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Consideran «antecedente fundamental» a un fallo contra el Síndrome de Alienación Parental

El falso diagnóstico denominado SAP «fue propuesto por Richard Gardner en 1985 como la situación en la cual uno de los padres -generalmente la madre- crea una campaña de denigración contra el otro, en el marco de las disputas surgidas entre ellos, en especial, cuando se está definiendo la custodia y el cuidado de los hijos», explica la sentencia.

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La decisión de la Corte Constitucional de Colombia de prohibir el uso del diagnóstico de Síndrome de Alienación Parental (SAP), porque «no está acreditado actualmente por la ciencia» y lesiona los derechos de niños, niñas y adolescentes, fue celebrado por activistas y profesionales que esperan que «sea un ejemplo más de la necesidad de transformar la mirada de la justicia».

«Es fundamental que en los espacios más altos de la justicia de la región se marque la ilegalidad de usar este tipo de argumentos para desestimar la palabra de los niños y desvalorizar las denuncias de sus madres protectoras. Debe ser tenido en cuenta como un antecedente fundamental a la hora de analizar este tipo de juicios», expresó, la psicóloga Natalia Amatiello, coordinadora de la Asociación de Altos Estudios en Violencias y Abuso Sexuales (Aevas).

El falso diagnóstico denominado SAP «fue propuesto por Richard Gardner en 1985 como la situación en la cual uno de los padres -generalmente la madre- crea una campaña de denigración contra el otro, en el marco de las disputas surgidas entre ellos, en especial, cuando se está definiendo la custodia y el cuidado de los hijos», explica la sentencia.

«Así, se genera una influencia psicológica ejercida por la madre o el padre sobre sus hijos, logrando sentimientos de rechazo hacia el otro progenitor y destruyendo el vínculo entre este último y el niño, la niña o el adolescente», agrega.

Según Luz Patricia Mejía Guerrero, secretaria técnica del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belén do Pará, «para la región es un avance y una lectura de las obligaciones convencionales de Belén do Pará, que establece la obligación de proteger a las mujeres víctimas de violencia y a los hijos e hijas que se encuentran dentro de esas relaciones familiares».

En este sentido, impacta «en tribunales donde todavía hay arraigados estereotipos de género negativos e incluso positivos con una lectura de que las madres deben comportarse de una manera específica y que en definitiva terminan protegiendo más a la tesis de la familia unida que la proyección individual de las y los integrantes de la familia», agregó Mejía Guerrero.

La sentencia T-526 de 2023 de la Corte Constitucional de Colombia, que lleva la firma de la jueza Diana Fajardo Rivera y tuvo lugar el 30 de noviembre de 2023 pero se dio a conocer en los últimos días, resolvió «proscribir el uso del instrumento diagnóstico conocido como Síndrome de Alienación Parental».

La justificación esgrimida por las y los magistrados fue que el SAP «no está acreditado actualmente por la ciencia, en tanto lesiona los derechos prevalentes de niños, niñas y adolescentes; reproduce estereotipos de género y genera eventos de discriminación y, por lo tanto, violencia contra la mujer en razón del género».

Además precisó que «la utilización de este tipo de pruebas y la ausencia de enfoque de género en el marco de procesos, tales como el de custodia y cuidado, para proteger a la mujer de actos de violencia, constituye violencia institucional y puede generar responsabilidad del Estado por incumplir el deber de prevención, sanción y erradicación de toda forma de violencia contra la mujer en razón del género».

El fallo surge de una causa que inició en el 2016, cuando una madre se retiró de su casa ubicada en la localidad colombiana de Rodas para trasladarse a Ítaca junto a su hijo, mientras solicitó medidas de protección para ambos e interpuso una demanda de custodia y cuidado personal contra el progenitor.

El 16 de diciembre de 2019, el Juzgado Segundo de Familia de Ítaca suspendió de forma inmediata y provisional el régimen de visitas entre el progenitor y su hijo, pero luego de la presentación de un recurso por parte del padre, la Corte Suprema de Justicia concedió el amparo y ordenó emitir concepto sobre la presunta alienación parental por parte de la madre a su hijo.

Finalmente el Juzgado Tercero de Familia de Ítaca restableció el régimen de visitas entre progenitor e hijo cada quince días.

