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Judiciales ⚖️

El juez Bento fue suspendido por el Consejo de la Magistratura y se inicia proceso para destitución

La decisión fue tomada hoy por unanimidad durante un plenario del Consejo presidido por Horacio Rosatti, en el que solo hubo una disidencia parcial en los 19 votos de los presentes.

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El juez federal con competencia electoral de Mendoza Walter Ricardo Bento fue suspendido hoy en sus funciones por el Consejo de la Magistratura, que decidió promover su proceso de destitución por «mal desempeño» de su cargo.

La decisión fue tomada hoy por unanimidad durante un plenario del Consejo presidido por Horacio Rosatti, en el que solo hubo una disidencia parcial en los 19 votos de los presentes.

Bento es investigado en la justicia penal como líder de una asociación ilícita.

Para llevar la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento, que tendrá seis meses para expedirse, fueron designados los consejeros Eduardo Vischi, Roxana Reyes y Miguel Piedecasas.

La suspensión del juez fue votada por Rosatti, Vischi, Reyes, Piedecasas, Diego Barroetaveña, Jimena De la Torre, Alejandra Provítola, Gerónimo Ustarroz, Rodolfo Tailhade, Héctor Recalde, Mariano Recalde, Hugo Galderissi, Guillermo Tamarit, María Fernanda Vázquez, Alvaro González y Vanesa Siley, en tanto que Alberto Lugones lo hizo con una disidencia parcial.

Bento, nombrado en 2005, también fue procesado por lavado de dinero y enriquecimiento ilícito porque se concluyó que su nivel de vida no coincidía con sus ingresos como magistrado, medida que, confirmada por la Cámara Federal de Mendoza, incluyó su prisión preventiva, que no cumplió por ser juez.

Cuando lo consideró líder de una asociación ilícita que cobraba dinero a imputados de narcotráfico y contrabando, el juez federal Eduardo Puigdéngolas sostuvo que Bento «en ejercicio de su función era el único que podía analizar, decidir, diagramar, coordinar y ejecutar el acuerdo ilícito y su correlativo beneficio judicial, valiéndose luego del aporte de los restantes miembros para su materialización».

Al presentar el dictamen de la Comisión de Acusación, finalmente aprobado esta tarde por el pleno, el consejero Piedecasas recordó que fue la Cámara Federal de Mendoza la que «puso en marcha» el caso contra Bento, quien tiene procesamientos por una decena de «graves delitos».

Previo a la votación, Tailhade, consejero por el oficialismo, pidió la palabra para remarcar que los miembros de su bloque «no pretendieron encubrir a nadie» al criticar que «desde 20 ó 30 días» fueron «víctimas de operaciones de prensa» de la provincia de Mendoza y a nivel nacional.

Hace dos semanas la comisión de Acusación del Consejo aprobó, con el voto de los consejeros opositores y la abstención de los oficialistas, el inicio del proceso de destitución del juez mendocino, por el presunto mal desempeño en sus funciones.

En paralelo al proceso del Consejo, Bento enfrentará el próximo 26 de julio un juicio en su contra, acusado de cobrar a presos por narcotráfico y contrabando a cambio de beneficios.

En este complejo escenario, el juez mendocino ofreció su descargo en octubre del año pasado en dos etapas que sumaron más de 7 horas de exposición ante los consejeros, a quienes les dijo ser «inocente» y no haber cometido «ningún delito».

Sus explicaciones no convencieron a los consejeros que aprobaron el proceso en la comisión con los votos de los consejeros opositores y la abstención de los oficialistas por «inconsistencias» en el dictamen.

«Nuestro bloque decidió no acompañar ese dictamen pero no se trató de una oposición al planteo acusatorio, mucho menos de un bloqueo y ni hablar de una defensa del magistrado, que claramente tiene que dar explicaciones», señaló el consejero Tailhade en una publicación en su plataforma de videos.

«El dictamen no estaba a la altura de la gravedad de los hechos», explicó el también diputado y añadió que era «un dictamen acusatorio inconsistente, que no trató con seriedad la prueba que se produjo a lo largo de la investigación y que no refutó los argumentos de descargo que presentó Bento».

Además del caso Bento, el plenario intentará acordar ternas para cubrir cargos en tribunales orales criminales y en juzgados de ejecuciones fiscales y tributarias.

Educación

Milei lleva la Ley de Financiamiento Universitario a la Corte para intentar frenarla

Luego de acumular dos derrotas judiciales consecutivas, el Ejecutivo presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Federal para intentar que el máximo tribunal suspenda la norma. Si el tribunal rechaza el pedido, el Gobierno tiene previsto recurrir en queja directamente ante la Corte Suprema.

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El Argentino Diario-UBA-Aumento Salarial-Docentes universitarios.

El Gobierno busca llegar a la Corte para suspender la Ley de Financiamiento Universitario

El gobierno de Javier Milei presentó un recurso extraordinario federal ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que el expediente sea elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el objetivo de suspender la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario (Nº 27.795), según confirmaron fuentes oficiales.

La maniobra llega luego de dos fallos adversos consecutivos: en primera instancia, el juez federal Enrique Cormick declaró que el Decreto 759/2025, con el cual el Ejecutivo había suspendido la ejecución de la norma, tenía rasgos de «arbitrariedad e ilegalidad manifiesta»; y el 31 de marzo de 2026, la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, integrada por los magistrados Sergio Fernández y Jorge Morán, confirmó la medida cautelar y rechazó la apelación del Gobierno al calificar sus argumentos de «poco serios».

