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Consumo

Imputaron a HBO y Spotify por utilizar leyes estadounidenses en sus suscripciones

El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica provincial detalló que «en total violación a lo establecido por los artículos del Código Civil y Comercial de la Nación, tanto Spotify como HBO MAX establecen que sus ‘Términos de Uso’ sean interpretados según leyes estadounidenses y no según las normativas nacionales y provinciales».

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El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires imputó de oficio a las empresas Spotify y HBO MAX, luego de que la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios detectara la inclusión de cláusulas abusivas incorporadas en los términos y condiciones de ambas empresas, en presunta infracción a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor.

La cartera conducida por Augusto Costa sostuvo que «en total violación a lo establecido por los artículos del Código Civil y Comercial de la Nación, tanto Spotify como HBO MAX establecen que sus ‘Términos de Uso’ sean interpretados según leyes estadounidenses y no según las normativas nacionales y provinciales, de modo tal que un usuario o usuaria bonaerense que contrate esos servicios y decida iniciar acciones legales, se encontraría con que el convenio está regido por leyes de California o Nueva York».

«Ambas empresas, además, se aseguran el derecho de interrumpir el contrato sin motivo alguno. E imponen a los usuarios que renuncien a la posibilidad de iniciar reclamos en forma colectiva», se puntualizó.

En agosto pasado, el ministerio notificó a Netflix la actuación de oficio por presuntos incumplimientos a la Ley nacional de defensa del consumidor al advertir la existencia de cláusulas abusivas en sus términos y condiciones.

La empresa en su descargo informó que las clausulas observadas se encontraban en un proceso de revisión, y actualmente Netflix cuenta con un plazo de 10 días para modificar, adecuar o suprimir esas cláusulas, previo a resolver el expediente administrativo, indicaron desde la cartera.

El análisis de los «Términos de Uso de HBO MAX», la cartera constató que «mediante una redacción compleja y poco clara» la empresa «impone a sus usuarias y usuarios cláusulas que se presentan abusivas».

A la vez, comprobó que la empresa «no exhibe el botón de cancelación de suscripción en su sitio web, de modo tal que si un consumidor o consumidora decidiera cancelar el servicio, no lo encontraría de forma clara o visible».

Entre las cláusulas abusivas incluyeron que «no se realizan reembolsos de ninguna suscripción, ni créditos, ni facturación prorrateada», lo que genera en el consumidor la «falsa creencia de que nada podrá reclamar una vez efectuada la contratación y realizado el pago, aun en supuestos de incumplimientos de la empresa, falta o defectuosa prestación del servicio».

Destacaron una «cláusula de limitación de responsabilidad por daños que pudieran ocasionarse del uso del servicio, imponiendo a sus usuarios un límite de tiempo de un año para efectuar posible reclamo», lo que resulta «violatorio del deber legal de garantía que poseen todos los productos y servicios conforme la ley Nacional de Defensa del Consumidor».

Telam SE

En el caso de Spotify, calificaron como abusivas las cláusulas de «exoneración y/o limitación de la responsabilidad, imponiendo que la única y exclusiva solución para cualquier problema con Spotify es desinstalar el software y dejar de usar el servicio».

También establecen que «no son responsables por los daños que se pudieren generar, lo que resulta además, violatorio al deber legal de garantía que poseen todos los productos y servicios conforme la Ley Nacional de Defensa del Consumidor».

Asimismo, la plataforma de música y podcast «obliga a renunciar a sus usuarios a la posibilidad de iniciar reclamos en forma colectiva en defensa de sus derechos y la imposición de un arbitraje obligatorio individual», planteó Producción en la imputación.

«Todas las cláusulas, se encuentran en infracción del artículo 4° y 37°, incisos a) y b) de la Ley 24.240, Resolución Nº 53/2003 de la ex Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, Resolución Nº 994/2021 de la SCI de la Nación y el Código Civil y Comercial de la Nación», se afirmó desde el Gobierno bonaerense.

Buenos Aires

Galperín en la mira: la Provincia le dio cinco días a Mercado Libre para evitar una multa de $1.815 M

El gobierno bonaerense inició una actuación de oficio contra la empresa de Marcos Galperín tras detectar más de diez presuntas infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor. La firma puede ser sancionada con una multa histórica de hasta $1.815 millones si no adecua sus contratos en cinco días hábiles.