Frente a esto, la Sala de Selección de Tutelas Nro. 10 de la Corte Constitucional seleccionó el caso para revisión de la Corte Constitucional, con fundamento en el criterio subjetivo de «necesidad de materializar un enfoque diferencial y urgencia de proteger un derecho fundamental», en virtud del cual se dictó el presente fallo.

La reciente sentencia cita en su desarrollo de más de 70 páginas recomendaciones de organismos de Derechos Humanos como el Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (Mesecvi) y de la relatora especial sobre la violencia contra la Mujer de Naciones Unidas, Reem Alsalem.

Alsalem pidió al año pasado que los países legislen para prohibir la «alienación parental» o pseudoconceptos parecidos en los litigios de derecho de familia, y el uso de los llamados expertos en «alienación parental» y derivados, como «madre obstaculizadora», «madre maliciosa», «manipulación parental» o «maltrato psicológico infantil».

Lo hizo a través de un documento que presentó en julio del año pasado ante el Consejo de Derechos Humanos de ONU, donde analizó el vínculo entre los litigios por la custodia de los hijos, la violencia contra las mujeres y la violencia contra niñas y niños, y se estudió en particular el abuso del término «alienación parental» y de pseudoconceptos similares, que reúne aportes de distintos países del mundo, entre ellos, de Argentina.

En 2022 el Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará también se manifestó contra el inexistente síndrome por considerarlo «un instrumento para ejercer violencia contra la mujer, sus niñas y niños», y realizó una denuncia junto a Alsalem ante la ONU.

El SAP, además, fue desacreditado por asociaciones médicas, psiquiátricas y psicológicas, y en 2020 fue eliminado de la Clasificación Internacional de Enfermedades por la Organización Mundial de la Salud.

El fallo también cita la relación entre el SAP y la violencia vicaria, advertida por la Fundación Sisma Mujer, «como estrategias de los agresores para continuar ejerciendo violencias contra las mujeres, en un ejercicio claro de control y dominación de sus decisiones y proyectos de vida».

«El falso SAP es parte de una ideología profundamente patriarcal que desconoce la complejidad de las violencias ejercidas a niños/as y la psicología infantil», sostuvo Amatiello, quien también es docente de la Universidad Nacional de Rosario.

En Argentina, pese a los pronunciamientos «de colegios de psicólogos y hasta la misma Cámara de Diputados en su contra», en los procesos judiciales «se sigue utilizando bajo otros nombres como memorias implantadas o falsos recuerdos» en informes de parte de profesionales, advirtió Amatiello.

«Se trata de estrategias defensivas de los acusados, que se instalan por la fácil pregnancia que tienen los discursos patriarcales en nuestro sistema de justicia», dijo, mientras espera que «esta sentencia sea un ejemplo más de la necesidad de transformar la mirada de la justicia, de una formación profunda y no discriminatoria con perspectiva de género y de infancias».

Investigación 🔎

Un sicario habló: el objetivo del ataque a Beller era “un argentino”

Aldo Silva Peña, apodado «Juancho», reconoció su participación en el atentado del 17 de agosto pero dijo que no disparó y que la idea era darle «un susto» a la abogada, no matarla. Afirmó que quienes lo contrataron ahora lo quieren silenciar.

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El Argentino Diario-Fernando Cerimedo.
"Me quieren silenciar": el sicario del caso Cerimedo reveló que el blanco real era un argentino y teme por su vida.

Uno de los presuntos sicarios identificados por la Fiscalía de Bolivia en el ataque contra la abogada Nadia Beller rompió el silencio y publicó un video en redes sociales en el que reveló que el verdadero objetivo de la operación no era la expareja de Fernando Cerimedo sino, según sus propias palabras, «una personalidad gaucha, argentina» cuyo nombre no precisó. La declaración agrega una nueva capa de opacidad a una causa que ya involucra a un asesor clave de la campaña de Javier Milei, una red de intermediarios en Cochabamba y posibles vínculos con estructuras del Estado boliviano.

