Conectate con El Argentino

Judiciales ⚖️

La jueza Preska difirió pago de US$16.100 M y exige activos en garantía por la causa YPF

Tras la sentencia del 15 de septiembre pasado, Argentina pidió evitar el pago de la indemnización mientras se considera su recurso de apelación, lo cual fue aceptado por Preska.

Publicado hace

#

La jueza estadounidense del Distrito Sur de Nueva York, Loretta Preska, accedió postergar el pago de Argentina de una indemnización de US$16.100 millones al fondo Buford Capital y, a la vez, le ordenó que aporte otros activos como garantía para evitar embargos, en el marco de la causa por la nacionalización de YPF.

Tras la sentencia del 15 de septiembre pasado, Argentina pidió evitar el pago de la indemnización mientras se considera su recurso de apelación, lo cual fue aceptado por Preska.

El país consideró que el pago de la sentencia durante la apelación causaría graves dificultades en las arcas nacionales, ya que equivale a casi una quinta parte del Presupuesto.

La jueza autorizó a evitar el pago hasta que se expida el Tribunal de Apelaciones a cambio de colocar, como garantía para evitar embargos, otros activos mencionados por los demandantes.

Estos son la participación accionaria del Estado Nacional de 51% y las cuentas por cobrar vinculadas con la planta de Yacyretá, según precisó la agencia Bloomberg.

El cálculo de Preska está realizado en base al valor de la participación accionaria estatal en YPF –valuada en entre US$ 2.350 millones y US$ 3.050 millones, según analistas- y US$ 4.000 millones adicionales en pagos que Paraguay le debe a Argentina durante los próximos 30 años por las represas de Yacyretá.

La magistrada suspendió la ejecución de la sentencia hasta el próximo 5 de diciembre, para permitir que el país prepare las garantías.

También exigió que el país solicite una consideración acelerada del Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito de EE.UU. en Manhattan.

Presentadas las garantías, el país evitará cualquier tipo de embargo o pago hasta que se expida el Tribunal de Apelaciones.

En la sentencia final dictada el 15 de septiembre de 2023, la jueza Loretta Preska desestimó los reclamos presentado por los demandantes contra YPF, al decretar que la petrolera no tuvo responsabilidad contractual en la nacionalización de 2012, aunque mantuvo firme el fallo contra el Estado argentino.

Tras darse a conocer el fallo, el Gobierno ratificó la apelación por discrepar con las cifras del mismo.

La magistrada ordenó que Buford Capital (que había adquirió los derechos de litigio al Grupo Petersen) reciba US$ 14.385.449,737, de los cuales US$ 7.533.269,948 corresponden a daños y US$ 6.852.179,789 al 8% de interés simple previo a la sentencia desde el 3 de mayo de 2012 hasta la fecha; y que Eton Park recupere US$ 1.714.338,556, que corresponden US$ 897.752,615 a daños; más US$ 816.585,941 por 81 intereses simples previos a la sentencia desde el 3 de mayo de 2012 hasta la fecha.

Además, dispuso que Petersen y Eton Park recuperen también los intereses posteriores a la sentencia, calculado a partir de la fecha de entrada de esta sentencia a una tasa del 5,42% anual, computada diariamente hasta el pago.

Mientras que Petersen y Eton Park piden casi 16.000 millones de dólares, la Argentina difiere en el cálculo del eventual daño «en 800 millones de dólares», según precisaron los demandantes en el texto enviado a Preska.

Sin embargo, «esto no quiere decir que la Argentina esté de acuerdo con la sentencia ordenada por Preska ni con pagar 15.000 millones de dólares», explicó en ese entonces un abogado, que sigue muy de cerca el caso.

«Tampoco quiere decir que renunciaba a su derecho de apelación», continuó la fuente; de hecho, en un pie de página de la carta de la defensa argentina reafirmó su posición de apelar, que fue conocida ni bien se emitió el fallo.

Robert Giuffra, socio de la firma, aseguró que «la sentencia dictada en materia de daños y perjuicios refleja la incomprensión fundamental de la corte de distrito respecto del derecho argentino aplicable, y exacerba otros errores graves de derecho argentino que la corte ya cometió en instancias anteriores del caso».

Educación

Milei lleva la Ley de Financiamiento Universitario a la Corte para intentar frenarla

Luego de acumular dos derrotas judiciales consecutivas, el Ejecutivo presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Federal para intentar que el máximo tribunal suspenda la norma. Si el tribunal rechaza el pedido, el Gobierno tiene previsto recurrir en queja directamente ante la Corte Suprema.

Publicado hace

#

El Argentino Diario-UBA-Aumento Salarial-Docentes universitarios.

El Gobierno busca llegar a la Corte para suspender la Ley de Financiamiento Universitario

El gobierno de Javier Milei presentó un recurso extraordinario federal ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que el expediente sea elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el objetivo de suspender la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario (Nº 27.795), según confirmaron fuentes oficiales.

La maniobra llega luego de dos fallos adversos consecutivos: en primera instancia, el juez federal Enrique Cormick declaró que el Decreto 759/2025, con el cual el Ejecutivo había suspendido la ejecución de la norma, tenía rasgos de «arbitrariedad e ilegalidad manifiesta»; y el 31 de marzo de 2026, la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, integrada por los magistrados Sergio Fernández y Jorge Morán, confirmó la medida cautelar y rechazó la apelación del Gobierno al calificar sus argumentos de «poco serios».

