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Trabajo dictó conciliación obligatoria en el paro de bancarios

La tregua será por 15 días. Los detalles de la negociación.

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El Ministerio de Trabajo dictó hoy la conciliación obligatoria por un término de quince días en el paro de 24 horas que llevan adelante los trabajadores bancarios en todo el país en reclamo de aumentos salariales.

La cartera de trabajo intimó a la Asociación Bancaria (AB) a través de una resolución oficial a «dejar sin efecto» durante quince días «toda medida de acción directa que estuviesen implementando o tuvieran previsto implementar, prestando servicios de manera normal y habitual».

Además, quedó ratificada la audiencia fijada para el lunes 27 de febrero a las 11 «a fin de evaluar el avance de las negociaciones».

La resolución de la cartera laboral instó a la contraparte -entidades bancarias privadas y públicas- a «abstenerse de tomar represalias de cualquier tipo con el personal representado por la organización sindical y/o con cualquier otra persona, en relación al diferendo aquí planteado».

La AB lleva adelante hoy en todo el país el paro anunciado de 24 horas «por una recomposición salarial digna, por una solución al absurdo impuesto a las Ganancias y por nuestros derechos».

Desde la entidad gremial explicaron que la medida de fuerza de se desarrolla «en todas sus modalidades, presencial y teletrabajadores, con desconexión y sin operar, más unidos que nunca para hacer sentir nuestro justo reclamo».

Aclararon, asimismo, que cada sección de la AB «adoptará la particularidad que considere conveniente», es decir si el paro se desarrolla «con o sin movilización».

El pasado jueves, fue el propio Sergio Palazzo -secretario general de la Asociación Bancaria- quien anunció el paro, luego de que fracasara la reunión paritaria con las entidades bancarias en dependencias del Ministerio de Trabajo.

«No se logró un acuerdo. Hemos planteado, más allá de los porcentajes y revisar las paritarias del 2022, que el sector empresario se haga cargo de parte del impuesto a las Ganancias que hoy pagan los trabajadores. La respuesta ha sido negativa», afirmó Palazzo desde la puerta de las dependencias del Ministerio de Trabajo, ubicadas en Callao 114 de la Ciudad de Buenos Aires, donde hizo declaraciones a la prensa.

En ese marco, Palazzo advirtió que si el sector empresario «no hace caso al reclamo de los trabajadores, el gremio se reunirá para intensificar las medidas» de fuerza.

«Estamos reclamando una compensación. Mientras no haya, no habrá paritaria posible que podamos acordar», remarcó Palazzo.

Por su parte, las principales cámaras patronales bancarias informaron que durante la jornada de paro de hoy redoblarán esfuerzos «a fin de reducir los inconvenientes que tal medida de fuerza pueda tener para los usuarios financieros» y aseguraron que «mantienen el diálogo abierto».

A través de un comunicado difundido por la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA), la Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina (Abappra), la Asociación de la Banca Especializada (ABE) y la Asociación de Bancos Argentinos (Adeba), solicitaron a sus clientes que «de ser posible, posterguen los trámites presenciales en sucursales o lo realicen por los distintos canales de atención remotos».

También destacaron que el uso de las tarjetas de débito y crédito, al igual que los canales electrónicos como homebanking, aplicaciones de bancos y billeteras electrónicas, «operarán con normalidad de manera de no afectar la actividad comercial y de pagos», y «continuarán habilitados cajeros automáticos y terminales de servicios».

La semana pasada las principales cámaras patronales dieron detalles de la oferta presentada durante la frustrada reunión paritaria.

«Calculado sobre diciembre 2022: 11,5% desde enero 2023, 9% desde marzo 2023, 9% desde mayo 2023, revisión a fines de mayo 2023. Esto llevaría el básico inicial a $258.184 en enero de 2023», indicaron las entidades a través de un comunicado.

A su vez, estas cámaras informaron que fue ofrecido un «0,7% para los sueldos de diciembre 2021, de manera que la evolución de los salarios iguale a la evolución de precios del año 2022».

«Cabe mencionar que estos aumentos también impactarán en el bono del ‘Día del Bancario’ que se paga en noviembre y que en 2022 fue de 185.000 pesos para categorías iniciales, llegando a $ 260.000 para las categorías más altas», detallaron los empresarios del sector.

En tanto, empleados bancarios de Jujuy reclamaron hoy por una recomposición salarial en el marco de las negociaciones paritarias que mantienen con las entidades empresariales, con una «amplia adhesión al paro y movilización» que se realizó por calles del centro de la capital, señaló la Asociación Bancaria – Seccional Jujuy.

«Tuvimos un acatamiento 100% por lo que el balance es muy positivo», dijo el secretario general de la Asociación Bancaria de Jujuy, Mario Murillo, quien destacó la participación de los afiliados de Capital pero también los que se movilizaron desde Tilcara, Libertador General San Martín y San Pedro para demostrar «un sentido de unidad y pertenencia» con la lucha que lleva adelante la entidad gremial.

Gremiales

La CGT recusó a los jueces que reactivaron la reforma laboral y pidió nulidad del fallo

El escrito presentado este lunes los recusó «por haber prejuzgado» sobre los derechos que constituyen la materia de fondo del litigio, al anticipar en su fallo que la nueva ley no afectaba a «sectores socialmente vulnerables» y que no encontraban «comprometida la vida digna»de los trabajadores.

