Caso Rafael Nahuel: prefectos dicen ser “chivos expiatorios” y responsabilizan a comunidad mapuche
Los imputados Francisco Javier Pintos y Carlos Valentín Sosa hicieron uso de su prerrogativa de declarar y leyeron sus declaraciones por zoom sin contestar preguntas ante los magistrados.
Dos de los cinco integrantes del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina aseguraron ser “chivos expiatorios” de sectores “corruptos y cobardes” del Poder Judicial y la política, señalaron que Rafael Nahuel murió por un disparo realizado por integrantes de la comunidad mapuche, en la segunda audiencia del juicio que se sigue en General Roca, Río Negro, por el asesinato de ese joven, ocurrido en noviembre de 2017, en medio de un conflicto por tierras en la localidad de Villa Mascardi.
Los imputados Francisco Javier Pintos y Carlos Valentín Sosa hicieron uso de su prerrogativa de declarar y leyeron sus declaraciones por zoom desde Buenos Aires sin contestar preguntas ante los magistrados que integran el Tribunal Oral Federal de Roca.
Los acusados no permitieron preguntas, y centraron su estrategia en explicar que la contradicción en las pericias obrantes en el expediente no permite determinar de qué arma salió el disparo letal.
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Sobre esa base, arriesgaron que Nahuel fue ultimado por un proyectil que provino de los propios miembros de la comunidad Lafken Winkul Mapu: “Recibió el balazo por la espalda y nosotros estábamos disparando de frente”, aseguraron.
Este argumento fue rechazado y desmentido por las querellas de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, la APDH Bariloche y la representación legal de la familia de Rafael Nahuel, que le confiaron que “ninguna prueba ni pericia obrante en el expediente permiten asegurar” que la víctima “murió de otra forma que no sea a causa de un disparo efectuado por los integrantes del grupo Albatros”.
Este proceso oral y público comenzó ayer y la próxima semana se espera la comparecencia de nueve testigos pertenecientes a fuerzas de seguridad, que declararán en las dos audiencias que se llevarán a cabo el martes y miércoles.
La declaración indagatoria de Pintos -duró unos 20 minutos- comenzó con una contextualización política del hecho y el proceso de instrucción judicial, que le valió una advertencia del Presidente del Tribunal, Alejandro Silva.
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Sin embargo, el uniformado insistió en explicar que los cinco imputados son “víctimas” y “chivos expiatorios” de un poder Judicial y político “corrupto” y “cobarde” que no adoptó las medidas necesarias para “terminar con el problema mapuche”.
De los jueces intervinientes en la causa -fundamentalmente de Gustavo Villanueva y Leónidas Moldes- dijo que son “miedosos” que “desde sus cómodos despachos no dudaron en meterme preso por una pericia trucha”.
Pintos hace referencia al resultado de la primera pericia balística que determinó de manera indubitable que el proyectil que mató a Nahuel provino del subfusil MP5 que portaba al momento del hecho. Tanto en la instrucción como en la indagatoria de este miércoles, el Albatros aseguró que no llevó esa arma durante la incursión a la comunidad mapuche.
Una segunda pericia balística, realizada por la Gendarmería, determinó que el proyectil no salió del subfusil MP5; mientras que una tercera pericia efectuada en un área especializada del Ministerio Público de la provincia de Salta señaló que la bala se correspondía con la pistola Beretta 9 mm que portaba el Cabo Primero Sergio Cavia.
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“Hasta hoy se desconoce con qué arma. Los jueces no tienen el coraje de enfrentar como yo lo hice (a los mapuches), arriesgando mi vida. No tuvieron el valor de actuar como la Nación lo esperaba”, agregó Pintos.
Además, insistió en la existencia de un enfrentamiento con armas de fuego, al sostener que el grupo de Albatros salvó sus vidas “de milagro”, y admitió que, al verse superado en número y no tener efecto las maniobras “disuasorias” que intentó disparó al cuerpo de “tres personas”.
“Estaban detrás de los árboles, frente a nosotros. Efectué pocos disparos, solo cinco”, dijo y negó “rotundamente” haber actuado “en exceso de legítima defensa”.
“Actuamos de acuerdo a la Ley”, alegó.
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El prefecto tuvo además expresiones xenófobas contra el pueblo mapuche, y acusó a sus integrantes “hacer escraches, escupir, usurpar e incendiar”, y que, al momento de tomar contacto con ellos durante el operativo, “vestían ropas características de mapuche” y “gritaban en un idioma que no es el oficial de la República Argentina”.
Aseguró que aquella jornada del 25 de noviembre de 2017 cumplió con su deber, a partir de una orden judicial, y que lo hizo imbuido de “patriotismo” y contra “personas mapuche” que “desconocen la bandera” argentina y “tienen sus propios símbolos”.
