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¡Otro escándalo más de Pettovello! $14 mil millones por una dudosa compra con la ONU

La todavía ministra hizo una transferencia millonaria a un programa de la ONU por compra de alimentos. No se compró ni un paquete de arroz.

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El 8 de febrero, la Ministra Sandra Pettovello autorizó con su firma la transferencia de 14.000 millones de pesos al “Proyecto del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD): Abordaje Comunitario del Plan Nacional Argentina Contra el Hambre”. Este movimiento financiero tenía como fin que el PNUD colaborara en la adquisición de alimentos para comedores comunitarios. Sin embargo, Pettovello autorizó un monto que supera la cifra que puede conceder sin aprobación adicional, ya que cualquier desembolso mayor a 2.700 millones de pesos requiere la firma de la Jefatura de Gabinete. A pesar de la transferencia de fondos, el proceso de licitación no se completó y los alimentos no fueron entregados, dejando al PNUD en incertidumbre.

Según informó Página/12 Pettovello había asignado la licitación y compra de lentejas y aceite a la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI), acordando una comisión inicial del 6%, posteriormente reducida al 5%. Para ello, transfirió 6.772.500.000 pesos sin la firma del jefe de Gabinete. Se adquirieron 1.650.000 botellas de aceite y la misma cantidad de paquetes de lentejas. No obstante, se canceló la compra de 400.000 paquetes de lentejas de la marca Alimentos Fransro SRL, tras una denuncia de direccionamiento durante la administración de Alberto Fernández. El resto de los productos se encontraron en los depósitos gubernamentales.

El PNUD, con casi dos décadas de cooperación con Argentina, ha sido clave desde el 2006, tras la crisis de 2001. “Acompaña y facilita el financiamiento de fondos de gobierno hacia organizaciones comunitarias que brindan prestaciones alimentarias en forma eficaz”, aseguran desde el organismo. Su objetivo es asegurar el acceso a alimentos de calidad para poblaciones vulnerables.

En la gestión previa, el PNUD implementó dos estrategias: asistencia regular a comedores y merenderos, y transferencias esporádicas de fondos para la compra de alimentos secos. Las ONGs involucradas debían reportar el uso de los fondos cada 45 días, y las organizaciones sociales eran responsables de la rendición de cuentas por la compra de alimentos.

Desde el mes de diciembre, se ha producido una suspensión parcial de los programas del PNUD. En un giro violento, Pettovello ha promovido la participación de la organización en la compra directa de alimentos secos, optando por esta vía en lugar de la entrega de fondos a las entidades correspondientes. Esta acción es posible gracias a la iniciativa de De la Torre, quien ha firmado el llamado a licitación.

En la resolución ministerial de febrero, que autoriza la transferencia de 14.000 millones, se argumenta la viabilidad de la intervención del PNUD en la compra de bienes en determinadas circunstancias. El texto señala: “…Que con el fin de garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de la población y familias argentinas y con especial atención en los sectores de mayor vulnerabilidad económica y social, el PROGRAMA ABORDAJE COMUNITARIO – PNUD ARG 20/004, bajo la fiscalización del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), además de financiar Proyectos de Prestaciones Alimentarias Comunitarias asiste en el proceso de adquisición de productos alimenticios destinados a organizaciones sociales en aquellos casos en que los procesos quedaran desiertos o no lograran su objetivo para garantizar el acceso a los alimentos, mejorar la calidad nutricional y complementar la cobertura alimentaria de las familias en situación de vulnerabilidad social…”

Sin embargo, el Ministerio no ha especificado cuáles fueron los procesos que no alcanzaron sus metas o resultaron desiertos. La mencionada resolución contó con el respaldo de Leila Gianni, subsecretaria Legal, quien fue figura central en un escándalo frente a la Cámara Federal al enfrentarse con Juan Grabois, dirigente que ya en febrero había denunciado la escasez de alimentos. “Se elevan los presentes actuados con la conformidad de quien suscribe, para su consideración”, se expresó en la resolución del 8 de febrero. Del total de 14.000 millones asignados, el programa del PNUD representa para el Estado un costo de gestión del 3%, lo que equivale a 420 millones de pesos en este contexto.

