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Judiciales ⚖️

La Justicia dispuso custodia para Julia Mengolini tras denunciar a Milei

La periodista denunció amenazas y hostigamiento sistemático en redes. ¿A quiénes denunció?.

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La causa entre el presidente Milei y la periodista Julia Mengolini dió un giro en pos de los derechos de la damnificada. El juez interviniente resolvió otorgar custodia policial a la comunicadora, tras evaluar que las amenazas y el hostigamiento que viene recibiendo en redes sociales revisten “gravedad suficiente” como para comprometer su seguridad física.

Mengolini, fundadora del medio Futurock, presentó una denuncia penal por amenazas, intimidación pública, apología del crimen y presunta malversación de fondos públicos. La acción judicial apunta directamente al Presidente, a integrantes del Congreso y a un grupo de influencers libertarios que actúan como operadores digitales del oficialismo.

📌 ¿A quiénes denunció Mengolini?

Javier Milei – Presidente de la Nación

Lilia Lemoine – Diputada Nacional (LLA)

Agustín Romo – Diputado provincial bonaerense (LLA)

Santiago Oría – Cineasta y actual realizador audiovisual de Presidencia

También fueron incluidos los influencers y tuiteros:

@altashanta (Nazarena Aylén Colaleo)

@FranFijap (Franco Antunes Puchol)

@TraductorTeAma (Esteban Glavinich)

@marianoperez912 (Mariano Pérez)

@GordoDan_ (Daniel Parisini)

@elpittttt (Pedro María Lantaron)

@GordoLeyes (Alejandro Sarubbi Benítez)

Estas cuentas habrían participado en una campaña coordinada de difamación y acoso digital, con lenguaje violento, amenazas veladas y ataques sistemáticos con uso de recursos públicos y difusión desde perfiles con funciones estatales.

📣 El cruce público que desató la escalada

El 1 de julio, Milei denunció a Mengolini por injurias, luego de que la periodista afirmara al aire que el mandatario “vive con ocho perros y está enamorado de su hermana”, en alusión a Karina Milei, secretaria general de la Presidencia.

No hice un juicio de valor, hice una descripción. En todo tiempo y cultura, el tabú del incesto se mantiene”, explicó Mengolini en declaraciones posteriores.

En respuesta, Milei la acusó públicamente de “mentirosa” y de representar “la agenda de género del kirchnerismo para perseguir opositores”.

🧠 Violencia política y redes: un nuevo frente

El caso pone de relieve la violencia política digital de género como herramienta de disciplinamiento, y la expansión del discurso oficial a través de influencers y cuentas afines al Gobierno.

Diversas organizaciones feministas y de derechos humanos manifestaron su apoyo a Mengolini y señalaron que el accionar denunciado forma parte de una estrategia más amplia de estigmatización de periodistas y comunicadoras opositoras.

Esto no es libertad de expresión: es persecución y violencia simbólica con recursos del Estado”, advirtió una fuente allegada a la defensa legal de Mengolini.

Judiciales ⚖️

La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales

El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.

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Lo que tenés que saber

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
  • Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
  • Señala vulneración del derecho a la privacidad
  • Hubo votos en disidencia dentro del tribunal

Fallo de la Corte sobre datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

El origen del caso

La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.

Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Argumentos del tribunal

El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

Artículos anulados y alcance

La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.

Posturas en disidencia

La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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