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Caso Rafael Nahuel: un Prefecto admitió haber actuado influenciado por el diario Clarín

El jefe de Grupo Albatros, Julio César Mostafá, reconoció en su declaración, en calidad de testigo, que actuó en base a información de los medios, entre los que señaló al matutino.

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El-Argentino-Rafael Nahuel.

Por Santiago Rey

El Prefecto Mayor Julio César Mostafá declaró este martes como testigo en el juicio que se sigue en el Tribunal Oral Federal de General Roca por el asesinato de Rafael Nahuel, ocurrido el 25 de noviembre de 2017 en Villa Mascardi, Bariloche, y en su declaración reconoció que actuó en base a informaciones de medios de comunicación, entre los que señaló específicamente al diario Clarín.

Durante la audiencia, Mostafá admitió que al intervenir como Segundo Jefe de la Agrupación Albatros, cuando se le ordenó participar del operativo, sabía «por los medios de comunicación» que el grupo a desalojar era mapuche.

En ese marco, reconoció que decidió qué uniformados y con qué armas controlarían el predio en disputa en base a informaciones de medios de comunicación relacionada con «lo que pasaba en Chile» con los mapuches.

«¿Qué vio o escuchó de cómo fue ocupado el predio?», le preguntaron en la audiencia, a lo que Mostafá respondió: «Vi por los medios que habían ocupado unos días antes, en Clarín. Y, después, cuando recibí la orden, me acordé lo que había visto».

El juicio comenzó hace dos semanas en el Tribunal Oral Federal de General Roca de la provincia de Río Negro presidido por el juez Alejandro Silva.

Según se estableció, se desarrollan dos jornadas semanales para el desarrollo de las audiencias -los días martes y miércoles- y se proyecta que la instancia oral del juicio se prolongue entre un mes y medio y dos.

El día del asesinato, miembros del grupo de élite Albatros formado por Sergio Guillermo Cavia, Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García, armados con pistolas Beretta 9 milímetros y subfusiles MP5, se topó territorio adentro con integrantes de la comunidad.

Según se desprende de la instrucción de la causa, tras dar la voz de alto y arrojar una bomba disuasoria, recibieron piedrazos como respuesta y comenzaron a disparar, primero con munición no letal, luego con balas de plomo.

Nahuel recibió por la espalda un disparo con un proyectil 9 milímetros realizado con un subfusil MP5 y el proyectil ingresó por su glúteo izquierdo y lesionó órganos a su paso por el interior del cuerpo del joven mapuche.

La Prefectura cumplía una orden del por entonces juez subrogante del Juzgado Federal de Bariloche, Gustavo Villanueva, quien requirió que se asegure el perímetro del territorio en disputa entre la comunidad y Parques Nacionales, que había sido desalojado dos días antes, y en el que fueron detenidas cinco mujeres de la comunidad.

La causa FGR 027423/2017 caratulada «Pintos, Francisco Javier y otros sobre homicidio simple, usurpación y atentado agravado a mano armada», de la cual es querellante Alejandro Nahuel, padre de Rafael, tiene como procesados al cabo primero Cavia por el delito de «homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa» y a los otros cuatro integrantes del grupo Albatros como «partícipes necesarios» del hecho.

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Urribarri irá a prisión tras quedar firme su condena por corrupción

La Corte Suprema rechazó el último recurso y habilitó el cumplimiento efectivo de la pena. También quedaron detenidos Juan Pablo Aguilera y Pedro Báez, mientras la Justicia rechazó el pedido de arresto domiciliario.

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El Argentino Diario-Sergio Uribarri.

La Justicia de Entre Ríos ordenó la detención inmediata de Sergio Urribarri, quien fue trasladado desde su domicilio en Concordia hacia la Unidad Penal N°1 de Paraná para comenzar a cumplir una pena de ocho años por delitos de corrupción. La medida también alcanzó a Juan Pablo Aguilera, cuñado del exgobernador, y a Pedro Báez, exministro de Comunicación, según informaron fuentes judiciales.

El traslado de Urribarri se realizó durante la noche. Entre Concordia y Paraná hay unos 280 kilómetros, un recorrido de cerca de cuatro horas, por lo que el ingreso a la unidad penitenciaria se concretó durante la madrugada. La orden fue emitida después de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazara el último recurso pendiente y dejara firme la sentencia.

La condena que llegó hasta la Corte Suprema

El Tribunal de Juicio dispuso que los tres condenados comenzaran a cumplir sus penas en la cárcel de Paraná. La resolución se apoyó en la firmeza de la condena por negociaciones incompatibles con la función pública y peculado, luego de que el máximo tribunal rechazara la vía recursiva que todavía mantenía suspendida la ejecución efectiva.

Urribarri, de 67 años, fue condenado en 2022 por un esquema de desvío de fondos públicos hacia empresas vinculadas a su cuñado. La maniobra se instrumentó mediante contratos de publicidad oficial simulados entre 2010 y 2015. La causa acreditó 143 operaciones irregulares y un perjuicio económico superior a 12 millones de pesos para la provincia.

El pedido de prisión domiciliaria fue rechazado

La defensa del exgobernador intentó frenar el ingreso a prisión con un pedido de arresto domiciliario. Para sostenerlo, alegó un cuadro de salud mental y físico que incluía trastorno de estrés postraumático, hipertensión y problemas cardíacos.

El tribunal rechazó el planteo porque consideró que no se acreditaron razones suficientes para suspender la ejecución de la pena ni para conceder el beneficio. Con esa decisión, la Justicia descartó la salida domiciliaria y ordenó que la condena se cumpliera en una unidad penitenciaria.

Una causa de corrupción pública con sentencia efectiva

La detención marcó el cierre de un recorrido procesal que comenzó con la investigación sobre el uso de recursos estatales para contratos de publicidad oficial que, según la sentencia, fueron simulados. La firmeza del fallo convirtió la condena en una pena de cumplimiento efectivo y dejó sin margen la estrategia defensiva basada en la espera de nuevas revisiones judiciales.

El caso expuso el costo de utilizar la estructura del Estado para beneficiar intereses vinculados al poder político. La llegada de Urribarri a una cárcel provincial, junto con Aguilera y Báez, representó una definición contundente: una condena por corrupción pública no quedó reducida a un expediente ni a una disputa de recursos, sino que comenzó a ejecutarse.

Puntos clave

  • La Justicia de Entre Ríos ordenó la detención inmediata de Sergio Urribarri.
  • La Corte Suprema rechazó el último recurso y dejó firme la condena de ocho años.
  • También fueron detenidos Juan Pablo Aguilera y Pedro Báez.
  • La sentencia acreditó 143 operaciones irregulares entre 2010 y 2015.
  • El tribunal rechazó el pedido de arresto domiciliario por motivos de salud.
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