El proceso de licitación, con fecha de inicio el 11 de marzo, busca adquirir 1 millón de paquetes de “leche en polvo entera fortificada” de 1 kilo, 1 millón de paquetes de “arroz blanco o pulido de grano largo fino calidad 0000” de 1 kilo, y 1 millón de paquetes de “fideos secos de sémola” de medio kilo. La apertura de ofertas, programada hasta el 17 de abril, no ha tenido avances posteriores. El PNUD se encuentra “a la espera de una comunicación formal de la Unidad Ejecutora del Proyecto por parte de la Secretaría” para determinar los pasos a seguir. A pesar de la preocupación existente, se considera que el ritmo de la licitación es el esperado. Se realizó un desembolso de 14.000 millones en abril, según los registros disponibles. Sin embargo, la falta de progreso genera incertidumbre dentro del organismo sobre cómo proceder. Yanina Nano Lembo, la nueva secretaria de Niñez, lidera ahora el proyecto del PNUD.

La ministra Pettovello podría estar violando el artículo 35 de la Ley 24.156 y su Decreto Reglamentario N° 1344/07, que definen las competencias y límites para la autorización de gastos. Según el decreto, “la autoridad competente para aprobar gastos” debe actuar si el monto excede “los cien mil módulos (100.000)”. Actualmente, cada módulo equivale a 27.000 pesos, lo que significa que cualquier gasto superior a 2.700 millones requiere la firma del jefe de Gabinete, en este caso, Nicolás Posse.

En la administración anterior, las compras del Ministerio de Desarrollo Social que superaban este límite eran firmadas por el jefe de Gabinete y el ministro del área correspondiente. No se realizaron acuerdos con la OEI, cuyo enfoque principal es la cultura, educación y ciencia, para la tercerización de la compra de alimentos.

Gremiales

La Cámara del Trabajo le devolvió al Gobierno la reforma laboral que la CGT había logrado frenar

La Cámara Nacional del Trabajo revocó la medida cautelar que suspendía 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) tras la apelación del Gobierno. El fallo de primera instancia del juez Raúl Ojeda, que había paralizado el núcleo de la reforma a pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), quedó sin efecto en este punto; sin embargo, la discusión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma continúa abierta en los tribunales.

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La Cámara revocó la cautelar y reactiva los 82 artículos de la reforma laboral

★ La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a la apelación presentada por el Gobierno nacional y revocó la cautelar que mantenía en suspenso 82 artículos de la Ley N° 27.802, la denominada reforma laboral sancionada por el Congreso el pasado 28 de febrero y publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026. Con la revocación, los artículos vuelven a estar en vigencia plena mientras continúa la tramitación del juicio de fondo sobre su constitucionalidad.

La medida cautelar original había sido dictada el 30 de marzo por el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, el juez Raúl Horacio Ojeda, quien hizo lugar al planteo de la CGT y suspendió provisoriamente las disposiciones más sensibles de la norma: cambios en el cálculo indemnizatorio, la derogación de la ley de teletrabajo, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las modificaciones al derecho de huelga, el banco de horas, las limitaciones a la negociación colectiva y el esquema de responsabilidad solidaria en tercerización, entre otros.

Una batalla judicial que el Gobierno peleó por varias vías

El fallo de la Cámara no llegó de manera lineal. El Gobierno recurrió a múltiples estrategias paralelas para levantar la suspensión. Luego de que el propio juez Ojeda concediera el recurso de apelación con efecto devolutivo (lo que mantenía la cautelar vigente mientras tramitaba la apelación), la Procuración del Tesoro de la Nación presentó además un recurso extraordinario de per saltum ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 16 de abril, buscando saltear instancias y obtener una resolución urgente del máximo tribunal. El Ejecutivo argumentó incompetencia del juez laboral, ausencia de caso judicial concreto y gravedad institucional al haberse suspendido una ley emanada del Congreso.

En simultáneo, la jueza federal Macarena Marra González, del fuero Contencioso Administrativo Federal, intervino para reclamar que el expediente principal fuera resuelto por esa cámara y no por el fuero laboral, lo que abrió un conflicto de competencias que también complejizó el trámite. Finalmente, fue la Cámara del Trabajo la que se pronunció primero y revocó la medida cautelar.

