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Insólito: un fallo de la Cámara consideró «cómplice» a un trabajador por no estar registrado

Si bien el fallo de segunda instancia confirmó la multimillonaria indemnización por despido a favor del denunciante, redujo, con una crítica a la norma, las puniciones que prevé la Ley 24.013.

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Por Néstor Llidó

La Cámara Nacional del Trabajo redujo las puniciones que la Ley de Empleo establece para casos de despidos de trabajadores sin registrar, por considerar que el empleado “fue cómplice en la situación de clandestinidad”.

Según trascendió, al demandante, quien se desempeñó durante dos décadas como gerente de marketing para Corporación Center, “bajo un esquema de subordinación económica innegable, le resultaba cómodo figurar como monotributista y percibir, en negro, comisiones escapando a la voracidad fiscal”.

Si bien el fallo de segunda instancia confirmó la multimillonaria indemnización por despido a favor del denunciante, redujo, con una crítica a la norma, las puniciones que prevé la Ley 24.013.

Los camaristas Carlos Pose y Graciela Craig recordaron que el propio demandante admitió que los pagos se efectuaban por cheque como si fuera un proveedor, “olvidando que lo que comprometió fue una actividad personal productiva” como “celebrar contratos de publicidad y de captación de clientela en beneficio de los explotados como gimnasios”.

Para los camaristas, “la sanción de la Ley de Empleo «año 1991- no contribuyó al blanqueo de las relaciones clandestinas ya que, en la mayoría de las situaciones, los trabajadores perjudicados por el accionar empresario sólo pretenden la regularización cuando el despido es previsible o inminente”.

Los magistrados agregaron que “en lugar de contribuir a la regularización de las relaciones clandestinas, lograr cierta paz social y la seguridad jurídica, la legislación bajo análisis sólo ha servido para potenciar el valor económico de los reclamos laborales por montos que, en muchas ocasiones, son exorbitantes”.

La Sala VI de la Cámara remarcó que “de tal forma que son numerosas las empresas que, al sufrir una condena en la materia, no encuentran mejor recurso que presentarse en concurso preventivo, pedir su propia quiebra o entrar en situaciones de insolvencia fraudulenta”.

El tribunal estimó que todos esos factores “contribuyen a la destrucción de las pequeñas y medianas empresa nacionales con las consecuencias que son de público y notorio conocimiento”, y enumeró variables como “desindustrialización, inversión especulativa en desmedro la productiva, salarios paupérrimos, tercerización de servicios en beneficio de empresas insolventes o fantasmas”.

«Si bien el espíritu de la legislación es tuitivo, sus efectos prácticos no lo son, la denominada economía ‘en negro’ no ha desaparecido de la sociedad argentina sino todo lo contrario, es decir se ha incrementado en forma notoria la marginalidad e, incluso, entidades estatales utilizan formas fraudulentas de contratación”, se remarcó en la sentencia.

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Seis detenidos en Brasil por la muerte de la joven lanzada sin cuerdas en el Puente del Esqueleto

La Policía Civil de San Pablo arrestó a tres nuevas personas en el caso de María Eduarda Rodrigues de Freitas, la joven de 21 años que murió el 13 de junio tras ser empujada al vacío desde 40 metros sin las cuerdas de seguridad ajustadas. El número de imputados por homicidio con dolo eventual asciende ahora a seis.

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Sin habilitación, sin cuerdas y sin Estado: la cadena de negligencias que mató a María Eduarda.

La Policía Civil de San Pablo arrestó a tres nuevas personas en el caso de María Eduarda Rodrigues de Freitas, la joven de 21 años que murió el 13 de junio tras ser empujada al vacío desde 40 metros sin las cuerdas de seguridad ajustadas. El número de imputados por homicidio con dolo eventual asciende ahora a seis. El comisario Antonio Luis Tuckumantel confirmó que las detenciones apuntan a evitar la destrucción de pruebas sobre el negocio de la actividad de aventura en el denominado Puente del Esqueleto.