Si la Cámara Federal acepta el recurso extraordinario, el expediente pasará a la Corte Suprema, que tendrá la última palabra. En caso contrario, el oficialismo no descarta presentar un recurso en queja directamente ante el máximo tribunal para forzar su intervención.

https://elargentinodiario.com.ar/zona-destacada/17/04/2026/reforma-laboral-el-gobierno-acudio-a-la-corte-con-un-per-saltum-para-destrabar-la-ley/

La historia de una ley vetada, insistida y aun incumplida

La Ley 27.795 fue aprobada por el Congreso el 22 de agosto de 2025 y vetada de manera total por el presidente Milei el 11 de septiembre. Sin embargo, el Senado y la Cámara de Diputados insistieron en su sanción, dejando sin efecto el veto con los dos tercios requeridos constitucionalmente. En el último día del plazo legal, en octubre de 2025, el Ejecutivo se vio obligado a promulgarla; pero en lugar de aplicarla, dictó el Decreto 759/2025, que subordinó su implementación a la previa definición de fuentes presupuestarias específicas, apoyándose en la Ley de Administración Financiera 24.629.

La norma obliga al Gobierno a actualizar retroactivamente los sueldos de docentes y no docentes universitarios desde diciembre de 2023, según la variación del IPC (Índice de Precios al Consumidor), y a recomponer los programas de becas estudiantiles. Según el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), las transferencias a universidades nacionales acumulan una caída real del 45,6% entre 2023 y 2026. Entre noviembre de 2023 y febrero de 2026, los salarios docentes crecieron un 158% mientras la inflación acumulada alcanzó el 280%, lo que implica una pérdida de poder adquisitivo del 32%, equivalente a la pérdida de más de siete salarios mensuales.

El argumento fiscal versus el mandato constitucional

La estrategia del oficialismo se asienta en un único argumento: la aplicación de la ley pondría en riesgo el equilibrio fiscal, que el Gobierno presenta como su principal logro de gestión. Estiman que el costo de cumplir la norma asciende a 2,5 billones de pesos, en línea con lo que el sindicato docente de la UBA calculó en 2,734 billones.

Sin embargo, la Justicia ya rechazó ese razonamiento en dos instancias. La Cámara subrayó que el impacto fiscal de la medida ronda apenas el 0,23% del PBI, que la ley fue ratificada por dos tercios de ambas cámaras del Congreso y que la insistencia legislativa prevista en el artículo 83 de la Constitución Nacional obliga al Ejecutivo a ejecutar la norma sin margen para suspenderla mediante un decreto. El tribunal también estableció un principio clave: una ley posterior aprobada por el Congreso puede desplazar válidamente a una anterior, lo que derrumba el escudo jurídico del Decreto 759/2025.

En este contexto, la estrategia de recurrir a la Corte por vía del recurso extraordinario es la última carta disponible. Según fuentes del ámbito constitucional citadas por La Nación, es poco probable que el tribunal acceda a conceder el recurso, ya que uno de los requisitos es que exista una sentencia definitiva o equiparable, condición que una medida cautelar no cumple. Los propios especialistas advirtieron que la Corte tiene antecedentes de no expedirse sobre cautelares por no constituir sentencias definitivas.

Una táctica judicial que se vuelve patrón

El recurso por el financiamiento universitario no es un hecho aislado en la estrategia judicial del Ejecutivo libertario. Como informó este medio el 17 de abril de 2026, el mismo día en que se conoció esta presentación, el Gobierno acudió a la Corte Suprema a través de un per saltum para intentar destrabar la Ley de Reforma Laboral (Nº 27.802), cuya aplicación también fue frenada judicialmente luego de una demanda de la Confederación General del Trabajo (CGT). En ambos casos, el patrón es idéntico: el Ejecutivo aprueba o aplica normas que generan rechazo judicial o social, y cuando la Justicia ordena su suspensión o su cumplimiento, escala el conflicto hacia la Corte en lugar de acatar los fallos de las instancias inferiores.

La diferencia es que en el caso universitario el Gobierno no quiere que se aplique una ley que le ordenan cumplir; en el laboral, quiere que se aplique una ley que le ordenaron suspender. En los dos escenarios, el Ejecutivo convierte a la Corte Suprema en la arena donde dilata el cumplimiento del ordenamiento jurídico.

Puntos clave

  • El Gobierno presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Federal para intentar que la Corte Suprema suspenda la Ley de Financiamiento Universitario (Nº 27.795).
  • Dos fallos judiciales consecutivos ya ordenaron al Ejecutivo cumplir la norma; la Cámara calificó los argumentos del Estado de «poco serios».
  • La ley fue aprobada por el Congreso, vetada por Milei, insistida con dos tercios y promulgada en octubre de 2025; pero nunca fue aplicada.
  • El Gobierno estima el costo de cumplimiento en 2,5 billones de pesos; la Justicia lo redujo a un impacto del 0,23% del PBI.
  • Si la Cámara rechaza el recurso extraordinario, el oficialismo prevé ir en queja ante la Corte Suprema para forzar su intervención.

Seguir leyendo
El Argentino

El Argentino
El Argentino
El Argentino

Las más leídas

Descubre más desde El Argentino Diario

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo