Espionaje
La Justicia porteña revocó los procesamientos de Arribas y Majdalani
Es por la causa que investiga maniobras de espionaje ilegal en el Gobierno de Mauricio Macri, que habían sido dictados por la Justicia Federal de Lomas de Zamora.
La Cámara Federal porteña revocó este martes los procesamientos a los ex titulares de la AFI Gustavo Arribas y Silvia Majdalani por supuesta «asociación ilícita» en la causa que investiga maniobras de espionaje ilegal en el Gobierno de Mauricio Macri, que habían sido dictados por la Justicia Federal de Lomas de Zamora.
En su fallo, el Tribunal de Apelaciones dejó procesada a Majdalani por presunto «incumplimiento de deberes» a raíz de no haber controlado la actividad de un grupo de agentes de la Agencia Federal de Inteligencia procesados por presunto espionaje ilegal, según resoluciones.
Por mayoría y con la disidencia del juez Eduardo Farah, los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi confirmaron también la falta de mérito en la causa para el secretario privado de Mauricio Macri, Darío Nieto.
En cuanto a Arribas, los jueces dictaron su falta de mérito y revocaron el embargo y medidas cautelares que había establecido el juez de Lomas de Zamora Juan Pablo Augé. Lo mismo hicieron para con otra veintena de imputados en la causa, al considerar no probada aún la existencia de una asociación ilícita.

Llorens y Bertuzzi entendieron que no hubo «un plan sistemático organizado desde las más altas estructuras del gobierno para espiar a opositores, políticos, periodistas y otras personalidades», como se postuló en la acusación. Ante ello resolvieron que el delito de asociación ilícita «no pudo ser comprobado».
En cuanto al espionaje ilegal a detenidos en causas por supuesta corrupción en la cárcel de Ezeiza, el voto mayoritario consignó que esas «tareas de seguimientos y observación» en algunos casos contaban con orden judicial y en otros estuvieron justificados por «seguridad interna»
Por ello también se revocó el procesamiento y se dejó con falta de mérito al ex titular del Servicio Penitenciario Federal, Emiliano Blanco, entre otros beneficiados con esta decisión como la exfuncionaria de Presidencia, Susana Martinengo.
La Cámara dio por probado que hubo un grupo de agentes de la AFI, cuyos procesamientos quedaron confirmados por violación a la Ley de Inteligencia, actuó por «intereses personales» y usó «recursos» del Estado de manera ilegal.
Este grupo de miembros de la AFI conformados por ex integrantes de la Policía Metropolitana, abogados y algunos miembros del Servicio Penitenciario Federal reunía información ilegal para extorsionar o intimidar a sus víctimas.
Todos dependían de «manera directa» de Majdalani, quien según la Cámara omitió controlarlos y por eso quedó procesada por presunto «incumplimiento de deberes».
En los casos concretos del espionaje al Instituto Patria y la casa de la querellante vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner en el barrio porteño de Recoleta, los jueces concluyeron que no hubo delito porque se actuó «con orden judicial».
A Majdalani, se le redujo el embargo a 4 millones de pesos al dejarla procesada por presunto incumplimiento de deberes pero con falta de mérito en relación al delito de «asociación ilícita».
El Tribunal de Apelaciones sí confirmó los procesamientos de un grupo de ex agentes de la AFI por infracción a la Ley de Inteligencia 25.520, en relación a maniobras de espionaje ilegal.
Se trata de Alan Ruiz, Diego Dalmau Pereyra, Jorge Horacio Sáez, Facundo Melo, Leandro César Araque, Emiliano Federico Matta, Juan Carlos Silveira y Cristian Lionel Suriano y María Andrea Fermani.
En la causa intervino la Cámara Federal con sede en Comodoro Py 2002 debido a que Casación Penal resolvió que el caso pase de los tribunales de Lomas de Zamora al fuero federal porteño.
La sala II de la Cámara, integrada para esta causa por dos jueces de otra sala, la I, Bertuzzi y Llorens, resolvió siete incidentes presentados en la investigación que se llevó adelante en el juzgado federal de Lomas de Zamora y ahora quedó a cargo del juez federal porteño Marcelo Martínez De Giorgi.
Se trata de la investigación por espionaje a políticos, periodistas, referentes sociales y detenidos en cárceles federales.
Los camaristas establecieron que todos los planteos de nulidad sean resuelto primero por Martínez De Giorgi y desestimaron un pedido de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, querellante en la causa, para enviar la investigación a otro juzgado, el federal 5.
Por otro lado, en lo relativo a otro planteo para enviar información contenida en el teléfono de Nieto al juez del caso, la Cámara dispuso suspender el tratamiento de ese tema hasta que su superior, la Cámara Federal de Casación, decida planteos sobre presuntas irregularidades en la manipulación del celular.
