Análisis
Buscan derogar la Ley de impedimento de contacto que criminaliza a las madres
La diputada Mónica Macha, que presentó el proyecto para derogar la ley, aseguró que la normativa «se utiliza para castigar a las madres que llevan adelante denuncias de abuso sexual en defensa de sus hijes, con la consecuencia de que ellas terminan privadas de su libertad y el niño revinculado forzosamente con el adulto que lo abusó».
Por Mara Alicia Alvado
El nuevo proyecto de ley fue elaborado en el marco de la Mesa Contra el Abuso Sexual a Niñxs y Adolescentes que integran más de cincuenta organizaciones.
Legisladoras, madres protectoras y organizaciones que luchan contra la violencia sexual a niñas y niños presentaron un proyecto para derogar la ley de Impedimento de Contacto vigente desde 1993, por considerar que se utiliza para criminalizar a quienes acompañan a las víctimas en sus denuncias de abuso intrafamiliar y ordenar revinculaciones forzadas con los agresores.
«Esta ley se utiliza para castigar a las madres protectoras que llevan adelante denuncias de abuso sexual en defensa de sus hijes, con la consecuencia de que ellas terminan privadas de su libertad y el niño revinculado forzosamente con el adulto que lo abusó», dijo la diputada Mónica Macha, que presentó el proyecto.
Daniela Dosso, madre protectora e impulsora de la campaña ‘Alerta por Martín’, explicó que en muchas ocasiones la imputación del delito de «impedimento de contacto» por parte de una expareja «logra poner al victimario a la par de la mujer que lo denunció, que lo único que quiere es proteger al hijo».

Cuando a una denuncia de abuso sucede una contradenuncia por impedimento de contacto y la Justicia ordena el restablecimiento del régimen de visitas, algunos jueces y juezas suelen basar su decisión en el inexistente Síndrome de Alienación Parental (SAP), un constructo desestimado por la Organización Mundial de la Salud y el manual DSM-V de la Asociación Americana de Psiquiatría.
Además, contra el SAP se expresó de manera contundente la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) y 85 referentes en temas de infancia.
«Frente a las denuncias de abuso sexual de niñas, niños y adolescentes, una parte importante del Poder Judicial procede de formas que resultan en el encubrimiento de ese abuso», dijo Macha, quien remarcó que «se aplica el inexistente SAP -que no tiene basamento científico ni psiquiátrico- y se recurre al argumento de ‘implantación de falsas memorias'».
«Backlash», una embestida contra profesionales
En paralelo a esto, pero obrando en el mismo sentido, «aparece el ‘backlash’ que es una embestida de ese sector del Poder Judicial contra profesionales que certifican el abuso», añadió.
Esto ocurre con profesionales de la medicina, la psicología o la psiquiatría, quienes ven peligrar su matrícula y son sometidos a procedimientos judiciales como el allanamiento de sus consultorios o la propia imputación penal, tal como denunciaron en reiteradas oportunidades.
«En este contexto, decimos que es necesario derogar la ley de Impedimento de Contacto porque plantea que aquella madre o padre que corta el contacto (porque su hija o hijo reveló abusos) incurre en un delito, terminando imputadas y hasta detenidas», apuntó la legisladora.
¿Qué sanciona la Ley de Impedimento de Contacto?
Sancionada el 3 de noviembre de 1993 a instancias de la Asociación de Padres Alejados de sus Hijos (Apadeshi), la ley 24.270 incorporó al Código Penal dos nuevos delitos: la obstrucción de contacto de menores de edad con sus padres no convivientes y la mudanza del domicilio del hijo o hija sin autorización judicial.
La norma prevé una pena de prisión de un mes a un año para aquel «padre o tercero que impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con su padre no conviviente», sanción que se ve agravada con la escala de 6 meses a tres años «en caso de un menor de 10 años» o con discapacidad.
Las mismas penas recaerán sobre «el padre o tercero que para impedir el contacto del menor con el padre no conviviente, lo mudare de domicilio sin autorización judicial».
