Judiciales ⚖️
La Justicia declaró rebelde a «Pepín» Rodríguez Simón y solicitó su captura nacional e internacional
La jueza federal María Romilda Servini dispuso también la inhibición general de bienes y el congelamiento de todos sus productos bancarios. Es en el marco de la causa en la que se investigan las presiones del macrismo contra el Grupo Indalo.
La jueza federal María Romilda Servini dispuso también la inhibición general de bienes y el congelamiento de todos los productos bancarios del diputado del Parlasur. Es en el marco de la causa en la que se investigan las presiones del Gobierno de Mauricio Macri contra el Grupo Indalo.
La jueza federal María Romilda Servini declaró en rebeldía al diputado del Parlasur Fabian «Pepín» Rodríguez Simón (Cambiemos), ordenó su captura nacional e internacional, dispuso su inhibición general de bienes y el congelamiento de todos sus productos bancarios, indicaron fuentes judiciales.
La magistrada lo dispuso en el marco de la causa en la que se investigan las presiones del Gobierno de Mauricio Macri contra el Grupo Indalo, luego de que el propio Rodríguez Simón anunciara a través de los medios que se encuentra en Uruguay (desde el 8 de diciembre) y que no volverá al país para prestar declaración indagatoria; algo que ratificó su abogado defensor en un escrito que presentó en sede judicial.
Para Servini, «es absolutamente improcedente y parecería ser un atajo para obstruir el curso de la investigación» el pedido de asilo político de Rodríguez Simón a Uruguay. Además, en la resolución remarcó que el ex funcionario de Cambiemos «recientemente dio sobradas muestras públicas de su intención de sustraerse de la justicia, lo cual fue ratificado por su letrado defensor el día 18 de mayo de 2021, a través de la presentación que anteriormente se referenciara”.
LOS ARGUMENTOS DE LA JUEZA MARÍA ROMILDA SERVINI
A lo largo de las 18 páginas del texto judicial, Servini planteó que el dirigente macrista tuvo pleno conocimiento de la existencia del expediente desde mediados de 2019 y se pudo defender en ese terreno con todas las garantías de la ley, por lo que resulta de imposible comprensión el planteo referido a su supuesto temor de ser detenido en forma indebida, como él manifestó públicamente.
“Fabián Rodríguez Simón tiene herramientas procesales en el país (de diverso tipo) para articular estos planteos dentro del ámbito del proceso penal, es decir, del Poder Judicial de la Nación, poder autónomo del poder político respecto del que presenta o plantea sus sospechas (Art. 1 de la Constitución Nacional)”, remarcó la magistrada.
«Debo hacer notar que en este caso no resulta parte ningún miembro del Poder Ejecutivo Nacional. Así, entiendo que están dadas las condiciones para decretar su rebeldía y ordenar su inmediata captura nacional e internacional; eventual y oportunamente se solicitará la correspondiente cooperación judicial internacional (Tratado de Extradición entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay – Ley n° 25.304)», continuó.

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En ese contexto, la jueza Servini advirtió que “se librará además exhorto internacional a las autoridades que correspondan de la República Oriental del Uruguay a efectos de solicitarles que, de manera muy urgente, arbitren los medios para que se proceda a la localización de Fabián Jorge Rodríguez Simón (DNI N° 12.728.408), y se prohíba su salida de ese país”.
Este expediente se encuentra en trámite desde marzo de 2019 y “Rodríguez Simón tenía pleno conocimiento de su existencia al menos desde julio o agosto de ese mismo año”, recordó la jueza.
Servini insistió con que Rodríguez Simón fue notificado con antelación suficiente de la fijación de su declaración indagatoria. “Es más, recientemente solicitó medidas de prueba que iban a ser complementarias a su descargo, con lo cual la situación en que se encuentra no es nueva para él», señaló la magistrada.
«Sumado a ello, los delitos que aquí se investigan de ningún modo pueden ser considerados delitos políticos, y su condición de funcionario público – aún no determinada fehacientemente – no puede ser entendida como suficiente para estos fines”, añadió Servini.
En base a esos argumentos, la jueza sostuvo que el planteo de Rodríguez Simón, que busca ser acogido como refugiado en Uruguay «es absolutamente improcedente, y parecería ser un atajo para obstruir el curso de la investigación, en un caso en el que, luego de más de dos años de trámite, no se le ha impuesto ninguna medida cautelar personal ni real que pudiera dar un viso de verosimilitud al temor que el imputado pretende sostener” tras denunciar una persecución política, “es absolutamente improcedente, y parecería ser un atajo para obstruir el curso de la investigación, en un caso en el que, luego de más de dos años de trámite, no se le ha impuesto ninguna medida cautelar personal ni real que pudiera dar un viso de verosimilitud al temor que el imputado pretende sostener”.
En este expediente se investiga “la presunta existencia de actos llevados a cabo por funcionarios públicos, desde las altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional o a instancias de aquellos, que mediante hostigamiento y ahogo financiero para con las empresas del Grupo Indalo, habrían importado casos de corrupción”, según surge de la resolución.
Educación
Milei lleva la Ley de Financiamiento Universitario a la Corte para intentar frenarla
Luego de acumular dos derrotas judiciales consecutivas, el Ejecutivo presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Federal para intentar que el máximo tribunal suspenda la norma. Si el tribunal rechaza el pedido, el Gobierno tiene previsto recurrir en queja directamente ante la Corte Suprema.
