Judiciales ⚖️
Consejo de la Magistratura: ocho meses fuera de servicio
Mientras la política partidaria sigue sumida en peleas estériles, el ente sigue paralizado.
El Consejo de la Magistratura busca salir de la parálisis de ocho meses sin decisiones relevantes mientras aguarda la jura de tres de los cuatro representantes del Senado que habilitó la Corte Suprema.
El 16 de julio del año pasado fue la última vez que el Consejo logró aprobar, en un plenario, ternas de jueces para elevar al Poder Ejecutivo, en tres concursos para la justicia Civil, de Familia y de Menores.
El marco de acuerdos de aquel momento entre oficialismo y oposición no alcanzó para plantear definiciones sobre los juzgados y cámaras federales vacantes en Comodoro Py y otros puntos del país.
Desde entonces, salvo para las cuestiones administrativas y de infraestructura tecnológica, el Consejo no funciona para su principal cometido: elegir jueces para que los seleccione el Poder Ejecutivo y los refrende el Senado.
El Consejo tiene más de mil concursos terminados y en condiciones de ser votados por el plenario, si estuviera integrado en su totalidad, y no con 16 como ahora, y si el ambiente político permitiera pactos entre el oficialismo y la oposición.
La Acordada 2 del máximo tribunal del jueves pasado, denegando la jura en el Consejo al senador del oficialismo Martín Doñate, introdujo un nuevo elemento en el conflicto de poderes que tiene de rehén al organismo.
En principio, la Corte tiene que definir una fecha de jura de los tres senadores y aguardar que los legisladores juren, cuando bien podrían no hacerlo.
«Lo único ilícito acá es lo que hace la Corte, rompiendo todas las reglas de la democracia. Nuevamente recurre a un instrumento de Superintendencia como esta vergonzosa Acordada, para dejar sin efecto un acto administrativo del Senado. Más pruebas del mal desempeño», expresó apenas conocida la decisión el diputado consejero Rodolfo Tailhade.
En el Consejo, tanto los representantes de los abogados como de los jueces quieren volver a funcionar con la esperanza de que el organismo adquiera centralidad en la discusión política.
Las fuentes del Consejo hablan de «premura» para funcionar, demostrada en la circulación interna de «borradores de comisiones», a instancia principalmente del bloque de los jueces.
El plenario necesita 13 miembros para el quórum y dos tercios de los consejeros presentes para aprobar las ternas, mayorías esquivas desde que Horacio Rosatti presidió esa última reunión en julio del año pasado.
Pero el conflicto se origina en diciembre de 2021, cuando la misma Corte falla sobre el Consejo y declara «inconstitucional» su integración de 13 miembros.
Para la Corte no había «balance» en un cuerpo integrado por tres jueces, dos abogados, cuatro legisladores de la mayoría, dos de la minoría, un académico y un representante del Ejecutivo.
Y ordenó sancionar una nueva ley o volver, en un plazo de 120 días, a la integración de 20 con el presidente de la Corte; cuatro jueces; ocho legisladores (cuatro por cada cámara, dos por el oficialismo, uno por la primera minoría y uno por la segunda minoría); cuatro abogados; dos del sector académico y uno del Poder Ejecutivo.
El siguiente nivel en el enfrentamiento de poderes llegaría cuando el bloque oficialista decide crear «Unidad Ciudadana» y reclamar de esta manera el lugar de la segunda minoría, que la Corte anuló argumentando que era un «ardid» y que la banca correspondía al senador del Frente PRO Luis Juez.
Ante a la insistencia del Senado por Martín Doñate, la Corte decidió invocar su potestad sobre la jura de los consejeros y no tomarle juramento pero sí a María Inés Pilatti Vergara (FdT), Mariano Recalde (FdT) y Eduardo Alejandro Vischi (UCR), en fecha a confirmar.
Educación
La Justicia le pone freno a Milei: el decreto universitario es inconstitucional
El juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional el Decreto 759/2025, el mecanismo con el que el Gobierno promulgó la Ley de Financiamiento Universitario pero la dejó sin efecto. El fallo ordena el cumplimiento inmediato de la norma ratificada por el Congreso con dos tercios de los votos y abre un nuevo capítulo en el conflicto que ya llegó a la Corte Suprema.
Un fallo de primera instancia declaró inconstitucional el decreto con el que el Gobierno de Javier Milei promulgó formalmente la Ley de Financiamiento Universitario pero bloqueó su aplicación real. La sentencia, de aproximadamente 50 páginas, calificó el mecanismo empleado por el Ejecutivo como un «mecanismo extraconstitucional» y ordenó el cumplimiento inmediato de la norma. Es el capítulo más reciente de un conflicto judicial que ya acumula más de un año de litigios, una cautelar firme avalada por la Corte Suprema y una quinta Marcha Federal Universitaria anunciada para el 15 de octubre.
El juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, hizo lugar a los amparos colectivos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA) contra el Estado nacional. La sentencia declaró la inconstitucionalidad de la cláusula del Decreto 759/2025 que, al tiempo de promulgar la Ley de Financiamiento Universitario, condicionó su ejecución a que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento; una remisión al artículo 5° de la Ley 24.629 que, en los hechos, dejó la norma vigente pero inoperante. El fallo fue dictado el 6 de octubre de 2026.