“De ser condenado jamás me recuperaré, pero mi dignidad y honor estarán intactos. El arma que mató a Rafael Nahuel no está, y menos fue disparada por mí”, apuntó.
En un mismo sentido, el Cabo Sosa señaló que no mató “a nadie” y que “no existe certeza de qué arma disparó el proyectil que mató”.
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“Tratan de inculparnos como sea”, se quejó, calificó de “irregular el proceso” y planteó que los Albatros sufrieron “atropellos a sus derechos y garantías por la cobardía de quienes debían decidir en esta causa
Pidió finalmente a los jueces que “demuestren su valentía y no claudiquen ante un grupo de violentos que no dudan en incendiar, destruir y matar. Mientras no cumplan con su deber nuestra patria estará sometida a la violencia”, concluyó.
Los dichos de los uniformados fueron rechazados y desmentidos por las querellas y la representación del Ministerio Público, y Rubén Marigo, abogado de la familia de Nahuel, señaló que “no sorprende la insistencia sobre la existencia de un enfrentamiento, cuando claramente hubo un ataque por parte de los Prefectos contra los mapuche”.
Recordó que los Albatros dispararon más de 130 proyectiles de plomo, “mataron a Rafael Nahuel e hirieron a otras dos personas”.
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“Han manifestado una posición política que es coherente con esta ideología que inventó en los mapuche a un enemigo interno, que también justificó la represión. Es un claro caso de violencia institucional”, concluyó.
Cristina apelará los fallos de Casación por causas “Hotesur” y “Memorándum”
“Ambos fallos fueron arbitrarios y serán apelados”, sintetizaron las fuentes cercanas a la defensa de Fernández de Kirchner, mientras el entorno de la vicepresidenta mantuvo bajo perfil durante los últimos días en relación con las causas judiciales.
La defensa de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner se prepara para apelar los fallos emitidos por la Cámara Federal de Casación Penal el último lunes con los que fueron revocados los sobreseimientos que se habían dictado en su favor en las causas conocidas como “Hotesur-Los Sauces” y “Memorándum de entendimiento con Irán”.
El plazo para presentar los recursos extraordinarios con los que la defensa de la exmandataria pretende llegar hasta la Corte Suprema de Justicia es de 10 días hábiles, recordaron las fuentes consultadas y confirmaron que los abogados de la exmandataria Carlos Beraldi y Ary Llernovoy trabajaban en esas presentaciones.
“Ambos fallos fueron arbitrarios y serán apelados”, sintetizaron las fuentes cercanas a la defensa de Fernández de Kirchner, mientras el entorno de la vicepresidenta mantuvo bajo perfil durante los últimos días en relación con las causas judiciales.
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Las fuentes consultadas por esta agencia sostuvieron que ambos fallos estaban dentro de lo esperado y remarcaron que ya habían sido anunciados por distintos medios de comunicación, después de que la Corte Suprema de Justicia cesó en sus funciones a la jueza Ana María Figueroa, integrante de la sala de Casación llamada a intervenir en el caso.
A diferencia de otras veces, la exmandataria no reaccionó públicamente a los fallos de Casación en su contra pese a que ayer encabezó una presentación titulada “De castas, herencias, derrumbes y futuro” por la reedición del libro “Después del derrumbe. Conversaciones de Torcuato Di Tella y Néstor Kirchner” en la Universidad Metropolitana para la Educación y el Trabajo (UMET).
Fuentes de su entorno atribuyeron el bajo perfil al contexto electoral y recordaron la frase esgrimida por la exmandataria en diciembre cuando confirmó que no sería candidata “a nada”, tras recibir la condena del tribunal oral que juzgó la causa Vialidad.
“No voy a someter la fuerza política que me dio el honor de ser dos veces presidenta y una vez vicepresidenta a que la maltraten en período electoral con una candidata condenada”, afirmó la vicepresidenta por entonces.
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Entre los que sí se expresaron esta semana contra el fallo de Casación, estuvo el diputado oficialista Leopoldo Moreau, quien calificó lo resuelto como “un caso más de justicia a la carta, a gusto del cliente, en este caso el bloque de poder que viene sistemáticamente llevando adelante la persecución política contra Cristina Kirchner”.
“Este era un fallo que fue adelantado por (Diego) Barroetaveña a sus mandantes de La Nación y Clarín”, agregó Moreau y señaló que en el caso particular del Memorándum con Irán lo resuelto por los jueces de Casación “implica subordinarse a una falacia inventada por los fondos buitres encabezados por Paul Singer”.
“Singer fue quien en 2015 movió sus hilos en la justicia y el periodismo argentino para desplazar a Cristina con tal de cobrar lo que ya le habían regalado los jueces de la Corte de Estados Unidos, que él había coimeado”, completó Moreau en declaraciones a Télam.
