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Gremiales

Triunfo sindical: Lamb Weston pagará indemnizaciones al 130%

Tras semanas de negociación, empresa y trabajadores cerraron un entendimiento económico que destrabó el conflicto por el cierre industrial.

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Lo que tenés que saber

  • Lamb Weston abonará el 100% de la indemnización legal más un 30% adicional
  • El conflicto se extendió por más de un mes en la planta de Munro
  • La oferta inicial contemplaba solo el 50% mediante un PPC
  • El acuerdo incluye aguinaldo proporcional y seguro de desempleo
  • La empresa traslada sus operaciones a Mar del Plata

Acuerdo tras un mes de conflicto en Munro

Luego de más de un mes de conflicto en la planta de derivados de papa que Lamb Weston posee en Munro, la empresa y los trabajadores alcanzaron un acuerdo que puso fin a la negociación. En una audiencia realizada el miércoles, la multinacional mejoró su propuesta inicial y aceptó pagar el 130% de las indemnizaciones, junto con el aguinaldo proporcional y la garantía del seguro de desempleo.

El entendimiento contó con la aceptación de los operarios y el acompañamiento del Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación (STIA), que sostuvo el reclamo tanto en la planta como en el ámbito judicial.

De la media indemnización al pago completo

El acuerdo marcó un cambio sustancial frente a la postura inicial de la empresa. En distintas instancias, Lamb Weston había advertido sobre la posibilidad de presentar un procedimiento preventivo de crisis para abonar solo el 50% de las indemnizaciones.

Finalmente, la presión sindical y política llevó a la compañía a pagar el ciento por ciento correspondiente por ley, más una gratificación adicional del treinta por ciento.

La postura del sindicato

Desde el STIA, la primera estrategia consistió en resistir el cierre de la unidad productiva. El secretario general del gremio, Sergio Escalante, cuestionó la decisión empresarial y sostuvo que el cierre “no se corresponde con su situación real”, al recordar la reciente inauguración de una nueva planta con tecnología de punta, tras una inversión superior a los 300 millones de dólares.

Ante la decisión definitiva de discontinuar la actividad en Munro, el sindicato acompañó la resolución de los trabajadores de priorizar una salida económica más favorable.

La decisión de los trabajadores

Desde el gremio explicaron el criterio adoptado en la etapa final de la negociación: “Nuestro principal objetivo es preservar las fuentes de trabajo y sostener la producción. Sin embargo, acompañamos a los compañeros en su decisión, entendiendo que cada trabajador decide en función de su situación individual y familiar”.

El factor tiempo también incidió en el desenlace. Sin acuerdo en la última audiencia, la negociación se habría extendido hasta febrero, con la obligación empresaria de afrontar una nueva masa salarial.

Traslado de operaciones y contexto regional

Con el acuerdo cerrado, Lamb Weston concretará el cierre inmediato de la planta y trasladará sus operaciones a Mar del Plata, donde los salarios de base resultan aproximadamente un cuarenta por ciento más bajos.

Durante el conflicto, el STIA contó con respaldo político de distintos sectores del peronismo de Vicente López, en una zona fabril integrada por Villa Martelli, Munro, Carapachay y Villa Adelina, afectada por el actual modelo económico importador.

Indemnizaciones como eje central

Con el cierre ya definido, la organización sindical concentró sus esfuerzos en asegurar las mejores condiciones de salida posibles para los trabajadores. En un escenario de pérdida de empleo industrial y dificultades de reinserción laboral, el eje del reclamo se centró en el monto final de las indemnizaciones.

Conclusión

El conflicto en la planta de Lamb Weston en Munro concluyó con un acuerdo que elevó las indemnizaciones al 130%, tras un mes de negociaciones y medidas impulsadas por el sindicato y los trabajadores.

Educación

La Justicia suspende la esencialidad docente y frena la reforma laboral del Gobierno

Un fallo con alcance nacional suspendió la aplicación del artículo 101 de la Ley 27.802, que imponía un 75% de funcionamiento en paros docentes. La medida fue impulsada por UDA y deja en pausa un punto central de la reforma laboral.

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Lo que tenés que saber

  • 75% de servicio mínimo exigía la norma durante huelgas
  • 1 artículo clave (101) fue suspendido por la Justicia
  • 1 fallo nacional frena la aplicación de la reforma docente
  • 2 actores sindicales (UDA y CGT) respaldaron la medida
  • Aplicación inmediata en todo el sistema educativo

La Justicia frena la esencialidad en educación

Un fallo de la Justicia laboral suspendió de manera provisoria la aplicación de la reforma laboral en el sector docente. La decisión deja sin efecto la declaración de esencialidad del servicio educativo contemplada en la Ley N.º 27.802.

La resolución fue firmada por el juez José Ignacio Ramonet, titular del Juzgado Nacional del Trabajo N.º 74, tras un planteo presentado por la Unión Docentes Argentinos (UDA).

El eje del conflicto: el artículo 101

El punto central del fallo es la suspensión del artículo 101, que establecía que la educación debía considerarse un servicio esencial.

La normativa obligaba a garantizar un mínimo del 75% de actividad durante huelgas, lo que fue cuestionado por los sindicatos por limitar el derecho a la protesta.

Postura sindical y declaraciones

El titular de la UDA, Sergio Romero, cuestionó la medida al afirmar: “Esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo”.

Además, sostuvo que la reforma era “mezquina y sin consenso” y consideró que la suspensión judicial protege derechos laborales fundamentales.

Respaldo de la CGT y escenario gremial

La CGT acompañó el reclamo y celebró la decisión judicial. La central ya había logrado frenar otros aspectos de la reforma en instancias anteriores.

Este nuevo fallo profundiza el conflicto entre el Gobierno y los sindicatos, en un contexto de discusión sobre condiciones laborales y regulación del derecho a huelga.

Alcance de la medida y próximos pasos

La suspensión tiene alcance nacional y aplicación inmediata, lo que implica que el artículo no podrá implementarse mientras se resuelve el fondo de la cuestión.

Se trata de una medida provisoria que mantiene abierto el debate judicial y político sobre el futuro de la reforma laboral docente.

Conclusión

La Justicia suspendió el artículo 101 de la Ley 27.802, que exigía un 75% de actividad en huelgas. La medida tiene alcance nacional, fue impulsada por UDA y respaldada por la CGT, y deja en pausa la esencialidad del servicio educativo.

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