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Proponen reintegrar el IVA a sectores vulnerables a través de billeteras virtuales

A través de este mecanismo se podrían realizar los reintegros en las compras de jubilados o beneficiarios de asignaciones universales.

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El Centro Mariano de Investigación Social (Cemais) presentó este martes un informe sobre los efectos regresivos de eliminar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre los alimentos y, en cambio, propuso reintegrar la carga correspondiente a ese tributo sobre las compras que las familias de sectores vulnerables realicen a través de billeteras virtuales.

La alternativa, señala el informe, se basa en que las billeteras virtuales son uno de los medios de pago más aceptado por los comercios informales y más utilizado también por las familias vulnerables, por encima de las tarjetas de débito, y que a través de este mecanismo se podrían realizar los reintegros en las compras de jubilados o beneficiarios de asignaciones universales.

«La devolución en el medio digital además puede y debería ser automática en el momento en que la persona efectiviza el pago. De esta forma, se incentivará su uso ya que las personas lo tomarán como un “descuento” que reciben cuando compran alimentos con dinero digital. Esto sería un gran empujón a la digitalización de los pagos», aseguró el informe del Cemais.

De acuerdo con el documento, del total de gastos que los hogares argentinos destinan a alimentos, los más pobres (quintil I) explican el 14%, mientras que los que le siguen en nivel de ingreso (quintil II), el 17%.

Por lo tanto, el 40% de los hogares de menores ingresos explica el 31% del consumo total de alimentos.

Sin embargo, cuando se observa los quintiles III, IV y V, que son los de ingresos medios y altos, surge que ellos consumen el 69% del total de alimentos, ya que si bien las familias de más recursos gastan una porción menor de su presupuesto en alimentos respecto de las familias más humildes, sí consumen muchos más alimentos del total vendido en el mercado.

«Esto implica que sacar o reducir el IVA a los alimentos beneficia mucho más a las familias de ingresos medios que a las familias pobres», sostiene el informe, a lo que agrega que «en tal caso, se debería buscar una forma de que las familias de menores recursos no paguen IVA, Ingresos Brutos y tasas municipales de Industria y Comercio sobre los alimentos».

De allí que surja la propuesta de devolver el IVA de los alimentos a los sectores considerados en situación de pobreza y hacerlo a través de las billeteras virtuales, al que califican como «un medio de pago que es más aceptado por los comercios informales y más utilizado también por las familias vulnerables».

Actualmente, los jubilados y pensionados con haber mínimo, los titulares de la Asignación Universales por Hijo (AUH), las titulares Asignaciones por Embarazo, las personas que perciben una pensión por fallecimiento que no exceda la mínima y las personas que perciben pensiones no contributivas nacionales que no excedan la mínima, tienen un reintegro del 15% de las compras que realicen con las tarjetas de débito vinculadas con la cuenta en la que reciben sus haberes, en comercios minoristas o mayoristas de todo el país.

El mecanismo contempla una suma de hasta $ 1.200 mensuales por beneficiario, monto que asciende hasta los $ 2.400 para aquellas personas que perciban hasta una pensión por fallecimiento, siempre que no exceda el haber mínimo garantizado.

Sin embargo, este mecanismo tiene un punto débil ya que «las personas de menores recursos -afirma el Cemais- tienen muchas limitaciones para comprar con plásticos porque su entorno es muy informal y, por ello, es donde las compras en general son en efectivo».

De allí la oportunidad de hacerlo a través de billeteras virtuales.

«El desafío así se focalizaría en llegar a las familias indigentes con asistentes sociales para enseñarles a utilizar los pagos digitales a fin de que aprovechen el beneficio de la devolución. Este acercamiento es el que permitirá identificar a estas familias más vulnerables para llegar a ellos con el beneficio asistencial único que les permita salir de la pobreza extrema», concluye el documento.

Turismo

Agenda de feriados 2026: cuándo viajar y aprovechar los próximos findes largos

El calendario todavía ofrece varias oportunidades para cortar la rutina. Entre feriados trasladables y días no laborables, quedan varias fechas ideales para organizar viajes o pausas durante el año.

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Lo que tenés que saber

  • Se acerca un nuevo fin de semana largo en mayo
  • Comienza el viernes 1° por el Día del Trabajador
  • En 2026 todavía quedan varios findes largos
  • Hay feriados inamovibles y trasladables
  • También existen días no laborables
  • Junio, julio y noviembre tendrán nuevas pausas
  • Diciembre incluye un fin de semana largo extendido

El próximo fin de semana largo

El calendario marca una nueva oportunidad de descanso en Argentina con el feriado del 1° de mayo por el Día del Trabajador.

Al caer viernes, se genera un fin de semana largo que se extiende hasta el domingo 3 de mayo.

Todos los fines de semana largos de 2026

A lo largo del año, todavía quedan varias fechas para planificar escapadas:

  • Mayo: del viernes 1 al domingo 3
  • Junio: del sábado 13 al lunes 15 (por el Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes)
  • Julio: del jueves 9 al domingo 12 (con puente turístico el viernes 10 por el Día de la Independencia)
  • Agosto: del sábado 15 al lunes 17 (por el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín)
  • Octubre: del sábado 10 al lunes 12 (por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural)
  • Noviembre: del sábado 21 al lunes 23 (por el Día de la Soberanía Nacional)
  • Diciembre: del sábado 5 al martes 8 (incluye el Día de la Inmaculada Concepción de María)

Feriados inamovibles que quedan

Estos son los días que no cambian de fecha:

  • 1 de mayo
  • 25 de mayo
  • 20 de junio
  • 9 de julio
  • 8 de diciembre
  • 25 de diciembre

Feriados trasladables

Algunos feriados se mueven para generar fines de semana largos:

  • 15 de junio (por el 17 de junio)
  • 17 de agosto
  • 12 de octubre
  • 23 de noviembre (por el 20 de noviembre)

Días no laborables

El calendario también incluye jornadas especiales:

  • 10 de julio
  • 7 de diciembre
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