Más arrestos en una causa que suma imputados

La Policía Civil del estado de San Pablo detuvo este sábado a tres nuevas personas en el marco de la investigación por la muerte de María Eduarda Rodrigues de Freitas, ocurrida el pasado 13 de junio en Limeira, cuando la joven fue lanzada desde el Puente del Esqueleto, una estructura ferroviaria inconclusa utilizada como escenario para actividades de deporte extremo, sin que la cuerda de seguridad estuviera correctamente ajustada a su arnés. Según confirmó la Policía, el total de personas detenidas por este hecho ascendió a seis.

El comisario Antonio Luis Tuckumantel indicó que no podía precisar públicamente el rol específico de cada uno de los nuevos arrestados dentro del entramado investigado, aunque señaló que las detenciones buscan preservar la integridad de la evidencia y evitar que los responsables interfieran con el curso de la investigación.

Los tres primeros detenidos siguen en prisión preventiva

Los tres instructores detenidos desde el mismo día del accidente permanecen en prisión preventiva: Luis Felipe Feliciano Egoroff, de 32 años; Maicon Fernandes Cintra, de 42 años; y Vitor de Freitas Gonçalves, de 27 años. Los tres fueron acusados de homicidio con dolo eventual y sus solicitudes de habeas corpus fueron rechazadas por la Justicia, que consideró que existía riesgo real de fuga e interferencia en la investigación.

Según la investigación, el trío integraba el grupo que organizaba los saltos desde el puente, donde se cobraban 180 reales (aproximadamente 35 dólares) por persona. El negocio funcionaba sin habilitación ni constitución formal como empresa, condición que la Justicia valoró al denegar las excarcelaciones.

La secuencia fatal: sin cuerdas y sin verificación

La investigación reconstruyó con precisión cómo se produjo la tragedia. De acuerdo con la Policía Civil, la cuerda que debía sujetar a María Eduarda no fue ajustada y permaneció enrollada sobre la plataforma desde donde se realizó el salto en el momento en que la joven fue empujada al vacío. Una grabación realizada por testigos presentes en el lugar mostró que los instructores llevaron a la víctima hasta el borde del puente y la empujaron sin haber completado la verificación del equipo de seguridad. Los propios testigos declararon ante la Justicia que los responsables omitieron la revisión final antes del salto.

María Eduarda, residente de la localidad de Jandira, cayó desde una altura aproximada de 40 metros y murió como consecuencia del impacto. La joven tenía 21 años.

Un negocio sin habilitación y sin controles

La investigación estableció además que la organización que promovía los saltos en el Puente del Esqueleto no operaba como una empresa formalmente constituida. La estructura, ubicada en las afueras de Limeira, se había convertido en un punto habitual para actividades de rope jump sin ningún tipo de control estatal, regulación ni fiscalización municipal o federal. Este dato no es menor: la cobertura previa de este medio señaló que la municipalidad de Limeira había alertado a las autoridades nacionales sobre la situación del puente desde principios de 2025, sin que se adoptaran medidas efectivas de control.

La muerte de María Eduarda reabre el debate sobre la ausencia de regulación en el sector de los deportes de aventura en Brasil, donde la actividad de rope jumping se ofrece de manera informal en múltiples puntos del país sin que exista un marco normativo que establezca estándares mínimos de seguridad, habilitaciones obligatorias ni protocolos de verificación previos al salto.

Puntos clave

  • La Policía Civil de San Pablo arrestó a tres nuevas personas, elevando a seis el total de detenidos por la muerte de María Eduarda Rodrigues de Freitas.
  • Los tres instructores detenidos desde el 13 de junio, Egoroff, Cintra y Gonçalves, permanecen en prisión preventiva acusados de homicidio con dolo eventual.
  • La cuerda de seguridad no estaba ajustada al arnés de la víctima cuando fue empujada al vacío desde 40 metros de altura.
  • El grupo organizador de los saltos no operaba como empresa formalmente constituida y carecía de habilitaciones municipales o nacionales.
  • La causa reaviva el debate sobre la falta de regulación de los deportes de aventura en Brasil y la responsabilidad del Estado en la fiscalización de estos espacios.
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