La Cámara Federal de Casación Penal dispuso el pasado lunes que se realicen los juicios orales por las causas Hotesur-Los Sauces, por supuesta asociación ilícita y lavado de dinero, y otro por el Memorándum de Entendimiento con Irán para volver a analizar la actuación de la justicia en la investigación por el atentado a la AMIA, por presunto encubrimiento, en los que está imputada la vicepresidenta.
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Con los votos de los jueces Barroetaveña y Daniel Petrone, la sala primera del máximo tribunal penal del país dejó sin efecto los sobreseimientos dictados por los tribunales orales respectivos.
En el caso Hotesur-Los Sauces, donde hay imputaciones por asociación ilícita y lavado de dinero en el alquiler de propiedades y hoteles pertenecientes a la familia Kirchner, los jueces revocaron los sobreseimientos dispuestos por el Tribunal Oral Federal 5 a fines de 2021.
Los magistrados ratificaron que quedó fuera del proceso Florencia Kirchner, hija de los expresidentes Néstor Kirchner y Cristina Fernández, porque tenía 12 años en el momento en que se habrían producido los hechos.
Así, Casación dispuso que vayan a juicio oral la actual vicepresidenta de la Nación, su hijo, el diputado nacional Máximo Kirchner; su sobrina Romina Mercado, Patricio Pereyra Arandia, el empresario Lázaro Báez, sus hijos Martín, Leandro y Sabrina Báez, Osvaldo Sanfelice, Víctor Manzanares, Carlos Sancho, Cristóbal López y Fabián De Sousa, entre otros.
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Asimismo, fueron apartados los jueces del TOF 5 Daniel Obligado y Adrián Grünberg.
Esos jueces habían dicho que los fondos que se habían usado para pagar alquileres de habitaciones en el complejo hotelero -la base de la sospecha de supuesto lavado de dinero- eran de “origen lícito” pues estaban bancarizados y “estuvieron respaldados por normas y decisiones emanadas de organismos oficiales y/o autoridades”.
Además, aquellos magistrados habían sostenido que debía aplicarse la ley más benigna, y que hasta 2011 -los hechos investigados habrían ido desde 2008 hasta 2015- el “autolavado” (maniobra para blanquear dinero propio) no estaba contemplado por la ley argentina.
“La apariencia de licitud de los activos estuvo dada desde el primer momento; es decir, desde que se realizaran los traspasos de fondos por las contrataciones de obra pública, licencias o concesiones, o se dispusieran beneficios impositivos o de otro tipo; todos ellos respaldados por la normativa de rigor”, habían sostenido Obligado y Grünberg.
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Los jueces de Casación Barroetaveña y Petrone objetaron ese planteo.
En cuanto al Memorándum de Entendimiento con Irán firmado en 2013, cuyo objetivo era destrabar la investigación del atentado terrorista a la mutual judía AMIA (de 1994, que provocó 85 muertes), Barroetaveña y Petrone también revocaron los sobreseimientos y ordenaron que se haga el juicio oral.
El Tribunal Oral Federal 8 había sobreseído, también en 2021, a la expresidenta y otros consortes de causa que estaban acusados de encubrimiento de aquel atentado.
Ahora la Casación resolvió revocar esa medida y ordenó el debate oral y público. También dispuso apartar a los jueces del TOF Daniel Obligado y José Antonio Michilini y a la jueza Gabriela López Iñiguez.
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El Memorándum tenía como objetivo, según el Gobierno de entonces, acelerar el esclarecimiento del atentado con, entre otras acciones, interrogar en el exterior a los jerarcas iraníes acusados por la masacre.
El acuerdo fue aprobado en el Congreso argentino, mientras que Irán lo hizo a través de una medida ejecutiva.
El fallecido fiscal federal especial en la causa AMIA Alberto Nisman denunció a Fernández de Kirchner y otros dirigentes y funcionarios kirchneristas de encubrimiento del atentado a través de este instrumento pero finalmente los jueces del TOF 8 sostuvieron, en síntesis, que “el Memorándum de Entendimiento con Irán, más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó un delito”.
Ahora Casación, después de un extenso análisis del caso, señaló que “los defectos de fundamentación en que incurrió el tribunal a quo afectan la garantía constitucional de defensa en juicio que asiste a los recurrentes y, de conformidad con el estándar de arbitrariedad definido por la CSJN, justifican la invalidación de la resolución recurrida”.
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Los querellantes -la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) y familiares de víctimas de la AMIA- habían apelado los sobreseimientos de los acusados.
Los acusados en la causa del Memorándum fueron Cristina Fernández, Eduardo Antonio Zuain, Carlos Alberto Zannini, Oscar Parrilli, Angelina María Esther Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis Ángel D´Elía, Fernando Esteche, Jorge Alejandro Khalil y Ramón Héctor Allan Bogado.