El decreto: promulgar y vaciar
La Ley de Financiamiento Universitario (Ley 27.795) fue sancionada por el Congreso y, luego de que Milei la vetara, fue ratificada con los dos tercios de los votos que la Constitución exige para que una insistencia parlamentaria sea irrecusable. Sin margen para vetarla nuevamente, el Ejecutivo eligió otra estrategia: la promulgó mediante el Decreto 759/2025, pero incorporó una cláusula que supeditaba su aplicación material a que el Parlamento previese expresamente las fuentes presupuestarias; algo que, en ausencia de partidas asignadas, equivalía a dejarla sin efecto indefinidamente.
Cormick rechazó de plano ese razonamiento. El magistrado señaló que el decreto «no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas». Y fue más lejos: subrayó que una vez que el Congreso insiste con los dos tercios de los votos tras un veto presidencial, no existe otro camino para el presidente que la promulgación irrestricta. Utilizar un decreto para vaciar el contenido de esa insistencia parlamentaria implica introducir un veto encubierto que la Constitución no prevé ni autoriza.
El juez también cuestionó el argumento fiscal del Gobierno y evaluó que la propia ley contemplaba mecanismos de financiamiento, al facultar al jefe de Gabinete a reasignar partidas presupuestarias. La sentencia ordenó al Poder Ejecutivo el cumplimiento inmediato de los artículos 5° y 6° de la norma, referidos a la recomposición salarial de docentes y no docentes universitarios y la actualización de las becas estudiantiles.
Una historia de recursos y dilaciones
El fallo del 6 de octubre no es el punto de partida del conflicto, sino su último capítulo hasta ahora. El mismo juez Cormick había dictado meses antes una medida cautelar que obligó al Estado a comenzar a aplicar la ley. El Gobierno apeló esa cautelar; la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal la confirmó. El Ejecutivo llevó entonces el caso a la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario, que el máximo tribunal rechazó el 25 de junio de 2026 por no estar dirigido contra una sentencia definitiva, dejando firme la medida cautelar.
En septiembre, Cormick volvió a intimar al Estado al considerar que el cumplimiento acreditado era parcial y le otorgó cinco días para regularizar la situación. El Gobierno apeló nuevamente esa intimación y solicitó que se le otorgara efecto suspensivo. Mientras el expediente avanzaba, el Ejecutivo reconoció en distintas instancias que cumplir con la norma representaría un costo estimado de 2,5 billones de pesos, una cifra que declaró no poder afrontar en el corto plazo. Las negociaciones del Presupuesto 2027, que el Gobierno presentó con un recorte real del 24,9% respecto de 2023 según la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), enmarcan el conflicto en un escenario de desfinanciamiento estructural del sistema universitario.
Gremios y universidades en estado de alerta
Las organizaciones gremiales y universitarias celebraron el fallo, aunque advirtieron que el Gobierno intentará dilatar su cumplimiento. Los gremios universitarios reclaman una recomposición salarial del 32,5%, cifra que vinculan con la pérdida acumulada que busca corregir la Ley 27.795. Ante la negativa del Gobierno a avanzar más allá de aumentos del 3% mensual, el conflicto derivó en nuevas medidas de fuerza: la UBA anunció un paro escalonado de 23 días durante cinco semanas, y los gremios convocaron a la quinta Marcha Federal Universitaria para el 15 de octubre frente al Palacio de Tribunales, la segunda durante 2026.
El CIN, que fue uno de los actores que impulsó la acción judicial, exigió al Ministerio de Educación que instrumente de forma urgente los mecanismos de transferencia presupuestaria. Desde el Consejo Interuniversitario Nacional advirtieron que las transferencias a las universidades acumulan una caída real del 45,6% entre 2023 y 2026.
El cálculo político en año preelectoral
El fallo coloca al Ejecutivo ante una disyuntiva de alto costo político. Apelar y extender el conflicto universitario en un año preelectoral implica mantener encendida una disputa que en cuatro oportunidades ya traccionó hacia las calles a más de un millón de personas. Cumplir el fallo, en cambio, significa asumir el impacto fiscal que la Casa Rosada argumentó como inasumible y flexibilizar el ajuste que sostiene como eje de su gestión. El control judicial de las decisiones presupuestarias, que Cormick reivindicó en la sentencia como una consecuencia propia de la justiciabilidad del Estado, se convierte así en el principal obstáculo institucional a una estrategia que eligió desobedecer la voluntad del Congreso antes que revisar su modelo económico.
Fuentes judiciales consultadas por este medio indicaron que la Procuración del Tesoro analizaba los alcances de la sentencia para definir la estrategia procesal. Al cierre de esta edición, el Gobierno no había emitido una posición oficial sobre si apelará el nuevo fallo de fondo.
Lo que tenés que saber
- El juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional el Decreto 759/2025, que vaciaba de contenido la Ley de Financiamiento Universitario ratificada por el Congreso con dos tercios de los votos.
- La sentencia ordenó al Poder Ejecutivo el cumplimiento inmediato de los artículos de la ley referidos a la recomposición salarial docente y la actualización de becas estudiantiles.
- El conflicto acumula más de un año de litigios: la Corte Suprema rechazó en junio de 2026 el recurso extraordinario del Gobierno, dejando firme la medida cautelar.
- Las universidades nacionales acumulan una caída real del 45,6% en las transferencias presupuestarias entre 2023 y 2026, según el CIN.
- Los gremios anunciaron un paro escalonado de 23 días en la UBA y una quinta Marcha Federal Universitaria para el 15 de octubre frente al Palacio de Tribunales.
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