Las críticas surgidas ya en el debate parlamentario de esta ley se fortalecieron durante estos 30 años de vigencia y la propia Defensoría General de la Nación se expresó por su derogación.Esos cuestionamientos señalan que «profundiza los conflictos», que está dirigida a «criminalizar a las mujeres», que funciona en tándem con el inexistente SAP, que puede ser utilizada como una «prolongación de las violencias preexistentes» tanto en la madre como en el hijo o hija, y que es discriminatoria porque no prevé que el progenitor no conviviente pueda incurrir en el mismo delito.
El nuevo proyecto de ley
El nuevo proyecto de ley presentado a comienzos de septiembre fue elaborado en el marco de la Mesa Contra el Abuso Sexual a Niñxs y Adolescentes que integran más de cincuenta organizaciones, como la Asociación Mujeres Juezas Argentina (AMJA), Actrices Argentinas, APDH, Casa Fusa, FEIM, Shalom Bait e Infancias Libres de Violencias.

«Mi hijo Martín me contó sobre los abusos en febrero de 2021, a los siete años. Apenas hago la denuncia, me pasa lo mismo que todas: el juez no dispone una medida de protección de mi hijo y como el progenitor lo quería venir a buscar, yo me tuve que exiliar de mi casa», contó Dosso.
La perimetral salió más de dos semanas después, cuando ella hizo intervenir a la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte, pero para entonces su expareja ya le había hecho una contradenuncia por impedimento de contacto y falsedad ideológica.
«Algunos jueces usan esta ley como herramienta para dejar a la mujer como victimaria y generar un escenario de paridad de condiciones con dos imputados, papá por abuso y mamá por impedimento de contacto»Daniela Dosso.
Además, el cuerpo médico forense dijo en su informe que «no ve signos de abuso siendo que en las fotos se ven perfectas las lesiones», y cuando un mes después se disponen nuevas pericias que dan cuenta de esas huellas, el agresor es sobreseído con el argumento de que el niño no pudo señalarlo como su victimario en las entrevistas de Cámara Gesell.
«Entonces él me denuncia a mí por abuso sexual de mi hijo. Pero con la campaña ‘Alerta por Martín’ lo que logramos fue recusar al juez, que se revoque el sobreseimiento del imputado y se reactive la investigación penal», contó.
Mientras tanto, el niño sigue con Daniela y está vigente «una medida de protección contra el agresor mientras dure el proceso de instrucción» que según la mujer ya acumula pruebas «para llamarlo a indagatoria, procesarlo y elevarlo a juicio oral».
Gilda Morales denunció que su hijo era abusado por el padre, y ahora no lo puede ver porque está bajo la guarda del abusador.Otros casos paradigmáticos son el de Gilda Morales -que pasó dos meses en prisión y no tiene contacto con su hijo desde hace dos años- o el de la niña Sol que está al cuidado de la madre de su abusador mientras que su mamá tiene impedimento judicial para tener contacto con ella.
«Algunos jueces usan esta ley como herramienta para dejar a la mujer como victimaria y generar un escenario de paridad de condiciones con dos imputados, papá por abuso y mamá por impedimento de contacto. Se ofrece así la posibilidad de resolver el conflicto de manera salomónica: sobreseer a papá porque no hay pruebas -que sí las hay, pero las encubren- y también a mamá dejando a la víctima totalmente desprotegida«, añadió Dosso.
En otros casos, «el resultado final de esta receta siniestra es aún peor porque el agresor termina sobreseído pero a ella le quitan la tenencia porque ‘es una madre toxica«, insistió.
«Si nosotros logramos derogar esta ley, para otras instancias habrá que pensar cómo se interviene en esas situaciones (de conflicto sobre el régimen de visitas), pero no es penalizando así, máxime cuando se utiliza de esta forma y termina siendo un arma contra las madres protectoras«, concluyó Macha.
Análisis
Guerra, inflación y ajuste sin fin
El ajuste libertario analizado por el Foro de Economía y Trabajo.