«La intención no era rematarla»

Aldo Silva Peña, identificado por la Policía boliviana junto a E. D. J., alias «Don Fiti», como uno de los participantes directos del ataque ocurrido el 17 de agosto en Santa Cruz de la Sierra, grabó y difundió por su cuenta un video en el que admitió haber brindado «cierta logística» para el operativo, aunque negó haber sido quien disparó y también haber conducido la motocicleta utilizada en el hecho.

En su relato, Silva Peña sostuvo que «el objetivo principal no era matar a esa señora» y precisó que la consigna era pegarle un susto a Beller, robarle la cartera y retirarse. «La intención no era, después que estuviera en el piso, rematarla», indicó, y aclaró que tampoco estaba previsto quitarle los teléfonos, aunque uno de los dispositivos terminó en manos de los atacantes, según consta en las actuaciones judiciales previas.

La versión de «Juancho» contrasta con la gravedad de las heridas que sufrió Beller: impactos de bala en el pecho, el costado y el brazo. La abogada sobrevivió fingiendo estar muerta y desde su internación en el Hospital Las Américas de Santa Cruz señaló a Cerimedo como el autor intelectual del ataque.

La cadena de mando: «Toño» y la Gobernación de Cochabamba

Uno de los elementos más relevantes del video es la descripción que Silva Peña hizo de la cadena de órdenes. Según afirmó, por encima de él había tres personas que «fueron los que pagaron y mandaron a hacer esto». Entre ellas mencionó a un hombre al que identificó como «Toño», quien lo habría contactado por teléfono y, según indicó, trabajaría en la Gobernación de Cochabamba. También nombró a «un tal Chino», a quien le atribuyó haber realizado tareas de seguimiento e inteligencia sobre Beller.

Silva Peña relató que fue enviado en dos oportunidades a Bulo Bulo, localidad del departamento de Cochabamba: la primera para recibir teléfonos e información sobre el caso y la segunda para buscar dinero y nuevas instrucciones. La mención de un vínculo con la Gobernación provincial abre una línea de investigación que los fiscales bolivianos deberán verificar, dado que hasta el momento las pesquisas se concentraron en el entorno inmediato de Cerimedo.

«Me quieren silenciar»

La decisión de hacer pública su versión antes de entregarse a la Justicia respondería, según el propio Silva Peña, al temor a ser eliminado. «Las personas que me contrataron en estos momentos me quieren silenciar, me quieren matar, me quieren callar», afirmó, y advirtió que esos individuos no quieren que hable ni con la Policía ni con los medios de comunicación. Dijo estar dispuesto a entregarse, pero exigió garantías previas para hacerlo.

La Fiscalía boliviana ya tiene detenidos con prisión preventiva a Paola A. V. A., pareja de Silva Peña, y a Roger A. C., identificado como quien habría provisto el arma. Además, los investigadores emitieron una orden de captura contra una exfuncionaria de la Aduana boliviana, cuya identidad no fue divulgada. El expediente contempla también a «Don Fiti» como partícipe directo, sin que hasta el cierre de esta edición se informara su detención.

Cerimedo, con segunda preventiva de 180 días

Fernando Cerimedo permanece detenido en Bolivia bajo una segunda prisión preventiva de 180 días, dictada por la Justicia de Santa Cruz de la Sierra en el marco de la investigación por tentativa de feminicidio. El consultor político, figura clave en la construcción de la imagen digital de Milei y fundador de La Derecha Diario, se negó a declarar ante los fiscales en instancias previas del proceso; su defensa adoptó la estrategia del silencio. Las nuevas revelaciones de Silva Peña podrían reorientar la investigación hacia actores hasta ahora no identificados formalmente en el expediente.

Puntos clave

  • Aldo Silva Peña, apodado «Juancho», reconoció haber brindado logística en el ataque pero negó haber disparado o conducido la moto.
  • Afirmó que el objetivo real era «una personalidad argentina» y que la consigna sobre Beller era darle un susto y robarle la cartera.
  • Mencionó a «Toño», supuestamente vinculado a la Gobernación de Cochabamba, como uno de los tres mandantes del operativo.
  • Dijo temer por su vida y exigió garantías antes de entregarse a las autoridades bolivianas.
  • La Justicia boliviana mantiene a Cerimedo con una segunda prisión preventiva de 180 días por tentativa de feminicidio.

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