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La Provincia imputó a Mercado Libre por diez cláusulas abusivas y le exige reformar sus contratos

★ El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección Provincial de Defensa de las y los Consumidores, imputó formalmente a Mercado Libre S.R.L. por presuntas cláusulas abusivas en sus contratos de adhesión. La medida se tomó de oficio, independientemente de las casi 2.400 denuncias individuales que los usuarios bonaerenses acumularon contra la plataforma solo en los primeros cuatro meses de 2026, lo que convierte a la empresa en la más reclamada de la provincia.

Una fiscalización que desnuda el desequilibrio contractual

El análisis llevado adelante por la cartera que conduce Augusto Costa abarcó tres instrumentos contractuales publicados en el sitio oficial de la compañía: las condiciones generales de uso del «ecosistema MELI», los términos y condiciones de préstamos personales y los términos y condiciones de préstamo para compras y pagos de Mercado Pago. El resultado arrojó más de diez cláusulas con presuntas infracciones a la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor.

La autoridad de aplicación constató que esas cláusulas consagran «un desequilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes, en perjuicio de las y los consumidores», encuadrándolas en el artículo 37 de la misma ley, que regula precisamente la nulidad de estipulaciones abusivas en contratos de adhesión.

Los diez ítems bajo la lupa

Los puntos específicamente observados por el gobierno provincial son:

  • Indeterminación en el cobro de tarifas
  • Aceptación tácita de modificaciones contractuales
  • Traslado de responsabilidad por uso no autorizado de cuenta
  • Compensación entre cuentas
  • Cláusula de indemnidad a favor del proveedor
  • Exoneración de responsabilidad por fallas técnicas
  • Débito sobre cuentas de terceros ajenos al contrato
  • Caducidad automática de plazos por incumplimiento futuro indeterminado
  • Exención de responsabilidad de manera anticipada
  • Fijación de jurisdicción exclusiva en perjuicio del consumidor

Cada uno de estos ítems representa un mecanismo por el cual, según la Provincia, la empresa transfiere riesgos y responsabilidades al usuario, mientras se reserva amplias facultades de modificación unilateral y eximición propia de toda responsabilidad.

Galperín, el «unicornio» y su vínculo con el poder nacional

El alcance político del caso no es menor. Mercado Libre es la empresa tecnológica y de servicios financieros más grande de América Latina. Su fundador, Marcos Galperín, radicado en Uruguay desde 2019, es un estrecho aliado ideológico del presidente Javier Milei y uno de los empresarios más identificados con el proyecto libertario nacional. En ese contexto, la fiscalización del gobierno de Axel Kicillof adquiere una dimensión que excede lo meramente administrativo: es también una señal de que el Estado bonaerense no resigna su capacidad regulatoria frente a los gigantes del sector privado, incluso cuando esos gigantes gozan del favor del poder central.

La respuesta de la empresa y el plazo para el descargo

Ante la imputación, fuentes de Mercado Libre indicaron que la medida «corresponde a una instancia inicial de revisión administrativa de oficio, no implica sanción alguna y no surge de reclamos concretos de usuarios afectados», y aseguraron que «rechazamos las acusaciones planteadas y presentaremos el descargo correspondiente en tiempo y forma».

El gobierno bonaerense otorgó a la empresa un plazo de cinco días hábiles e improrrogables para presentar el descargo por escrito y acreditar personería y domicilio electrónico y físico en la ciudad de La Plata. Si Mercado Libre formula una propuesta de adecuación, modificación o supresión de las cláusulas observadas, el expediente podría cerrarse sin sanción. De lo contrario, la empresa se expone a una multa de hasta $1.815.000.000.

La fiscalización e imputación se enmarcaron en las políticas del Gobierno bonaerense para defender los derechos de las y los consumidores. Para realizar denuncias, los usuarios pueden comunicarse con la línea 148 (opción Defensa de las y los Consumidores) o escribir a infoconsumidor.

Puntos clave

  • La Provincia de Buenos Aires imputó a Mercado Libre S.R.L. por más de diez presuntas cláusulas abusivas en contratos de adhesión.
  • La fiscalización fue iniciada de oficio por el Ministerio de Producción, independientemente de las 2.396 denuncias individuales recibidas en los primeros cuatro meses de 2026.
  • Las cláusulas cuestionadas violan el artículo 37 de la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor.
  • La empresa tiene cinco días hábiles para presentar su descargo o enfrentará una multa de hasta $1.815.000.000.
  • Mercado Libre rechazó las acusaciones y anunció la presentación de su defensa en tiempo y forma.
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