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Judiciales ⚖️

La Justicia exige rastrear el origen de los audios que complican a Spagnuolo

La Cámara Federal pidió peritajes para definir autenticidad de grabaciones que impulsaron el expediente y motivaron reclamos de nulidad.

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El Argentino Diario-Manuel Adorni, Karina Milei, coimas, ANDIS, Diego Spagnuolo, Eduardo Menem, lawfare, Cristina Fernández de Kirchner, Sebastián Casanello,

Lo que tenés que saber

  • La Cámara Federal porteña revocó la decisión de primera instancia.
  • Se exigió determinar procedencia y autenticidad de los audios atribuidos a Diego Spagnuolo.
  • Las defensas solicitaron anular grabaciones y actuaciones posteriores.
  • El fallo incluyó mayoría de Irurzun y Boico, con disidencia de Farah.
  • El expediente vuelve al juzgado para completar pericias pendientes.

Investigación sobre el origen de los audios

La Cámara Federal porteña dejó sin efecto la resolución del juez Sebastián Casanello y ordenó profundizar las pericias que permitan establecer cómo se obtuvieron los audios atribuidos al ex titular de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Diego Spagnuolo. El pronunciamiento, firmado por los camaristas Martín Irurzun y Roberto Boico, con Eduardo Farah en disidencia, surgió luego de que las defensas señalaran que todavía no se conocen las circunstancias en que fueron registradas las grabaciones.

Reclamos de nulidad y cuestionamientos técnicos

Los abogados de Spagnuolo y de los hermanos Jonathan, Emmanuel y Eduardo Kovalivker habían pedido anular los audios y todo lo actuado al afirmar que se trataba de material de “procedencia incierta, potencialmente adulterado y difundido sin consentimiento”. También afirmaron que existió una vulneración al derecho de intimidad y remarcaron la falta de análisis técnicos que confirmen la autenticidad del contenido.

Argumentos de la mayoría y la disidencia

Según Irurzun y Boico, el rechazo del planteo por parte de Casanello se basó en premisas que aún no están verificadas. Indican que la pesquisa se inició a partir de notas periodísticas que reprodujeron datos provenientes de esos mismos audios cuya integridad permanece bajo duda. Sostienen que todavía queda por esclarecer si fueron editados, manipulados o generados mediante inteligencia artificial.

En disidencia, Farah sostuvo que la resolución original debía mantenerse y remarcó que los audios aportan información verificable sobre supuestas irregularidades en la ANDIS, lo que, a su criterio, otorga verosimilitud suficiente para permitir el avance del proceso.

Próximos pasos en el expediente

Con esta decisión, la Cámara remitió nuevamente el caso al juzgado de origen para que se ejecuten las pericias necesarias antes de emitir una nueva resolución.

Gremiales

La reforma laboral sigue en jaque: ahora la Justicia frena el artículo que amordazaba a los docentes

El fallo de la UDA suspende el artículo que limitaba la huelga en todo el sector educativo nacional, en medio de una escalada judicial que ya paralizó 82 artículos de la Ley N.º 27.802

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★ En una nueva derrota judicial para el Gobierno de Javier Milei, el Juzgado Nacional del Trabajo N.º 74 dictó una medida cautelar que suspende la aplicación de la Ley N.º 27.802 sobre el sector docente en toda la Argentina. La resolución, firmada por el juez José Ramonet, deja sin efecto el artículo 101 de la reforma laboral, que declaraba a la educación como «servicio esencial» y exigía una presencialidad del 75% durante las huelgas.

El «rótulo» que no pasó la prueba judicial

La demanda fue interpuesta por la Unión Docentes Argentinos (UDA), gremio conducido por Sergio Romero, referente de la CGT. En su fallo, el juez Ramonet consideró que existía una apariencia razonable de afectación a derechos constitucionales que justificaba la tutela preventiva, siguiendo la misma lógica que el Juzgado N.º 63 había aplicado dos días antes al suspender 82 artículos de la normativa a pedido de la central obrera .

El artículo 101 de la Ley de Modernización Laboral modificaba la Ley N.º 25.877 de Conflictos Colectivos de Trabajo e imponía a los docentes una cobertura mínima del 75% en caso de paro, considerando a la educación de niveles inicial, primario, secundario y especial como «servicio esencial en sentido estricto» . La cautelar determina que, hasta una sentencia definitiva, «continúa resguardado el ejercicio del derecho constitucional de huelga y la plena vigencia de los principios de libertad sindical y negociación colectiva» .

La respuesta gremial

Tras conocerse la medida, la conducción de la UDA emitió un comunicado en el que sostuvo que «el espíritu de la reforma laboral colisionaba directamente con garantías constitucionales del sector docente». En la misma línea, Sergio Romero remarcó que «esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo, y no restringir derechos colectivos que justamente buscan resguardar esas condiciones» .

La organización destacó además la «importancia institucional» de la decisión judicial, que «preserva el equilibrio del sistema de relaciones laborales y evita que se consoliden restricciones que podrían afectar el núcleo esencial de los derechos colectivos de los trabajadores de la educación» .

Un contexto de alta litigiosidad

La cautelar sobre el sector docente se suma a la resolución del juez Raúl Ojeda del 30 de marzo, quien suspendió 82 artículos de la reforma laboral tras una presentación de la CGT. Entre los artículos paralizados por Ojeda figuran los que limitan el derecho a huelga, modifican la negociación colectiva, alteran el cálculo de indemnizaciones, eliminan el principio de in dubio pro operario y derogan la ley de teletrabajo, entre otros puntos centrales de la normativa .

El magistrado consideró que existen «indicios serios y graves» de inconstitucionalidad y de afectación a principios como la libertad sindical, la irrenunciabilidad de derechos y el principio protectorio del derecho laboral . La CGT, en un comunicado, calificó a la ley como una «reducción del ámbito de protección laboral, una degradación de las condiciones de trabajo y un debilitamiento de la acción sindical» .

La estrategia del Gobierno

Desde el Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, confirmaron que apelarán la cautelar dictada por el juez Ramonet, al igual que hicieron con la resolución de Ojeda. En un comunicado, la cartera sostuvo que existen sectores que «pretenden obstaculizar las reformas necesarias para superar el desempleo y el estancamiento», y reafirmó su compromiso con la ley de Modernización Laboral .

La apelación contará con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, según informaron fuentes oficiales . Mientras tanto, la reforma laboral queda parcialmente paralizada en dos de sus ejes centrales: el régimen general de trabajo y el específico del sector educativo.

Puntos clave:

• El Juzgado Nacional del Trabajo N.º 74 suspendió el artículo 101 de la Ley N.º 27.802 que declaraba a la educación como servicio esencial
• La medida cautelar alcanza a todos los docentes del país y frena el requisito del 75% de presencialidad en huelgas
• El fallo fue dictado a pedido de la UDA, gremio conducido por Sergio Romero
• El Gobierno, a través del Ministerio de Capital Humano, anunció que apelará la medida
• La cautelar se suma a la suspensión de 82 artículos de la reforma laboral ordenada el 30 de marzo por el juez Raúl Ojeda ★

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