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Judiciales ⚖️

Fallos sin perspectiva de género: la necesidad de una reforma judicial feminista

Al menos 251 mujeres asesinadas y 10 travesticidios durante 2021 en todo el país.

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Por Alejandro Aristimuño.

La suspensión y destitución de tres jueces que intervinieron en causas previas y posteriores a los femicidios de la adolescente marplatense Lucía Pérez y la docente tucumana Paola Tacacho dejaron en evidencia la falta de perspectiva de género que aún persiste en determinados fallos judiciales que van en contra de las propias víctimas de la violencia machista, que registró al menos 251 mujeres asesinadas durante 2021 en todo el país.

A su vez, un resonante caso de femicidio como el de Úrsula Bahillo (18), cometido en febrero de este año en Rojas, derivó en un pedido de juicio político para el juez de Paz de ese municipio bonaerense por presunta negligencia en el tratamiento de la denuncias previas que la víctima había hecho contra su asesino, quien este mes fue condenado a prisión perpetua.

Hay una deuda pendiente en el ámbito judicial que quedó en evidencia el 23 de noviembre último, cuando la Suprema Corte de Justicia bonaerense hizo lugar a la acusación contra los jueces Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, quienes en 2018 integraban el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Mar del Plata y absolvieron a Matías Farías (26), Juan Pablo Offidani (45) y Alejandro Maciel (62) del femicidio de Lucía (16).

Ante esta decisión ambos jueces fueron suspendidos de modo provisional en sus funciones para ser sometidos a un jury por decisión unánime del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la provincia de Buenos Aires. «La Justicia tiene tiempos extraordinarios y las familias padecemos su negligencia. Es siniestro lo que hacen. Lucía lleva ya cinco años sin justicia, mientras nosotros seguimos luchando», indicó la madre de la adolescente asesinada, Marta Montero.

Es que si bien en 2020 el Tribunal de Casación bonaerense revocó la absolución de primera instancia y ordenó que se lleve a cabo un nuevo juicio oral, aún no se fijó la fecha para este debate. A su vez, la Comisión Bicameral de Enjuiciamiento a Magistrados consideró en su acusación que el fallo absolutorio de los jueces ahora suspendidos «lejos de ajustarse a derecho, evidencia una clara arbitrariedad, que deja impune el femicidio, de lo que demuestra con supina claridad la incompetencia e incumplimiento a los deberes del cargo de los juzgadores».

En el informe cuestionó que el TOC 1 marplatense se enfocó en «indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima, como su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter y en distinguir la conducta de los imputados y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal».

Además de la Bicameral, los jueces fueron acusados por la Defensoría del Pueblo, los padres de Lucía, legisladores nacionales y el procurador General de la Suprema de Corte de Justicia provincial.

«Pusimos el acento en que el fallo de primera instancia estuvo viciado de parcialidad, prejuicios y estereotipos de género, sin tener en cuenta las convenciones de Derechos Humanos vigentes y obligatorias para nuestro país. Los jueces pasaron por alto estas normas que protegen a las mujeres y que, en este caso, se utilizaron en contra de la víctima», expresó Cecilia Rodríguez, de la Defensoría del Pueblo bonaerense.

Desde ese organismo fue justamente que en marzo de este año pidieron el juicio político para el juez de Paz de Rojas, Luciano Callegari, quien intervino en las denuncias realizadas por Úrsula contra su expareja, el policía Matías Martínez (26), quien la terminó matando de 15 puñaladas.

Por otro lado, el 18 de noviembre último, el juez penal tucumano Francisco Pisa fue destituido de su cargo por un Jurado de Enjuiciamiento que consideró que no cumplió con sus deberes, no abordó con perspectiva de género y no protegió judicialmente a Tacacho (32), quien había denunciado a su exalumno de Inglés, Mauricio Parada, el mismo que en octubre de 2020 terminó matándola y luego él se suicidó.

«Ningún funcionario va a volver hacer lo que hizo este juez misógino y sin perspectiva de género», expresó la madre de Paola, Mariela Tacacho. Es que entre noviembre de 2015 y mayo de 2020, la docente había realizado 15 denuncias contra Parada Pareja, quien la acosaba desde hacía años, hecho por el cual se le había impuesto una restricción de acercamiento.

Seis de esas presentaciones fueron archivadas, ocho quedaron sin resolución y una había llegado al requerimiento de elevación a juicio, aunque el juez Pisa decidió sobreseer al acusado y archivar la causa, tras lo cual presentó su renuncia para jubilarse, la cual no fue aceptada.

Mientras tanto, los casos de femicidios y travesticidios siguen engrosando estadísticas elaboradas por organizaciones civiles, las cuales, con alguna leve variación en los números, revelan que una mujer cada 30 horas aproximadamente es asesinada por un hombre en el marco de violencia de género.

