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Pará la mano, Corte Suprema de (in)Justicia
Que el máximo tribunal ordene la reposición de una ley derogada en 2006, como si fuera el Congreso, es un escándalo que no registra antecedentes.
Por Demetrio Iramain | @demetrioiramain
El 16 de diciembre pasado la Corte Suprema dictó un falló insólito: declaró inconstitucional una ley vigente desde el año 2006 (15 años antes), que establecía cómo se conformaría el Consejo de la Magistratura de la Nación: 13 miembros.
Que la Corte declare si una ley es constitucional o no, vaya y pase, pero que ordene la reposición de una ley derogada en 2006, como si fuera el Congreso, es un escándalo que no registra antecedentes.
Sin embargo, exactamente eso es lo que decretó el Máximo Tribunal: si en 120 días (que se cumplen el viernes 15 de abril) el Congreso no sanciona otra ley superadora de la que declaró inconstitucional, vuelve a entrar en vigencia la ley derogada: 20 miembros y presidencia a cargo del titular de la Corte Suprema. Una verdadera locura.
O sea, si la ley abolida en 2006 se repusiera el presidente de la Corte Suprema pasaría automáticamente a presidir, también, el Consejo de la Magistratura. Para que se entienda: la Corte se atribuyó el privilegio de ser juez y parte en este asunto, y concederse a sí misma facultades que son propias del Congreso, como lo es habilitar la reposición de una ley. Total normalidad.
El Consejo de la Magistratura, pequeño detalle, es un órgano institucional muy importante: elabora los concursos para elegir los jueces de la Nación, y sanciona a quienes incumplen sus funciones.
De esos concursos surgirán luego las ternas sobre las que habrá de decidir el presidente, para luego enviar el pliego del seleccionado al Senado, que le dará acuerdo. Pero atención: si los sectores corporativos se afianzan en el Consejo, la conformación de esas ternas será siempre favorable a los amigos de la familia judicial.
Por más voluntad de democratizar la Justicia que tenga el presidente de turno, difícil será hacerlo si al momento de seleccionar a un candidato para ocupar un tribunal nacional o federal, debe elegir entre un pichón de Bonadío, otro protegido de Rosatti o Rosenkrantz, y un tercero apadrinado directamente por Clarín.
Desde luego, no era una pinturita el Consejo de la Magistratura hasta el fallo de diciembre, pero la resolución de la Corte Suprema lo empeora aún más y extiende las sombras por mucho más tiempo.
Hagamos memoria: en 2013 Cristina quiso democratizarlo con una ley que establecía la elección de los jueces, abogados y miembros académicos o científicos que integren el Consejo en representación de sus estamentos, a través del voto directo de la población. Que voten todo el pueblo, y no sólo los jueces, los abogados y los científicos.
Era sin dudas la norma más importante del paquete de leyes denominadas “Democratización de la Justicia”, pero la Corte la decretó inconstitucional. El poder corporativo de la familia se vería amenazado.
No terminó ahí. En 2017, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal expulsó del Consejo a un diputado peronista porque no era abogado, condición que no se les exige a los diputados.
O sea: un tribunal de alzada le dijo al Congreso qué título universitario debía tener un legislador para acceder a una instancia que está llamada, precisamente, a controlar a los jueces. Aquel fallo fue, además de ilegal, escandaloso: tenía como único fin echar a un diputado que le impedía a la corporación judicial aliada del macrismo gobernante, formar mayoría y suspender en sus funciones a un juez incómodo: el camarista Eduardo Freiler. Lo lograron.
La movida constituyó una aberración jurídica que, sin embargo, la Corte Suprema, que entonces presidía Lorenzetti, no declaró inconstitucional. Si seguimos así mañana un fallo judicial obligará a los consejeros a no ser peronistas… Y ahora esto.
Dijo la Corte en diciembre que el fallo busca restablecer el «equilibrio» entre las representaciones de la política y de la corporación judicial, tal como lo establece la Constitución. Mentira.
