Legislativo
Polémica en el Senado: Kueider y la maniobra que podría anular su destitución
Milei traspasó el mando a Villarruel por un viaje al exterior, pero el acta se firmó horas después de la sesión. Ahora, cualquier ciudadano o senador. podría pedir la nulidad de la expulsión del senador.
El escándalo político que envuelve al senador entrerriano Edgardo Kueider, detenido en Paraguay con prisión domiciliaria por lavado de dinero, sumó un nuevo capítulo con su reciente expulsión del Senado argentino. Sin embargo, la sesión que selló su salida podría enfrentarse a una impugnación debido a presuntas irregularidades en el proceso. La polémica surge del traspaso del poder ejecutivo de Javier Milei a su vicepresidenta, Victoria Villarruel, quien presidió la sesión en cuestión mientras el mandatario viajaba hacia Italia.
La legalidad en duda
Kueider, detenido la semana pasada al intentar cruzar un paso fronterizo con más de 200 mil dólares no declarados, fue expulsado por el Senado en una sesión marcada por fuertes polémicas. Legisladores y juristas comenzaron a plantear dudas sobre la validez del procedimiento. El senador oficialista Carlos Pagotto subrayó: “Tranquilamente podría darse la impugnación de la sesión de hoy. Tendría que haberse hecho un acta de traspaso de mando y firmar la vicepresidenta”.
La ley establece que cuando el presidente se ausenta del país, el mando debe ser formalmente traspasado mediante un acta firmada por un escribano. En este caso, el escribano llegó al Senado a las 19 horas, una vez finalizada la sesión. Según fuentes oficiales, Milei partió hacia Italia al mediodía, lo que dejó un vacío legal que, para algunos, pone en entredicho la validez de las decisiones tomadas.
¿Maniobra política o desprolijidad?
Sectores opositores comenzaron a especular si esta situación podría haber sido una estrategia deliberada del gobierno de Javier Milei para boicotear la destitución del senador. El libertario cuestionó la legalidad de la sesión bajo el argumento de que Villarruel, al asumir las funciones presidenciales, no podía al mismo tiempo presidir el Senado.
Pagotto agregó: “Esto era público. Si Milei ya había viajado, debieron notificar a la vicepresidenta antes de la sesión. Ahora tendrán que dilucidar quién tiene la responsabilidad”. La confusión y las desprolijidades administrativas generaron críticas y fricciones en los despachos de la Casa Rosada y el Senado.
Implicancias legales
Juristas coinciden en que la nulidad de la sesión podría ser solicitada por un senador, un interesado o cualquier ciudadano. Según Pagotto, “Son funciones completamente distintas. Por eso es anulable. La Constitución prevé que, no estando el presidente, la vicepresidenta asume la presidencia. No puede presidir el Senado”.
El caso Kueider, lejos de apaciguarse, se convierte en un nuevo foco de conflicto institucional. Las próximas semanas serán clave para determinar si la impugnación avanza y cuáles serán las consecuencias políticas y legales de este episodio.
Puntos clave de la maniobra del Gobierno de Javier Milei:
- Edgardo Kueider fue detenido en Paraguay por lavado de dinero y expulsado del Senado en una polémica sesión.
- Javier Milei traspasó el mando a Victoria Villarruel antes de viajar a Italia, pero el acta correspondiente se firmó horas después de la sesión.
- Legisladores oficialistas y opositores cuestionan la legalidad del procedimiento.
- La nulidad ahora podría ser solicitada por cualquier ciudadano o senador.
- Crecen las sospechas de una estrategia del gobierno para boicotear la destitución de Kueider.
DDHH
Entra en vigencia la Ley Penal Juvenil que baja la imputabilidad a los 14 años
Desde este sábado rige la Ley 27.801, la B aja de imputabilidad de 16 a 14 años llega sin presupuesto ni política social y con más del 60% de los adolescentes en situación de pobreza.
Entró en vigencia este sábado el nuevo régimen penal juvenil que habilita juzgar y condenar a adolescentes desde los 14 años. La Ley 27.801, promulgada mediante el decreto 138/2026 y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo, cumplió este día los 180 días que se fijó para entrar en vigencia, derogando el decreto-ley 22.278 de 1980, que durante más de cuatro décadas reguló el sistema penal de la minoridad con el piso de punibilidad en los 16 años.
Una ley sancionada con votos de la derecha y los aliados del oficialismo
La norma fue aprobada por el Senado el 27 de febrero de 2026 con 44 votos a favor, 27 en contra y una abstención. El oficialismo logró sumar a sus aliados para imponer la reforma, mientras la oposición peronista cuestionó tanto la reducción de la edad como la ausencia de presupuesto para sostener el nuevo sistema en las provincias. El proyecto había sido incorporado al temario de sesiones extraordinarias mediante el decreto 53/2026, y fue uno de los objetivos legislativos centrales de la gestión Milei desde el inicio.
Qué cambia desde este sábado
El principal cambio es la baja de la edad de imputabilidad. Desde hoy, los adolescentes de 14 y 15 años pueden ser investigados, juzgados y condenados por delitos previstos en el Código Penal o las leyes penales especiales. La escala de sanciones llega hasta los 15 años de privación de la libertad para los delitos más graves, y queda prohibida la prisión perpetua para menores de edad.
