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Judiciales ⚖️

“Prometieron terminar con la casta”: críticas tras la salida del juez Bailaque

El magistrado, que afrontaba un proceso de remoción en el Consejo de la Magistratura, podrá jubilarse con privilegios pese a las graves denuncias en su contra. La decisión del Gobierno desató críticas en sectores judiciales y políticos.

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El presidente Javier Milei firmó el decreto que oficializa la renuncia del juez federal Marcelo Martín Bailaque, acusado de proteger a redes narco, extorsionar empresarios y desviar fondos públicos. La dimisión, que tendrá efecto a partir del 1° de julio de 2025, se presentó el 10 de junio ante el Ministerio de Justicia y fue aceptada pese a que Bailaque enfrentaba un proceso de remoción en el Consejo de la Magistratura.

El magistrado, titular del Juzgado Federal N°4 de Rosario, podrá acogerse a la jubilación del Poder Judicial con un haber elevado, lo que implica eludir una eventual destitución. La aceptación presidencial deja sin efecto el trámite de remoción, aunque Bailaque pierde sus fueros y podría quedar expuesto a causas penales.

Denuncias cruzadas y una renuncia bajo sospecha

La salida del juez provocó duras críticas en el ámbito político y judicial. La diputada provincial santafesina Lionella Cattalini, una de las impulsoras de la denuncia penal, advirtió: “Hoy se retira tranquilo, con jubilación de privilegio, gracias a la complicidad de quienes prometieron terminar con la casta”.

La frase alude directamente al discurso presidencial de Milei, quien en reiteradas ocasiones prometió terminar con los privilegios de jueces y funcionarios sospechados. Sin embargo, el Gobierno optó por validar la salida anticipada del magistrado, en lugar de impulsar su remoción.

El juez negó todas las acusaciones ante la Comisión de Acusación del Consejo de la Magistratura. “Jamás actué para favorecer ni encubrir organizaciones criminales”, sostuvo en su defensa.

El caso Alvarado y las omisiones judiciales

La primera denuncia contra Bailaque surgió en el marco de la causa contra el narco Esteban Lindor Alvarado, condenado en 2022 a prisión perpetua por homicidio y asociación ilícita. Fiscales provinciales acusaron al juez de no habilitar pruebas clave contra Alvarado en un expediente de 2013, a pesar de que ya contaban con elementos contundentes. En su descargo, Bailaque respondió que autorizó la mayoría de las intervenciones telefónicas solicitadas, aunque estas “no dieron los frutos esperados”.

El vínculo entre Bailaque y Alvarado quedó en evidencia por la figura del contador Gabriel Mizzau, quien trabajó para ambos, y por la presencia del hijo de Mizzau como empleado del juzgado. A pesar de esa cercanía, el juez nunca se excusó y obstaculizó medidas sensibles como escuchas y allanamientos.

Extorsiones y desvíos de fondos: las otras causas

El segundo cargo contra Bailaque refiere a una presunta extorsión al empresario Claudio Iglesias. Según declaraciones judiciales, el financista Fernando Whpei —amigo personal del juez—, junto al exjefe de la AFIP local Carlos Vaudagna, habrían exigido 200 mil dólares a cambio de cerrar una causa. Vaudagna, imputado en otra causa por corrupción, declaró como arrepentido.

El tercer expediente vincula a Bailaque con el desvío de fondos desde una cooperativa portuaria intervenida judicialmente hacia la mutual Grupo Unión, también vinculada a Whpei. El juez tampoco se apartó de este proceso, a pesar de sus relaciones personales con los involucrados, y habría favorecido decisiones que beneficiaron económicamente a su entorno.

Gremiales

La CGT recusó a los jueces que reactivaron la reforma laboral y pidió nulidad del fallo

El escrito presentado este lunes los recusó «por haber prejuzgado» sobre los derechos que constituyen la materia de fondo del litigio, al anticipar en su fallo que la nueva ley no afectaba a «sectores socialmente vulnerables» y que no encontraban «comprometida la vida digna»de los trabajadores.

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La CGT acusó a los jueces de cobrar favores del Gobierno y pidió anular el fallo que rescató la reforma laboral

La Confederación General del Trabajo (CGT) recusó con causa este lunes a los dos magistrados de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que el miércoles 23 de abril revocaron la medida cautelar que suspendía 82 artículos de la reforma laboral, y solicitó la «nulidad absoluta» de ese fallo. La central obrera denunció que uno de los jueces habría actuado con un conflicto de interés flagrante: el Estado nacional, parte demandada en la causa, habría promovido simultáneamente su continuidad en el cargo más allá de los 75 años.