El actual esquema es: 3 jueces, 6 legisladores (4 por la mayoría y 2 por la primera minoría); 2 abogados de la matrícula federal; 1 representante del Poder Ejecutivo y 1 académico. Total 13 miembros. La presidencia queda para uno de los 13 consejeros, que es elegido por la totalidad de los miembros del Cuerpo.
El esquema al que la Corte quiere regresar es muy distinto: 4 jueces, 8 legisladores (4 para la mayoría; 2 para la primera minoría, y 2 para la segunda minoría); 4 abogados de la matrícula federal; 1 representante del Poder Ejecutivo; 2 catedráticos, y el presidente de la Corte Suprema, a su vez presidente vitalicio del Cuerpo, lo que equivale a que su voluntad valga doble en el caso de tener que desempatar una votación.
El mayor punto de equilibrio se alcanzó a partir de 2006, con la ley que promovió Cristina cuando era senadora, y que la Corte decretó, 15 años después de su sanción, inconstitucional.
Para solucionar el desastre que hizo la Corte en diciembre, el Senado le dio media sanción a una nueva ley del Consejo de la Magistratura, como exhortó el Tribunal. La nueva ley establece que la Corte siga fuera del Consejo, y que los consejeros no tengan que ser obligatoriamente abogados. Para ampliar la representación propone que el Cuerpo pase a tener 17 miembros, unos 4 más que en el formato actual.
Pero la oposición anuncia que bloqueará su tratamiento en Diputados.
La Corte y la oposición están en pie de guerra, no ya contra el gobierno, sino contra la democracia. Quieren desequilibrar aún más la correlación de fuerzas en el Consejo, afianzando a sectores corporativos, y garantizando impunidad para los grupos económicos concentrados, que alcanzaron durante el macrismo, además de enormes ganancias, la suma del poder público. La democracia no se los debe permitir.
Por Stella Calloni
En un comunicado enviado a sus operadores de turismo este 24 de abril la Empresa Cubana de Aviación, línea aérea de la República de Cuba informa a sus operadores de turismo que debió cancelar vuelos a Buenos Aires porque las empresa proveedoras de combustibles se niegan a proveerla.
“Ante la abrupta negativa de las empresas proveedoras de combustible de aviación en la República Argentina de prestar servicio a la aerolínea Cubana de Aviación, SA y a sus vuelos autorizados por la Administración Nacional de aviación Civil de Argentina (Anac) invocando disposiciones de las medidas de bloqueo de Estados Unidos contra Cuba”, señala el comunicado de esa empresa.

Por esta razón se informa que los vuelos de Cubana “que debían salir entre el 23 y 24 de abril fueron cancelados y la negativa alcanza a otras líneas aéreas contratadas por la empresa para tratar trasladar a los pasajeros afectados impidiendo con ello cumplir los compromisos asumidos por la aerolínea con éstos».
En estos momentos está tratando de lograr cupos en otras líneas aéreas que llegan a Cuba, para trasladar a los pasajeros que tenían previsto retornar a su país el 24 de abril que serán protegidos en la medida en que existan asientos disponibles en otras aerolíneas que poseen rutas aéreas desde Cuba hacia Argentina.
En otro orden se informa que los pasajeros que no hayan iniciado el viaje podrán recibir el cien por ciento del reembolso de su boleto aéreo. Finalmente señalan que las acciones de los proveedores argentinos escapan a toda decisión de Cubana de Aviación.
Resulta imposible no analizar que esto indicaría que el gobierno argentino, que suspendió los vuelos de Aerolíneas Argentinas a la Habana, no permite que Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) provea de combustible a los aviones de Cubana de aviación y toma la decisión de unirse al bloqueo de Estados Unidos de 63 años contra Cuba, un récord de un sitio medieval en la historia de la humanidad, que fue reforzado en 1996 con la Ley Helms Burton de 1996 y profundizado hasta la asfixia con nuevas más de 250 nuevas medidas que fueron decididas durante el gobierno del republicano Donald Trump y sostenidas por el actual gobierno demócrata de Joe Biden.
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