Por Foro de Economía y Trabajo
La “guerra económica” abierta cuyas consecuencias sufre toda la humanidad, se agravó al perpetrarse la barbarie bélica de EEUU e Israelcontra Irán, agresión que el presidente Milei respalda y tiene como uno de sus objetivos – como también se verifica desde la intervención del presidente estadounidense en Venezuela – el control de la producción y comercialización de los hidrocarburos.
La repercusión en los precios internacionales del gas y el petróleo fue inmediata. Como la energía atraviesa transversalmente toda la economía, involucra también al precio de los alimentos, golpeando las condiciones de vida de cientos de millones de personas.
Llamativamente el gobierno de Javier Milei y sus economistas vienen afirmando que Argentina en esta situación tendría condiciones «ganadoras» y aumento de las exportaciones.
Al mismo tiempo, asignan el mismo motivo – el salto de los precios mundiales – al actual empuje inflacionario para justificar el empeoramiento inflacionario económico y social, a pesar de que Argentina cuenta con capacidad superlativa para la producción – tanto de energía como de alimentos – para satisfacer la demanda interna con la producción propia y permitir excedentes crecientes de exportación, con costos muy menores a los precios internacionales.
Con esa excusa del «aumento de los precios internacionales » se oculta quién se apropia de la renta diferencial y extraordinaria que, en razón de esas ventajas de nuestro país, y a costa de las condiciones de vida de la población cuando se imponen esos precios en el mercado interno.
Con guerra o sin guerra, con la política de “hagan plata, evadan y fuguen divisas cuanto quieran” de Luis Caputo y Javier Milei, la población paga sin justificación a precio internacional los consumos e insumos que produce y consume en pesos, empeorando las condiciones de trabajo, de pérdida de empleo, de calidad de vida y competitivas para producir con trabajo argentino agregado.
Es la repetida experiencia de planes económicos en favor de pocos muy ricos, que perjudican al conjunto de la sociedad y el país. Como ya ha sucedido, se suma la apertura importadora; y la respuesta que dan un alto número de empresas es profundizar una reconversión de sus estrategias de negocios: desplazan producción local, avanzan en la importación de bienes finales, recortan empleo y sostienen elevados márgenes de rentabilidad en la comercialización.
Así, se agrava el actual desorden macroeconómico con resultados regresivos, reflejados en mayor inflación, el deterioro de los ingresos, una creciente precarización de las condiciones laborales, expansión del pluriempleo, aumento de la marginalidad, endeudamiento para alimentos y servicios básicos con tasas usureras, empeoramiento de la calidad de vida de los hogares. Significa más inflación, recesión y desempleo que no se reflejan en las estadísticas oficiales.
LAS ESTADISTICAS OFICIALES
Una deliberada falta de eficacia estadística – funcional a la estrategia comunicacional del Gobierno- se manifiesta en particular en la medición oficial del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que continúa utilizando ponderadores correspondientes a una estructura de consumo muy anterior (Encuesta Nacional de los Hogares-ENGHo 2004/05), por lo que su nivel general no refleja plenamente la evolución real del costo de vida que enfrentan los hogares.
Entre noviembre de 2023 y marzo de 2026 el IPC Nacional, principal indicador para monitorear la inflación, acumuló una variación en torno al 293% y volvió a acelerarse desde mayo de 2025, con aumentos particularmente regresivos en rubros esenciales como Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles (540%) y Transporte (347%), que junto con Alimentos y bebidas no alcohólicas (273%) concentran alrededor del 50% del gasto de consumo de los hogares, de acuerdo al patrón de consumo de la última Encuesta Nacional de Gasto de los Hogares (ENGHo 2017/18) cuya aplicación se suspendió.
La no actualización de la estructura de ponderadores del IPC implica, para el período noviembre de 2023 – febrero de 2026, una brecha acumulada de alrededor de 19 puntos porcentuales, 280% vs. 299%, al comparar el IPC INDEC con el IPC CABA IDECBA (Instituto de Estadística y Censos la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) este último con una estructura de consumo más actualizada.