La nueva norma incorpora la figura del supervisor especializado, profesionales de psicología, trabajo social y adicciones que deben acompañar el proceso de reinserción. También exige la especialización obligatoria de jueces, fiscales y defensores en materia penal juvenil, y prohíbe la divulgación de nombres, fotografías o cualquier dato que permita identificar al adolescente imputado. Las detenciones deben realizarse en dependencias diferenciadas, sin compartir alojamiento con personas adultas. Cuando se acredite responsabilidad, los progenitores quedan alcanzados por responsabilidad civil por los daños causados.
Respecto de cuándo puede evitarse la prisión, el texto establece dos supuestos. El primero abarca las condenas que no superen los tres años. El segundo comprende penas de entre tres y diez años, siempre que el delito no haya causado la muerte de la víctima ni una grave violencia física o psíquica, y que el adolescente no tenga otras condenas o procesos en trámite. En esos casos, el juez debe imponer medidas socioeducativas vinculadas con la educación, el trabajo y la comprensión del hecho cometido.
Bullrich, el festejo y el discurso del castigo
La jefa del bloque de senadores de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, quien impulsó el proyecto desde el Ministerio de Seguridad, festejó la entrada en vigencia con un mensaje en su cuenta de X: «Desde hoy no importa la edad: si delinquís, las pagás». Añadió que «se terminó la excusa de la edad para delinquir» y que «el que roba, mata o lastima, responde por lo que hace». Para las víctimas y sus familias, afirmó, habrá «una pizca de justicia que nunca van a tener».
El mensaje de Bullrich sintetiza el enfoque del Gobierno: ampliar la capacidad punitiva del Estado sobre los adolescentes más vulnerables, sin que medie una política pública de prevención, educación o contención social. Ese discurso de mano dura no se sostiene ante los datos: la Comisión del Fuero de Responsabilidad Juvenil del Colegio de Magistrados y Funcionarios bonaerenses proyectó que el nuevo régimen puede incrementar entre un 40 y un 60% el volumen de causas penales juveniles en los centros urbanos del país.
UNICEF y la Pastoral: el Estado punitivo no resuelve lo que el Estado social abandonó
Desde organismos de derechos humanos y de protección de la niñez, las advertencias son categóricas. UNICEF Argentina señaló que no existe evidencia de que bajar la edad de imputabilidad tenga un impacto favorable en la seguridad, y remarcó que la inmensa mayoría de los conflictos con la ley protagonizados por adolescentes involucran delitos contra la propiedad. El organismo internacional advirtió además que el encierro habitual favorece la reincidencia y deteriora la escolaridad y la inserción laboral, produciendo daños a la salud física y mental de los jóvenes.
La Pastoral, por su parte, pidió que la privación de la libertad sea de carácter excepcional y señaló que el nuevo régimen no debe agravar la vulnerabilidad de los menores. El organismo expresó su preocupación específica por el impacto del sistema penal sobre adolescentes que atraviesan situaciones de exclusión, y alertó sobre dos contextos que el Gobierno evita nombrar: el avance del narcotráfico y la pobreza infantil.
Según datos del Observatorio Social de la UCA, más del 60% de los niños, niñas y adolescentes del país se encuentra bajo la línea de pobreza. Encerrar a quienes ya fueron abandonados por el Estado antes de los 14 años no es justicia; es la continuación de otra forma de exclusión.
El problema del presupuesto y la operatividad real
Uno de los cuestionamientos centrales de la oposición durante el debate parlamentario fue la ausencia de financiamiento específico para implementar el nuevo sistema en las provincias. La reforma exige juzgados especializados, equipos interdisciplinarios, supervisores, alojamientos diferenciados y programas de resocialización. Nada de eso se sostiene sin presupuesto. La tensión entre el anuncio político y la infraestructura institucional real es, en este caso, la diferencia entre una ley que protege y una ley que castiga sin reparar.
Datos de la Procuración bonaerense indican que durante 2025 se iniciaron 1.857 procesos penales juveniles, donde fueron imputados 1.828 menores. Con el umbral de imputabilidad ahora en los 14 años, la proyección de nuevas causas plantea un desafío institucional que ningún funcionario del Gobierno respondió con cifras concretas de inversión.
Una reforma que llega sin política social y con el ajuste profundizado
El nuevo régimen penal juvenil comienza a aplicarse en un escenario marcado por el recorte sistemático del gasto social bajo la gestión Milei. Desde diciembre de 2023, los programas sociales sufrieron una caída real del 61%, las transferencias a universidades cayeron un 20% y el gasto de capital se desplomó un 86%. La paradoja es brutal: el mismo Gobierno que desmanteló las políticas de prevención, contención y acceso a derechos ahora amplía el alcance del sistema penal sobre los adolescentes que esas políticas debían proteger.
El debate de fondo no pasó por la edad. Pasó por quién paga el costo de una política de seguridad que se concentra en encerrar y no en prevenir. La respuesta, esta vez, la dieron los propios datos: mientras el Estado se retiró de la educación, la salud y los programas sociales, el sistema penal avanzó sobre los más jóvenes y los más pobres.
Lo que tenes que saber de la nueva Ley Penal Juvenil
- La Ley 27.801 entró en vigencia este sábado 5 de septiembre, tras ser publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo de 2026.
- La edad de imputabilidad bajó de 16 a 14 años; las penas llegan hasta 15 años y se prohíbe la prisión perpetua para menores.
- Bullrich celebró la medida en redes sociales con un discurso de mano dura, omitiendo toda consideración sobre las causas estructurales del delito juvenil.
- UNICEF Argentina advirtió que bajar la imputabilidad no reduce el delito y que el encierro favorece la reincidencia.
- La Pastoral Judicial alertó sobre el avance del narcotráfico y la pobreza infantil como contextos que la sanción penal no resuelve.
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