo Massa al lanzar un programa de créditos para pymes en el partido bonaerense de Escobar, al tiempo que señaló la importancia de «consolidar la credibilidad» del país.

«Muchas de las empresas que están acá tenían vedado el acceso al crédito en Europa y para comercializar con empresas del bloque europeo porque veníamos trabados en las negociaciones con el Club de París«, destacó el ministro.

Massa, anunció el Programa de Crédito Argentino destinado a pymes por 500 mil millones de pesos, en un acto llevado a cabo en la localidad bonaerense de Escobar.

«Este programa tiene centralmente un primer origen, que es el de poner todos los recursos del Estado a financiar el desarrollo económico del sector pyme usando toda el potencial del sector financiero y usando también la potencia del Estado a través de diferentes instrumentos, alícuotas diferenciales, bonos de capital, más de 500 mil millones de pesos de inversión en el programa de crédito argentino», afirmó el titular del Palacio de Hacienda.

El objetivo de la Argentina era una refinanciación de la deuda de aproximadamente US$ 2.400 millones a partir de una extensión de los plazos de repago, una reducción de la tasa de interés, que actualmente es del 9% anual, y la incorporación a dicho acuerdo de los US$ 430 millones ya abonados en dos pagos en febrero de 2022 y julio de 2021.

Resultó clave para avanzar en las negociaciones la aprobación de la segunda revisión del programa vigente con el FMI, que formalmente se concretó el 7 de octubre último, ya que para el Club de París es una condición de base (no escrita), para evaluar el desempeño y las políticas para la refinanciación de la deuda de la Argentina con dicho organismo multilateral.

Presidencia

El Gobierno de Milei apura la reforma laboral mientras el FAL, su pieza clave, queda en el aire

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el artículo más ambicioso de la norma, que establece un mecanismo de ahorro obligatorio y acumulativo para cubrir despidos en el sector privado, podría quedar afuera del decreto que firmará en las próximas horas el Ejecutivo.

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El Argentino Diario-Gobierno de Milei avanza con reforma laboral que atomiza paritarias y limita derecho de huelga.

El Gobierno apura la reglamentación de la reforma laboral mientras el FAL queda en el aire

El Gobierno de Javier Milei decidió acelerar la reglamentación de la Ley 27.802 de Modernización Laboral tras una serie de fallos favorables en la Justicia, pero enfrenta una contradicción central: el artículo más ambicioso de la norma, el que crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), podría quedar afuera del decreto que se firmará en las próximas horas.

La ofensiva judicial del oficialismo cosechó dos resultados consecutivos. Primero, la Cámara de Apelaciones del Trabajo revocó la cautelar que frenaba la aplicación de la norma y restableció la vigencia de 83 de sus artículos, suspendidos desde fines de marzo por el juez Raúl Ojeda. Luego, la Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió que la demanda impulsada por la CGT debe tramitarse en ese fuero y no en los juzgados laborales, desplazando el conflicto hacia una arena considerada menos hostil por el oficialismo.

Con ese viento judicial a favor, el Gobierno interpretó que la ley está «plenamente vigente» y decidió no dilatar más la reglamentación de los artículos que sí la requieren.

El FAL: la apuesta más importante que podría quedar para después

El Fondo de Asistencia Laboral es la transformación estructural que más expectativa genera en el Gobierno libertario. La norma establece un mecanismo de ahorro obligatorio y acumulativo para cubrir despidos en el sector privado, con el objetivo declarado de reducir la litigiosidad laboral y volcar recursos hacia el mercado de capitales local. Según la ley, debía entrar en funcionamiento el 1° de junio próximo.

Sin embargo, fuentes oficiales consultadas por el portal Infobae reconocieron que la complejidad técnica y jurídica del artículo generó demoras. «El FAL fue lo que implicó más análisis y consultas técnicas y jurídicas», admitió una fuente oficial que pidió reserva de identidad. El borrador de la reglamentación fue elaborado en conjunto por los ministerios de Economía, de Desregulación y de Capital Humano, la Secretaría de Trabajo, el Banco Central y ARCA. Aun así, en la Casa Rosada no descartan que ese artículo quede fuera del decreto que se conocerá en las próximas horas y sea objeto de una norma separada posterior.

