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Prevención del lavado de activos: UIF crea registro de revisores independientes

Esta medida se alinea con las recomendaciones del GAFI para prevenir el lavado de activos.

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La Unidad de Información Financiera (UIF) ha anunciado la creación del Registro de Revisores Externos Independientes (REI) como parte de sus esfuerzos para combatir el lavado de activos y fortalecer el cumplimiento de las normativas vigentes. Este nuevo registro se formalizó mediante la Resolución 132/2024, publicada en el Boletín Oficial el 26 de agosto de 2024.

Objetivos del Registro de Revisores Externos Independientes

El Registro de Revisores Externos Independientes tiene como principal objetivo asegurar que las entidades supervisadas cumplan con las regulaciones en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo. Según la resolución, este registro permitirá «registrar, organizar, sistematizar y controlar el listado de personas humanas habilitadas para emitir informes de revisión externa independiente vinculadas al cumplimiento, por parte de los Sujetos Obligados».

Esta medida se alinea con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) para prevenir el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.

Modalidades de inscripción y requisitos

La inscripción en el Registro de Revisores Externos Independientes puede realizarse a través de tres modalidades:

  • A través del Sujeto Obligado: La entidad supervisada puede gestionar la inscripción del revisor.
  • Directamente por el Revisor Externo Independiente: Los revisores pueden inscribirse por cuenta propia.
  • Por medio del Colegio o Consejo Profesional correspondiente: Las organizaciones profesionales pueden gestionar la inscripción de sus miembros.

En todos los casos, los postulantes deben presentar una amplia documentación que demuestre su formación, experiencia y el cumplimiento de las normativas establecidas por la UIF.

Requisitos para ser Revisor Externo Independiente

Para ser parte del registro, los revisores deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Formación académica: Se requiere un título de grado universitario y al menos 50 horas de formación en prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo, que incluya cursos, seminarios y programas reconocidos.
  • Experiencia profesional: Es necesario contar con un mínimo de cinco años de experiencia en roles de responsabilidad en el ámbito de la prevención de lavado de activos, tanto en el sector público como en el privado.
  • Incompatibilidades: Los revisores no podrán ejercer si tienen antecedentes penales, han sido sancionados por entidades profesionales o presentan conflictos de intereses, entre otros factores.

Conclusión

Con la creación del Registro de Revisores Externos Independientes, la UIF refuerza su compromiso en la lucha contra el lavado de activos y asegura un mayor control sobre las entidades supervisadas. Esta iniciativa no solo busca mejorar el cumplimiento de las normativas vigentes, sino también alinearse con los estándares internacionales en la prevención de delitos financieros.

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Milei le da carta blanca a Caputo para tocar las facturas del gas

La medida, publicada en el Boletín Oficial, habilita al Palacio de Hacienda a aumentar o disminuir ese cargo hasta en un 50% sin necesidad de intervención directa del Poder Ejecutivo.

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El Argentino Diario-Toto Caputo-Javier Milei.

Milei delega en Caputo el poder de subir las facturas de gas

★ Javier Milei firmó el Decreto 266/2026 y delegó en el Ministerio de Economía que conduce Luis Caputo la facultad de modificar discrecionalmente el recargo que financia los subsidios al gas en zonas frías. La medida, publicada en el Boletín Oficial, habilita al Palacio de Hacienda a aumentar o disminuir ese cargo hasta en un 50% sin necesidad de intervención directa del Poder Ejecutivo, lo que en la práctica significa que el techo actual del 7,5% sobre el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) podría escalar hasta el 11,25%.

Un fondo que financia el gas en las zonas más frías del país

El Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, creado por la Ley 25.565, se nutre de un recargo aplicado sobre cada metro cúbico de gas consumido en todo el territorio nacional, cualquiera sea el uso final. Con esos recursos se financian las tarifas diferenciales del régimen de Zona Fría, que beneficia a usuarios residenciales de la Patagonia, la Puna y Malargüe, donde el consumo energético es estructuralmente más elevado por las condiciones climáticas. La normativa vigente garantiza la existencia de este esquema hasta el 31 de diciembre de 2031.

Hasta la publicación del Decreto 266/2026, la facultad de tocar ese recargo residía formalmente en el Presidente de la Nación. Con la firma de Milei, esa potestad pasó al Ministerio de Economía, que ahora podrá operar los ajustes «con las modalidades que considere pertinentes», según el texto oficial.

La justificación oficial y lo que no dice

El decreto argumenta que la delegación responde a la necesidad de una «mejor administración que permita concretar las metas políticas diagramadas» y que el ejercicio de esa facultad por parte de Economía «resulta impostergable para una mejor gestión de gobierno».

En paralelo, fuentes oficiales reconocieron que el fondo es actualmente deficitario: con el tope del 7,5%, los ingresos no alcanzan para cubrir la demanda del régimen de Zona Fría. «Está la facultad de aumentar el recargo, pero todavía no es claro cuándo se va a aplicar. No quiere decir que el mes que viene se aplique un aumento, pero está la facultad de hacerlo», admitió la misma fuente.

Lo que el Gobierno no dice es que el recargo lo pagan todos los usuarios del país, no solo los beneficiarios de Zona Fría. Cualquier suba impactará en las facturas de millones de hogares en todo el territorio nacional, en un contexto en que el poder adquisitivo ya acumula meses de deterioro y la inflación del primer trimestre de 2026 rondó el 9%, según proyecciones privadas.

Una curiosa excepción en la política de fondos fiduciarios

El dato no es menor: según fuentes oficiales, el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas es el único fondo fiduciario que el Gobierno se comprometió a no disolver en 2026 durante la primera revisión del acuerdo firmado con el Fondo Monetario Internacional (FMI). Mientras la administración Milei liquidó decenas de fondos fiduciarios como parte del ajuste fiscal, este sobrevivió por el peso del lobby de las provincias patagónicas y la sensibilidad política que implica tocar el calefón en el invierno del sur.

La paradoja es elocuente: un gobierno que se presenta como el mayor enemigo del Estado interventor mantiene uno de los subsidios energéticos más concretos del sistema tarifario argentino, aunque ahora con la llave en manos de Caputo para ajustar el costo que paga el conjunto de los usuarios.

La recaudación y el control de los fondos quedan bajo la órbita de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ente autárquico en el ámbito del propio Ministerio de Economía.

Puntos clave:

  • El Decreto 266/2026, firmado por Milei y publicado en el Boletín Oficial, delega en el Ministerio de Economía la facultad de modificar el recargo del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas.
  • El recargo actual es de hasta el 7,5% sobre el precio del gas en el PIST; con la nueva norma, podría llegar al 11,25%.
  • El fondo es deficitario, según reconocieron fuentes oficiales: los ingresos actuales no cubren la demanda del régimen de Zona Fría.
  • El impacto de cualquier suba recaería sobre todos los usuarios del país, no solo los de zonas frías.
  • Este es el único fondo fiduciario que el Gobierno se comprometió a preservar ante el FMI en 2026.
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