Judiciales ⚖️
Resolvieron que Ercolini quede a cargo del caso D´Alessio
Por conexidad con otras causas contra el falso abogado.
La Cámara Federal porteña resolvió este jueves que el juez Julián Ercolini quede a cargo de la causa por presunta extorsión y asociación ilícita en la que está detenido el falso abogado Marcelo D’Alessio, y que fue remitida a los tribunales de Comodoro Py desde la justicia de Dolores.
La decisión fue del juez del Tribunal de Apelaciones, Pablo Bertuzzi, quien resolvió así un conflicto de competencia planteado entre Ercolini y la jueza federal María Eugenia Capuchetti, informaron fuentes judiciales.
Bertuzzi le dio la razón a Capuchetti al concluir que Ercolini tiene en su juzgado una causa previa «estrechamente» vinculada al caso D’Alessio «en cuyo sentido resulta conducente que las pesquisas avancen bajo la dirección de un mismo magistrado»
El camarista entendió que «los puntos de contacto que se vislumbran entre ambas actuaciones permiten afirmar la conveniencia de su trámite conjunto» «Ello así a los fines de esclarecer en mejores condiciones los extremos aquí investigados y llevar adelante un análisis global de la prueba producida», agregó en su resolución.
Capuchetti se había declarado incompetente para intervenir en la causa que se inició en Dolores y la envió “por conexidad” al juzgado de Ercolini, quien investiga otra denuncia contra el falso abogado, aquella que le formulara el fiscal Carlos Stornelli cuando acusó a D’Alessio de haberlo estafado e invocado su nombre falsamente.
La causa D´Alessio se inició en 2019 en la ciudad de Dolores, a partir de una denuncia del empresario Pedro Etchebest y por decisión de la Cámara Federal de Casación Penal, pasó a los tribunales federales de Comodoro Py, en el barrio porteño de Retiro.
En el caso están imputados D’ Alessio y el fiscal Stornelli, entre otros acusados, y la pesquisa estaba camino a ser enviada a juicio oral por el juez subrogante de Dolores Martín Bava, cuando se resolvió el pase al fuero federal de la ciudad de Buenos Aires.
Judiciales ⚖️
La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales
El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.
Lo que tenés que saber
- La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
- Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
- El fallo surge por una acción de habeas data
- Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
- Señala vulneración del derecho a la privacidad
- Hubo votos en disidencia dentro del tribunal
Fallo de la Corte sobre datos personales
La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.
El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.
El origen del caso
La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.
Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.
Argumentos del tribunal
El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.
Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.
En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.
Artículos anulados y alcance
La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.
El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.
Posturas en disidencia
La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.
Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
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