Si la Cámara Federal acepta el recurso extraordinario, el expediente pasará a la Corte Suprema, que tendrá la última palabra. En caso contrario, el oficialismo no descarta presentar un recurso en queja directamente ante el máximo tribunal para forzar su intervención.

https://elargentinodiario.com.ar/zona-destacada/17/04/2026/reforma-laboral-el-gobierno-acudio-a-la-corte-con-un-per-saltum-para-destrabar-la-ley/

La historia de una ley vetada, insistida y aun incumplida

La Ley 27.795 fue aprobada por el Congreso el 22 de agosto de 2025 y vetada de manera total por el presidente Milei el 11 de septiembre. Sin embargo, el Senado y la Cámara de Diputados insistieron en su sanción, dejando sin efecto el veto con los dos tercios requeridos constitucionalmente. En el último día del plazo legal, en octubre de 2025, el Ejecutivo se vio obligado a promulgarla; pero en lugar de aplicarla, dictó el Decreto 759/2025, que subordinó su implementación a la previa definición de fuentes presupuestarias específicas, apoyándose en la Ley de Administración Financiera 24.629.

La norma obliga al Gobierno a actualizar retroactivamente los sueldos de docentes y no docentes universitarios desde diciembre de 2023, según la variación del IPC (Índice de Precios al Consumidor), y a recomponer los programas de becas estudiantiles. Según el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), las transferencias a universidades nacionales acumulan una caída real del 45,6% entre 2023 y 2026. Entre noviembre de 2023 y febrero de 2026, los salarios docentes crecieron un 158% mientras la inflación acumulada alcanzó el 280%, lo que implica una pérdida de poder adquisitivo del 32%, equivalente a la pérdida de más de siete salarios mensuales.

El argumento fiscal versus el mandato constitucional

La estrategia del oficialismo se asienta en un único argumento: la aplicación de la ley pondría en riesgo el equilibrio fiscal, que el Gobierno presenta como su principal logro de gestión. Estiman que el costo de cumplir la norma asciende a 2,5 billones de pesos, en línea con lo que el sindicato docente de la UBA calculó en 2,734 billones.

Sin embargo, la Justicia ya rechazó ese razonamiento en dos instancias. La Cámara subrayó que el impacto fiscal de la medida ronda apenas el 0,23% del PBI, que la ley fue ratificada por dos tercios de ambas cámaras del Congreso y que la insistencia legislativa prevista en el artículo 83 de la Constitución Nacional obliga al Ejecutivo a ejecutar la norma sin margen para suspenderla mediante un decreto. El tribunal también estableció un principio clave: una ley posterior aprobada por el Congreso puede desplazar válidamente a una anterior, lo que derrumba el escudo jurídico del Decreto 759/2025.

En este contexto, la estrategia de recurrir a la Corte por vía del recurso extraordinario es la última carta disponible. Según fuentes del ámbito constitucional citadas por La Nación, es poco probable que el tribunal acceda a conceder el recurso, ya que uno de los requisitos es que exista una sentencia definitiva o equiparable, condición que una medida cautelar no cumple. Los propios especialistas advirtieron que la Corte tiene antecedentes de no expedirse sobre cautelares por no constituir sentencias definitivas.

Una táctica judicial que se vuelve patrón

El recurso por el financiamiento universitario no es un hecho aislado en la estrategia judicial del Ejecutivo libertario. Como informó este medio el 17 de abril de 2026, el mismo día en que se conoció esta presentación, el Gobierno acudió a la Corte Suprema a través de un per saltum para intentar destrabar la Ley de Reforma Laboral (Nº 27.802), cuya aplicación también fue frenada judicialmente luego de una demanda de la Confederación General del Trabajo (CGT). En ambos casos, el patrón es idéntico: el Ejecutivo aprueba o aplica normas que generan rechazo judicial o social, y cuando la Justicia ordena su suspensión o su cumplimiento, escala el conflicto hacia la Corte en lugar de acatar los fallos de las instancias inferiores.

La diferencia es que en el caso universitario el Gobierno no quiere que se aplique una ley que le ordenan cumplir; en el laboral, quiere que se aplique una ley que le ordenaron suspender. En los dos escenarios, el Ejecutivo convierte a la Corte Suprema en la arena donde dilata el cumplimiento del ordenamiento jurídico.

Puntos clave

  • El Gobierno presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Federal para intentar que la Corte Suprema suspenda la Ley de Financiamiento Universitario (Nº 27.795).
  • Dos fallos judiciales consecutivos ya ordenaron al Ejecutivo cumplir la norma; la Cámara calificó los argumentos del Estado de «poco serios».
  • La ley fue aprobada por el Congreso, vetada por Milei, insistida con dos tercios y promulgada en octubre de 2025; pero nunca fue aplicada.
  • El Gobierno estima el costo de cumplimiento en 2,5 billones de pesos; la Justicia lo redujo a un impacto del 0,23% del PBI.
  • Si la Cámara rechaza el recurso extraordinario, el oficialismo prevé ir en queja ante la Corte Suprema para forzar su intervención.

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