La demora es llamativa porque el FAL es presentado por el Gobierno como uno de los pilares del nuevo esquema de relaciones laborales. El mercado ya anticipaba que habría una prórroga: los plazos se acumularon y el mecanismo no tiene aún las condiciones técnicas para operar desde junio.

Sindicatos de empresa: el golpe al gremialismo tradicional

Otro artículo que sí requiere reglamentación y concentra la atención del Gobierno es el que facilita la creación de sindicatos de empresa. La legislación laboral argentina ya contemplaba esa figura, pero con una restricción central: solo podía otorgarse personería gremial a un sindicato de empresa cuando no existiera en la zona y la actividad un sindicato de primer grado o unión con personería previa.

La reforma modifica ese esquema. El artículo 136 de la Ley 27.802 establece que podrá otorgarse personería gremial a un sindicato de empresa cuando, durante un período continuo de al menos seis meses, esa organización cuente con más afiliados cotizantes que el sindicato de actividad con personería previamente reconocida. El impacto es directo: los grandes sindicatos nacionales, cuyo poder descansa precisamente en los derechos exclusivos que otorga la personería gremial, quedan expuestos a la competencia interna.

No es casual que la CGT haya respondido con una estrategia judicial agresiva. Como informó este medio en coberturas anteriores, la central obrera recusó a los jueces que reactivaron la reforma y presentó impugnaciones por prejuzgamiento y potenciales conflictos de interés. El juicio de fondo sobre la constitucionalidad de la ley continúa abierto.

Lo que ya rige sin necesidad de decreto

Fuentes del Ejecutivo precisaron que varios artículos de la norma tienen vigencia directa y no requieren reglamentación. Entre ellos figuran los vinculados a la Ley de Contrato de Trabajo, la eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos, el tope del 2% para las cuotas solidarias (una limitación directa al financiamiento sindical), y el artículo que regula el derecho de huelga en los servicios esenciales.

Sobre este último punto, el propio Gobierno admite un problema práctico: prevé que muchos sindicatos desobedecerán la exigencia de mantener servicios mínimos del 75% o del 50% según el sector, y reconoce que será muy difícil constatar los porcentajes exactos de acatamiento y exigir su cumplimiento. La norma existe, pero el aparato estatal para hacerla cumplir es incierto.

El secretario de Trabajo, Julio Cordero, insistió en tanto en que los empleadores aprovechen el mecanismo del «salario dinámico», que permite aumentar remuneraciones por encima del piso paritario, como una vía para descomprimir la presión sindical en las negociaciones salariales. Ese artículo ya tiene vigencia sin necesidad de reglamentación adicional.

Una reforma bajo fuego cruzado

La Ley 27.802 acumula frentes abiertos. La disputa judicial con la CGT sigue su curso en la Cámara Contencioso Administrativa Federal. El Gobierno también presentó un per saltum ante la Corte Suprema el 16 de abril, una vía paralela que mantiene la presión sobre el máximo tribunal. El debate de fondo sobre la constitucionalidad de la norma no tiene fecha de resolución.

En ese contexto, la decisión de reglamentar parcialmente la ley y postergar el FAL para un decreto posterior expone la brecha entre la ambición política del Gobierno y la capacidad técnica de implementación. El oficialismo celebra los fallos favorables como victorias definitivas, pero la reforma más profunda del sistema de indemnizaciones laborales en décadas sigue sin poder arrancar en la fecha prevista por la propia norma.

Puntos clave:

  • El Gobierno firmará en las próximas horas el decreto reglamentario de la Ley 27.802, pero el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), pieza central de la reforma, podría quedar para un decreto posterior por su complejidad técnica y jurídica.
  • La Cámara de Apelaciones del Trabajo revocó la cautelar que frenaba 83 artículos de la norma, y la Cámara Contencioso Administrativa Federal desplazó la demanda de la CGT a ese fuero.
  • El artículo 136 de la norma facilita la creación de sindicatos de empresa en competencia con los sindicatos tradicionales, un golpe directo al modelo gremial argentino.
  • El FAL debía comenzar a funcionar el 1° de junio, pero la demora en la reglamentación tornó prácticamente imposible ese plazo.
  • El juicio de fondo sobre la constitucionalidad de la ley, impulsado por la CGT, continúa abierto en la Cámara Contencioso Administrativa Federal.
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