Judiciales ⚖️
Procesaron a exjuez por delitos vinculados a la aparición de 14 víctimas de los vuelos de la muerte
En el extenso fallo de 146 fojas que se dio a conocer hoy, Bava los procesó por hallarlos responsables de los delitos de encubrimiento, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, además de ordenar el embargo sobre sus bienes por montos que van de tres a cinco millones de pesos.
El juez federal de Dolores Martín Bava procesó hoy al exjuez titular del Juzgado en lo Penal 2 del Departamento Judicial de esa ciudad, Carlos Facio; al médico policial Miguel Cabral, al exjefe de Catastro del municipio de General Lavalle Juan Domingo Montenegro y a siete ex agentes de la Policía Bonaerense por delitos vinculados con la aparición en diciembre de 1978 en la Costa Atlántica de 14 cuerpos de víctimas de la última dictadura cívico-militar.
En el extenso fallo de 146 fojas que se dio a conocer hoy, Bava los procesó por hallarlos responsables de los delitos de encubrimiento, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, además de ordenar el embargo sobre sus bienes por montos que van de tres a cinco millones de pesos.
Los exefectivos de la policía procesados que cumplieron funciones en la Costa entonces son: Domingo Martínez, Alberto Martínez, Emilio Luchetti, Juan Antonio Estrada, Mario Castronuovo, Ednio Llorens y Francisco Aristegui.
En tanto, en el caso del expolicía Santiago Piñero, el juez le dictó falta de mérito.
En el texto del fallo se enmarca la aparición en la Costa Atlántica de los 14 cuerpos en diciembre de 1978 y la «omisión deliberada de investigar» y encubrimiento por parte de esos funcionarios públicos, «dentro del plan de criminalidad estatal, instituido durante la última dictadura cívico-militar (1976-1983) desplegada a lo largo y a lo ancho del territorio argentino».
Sobre la responsabilidad de Facio, Bava sostuvo que «como magistrado a cargo de toda la investigación tenía el mapa completo de todo lo que estaba ocurriendo».
«Sabía de la existencia de catorce cuerpos arrojados por el mar en idénticas condiciones, sabía que presentaban lesiones que se correspondían con los vuelos de la muerte, había sido puesto en advertencia por Madres de Plaza de Mayo que entre esos cuerpos podían estar sus hijos, víctimas de la dictadura militar», enumeró.
Sobre la «puesta en advertencia», el letrado hace referencia al Hábeas Corpus iniciado por las Madres de Plaza de Mayo Nora Cortiñas, Hebe Pavelló de Mascia y Josefina de Noia, presentado el 5 de enero de 1979 ante el entonces titular del Juzgado en lo Penal 2 de Dolores.
Al respecto, Bava agregó que «el imputado hizo todo lo que estuvo a su alcance para impedir ese reconocimiento y para cerrar las investigaciones a fin de que no se investiguen los asesinatos ni sus autores».
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La vecina de Cristina explicó por qué compró el departamento de San José
María Soledad Calle afirmó que adquirió el inmueble con recursos propios para instalar una fundación de estudios sobre el desarrollo argentino. La pesquisa judicial volvió a poner el foco sobre el entorno patrimonial de la expresidenta y sobre una causa atravesada por el lawfare.
María Soledad Calle, dirigente de La Cámpora y de la Unión Obrera Metalúrgica, explicó que compró el departamento ubicado debajo del de Cristina Kirchner, en el edificio de San José 1.111, para que allí funcionara una fundación dedicada a elaborar estudios sobre el desarrollo argentino. La aclaración apareció en un escrito presentado por su abogado, Pablo Slonimsqui, en medio de las preguntas judiciales sobre su patrimonio.
Según sostuvo Calle, la adquisición se realizó con recursos propios y tuvo como objetivo afectar el inmueble a un espacio de investigación. La presentación, sin embargo, no precisó el nombre de la futura fundación, sus autoridades, sus actividades ni el modo en que se financiaría. Esos puntos quedaron abiertos, pero no habilitaron por sí solos a convertir una compra inmobiliaria en una prueba de delito.