El Gobierno busca llegar a la Corte para suspender la Ley de Financiamiento Universitario
El gobierno de Javier Milei presentó un recurso extraordinario federal ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que el expediente sea elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el objetivo de suspender la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario (Nº 27.795), según confirmaron fuentes oficiales.
La maniobra llega luego de dos fallos adversos consecutivos: en primera instancia, el juez federal Enrique Cormick declaró que el Decreto 759/2025, con el cual el Ejecutivo había suspendido la ejecución de la norma, tenía rasgos de «arbitrariedad e ilegalidad manifiesta»; y el 31 de marzo de 2026, la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, integrada por los magistrados Sergio Fernández y Jorge Morán, confirmó la medida cautelar y rechazó la apelación del Gobierno al calificar sus argumentos de «poco serios».
Si la Cámara Federal acepta el recurso extraordinario, el expediente pasará a la Corte Suprema, que tendrá la última palabra. En caso contrario, el oficialismo no descarta presentar un recurso en queja directamente ante el máximo tribunal para forzar su intervención.
La historia de una ley vetada, insistida y aun incumplida
La Ley 27.795 fue aprobada por el Congreso el 22 de agosto de 2025 y vetada de manera total por el presidente Milei el 11 de septiembre. Sin embargo, el Senado y la Cámara de Diputados insistieron en su sanción, dejando sin efecto el veto con los dos tercios requeridos constitucionalmente. En el último día del plazo legal, en octubre de 2025, el Ejecutivo se vio obligado a promulgarla; pero en lugar de aplicarla, dictó el Decreto 759/2025, que subordinó su implementación a la previa definición de fuentes presupuestarias específicas, apoyándose en la Ley de Administración Financiera 24.629.
La norma obliga al Gobierno a actualizar retroactivamente los sueldos de docentes y no docentes universitarios desde diciembre de 2023, según la variación del IPC (Índice de Precios al Consumidor), y a recomponer los programas de becas estudiantiles. Según el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), las transferencias a universidades nacionales acumulan una caída real del 45,6% entre 2023 y 2026. Entre noviembre de 2023 y febrero de 2026, los salarios docentes crecieron un 158% mientras la inflación acumulada alcanzó el 280%, lo que implica una pérdida de poder adquisitivo del 32%, equivalente a la pérdida de más de siete salarios mensuales.
El argumento fiscal versus el mandato constitucional
La estrategia del oficialismo se asienta en un único argumento: la aplicación de la ley pondría en riesgo el equilibrio fiscal, que el Gobierno presenta como su principal logro de gestión. Estiman que el costo de cumplir la norma asciende a 2,5 billones de pesos, en línea con lo que el sindicato docente de la UBA calculó en 2,734 billones.
Sin embargo, la Justicia ya rechazó ese razonamiento en dos instancias. La Cámara subrayó que el impacto fiscal de la medida ronda apenas el 0,23% del PBI, que la ley fue ratificada por dos tercios de ambas cámaras del Congreso y que la insistencia legislativa prevista en el artículo 83 de la Constitución Nacional obliga al Ejecutivo a ejecutar la norma sin margen para suspenderla mediante un decreto. El tribunal también estableció un principio clave: una ley posterior aprobada por el Congreso puede desplazar válidamente a una anterior, lo que derrumba el escudo jurídico del Decreto 759/2025.
En este contexto, la estrategia de recurrir a la Corte por vía del recurso extraordinario es la última carta disponible. Según fuentes del ámbito constitucional citadas por La Nación, es poco probable que el tribunal acceda a conceder el recurso, ya que uno de los requisitos es que exista una sentencia definitiva o equiparable, condición que una medida cautelar no cumple. Los propios especialistas advirtieron que la Corte tiene antecedentes de no expedirse sobre cautelares por no constituir sentencias definitivas.
Una táctica judicial que se vuelve patrón
El recurso por el financiamiento universitario no es un hecho aislado en la estrategia judicial del Ejecutivo libertario. Como informó este medio el 17 de abril de 2026, el mismo día en que se conoció esta presentación, el Gobierno acudió a la Corte Suprema a través de un per saltum para intentar destrabar la Ley de Reforma Laboral (Nº 27.802), cuya aplicación también fue frenada judicialmente luego de una demanda de la Confederación General del Trabajo (CGT). En ambos casos, el patrón es idéntico: el Ejecutivo aprueba o aplica normas que generan rechazo judicial o social, y cuando la Justicia ordena su suspensión o su cumplimiento, escala el conflicto hacia la Corte en lugar de acatar los fallos de las instancias inferiores.
La diferencia es que en el caso universitario el Gobierno no quiere que se aplique una ley que le ordenan cumplir; en el laboral, quiere que se aplique una ley que le ordenaron suspender. En los dos escenarios, el Ejecutivo convierte a la Corte Suprema en la arena donde dilata el cumplimiento del ordenamiento jurídico.
Puntos clave
- El Gobierno presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Federal para intentar que la Corte Suprema suspenda la Ley de Financiamiento Universitario (Nº 27.795).
- Dos fallos judiciales consecutivos ya ordenaron al Ejecutivo cumplir la norma; la Cámara calificó los argumentos del Estado de «poco serios».
- La ley fue aprobada por el Congreso, vetada por Milei, insistida con dos tercios y promulgada en octubre de 2025; pero nunca fue aplicada.
- El Gobierno estima el costo de cumplimiento en 2,5 billones de pesos; la Justicia lo redujo a un impacto del 0,23% del PBI.
- Si la Cámara rechaza el recurso extraordinario, el oficialismo prevé ir en queja ante la Corte Suprema para forzar su intervención.
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