El Observatorio de Femicidios en Argentina «Adriana Marisel Zambrano», que coordina la Asociación Civil La Casa del Encuentro es uno de esos organismos que consideró que se registraron al menos 251 femicidios y 10 travesticidios entre enero y noviembre de este año en el país.

De acuerdo al informe, en 153 de los 261 casos relevados, el femicida era la pareja o la expareja de la víctima; mientras que, en 33 ocasiones, el asesino era un conocido o vecino, y en otras 33 los asesinos eran familiares. A su vez, en 31 oportunidades las víctimas habían denunciado previamente a su agresor, 20 de los cuales tenían dictada una medida cautelar en su contra.

Estas cifras de 2021 son similares a las de 2020, cuando la Oficina de la Mujer (OM) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación informó que hubo 251 víctimas directas de femicidio y 36 de femicidio vinculado.

Además, con motivo del Día Internacional de Eliminación de la Violencia contra la Mujer, que se conmemora el 25 de noviembre, la OM presentó el primer compendio de sentencias con perspectiva de género de la Argentina, el cual incluyó 110 fallos dictados entre 2017 y 2020.

«Las sentencias y autos interlocutorios remitidos debieron abordar la protección de los derechos de mujeres, niñas, adolescentes y del colectivo LGBTTIQ+ y hacer alusión al derecho a la igualdad, las relaciones asimétricas de poder, los estereotipos discriminatorios de género, la discriminación o los diferentes tipos de violencia de género y el cuestionamiento de la neutralidad de la norma», indicó el Centro de Información Judicial (CIJ).

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Revés judicial para el Gobierno: la Corte Suprema rechazó una presentación por el financiamiento universitario

El máximo tribunal desestimó una presentación realizada por el Poder Ejecutivo en una causa vinculada a recursos destinados al sistema universitario. Además, rechazó un pedido de excusación y ordenó avanzar con el cumplimiento de una obligación procesal prevista por la normativa vigente.

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Puntos clave

  • La Corte Suprema rechazó una queja presentada por el Poder Ejecutivo.
  • La causa está vinculada al Decreto 759/25.
  • El expediente fue impulsado por el Consejo Interuniversitario Nacional y otras entidades.
  • El tribunal consideró que el recurso no estaba dirigido contra una sentencia definitiva.
  • También rechazó un pedido de excusación.
  • Ordenó intimar al Estado para el pago de un depósito previsto por la ley.
  • El caso se tramita en el fuero Contencioso Administrativo Federal.

La Corte Suprema desestimó una presentación del Gobierno

La Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar una queja presentada por el Poder Ejecutivo Nacional en el marco de la causa iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional y otros actores contra el Estado nacional por el Decreto 759/25.

La decisión quedó plasmada en una resolución firmada este jueves por el máximo tribunal.

Según el fallo, el recurso extraordinario cuya denegación parcial originó la queja no cumplía con uno de los requisitos exigidos por la legislación para su tratamiento.

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El argumento central del máximo tribunal

Los jueces sostuvieron que la presentación impulsada por el Gobierno no estaba dirigida contra una sentencia definitiva o equiparable.

De acuerdo con la resolución, esa condición resulta indispensable conforme a lo establecido por el artículo 14 de la Ley 48 para habilitar la intervención extraordinaria de la Corte Suprema.

Por ese motivo, el tribunal resolvió desestimar la presentación.

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También fue rechazado un pedido de excusación

Además de pronunciarse sobre la queja, la Corte rechazó un pedido de excusación formulado dentro del mismo expediente.

En ese punto, remitió a lo resuelto previamente el 4 de junio de 2026 en el incidente de recusación con causa relacionado con el mismo proceso judicial.

La decisión quedó incorporada dentro de la misma resolución dictada por los magistrados.

Intimación al Estado por un depósito procesal

Como parte de la resolución, el máximo tribunal también ordenó intimar al recurrente para que efectúe el depósito previsto en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

El pago se encontraba diferido conforme a lo establecido por la Acordada 47/91.

La intimación deberá cumplirse dentro del ejercicio financiero correspondiente, según dispuso la Corte.

Cómo se originó la causa judicial

La presentación rechazada fue impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Capital Humano, mediante la Secretaría de Educación, en calidad de parte demandada.

El expediente se inició en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N.º 11.

Posteriormente intervino la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, instancia desde la cual continuó su recorrido judicial hasta llegar a la Corte Suprema.

El conflicto por el financiamiento universitario

La causa tiene como eje el Decreto 759/25 y los planteos realizados por el Consejo Interuniversitario Nacional junto a otros actores vinculados al sistema universitario.

El expediente forma parte de las controversias judiciales abiertas en torno al financiamiento de las universidades nacionales y las decisiones adoptadas por el Poder Ejecutivo en materia presupuestaria.

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