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La CGT acusó a los jueces de cobrar favores del Gobierno y pidió anular el fallo que rescató la reforma laboral

La Confederación General del Trabajo (CGT) recusó con causa este lunes a los dos magistrados de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que el miércoles 23 de abril revocaron la medida cautelar que suspendía 82 artículos de la reforma laboral, y solicitó la «nulidad absoluta» de ese fallo. La central obrera denunció que uno de los jueces habría actuado con un conflicto de interés flagrante: el Estado nacional, parte demandada en la causa, habría promovido simultáneamente su continuidad en el cargo más allá de los 75 años.

Los jueces recusados y los motivos

Los magistrados cuestionados por la CGT son Víctor Arturo Pesino y María Dora González, los dos integrantes de la Sala que el 23 de abril dejó sin efecto la cautelar favorable a la central sindical. El escrito presentado este lunes los recusó «por haber prejuzgado» sobre los derechos que constituyen la materia de fondo del litigio, al anticipar en su fallo que la reforma laboral no afectaba a «sectores socialmente vulnerables» y que no encontraban «comprometida la vida digna conforme la Convención Americana de Derechos Humanos».

Para la CGT, esas afirmaciones no eran parte de lo que debía resolver la Cámara en esta instancia, restringida al análisis cautelar, sino que anticiparon opinión sobre la cuestión sustancial del juicio, lo que configura la causal de prejuzgamiento prevista en la ley procesal.

El conflicto de interés de Pesino

El argumento más contundente del escrito legal apunta al juez Pesino en particular. Según la presentación, a la que tuvo acceso la Agencia NA, el Estado nacional, en su carácter de parte demandada en la causa, solicitó al Consejo de la Magistratura que Pesino continúe en funciones más allá del límite de los 75 años que establece la Constitución Nacional reformada en 1994. Esa solicitud fue publicada en el Boletín Oficial.

El texto de la CGT es categórico: obtener «un beneficio a todas luces mayúsculo como lo es continuar en el ejercicio de la función judicial por 5 años, constituye no solo una conducta contraria a la ética, sino también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley».

El escrito calificó la conducta del Estado como «descalificable» al promover la permanencia en el cargo «de un magistrado que acaba de fallar a favor de la posición oficial». Y agregó: «Esta inconsecuencia no es un desvarío de la autoridad, ni una razón sin fundamento; es la razón desprovista de moral, es asociar beneficios mutuos, mientras la sociedad, que abrigaba expectativas de imparcialidad, asiste, sin mediaciones, a la demolición de la división de poderes y la credibilidad en el Estado de Derecho».

Para la central obrera, esa contraprestación entre un juez y el Estado «constituye un cuadro que avergüenza la tradición de la Justicia Nacional del Trabajo».

El fondo de la disputa: ¿son vulnerables los trabajadores en relación de dependencia?

Más allá del conflicto de interés, la CGT también impugnó el razonamiento jurídico del fallo. Los jueces Pesino y González sostuvieron, al restablecer la vigencia de la reforma, que no se afectaba a «sectores socialmente vulnerables». Esa afirmación disparó la recusación por prejuzgamiento.

La central obrera expresó su «desazón» ante el hecho de que «jueces con especial versación laboral» consideraran, siquiera en forma preliminar, que los trabajadores en relación de dependencia no son socialmente vulnerables, que sus derechos no son de naturaleza alimentaria y que no se encontraba comprometida la vida digna. Para la CGT, esas conclusiones no solo son jurídicamente erradas; también revelan un sesgo ideológico incompatible con la imparcialidad que exige la función judicial.

Antecedentes: una saga judicial que se intensifica

Como informó este medio el 23 de abril, la Cámara del Trabajo revocó esa jornada la cautelar que el juez de primera instancia Raúl Ojeda había dictado el 30 de marzo, que suspendía los artículos más sensibles de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802), aprobada por el Congreso a principios de año. La reforma incluye cambios profundos en el sistema indemnizatorio, los convenios colectivos, el derecho de huelga y el teletrabajo.

El Gobierno había apelado por dos vías simultáneas: ante la propia Cámara del Trabajo y mediante un per saltum ante la Corte Suprema, presentado el 16 de abril. Tras el fallo de la Cámara, la vía del per saltum quedó en suspenso, pero la discusión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma continúa abierta.

La presentación de este lunes añade un nuevo escalón a esa disputa: si la recusación prospera, los magistrados deberán apartarse de la causa y será otro tribunal el que retome el expediente.

Puntos clave

  • La CGT recusó «con causa» a los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González y pidió la «nulidad absoluta» del fallo del 23 de abril que reactivó 82 artículos de la reforma laboral.
  • El argumento central es que el juez Pesino actuó con un conflicto de interés: el Estado, parte en la causa, promovió simultáneamente su permanencia en el cargo más allá de los 75 años ante el Consejo de la Magistratura, lo que fue publicado en el Boletín Oficial.
  • Ambos jueces fueron recusados además por prejuzgamiento, al sostener en el fallo cautelar que la reforma no afectaba a «sectores socialmente vulnerables», anticipando opinión sobre la cuestión de fondo.
  • La CGT consideró que afirmar que los trabajadores en relación de dependencia no son socialmente vulnerables constituye un «cuadro que avergüenza la tradición de la Justicia Nacional del Trabajo».
  • El juicio de fondo sobre la constitucionalidad de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) continúa abierto; si la recusación prospera, deberá intervenir un tribunal diferente.
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