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Urribarri irá a prisión tras quedar firme su condena por corrupción

La Corte Suprema rechazó el último recurso y habilitó el cumplimiento efectivo de la pena. También quedaron detenidos Juan Pablo Aguilera y Pedro Báez, mientras la Justicia rechazó el pedido de arresto domiciliario.

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El Argentino Diario-Sergio Uribarri.

La Justicia de Entre Ríos ordenó la detención inmediata de Sergio Urribarri, quien fue trasladado desde su domicilio en Concordia hacia la Unidad Penal N°1 de Paraná para comenzar a cumplir una pena de ocho años por delitos de corrupción. La medida también alcanzó a Juan Pablo Aguilera, cuñado del exgobernador, y a Pedro Báez, exministro de Comunicación, según informaron fuentes judiciales.

El traslado de Urribarri se realizó durante la noche. Entre Concordia y Paraná hay unos 280 kilómetros, un recorrido de cerca de cuatro horas, por lo que el ingreso a la unidad penitenciaria se concretó durante la madrugada. La orden fue emitida después de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazara el último recurso pendiente y dejara firme la sentencia.

La condena que llegó hasta la Corte Suprema

El Tribunal de Juicio dispuso que los tres condenados comenzaran a cumplir sus penas en la cárcel de Paraná. La resolución se apoyó en la firmeza de la condena por negociaciones incompatibles con la función pública y peculado, luego de que el máximo tribunal rechazara la vía recursiva que todavía mantenía suspendida la ejecución efectiva.

Urribarri, de 67 años, fue condenado en 2022 por un esquema de desvío de fondos públicos hacia empresas vinculadas a su cuñado. La maniobra se instrumentó mediante contratos de publicidad oficial simulados entre 2010 y 2015. La causa acreditó 143 operaciones irregulares y un perjuicio económico superior a 12 millones de pesos para la provincia.

El pedido de prisión domiciliaria fue rechazado

La defensa del exgobernador intentó frenar el ingreso a prisión con un pedido de arresto domiciliario. Para sostenerlo, alegó un cuadro de salud mental y físico que incluía trastorno de estrés postraumático, hipertensión y problemas cardíacos.

El tribunal rechazó el planteo porque consideró que no se acreditaron razones suficientes para suspender la ejecución de la pena ni para conceder el beneficio. Con esa decisión, la Justicia descartó la salida domiciliaria y ordenó que la condena se cumpliera en una unidad penitenciaria.

Una causa de corrupción pública con sentencia efectiva

La detención marcó el cierre de un recorrido procesal que comenzó con la investigación sobre el uso de recursos estatales para contratos de publicidad oficial que, según la sentencia, fueron simulados. La firmeza del fallo convirtió la condena en una pena de cumplimiento efectivo y dejó sin margen la estrategia defensiva basada en la espera de nuevas revisiones judiciales.

El caso expuso el costo de utilizar la estructura del Estado para beneficiar intereses vinculados al poder político. La llegada de Urribarri a una cárcel provincial, junto con Aguilera y Báez, representó una definición contundente: una condena por corrupción pública no quedó reducida a un expediente ni a una disputa de recursos, sino que comenzó a ejecutarse.

Puntos clave

  • La Justicia de Entre Ríos ordenó la detención inmediata de Sergio Urribarri.
  • La Corte Suprema rechazó el último recurso y dejó firme la condena de ocho años.
  • También fueron detenidos Juan Pablo Aguilera y Pedro Báez.
  • La sentencia acreditó 143 operaciones irregulares entre 2010 y 2015.
  • El tribunal rechazó el pedido de arresto domiciliario por motivos de salud.

CABA

Le dijeron no al GCBA: la Justicia frenó el cobro de Ingresos Brutos a una empresa porteña

La Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad falló a favor de Testori SRL en su disputa con el fisco porteño por saldos a favor e intereses del impuesto sobre los Ingresos Brutos.

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El Argentino Diario-Jorge Macri.
Otro revés judicial para el fisco porteño en Ingresos Brutos: la Cámara volvió a poner límites al GCBA.

La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires falló a favor de la empresa Testori SRL en un litigio contra el Gobierno de la Ciudad (GCBA) por la determinación del impuesto sobre los Ingresos Brutos. El tribunal resolvió la causa «Testori SRL c/GCBA», radicada bajo el número 121328/2024-0, el 17 de julio de 2026, según consta en el repositorio de jurisprudencia del Poder Judicial de la Ciudad (JURISTECA).

Un litigio por saldos a favor e intereses

El expediente giró en torno a la impugnación de actos administrativos del fisco porteño vinculados a la liquidación de Ingresos Brutos, con discusión puntual sobre saldos a favor de la empresa y los intereses aplicados por la administración tributaria. Testori SRL cuestionó judicialmente la forma en que el GCBA había calculado esos conceptos.

La declaración de inconstitucionalidad

La Sala III hizo lugar al planteo de la empresa y avanzó con la declaración de inconstitucionalidad de la determinación tributaria impugnada por el GCBA. El fallo se suma a una serie de antecedentes en los que la Justicia porteña revisa los criterios de liquidación de Ingresos Brutos utilizados por la administración fiscal de la Ciudad, en particular cuando afectan el reconocimiento de saldos a favor de los contribuyentes.

Qué implica para otros contribuyentes

Este tipo de resoluciones son seguidas de cerca por estudios de asesoramiento tributario porque marcan precedentes sobre los límites del fisco porteño a la hora de determinar deudas o desconocer saldos a favor de las empresas contribuyentes de Ingresos Brutos, uno de los tributos con mayor litigiosidad en la Ciudad de Buenos Aires.

Puntos clave

  • La Sala III falló a favor de Testori SRL en la causa 121328/2024-0, resuelta el 17 de julio de 2026.
  • El litigio fue por la determinación de Ingresos Brutos, saldos a favor e intereses aplicados por el GCBA.
  • El tribunal declaró la inconstitucionalidad de la determinación tributaria impugnada.
  • El fallo se suma a los antecedentes que revisan los criterios de liquidación del fisco porteño.
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