Judiciales ⚖️
Juicio Maradona: declaran las hermanas y Verónica Ojeda
Es desde las 9.30 de la mañana en los Tribunales de San Isidro.
La octava audiencia del juicio oral por la muerte de Diego Armando Maradona se lleva a cabo hoy en el Tribunal Oral en lo Criminal N°3 de San Isidro.
Ana, Rita y Claudia Maradona, junto con Verónica Ojeda, comparecen ante los jueces Maximiliano Savarino, Verónica Di Tomasso y Julieta Makintach.
Desarrollo de la audiencia
• 9:30 hs: Comienzan las declaraciones en el Tribunal de San Isidro.
• Mañana: Declaran Ana, Rita y Claudia Maradona.
• Tarde: Es el turno de Verónica Ojeda.
Investigación por apropiación de marcas
• Las hermanas de Maradona están también imputadas en otra causa junto a Matías Morla, Maximiliano Pomargo y Sandra Iampolsky.
• Se los investiga por presunta defraudación y administración fraudulenta en el manejo de marcas registradas, como Satvicca S.A.
• Fechas de declaración: 8, 10, 15, 16, 22 y 24 de abril en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°43 de la Ciudad de Buenos Aires.
Testimonios médicos sobre la autopsia
En la última audiencia se conoció el testimonio de Alejandro Vega (tanatólogo):
• Afirmó que el corazón de Maradona pesaba 503 gramos, el doble de lo normal.
• Indicó que presentaba una isquemia de larga data, es decir, daño crónico por falta de oxígeno.
Por su parte Ezequiel Ventosi (perito):
• Confirmó la ausencia de alcohol y drogas en sangre y orina.
• Detectó un cuadro avanzado de cirrosis.
• Silvana De Piero (perito):
• Informó que Maradona tenía edema en el cerebro, el corazón y los pulmones.
• Describió una alteración en la función renal y acumulación de líquido en el corazón.
Judiciales ⚖️
La Corte le pone un freno al Estado: declara inconstitucional el uso de datos personales
El máximo tribunal resolvió un caso que redefine los límites del manejo de información por organismos públicos. La decisión surge tras una demanda individual y cuestiona mecanismos de intercambio de información entre dependencias estatales.
Lo que tenés que saber
- La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin consentimiento
- Anuló artículos de la Ley de Protección de Datos Personales
- El fallo surge por una acción de habeas data
- Cuestiona el intercambio de información entre organismos estatales
- Señala vulneración del derecho a la privacidad
- Hubo votos en disidencia dentro del tribunal
Fallo de la Corte sobre datos personales
La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales sin consentimiento de sus titulares y declaró inconstitucionales artículos de la Ley de Protección de Datos Personales.
El tribunal sostuvo que estas prácticas vulneran derechos fundamentales vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.
El origen del caso
La decisión se tomó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda surgió luego de que información personal fuera utilizada en el marco de un convenio entre organismos públicos.
Según el caso, la ANSES había cedido datos a la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.
Argumentos del tribunal
El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, señaló que no existe un interés legítimo que justifique la utilización de datos sin conocimiento de sus titulares.
Además, se indicó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.
En ese sentido, el tribunal advirtió que la amplitud de la ley permitía al Estado evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.
Artículos anulados y alcance
La Corte invalidó disposiciones de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.
El fallo pone límites al uso y circulación de información personal dentro del ámbito público.
Posturas en disidencia
La resolución no fue unánime. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.
Ambos propusieron rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
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