Córdoba
Condenaron a diez años de prisión a un hombre acusado por explotación sexual contra su pareja
La jueza María Noel Costa hizo lugar parcialmente a la demanda civil presentada por la víctima y condenó a Juan José Sánchez a pagar, como forma de reparación, «1.200.000 pesos cuando quede firme la sentencia»: 900 mil en concepto de daño moral y el resto como daño simbólico, informó el sitio fiscales.gob.ar.
Un hombre fue condenado por el Tribunal Oral Federal N°2 de Córdoba a 10 años de prisión por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual contra quien era su pareja y a pagar, como forma de reparación, 1.200.000 pesos a la víctima cuando quede firme la sentencia.
Además, como parte de la sentencia, la jueza María Noel Costa hizo lugar parcialmente a la demanda civil presentada por la víctima y condenó a Juan José Sánchez a pagar, como forma de reparación, «1.200.000 pesos cuando quede firme la sentencia»: 900 mil en concepto de daño moral y el resto como daño simbólico, informó el sitio fiscales.gob.ar.
También le fijó una multa de 70 mil pesos y ordenó el decomiso de un vehículo con el objetivo de que sea destinado a reparar el daño causado a la víctima.
El Tribunal, integrado de manera unipersonal por la jueza, determinó que el condenado «se aprovechó del estado de vulnerabilidad de la víctima -con quién mantenía una relación de pareja- y la forzó a prostituirse para quedarse con el dinero de esa actividad».
Sánchez fue considerado responsable por el delito de «trata de personas agravada por la vulnerabilidad de la víctima (prevista en el inciso 6 del artículo 145 ter del Código Penal), por la convivencia que mantenían y por haberse consumado la explotación sexual», detallaron desde el MPF.
La sentencia fue comunicada por determinación de la jueza al Ministerio de Mujeres, Género y Diversidad «a los fines del monitoreo, recolección, producción, registro y sistematización de datos e información sobre la violencia contra las mujeres».
La Fiscalía General N°2, a cargo de Carlos Gonella, intervino en el debate ante los tribunales orales federales de esa jurisdicción.
Para la fiscalía, la mujer sufrió «todas las formas posibles e inimaginables de violencia de género; física, psicológica, emocional, económica y simbólica».
Gonella había sostenido en su alegato que «el acusado mantuvo una relación sentimental y de convivencia con la víctima hasta diciembre de 2020» y, en ese contexto, «la captó y luego la acogió con el objetivo de explotarla sexualmente, aprovechándose de su situación de vulnerabilidad, ya que la mujer atravesaba una situación económica extrema y era consumidora de estupefacientes».
Además, resaltó que «Sánchez se quedaba con el dinero que obtenía la víctima».
En el alegato, el fiscal puntualizó que el hombre «la golpeó, le gritó, la abusó, la humilló tanto en público como en privado, y hasta le retuvo su DNI bajo la excusa de que lo perdería, como forma de controlarla».
Por último, el fiscal detalló que el hombre condenado conoció a la mujer en Buenos Aires y «comenzó a tejer una estrategia de seducción amorosa con el objetivo de ejercer un dominio sobre ella», y que la supuesta venta ambulante a la que se dedicaba el hombre «era en realidad una pantalla para tapar que se ocupaba de explotar económicamente la prostitución de mujeres, entre ellas, su pareja», concluyó.
Córdoba
El TSJ de Córdoba liberó a Paola Ortiz tras 13 años presa por parir sola
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba redujo la condena de prisión perpetua a 13 años y nueve meses, tiempo que la mujer ya cumplió, al incorporar perspectiva de género y reconocer el contexto de violencia, pobreza extrema y desprotección en que ocurrió el parto. El fallo marca un precedente en la justicia cordobesa y fue impulsado por más de diez organizaciones de derechos humanos y feministas.
La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba ordenó la libertad de Paola Verónica Ortiz, quien cumplía una condena a prisión perpetua desde 2015 por la muerte de su hija recién nacida. El máximo tribunal provincial fijó una pena de 13 años, 9 meses y 26 días, período que la mujer ya cumplió en detención, y resolvió su liberación inmediata. El hecho que motivó la causa ocurrió el 31 de octubre de 2012 en la localidad de Villa Nueva, Córdoba, cuando Ortiz atravesó un parto en absoluta soledad y sin asistencia médica.
Una condena perpetua ignoró el contexto
En el juicio original, la causa fue recalificada como homicidio calificado por el vínculo y derivó en la máxima pena prevista por el Código Penal. Sin embargo, el TSJ determinó que aquella sentencia ignoró las múltiples condiciones de vulnerabilidad que atravesaba la mujer al momento del hecho.
Las pericias incorporadas al expediente revelaron que Ortiz, que tenía 29 años en ese momento, presentaba un nivel intelectual inferior al promedio para su edad, antecedentes de abuso y abandono, y que al momento del parto se encontraba en un estado de desubjetivización que la llevó a actuar sin plena conciencia de sus actos.
El fallo también ponderó la violencia psicológica y económica que ejercía sobre ella su expareja, y el sometimiento al que la sometía su exsuegro, quien le exigía relaciones sexuales a cambio de un techo y la amenazaba ante la posibilidad de un embarazo con otro hombre. El TSJ cuestionó además que el juicio original la juzgara desde el mandato idealizado de la «buena madre» y que se le exigiera responsabilidad penal sin considerar que dio a luz sola, sin red de apoyo ni acceso al sistema de salud.
Perspectiva de género y estándares internacionales
Al reconsiderar la condena, el Tribunal aplicó un enfoque integral de género y los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre emergencias obstétricas en contexto de pobreza. El fallo no implicó una absolución, sino una reducción de la pena que, al coincidir con el tiempo ya cumplido, habilitó la liberación. El TSJ estableció así un precedente judicial relevante para el tratamiento de casos en que mujeres en situación de extrema vulnerabilidad enfrentan consecuencias penales derivadas de partos no asistidos.
Más de diez organizaciones impulsaron la revisión
La causa por la libertad de Paola Ortiz fue sostenida durante años por una articulación amplia de organizaciones feministas y de derechos humanos que se presentaron como amicus curiae ante el tribunal. Entre ellas figuran el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), el Consorcio Latinoamericano contra el Aborto Inseguro (CLACAI), la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad Nacional de Córdoba, el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip), la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), la Asociación Civil Abogadas por Chaco, la Asociación Civil El Telar y Católicas por el Derecho a Decidir, entre otras. La campaña por su liberación se sostuvo bajo la denominación Mesa por la Libertad de Paola Ortiz y logró instalar el caso en la agenda pública como un paradigma de la criminalización de las mujeres pobres en el sistema judicial.
Si vivís una situación de violencia de género o conocés a alguien que necesite ayuda llamá gratis al 144, mandá un mensaje al 11 5050 0147 o por WhatsApp al +54 911 2771 6463. También podés descargar acá una app para recibir ayuda de profesionales.
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