En este contexto, las subas nominales de los ingresos laborales no logran compensar la inflación, lo que se traduce en pérdidas de poder adquisitivo, más acentuadas aún al considerar mediciones alternativas como el IPC CABA. Se verifica así una caída generalizada de ingresos hogareños en términos reales, con pérdidas de alrededor del 6,7% en los salarios del sector privado registrado, y superiores al 20% en promedio para el sector público (-38,4% en la Administración Pública Nacional; -13,7% en provincias, y -35,4% en Universidades a diciembre de 2025).
A febrero de 2026, la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE) se ubicaba apenas por encima de la línea de pobreza para un hogar tipo de 4 personas: $1.734.357 vs. $1.397.672. Mientras que, a marzo de 2026, el Salario Mínimo, Vital y Móvil – $352.400 – y el Haber mínimo jubilatorio -$369.601- aún permanecen por debajo de la línea de pobreza por adulto equivalente: $464.228, canasta básica total, y cabe preguntarse: ¿quién puede vivir con esta suma?
Es de destacar que, considerando los datos oficiales, el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) a marzo de 2026, tiene un poder de compra reducido al 25% de la CBT correspondiente a una familia tipo de cuatro personas: $352.400 vs. $1.434.464.
Este ajuste permanente es la política básica con que el gobierno exhibe con engaño un superávit fiscal artificial, dado que capitaliza intereses de la deuda que no paga, incluso debe tomar la resolución de reducir el gasto público en un 20% con respeto al presupuesto, para poder pagar la deuda. Las consecuencias están a la vista: caída del consumo, de la demanda, la producción, el empleo y la recaudación fiscal.
El deterioro persistente de las condiciones del mercado de trabajo, se evidencia en la caída de la tasa de empleo y de la asalarización, el aumento de la tasa de desocupación —7,5% al 4T25, +1,8 puntos porcentuales respecto de igual período de 2023— y la persistencia de elevados niveles de no registro.
La supuesta reducción de la pobreza por ingresos desde principios de 2024 aparece explicada, también con engaño por el mayor peso de ingresos no laborales (transferencias) y por factores metodológicos asociados tanto a la captación de ingresos laborales y no laborales(cambios en los instrumentos de relevamiento y mejoras en la recordación, que podrían estar vinculadas en parte al uso de billeteras virtuales, entre otros) como a la falta de actualización de la canasta básica total con la que se mide la línea de pobreza, con base en la ENGHo 2017/18. La evolución observada no necesariamente refleja una mejora sostenida de los ingresos laborales.
Lejos de observarse “la clara mejora distributiva” que clama el gobierno, tenemos una tendencia regresiva en la distribución del ingreso, con pérdida de participación de los ingresos laborales tanto en los deciles más bajos como en los sectores medios, y una mayor dependencia de ingresos no laborales en los hogares de menores ingresos.
INFLACION: PROBLEMA CENTRAL
La inflación se agravó desde la mega devaluación del 12 de diciembre de 2023, potenciada por la liberalización de los precios y la injusticia tributaria, el deterioro social y económico.
Los salarios, el gasto público social o el “exceso de demanda interna” popular no son las causas del alza del índice de precios. Tampoco lo es la emisión monetaria, siendo que el gobierno oculta con «contabilidad creativa» el crecimiento gigantesco de endeudamiento público para sostener la ola de especulación financiera y fuga de capitales, que sí es la causa principal de la inflación.
La inflación es un problema central para nuestra economía nacional, con múltiples causas: comenzando por una deliberada desregulación y la internacionalización de los precios. Esta resulta favorable a comportamientos especulativos de posición dominante de grupos monopólicos/ oligopólicos que prevalecen en sectores claves de oferta de productos y servicios. En ella incide la fuga de divisas por diversas vías, las condiciones de los fraudulentos acuerdos con el Fondo Monetario, las altas tasas de interés anti-productivas, la regresividad del sistema tributario donde el 70% de la recaudación se origina en impuestos indirectos, que generalmente son trasladados a los precios de los bienes y servicios.