Los jueces recusados y los motivos

Los magistrados cuestionados por la CGT son Víctor Arturo Pesino y María Dora González, los dos integrantes de la Sala que el 23 de abril dejó sin efecto la cautelar favorable a la central sindical. El escrito presentado este lunes los recusó «por haber prejuzgado» sobre los derechos que constituyen la materia de fondo del litigio, al anticipar en su fallo que la reforma laboral no afectaba a «sectores socialmente vulnerables» y que no encontraban «comprometida la vida digna conforme la Convención Americana de Derechos Humanos».

Para la CGT, esas afirmaciones no eran parte de lo que debía resolver la Cámara en esta instancia, restringida al análisis cautelar, sino que anticiparon opinión sobre la cuestión sustancial del juicio, lo que configura la causal de prejuzgamiento prevista en la ley procesal.

El conflicto de interés de Pesino

El argumento más contundente del escrito legal apunta al juez Pesino en particular. Según la presentación, a la que tuvo acceso la Agencia NA, el Estado nacional, en su carácter de parte demandada en la causa, solicitó al Consejo de la Magistratura que Pesino continúe en funciones más allá del límite de los 75 años que establece la Constitución Nacional reformada en 1994. Esa solicitud fue publicada en el Boletín Oficial.

El texto de la CGT es categórico: obtener «un beneficio a todas luces mayúsculo como lo es continuar en el ejercicio de la función judicial por 5 años, constituye no solo una conducta contraria a la ética, sino también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley».

El escrito calificó la conducta del Estado como «descalificable» al promover la permanencia en el cargo «de un magistrado que acaba de fallar a favor de la posición oficial». Y agregó: «Esta inconsecuencia no es un desvarío de la autoridad, ni una razón sin fundamento; es la razón desprovista de moral, es asociar beneficios mutuos, mientras la sociedad, que abrigaba expectativas de imparcialidad, asiste, sin mediaciones, a la demolición de la división de poderes y la credibilidad en el Estado de Derecho».

Para la central obrera, esa contraprestación entre un juez y el Estado «constituye un cuadro que avergüenza la tradición de la Justicia Nacional del Trabajo».

El fondo de la disputa: ¿son vulnerables los trabajadores en relación de dependencia?

Más allá del conflicto de interés, la CGT también impugnó el razonamiento jurídico del fallo. Los jueces Pesino y González sostuvieron, al restablecer la vigencia de la reforma, que no se afectaba a «sectores socialmente vulnerables». Esa afirmación disparó la recusación por prejuzgamiento.

La central obrera expresó su «desazón» ante el hecho de que «jueces con especial versación laboral» consideraran, siquiera en forma preliminar, que los trabajadores en relación de dependencia no son socialmente vulnerables, que sus derechos no son de naturaleza alimentaria y que no se encontraba comprometida la vida digna. Para la CGT, esas conclusiones no solo son jurídicamente erradas; también revelan un sesgo ideológico incompatible con la imparcialidad que exige la función judicial.

Antecedentes: una saga judicial que se intensifica

Como informó este medio el 23 de abril, la Cámara del Trabajo revocó esa jornada la cautelar que el juez de primera instancia Raúl Ojeda había dictado el 30 de marzo, que suspendía los artículos más sensibles de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802), aprobada por el Congreso a principios de año. La reforma incluye cambios profundos en el sistema indemnizatorio, los convenios colectivos, el derecho de huelga y el teletrabajo.

El Gobierno había apelado por dos vías simultáneas: ante la propia Cámara del Trabajo y mediante un per saltum ante la Corte Suprema, presentado el 16 de abril. Tras el fallo de la Cámara, la vía del per saltum quedó en suspenso, pero la discusión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma continúa abierta.

La presentación de este lunes añade un nuevo escalón a esa disputa: si la recusación prospera, los magistrados deberán apartarse de la causa y será otro tribunal el que retome el expediente.

Puntos clave

  • La CGT recusó «con causa» a los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González y pidió la «nulidad absoluta» del fallo del 23 de abril que reactivó 82 artículos de la reforma laboral.
  • El argumento central es que el juez Pesino actuó con un conflicto de interés: el Estado, parte en la causa, promovió simultáneamente su permanencia en el cargo más allá de los 75 años ante el Consejo de la Magistratura, lo que fue publicado en el Boletín Oficial.
  • Ambos jueces fueron recusados además por prejuzgamiento, al sostener en el fallo cautelar que la reforma no afectaba a «sectores socialmente vulnerables», anticipando opinión sobre la cuestión de fondo.
  • La CGT consideró que afirmar que los trabajadores en relación de dependencia no son socialmente vulnerables constituye un «cuadro que avergüenza la tradición de la Justicia Nacional del Trabajo».
  • El juicio de fondo sobre la constitucionalidad de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) continúa abierto; si la recusación prospera, deberá intervenir un tribunal diferente.
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