Qué artículos recuperan vigencia

Con la revocación, recobran aplicación inmediata los artículos suspendidos más cuestionados por el sindicalismo. Entre ellos: el nuevo esquema de cálculo de indemnizaciones que excluye conceptos como el aguinaldo de la base liquidatoria; el FAL, el fondo de capitalización que reemplaza parcialmente el esquema tradicional de indemnización por despido; las modificaciones al régimen de negociación colectiva que habilitan la primacía de los convenios de empresa por sobre los de actividad, uno de los puntos más resistidos por los gremios; las nuevas reglas sobre teletrabajo, banco de horas y fraccionamiento de vacaciones; las disposiciones que limitan la huelga en servicios esenciales; y los cambios que reducen la responsabilidad solidaria de las empresas en casos de tercerización.

El fallo no resuelve, sin embargo, la cuestión de fondo: la inconstitucionalidad de la norma que la CGT reclama en el expediente principal seguirá su trámite ante la Justicia. Tampoco cancela los efectos de las cautelares dictadas en otros casos, como la que protege el empleo de unos 1.500 agentes judiciales del Juzgado N° 30, ni los fallos que declararon inconstitucional el artículo 55 en Córdoba y La Plata.

Una saga que comenzó antes de la sanción

Como informó este medio desde noviembre de 2025, el conflicto en torno a la reforma laboral no comenzó con la sanción de la ley. La CGT advirtió desde el primer momento que la iniciativa reproducía los contenidos del capítulo laboral del DNU 70/2023, que ya había sido suspendido por la propia Cámara del Trabajo en enero de 2024 y luego declarado inconstitucional por la Sala de feria del mismo tribunal. La central obrera realizó un paro nacional de 24 horas el mismo día del debate en Diputados y presentó amparos ante dos fueros distintos el mismo día en que la ley se publicó en el Boletín Oficial.

La judicialización avanzó con celeridad. En apenas tres semanas desde la promulgación, el juez cordobés Ricardo Gileta declaró inconstitucional el artículo 55, el Tribunal del Trabajo N° 3 de La Plata replicó ese criterio, y el juez Herman Mendel suspendió el traspaso del Fuero Laboral a la Ciudad de Buenos Aires. El 30 de marzo llegó la cautelar más amplia, la del juez Ojeda, que paralizó el grueso de la norma. Ahora, la Cámara revierte esa decisión, aunque la guerra judicial continúa.

El fondo sigue irresuelto y el camino puede llegar a la Corte

La revocación de la cautelar representa un triunfo político importante para el Gobierno de Javier Milei, que necesitaba mostrar resultados concretos de su agenda de desregulación laboral. Pero la pelea dista de estar terminada. Si la Cámara hubiera confirmado la cautelar, el expediente habría escalado directamente a la Corte Suprema. Con la revocación, el escenario es inverso: ahora la CGT y los gremios impugnantes son quienes tienen incentivos para acelerar la tramitación del juicio de fondo o recurrir al máximo tribunal.

Según especialistas en derecho laboral, el recorrido judicial podría extenderse por meses o incluso más de un año. En ese plazo, trabajadores con juicios individuales en curso podrán igualmente plantear la inconstitucionalidad de artículos específicos en cada causa, lo que mantiene la disputa viva juzgado por juzgado. Empleados del Comercio y otros gremios habían presentado también sus propias cautelares con alcances distintos, lo que fragmenta el mapa judicial y dificulta cualquier lectura definitiva.

Puntos clave:

  • La Cámara Nacional del Trabajo revocó la cautelar que suspendía 82 artículos de la Ley N° 27.802, a pedido del Gobierno.
  • Los artículos más sensibles de la reforma laboral, que estaban suspendidos desde el 30 de marzo por el juez Raúl Ojeda, recuperan vigencia plena.
  • El juicio de fondo sobre la inconstitucionalidad de la ley, promovido por la CGT, continúa abierto.
  • El Gobierno había apelado por dos vías paralelas: ante la Cámara del Trabajo y mediante un per saltum ante la Corte Suprema presentado el 16 de abril.
  • La disputa judicial puede extenderse por meses; los trabajadores con causas individuales conservan el derecho a impugnar artículos específicos en cada juzgado.
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