ACUERDO PARA UNA SALIDA ORDENADA
No hay una salida ordenada del desorden económico generado por este gobierno sin comenzar a construir, desde ahora, un acuerdo sobre un plan común que aborde un cambio de rumbo drástico, que contemple metas, compromisos y estímulos regionales y sectoriales de mediano y largo plazo, con eje en el trabajo y la producción.
En ese sentido, la superación de la actual emergencia económica tiene como requisito un acuerdo sobre conformación y análisis transparente de precios con abastecimiento garantizado. Abordando en primer lugar alimentos y energía asequibles tanto para la emergencia como para el crecimiento económico, siendo que el país cuenta con capacidad superlativa para satisfacer la demanda interna con costos muy menores a los internacionales.
En su definición, ejecución y supervisión son imprescindibles la participación de los trabajadores, los empresarios, y de los consumidores en general. En este sentido es que coincidimos que puede resultar muy positiva la anunciada constitución de un observatorio anunciado por la CGT para la elaboración de indicadores propios.
Esta participación no será posible sin establecer un adecuado sistema de información pública, que a su vez es requisito para la eficacia y eficiencia de una política de orientación de los precios virtuosa:
● con índices de precios creíbles, basado en una encuesta nacional de hogares que se actualice de manera regular para captar los cambios en los gastos y consumos de los mismos;
● con un seguimiento de carácter público y publicitado, transparente, de la estructura de costos de producción y comercialización de los distintos consumos para vivir y los insumos para producir.
Esto es imprescindible para inducir márgenes de ganancia razonablesy transparentar las cadenas de valor haciendo pública su integración a la par que se ponen en evidencia sus carencias o “huecos” que redundan negativamente en costos y precios, a fin de planificar su superación.
MEDIDAS A CONSIDERAR EN LA EMERGENCIA
Argentina, país productivo y exportador, puede:
1. garantizar la afirmación de soberanía – en primer lugar, la seguridad alimentaria y energética – para sostener condiciones dignas de vida, con menores costos tanto industriales como de los servicios. Comenzando por desacoplar los precios locales de los mundiales. Con estos últimos en alza y costos locales relativamente más bajos, el interrogante abierto es quién se queda con la renta diferencial y cómo se reparte;
2. por lo tanto, basar el análisis y negociación de tarifas de servicios públicos únicamente en base a costos reales en el país, no por ajustes automáticos por tipo de cambio o indexación por precios internacionales. Determinar tarifas sociales para la energía eléctrica, el gas, el agua, y los combustibles en función de garantizar los derechos humanos y la vida de todas las familias; la producción industrial y de servicios de las Pymes y los emprendimientos sociales. En particular, la energía debe estar al servicio de un modelo económico que priorice la generación de empleo.
3. Controlar el tipo de cambio y regular los valores de las tasas de interés, decretando la emergencia cambiaria y regulatoria para que el BCRA preserve las reservas internacionales y se transparente su utilización a prioridades sociales, productivas y financieras claramente establecidas. Y a su vez que el crédito a los hogares y la producción sea accesible y razonable.
4. Fijar Cupos de Exportación en los sectores que corresponda, como medida de protección para limitar las exportaciones de mercancías en valor o en cantidad que realiza el país durante el período de crisis energética o alzas inusuales de precios o escasez de determinados productos, como alimentos, combustibles, medicamentos, etc., a fin de abastecer en primer lugar las necesidades internas del país.
5. Aumentar los derechos de exportación, que no sólo significa mayor ingreso para el fisco, sino que abarata en el porcentaje de la retención el precio del producto en el mercado interno al desacoplar los precios locales de los internacionales.
6. Establecer un control más estricto de las importaciones, para favorecer el ingreso de bienes y servicios necesarios para el consumo básico y de insumos para la producción, y eliminar o al menos reducir el ingreso de mercancías superfluas y productos a precios de dumping. Restablecer los valores de referencia y el canal rojo aduanero.
7. Fijar provisoriamente los precios – acordes con los costos reales de producción- por un plazo determinado de los productos de la Canasta Básica Total, y de los insumos centrales en la cadena de valor de los sectores productivos. Para garantizar su vigencia resulta importante la participación de sindicatos, organizaciones sociales, y asociaciones de consumidores.