Qué investigó la Justicia
La Justicia buscó establecer el origen del patrimonio de Calle y determinar si sus ingresos resultaron compatibles con los bienes registrados a su nombre. En ese marco, recibió información de la UOM que confirmó que la dirigente trabajó para el sindicato metalúrgico. El expediente también observó la titularidad compartida de un automóvil BMW con su pareja.
La defensa afirmó que el vehículo fue comprado por el conviviente de Calle, quien además lo utilizó habitualmente, aunque ambos figuraron como titulares registrales. También explicó que la Peugeot 3008 de la dirigente se adquirió en 2023 luego de vender una Nissan Kicks y un Toyota Etios que ya integraban su patrimonio. Esos argumentos deberán ser evaluados por la Justicia con documentación, no mediante insinuaciones políticas o titulares interesados.
San José 1.111, una dirección convertida en expediente
El edificio de San José 1.111 quedó en el centro de la escena por ser el domicilio donde Cristina Kirchner cumplió su prisión domiciliaria desde junio de 2025, luego de la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua en la causa Vialidad. La Corte Suprema ratificó esa sentencia el 10 de junio de 2025, según informó Perfil.com. La expresidenta y el kirchnerismo denunciaron que el proceso formó parte de una persecución política y judicial.
El inmueble también quedó alcanzado por medidas patrimoniales dictadas por el Tribunal Oral Federal 2. De acuerdo con Perfil.com, el embargo buscó preservar la posibilidad de ejecutar bienes mientras avanzaba el reclamo económico de la causa, pero no implicó una mudanza inmediata ni equivalió por sí mismo a un decomiso definitivo. La situación volvió a mostrar cómo una dirección particular se transformó en un escenario permanente de vigilancia judicial, mediática y política.
El lawfare y la sospecha como método
La investigación sobre Calle se presentó como una revisión patrimonial. Pero el contexto político resultó inseparable del expediente. La vecina de Cristina quedó bajo observación por su cercanía edilicia y política con una expresidenta condenada, mientras la Justicia profundizó preguntas sobre una compra que, según la defensa, tuvo una finalidad institucional.
El problema no fue que la Justicia investigara, sino que la sospecha pareciera funcionar como condena anticipada. En los procesos asociados al lawfare, la exposición pública, la filtración selectiva y la asociación automática entre proximidad política y delito construyeron un clima capaz de reemplazar la prueba. El caso de San José 1.111 volvió a exhibir esa mecánica: el domicilio de Cristina, la compra de una vecina y los bienes de una dirigente sindical quedaron unidos por una narrativa que todavía necesitó comprobaciones concretas.
La explicación de Calle dejó planteada una respuesta precisa: dijo que compró el inmueble con dinero propio y para instalar una fundación. La Justicia podía requerir documentos, revisar ingresos y verificar el destino del departamento. Lo que no correspondió fue presentar como hecho probado aquello que apenas constituyó una hipótesis de investigación. En una democracia, la transparencia patrimonial debía convivir con el debido proceso y con la presunción de inocencia.
El episodio también mostró el alcance político de la causa Vialidad. A más de un año de la ratificación de la condena, cada movimiento alrededor de Cristina siguió siendo leído como parte de un dispositivo de disciplinamiento. La compra del departamento inferior agregó un capítulo lateral a esa trama, pero volvió a poner en discusión el uso de la Justicia como herramienta de persecución contra el kirchnerismo.
Puntos clave
- María Soledad Calle afirmó que compró el departamento de San José 1.111 con recursos propios.
- La dirigente sostuvo que el inmueble se destinaría a una fundación de estudios sobre el desarrollo argentino.
- La presentación no detalló todavía el nombre, las autoridades ni las actividades de la entidad.
- La Justicia investigó el origen del patrimonio de Calle y la titularidad de sus vehículos.
- El edificio fue el domicilio de Cristina Kirchner durante su prisión domiciliaria por la causa Vialidad.
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