En minoría, el juez Farah votó por confirmar los procesamientos por asociación ilícita para Arribas, Majdalani y los demás imputados.
Las decisiones podrán ser apeladas ante la Cámara Federal de Casación, el máximo tribunal penal federal del país.
Espionaje
Milei le dio un nuevo estatuto a la SIDE por Decreto
El Gobierno libertario lo presenta como una supuesta medida de profesionalización, pero la falta de debate legislativo y el poder discrecional que conserva el Ejecutivo sobre el organismo generan preguntas que el decreto no responde.
El Gobierno Nacional «reorganizó» por decreto el régimen laboral de los agentes de inteligencia del Estado. A través del Decreto 1021/2026, publicado en el Boletín Oficial, aprobó un nuevo estatuto para el personal de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) que reemplaza las normas anteriores y establece un esquema integral de carrera, formación, remuneraciones y condiciones de egreso para quienes integran el Sistema de Inteligencia Nacional (SIN).
La medida fue presentada por el Ejecutivo como un paso hacia la profesionalización del organismo, con el argumento de consolidar un cuerpo de trabajadores especializados capaz de mantener continuidad más allá de los cambios políticos. Sin embargo, el mecanismo elegido, un decreto presidencial sin intervención del Poder Legislativo, resulta coherente con el estilo de gestión de La Libertad Avanza: concentración de decisiones en el Ejecutivo, velocidad normativa y escaso control parlamentario sobre áreas sensibles del Estado.
Qué establece el estatuto
El nuevo régimen fija que el ingreso y la promoción dentro de la SIDE deberán contemplar criterios técnicos, éticos y profesionales. La capacitación permanente queda establecida como uno de los ejes centrales del desarrollo de los agentes, con actividades orientadas a actualizar y fortalecer conocimientos y competencias en materia de inteligencia. El estatuto dispone además la creación de un plan de carrera con formación técnica, humana y profesional, basado en principios de idoneidad, transparencia, igualdad de oportunidades, mérito y profesionalización.
La normativa también busca vincular los salarios con las responsabilidades de cada agente. Las remuneraciones deberán guardar correspondencia con las capacidades técnicas, las funciones y los grados jerárquicos, para evitar diferencias discrecionales entre trabajadores con funciones, trayectoria y antigüedad similares; una formulación que, en la práctica, quedará sujeta a la reglamentación interna del organismo.
Derechos y condiciones de egreso
Entre los principales derechos reconocidos figura la estabilidad laboral para quienes integren la planta permanente una vez confirmados en sus cargos. La desvinculación solo podrá producirse por las causas y mediante los procedimientos establecidos por el propio estatuto. Los agentes tendrán derecho a percibir remuneraciones acordes a las escalas de su categoría, además de bonificaciones, compensaciones y otros conceptos, junto con acceso a capacitación, licencias, asignaciones familiares, obra social y beneficio jubilatorio.
El régimen contempla mecanismos para presentar consultas y reclamos cuando un trabajador considere que sus derechos fueron afectados, y establece distintas modalidades de promoción: por ascenso ordinario, por méritos extraordinarios o mediante ascenso post mortem. También reconoce el principio de igualdad de oportunidades dentro de la carrera y prohíbe tratos diferenciados por motivos ajenos a la aptitud y conducta profesional.
Un decreto en una zona de sombras
El estatuto llega en un contexto en el que la SIDE acumula cuestionamientos. El organismo, que funciona bajo la órbita directa de la Presidencia, está en el centro de varias investigaciones vinculadas a la gestión libertaria. El decreto regula el vínculo laboral de los agentes pero no toca la estructura de control político sobre el organismo ni los mecanismos de supervisión externa, que en Argentina han sido históricamente insuficientes.
La decisión de avanzar por decreto, sin debate parlamentario, en un área tan sensible como la inteligencia del Estado, se inscribe en una tendencia que la oposición ya denunció en otros ámbitos: la de legislar por la vía rápida para evitar el escrutinio de las cámaras. El estatuto puede leer como modernización institucional o como consolidación del poder discrecional del Ejecutivo sobre el aparato de inteligencia, según quién lo lea.
Lo que tenés que saber
- El Decreto 1021/2026, publicado en el Boletín Oficial, aprueba un nuevo estatuto para el personal de la SIDE.
- La norma establece criterios de ingreso por mérito, plan de carrera, capacitación permanente y remuneraciones acordes a funciones y jerarquía.
- Reconoce estabilidad laboral para la planta permanente y fija mecanismos formales para la desvinculación y para presentar reclamos.
- La medida fue adoptada por decreto, sin intervención del Congreso, en un área históricamente sensible como la inteligencia del Estado.
- El estatuto no modifica la estructura de control político sobre el organismo ni refuerza los mecanismos de supervisión externa.
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