8. Corregir, con los organismos de defensa de la competencia, las ventajas monopólicas u oligopólicas en relación con productos y servicios claves.
9. Coartar las ventajas de “posición dominante” que ejercen las empresas productoras de las materias primas básicas e insumos difundidos, que imponen subas de precios indiscriminadas en cada cadena de valor;
10. Identificar empresas y sociedades, con el fin de diferenciar su tratamiento y los correspondientes requerimientos informativos públicos para lograr una acción positiva y efectiva de la sociedad y el Estado en relación con los desafíos de la producción, la distribución, la fiscalización de la evasión/elusión tributaria la fuga de capitales, el comercio exterior y la inflación. Un paso imprescindible es avanzar en la regulación de la figura jurídica del “grupo económico” en la Ley de Sociedades.
11. Como decimos la regresividad tributaria tiene indudable incidencia en la formación de precios, habida cuenta de que el 70% de la recaudación fiscal se origina en impuestos indirectos, que generalmente son trasladados a precios; ello sin olvidar que los impuestos “directos” suelen transformarse en “indirectos” cuando son pagados por empresas con posición dominante en los mercados. Urge abordar una reforma progresiva, y en un próximo documento actualizaremos nuestra propuesta para superar las inequidades que hacen que soporten más carga tributaria quienes menos tienen.
Por último, señalamos que, para una adecuada administración de los precios, se necesita aplicar normas existentes como ser las Leyes de Defensa del Consumidor 24240, de Defensa de la Competencia 27742, y poner en vigencia efectiva – con intervención del Congreso de la Nación- las Leyes 20.680 de Abastecimiento, Ley 26.991 Nueva Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo.”, 27.545 de Góndolas (con derogación inconstitucional por el DNU 70/23, rechazada por el Senado de la Nación).
Cabe revisarlas estableciendo las condiciones para su aplicación, pero sin resignarlas, habida cuenta la conducta histórica de los formadores de precios y su gravísima responsabilidad en las sucesivas crisis socioeconómicas que todas las familias trabajadoras y nuestro país han sufrido. Este análisis debe comenzarse con urgencia dado el previsible desenlace de la política económica, teniendo presente que esta legislación, necesitamos hacer la salvedad, nunca ha sido estricta ni armoniosamente aplicada en el pasado. Ha faltado estructura y capacidad de acción territorial suficiente para hacerlo, así como un uso eficiente de los avances tecnológicos disponibles, carencia del Estado que necesita superarse.
Por las razones que se exponen, una de las reformas que cabría realizar y creemos relevante es impulsar que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia(CNDC) pasen a jurisdicción del Congreso de la Nación, para tener autonomía en relación al Poder Ejecutivo de turno.
FORO ECONOMIA Y TRABAJO
Ricardo Aronskind, Gabriel Barceló, Noemí Brenta, Eduardo Codianni, Juan Pablo Costa, Norberto Crovetto, Raúl “Rulo” Dellatorre, Marcelo Di Ciano, Marisa Duarte, Eduardo Dvorkin, Roberto Feletti, Néstor Forero, José M.Fumagalli, Américo García, Carlos Gutiérrez, Ricardo Koss, Nicolás Malinovsky, Jorge Marchini, Antonio Mezmezian, Felisa Miceli, Andrés Repar, Alejandro Rofman,Horacio Rovelli, José “Pepe” Sbatella, Nahuel Silva,Juan Carlos Teso, Rodolfo P. Treber, Eduardo Berrozpe (coordinador)
* FORO ECONOMÍA Y TRABAJO. Está integrado por economistas y otros especialistas a propuesta de organizaciones sindicales de nuestro país, abierto a todas las instituciones que integran el Movimiento Sindical Argentino, así como a los aportes de organizaciones que agremian a las Pyme, cooperativas y a la economía popular. Sus documentos y definiciones corresponden a sus autores, que participan en la articulación de un programa económico con eje en el trabajo, la producción, la justicia social, la defensa de los recursos y la soberanía nacionales. foroeyt@gmail.com
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