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Desregulación

Sturzenegger quiere eliminar los colegios inmobiliarios: el mercado libre como única ley

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado calificó de «aberración social» la fijación de honorarios mínimos por parte de los colegios profesionales del sector. Presentó un plan que incluye un paquete legislativo para eliminar barreras al mercado y proyectó un boom hipotecario en la próxima década.

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El-Argentino-Federico Sturzenegger.

Sturzenegger apuntó contra los colegios inmobiliarios y prometió más desregulación

★ Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, volvió a poner en el centro de la escena la agenda desreguladora del Gobierno de Javier Milei. Esta vez, el blanco fue el mercado inmobiliario y, en particular, los colegios profesionales del sector. «Que un colegio profesional ponga un precio mínimo es una aberración social», sentenció ante un auditorio de desarrolladores e inmobiliarios, en el evento «Real estate 2026: expectativas y realidad», organizado por Reporte Inmobiliario.

Las declaraciones del funcionario grafican el rumbo ideológico de una gestión que convirtió la desregulación en su bandera más visible, aunque los resultados concretos de esa agenda para los sectores más vulnerables de la sociedad siguen siendo materia de debate.

Los colegios profesionales en la mira

En su exposición, Sturzenegger distinguió entre la existencia de los colegios y el uso del poder estatal para fijar condiciones. «El problema no es la existencia de los colegios en sí, sino cuando usan el poder del Estado para fijar condiciones que no responden al mercado», planteó. En esa línea, cuestionó tres aspectos concretos: la imposición de honorarios mínimos, la obligatoriedad de matriculación y la existencia de barreras de entrada que, según su visión, limitan la competencia.

El ministro anunció que en los próximos meses el Gobierno enviará al Congreso un paquete legislativo de desregulación orientado a «eliminar los privilegios que hoy encarecen la construcción y la intermediación comercial». La meta declarada es avanzar hacia un mercado «más libre, dinámico y competitivo», donde los servicios se valoren por su calidad y no por imposiciones legales.

Lo que el ministro omitió en su diagnóstico es que los colegios profesionales no solo regulan precios: también garantizan estándares mínimos de idoneidad, habilitaciones y mecanismos de responsabilidad frente a los consumidores. La desregulación total de la intermediación inmobiliaria, sin un marco alternativo de protección al usuario, puede derivar en una mayor desprotección para quienes menos recursos tienen para litigar frente a una operación viciada.

La derogación de la ley de alquileres: un «éxito» con letra chica

Sturzenegger defendió con entusiasmo la eliminación de la ley de alquileres a través del DNU 70/2023, firmado por Milei a pocos días de asumir la presidencia. Según el ministro, la desregulación completa del mercado «permitió que el mercado vuelva a funcionar» y exhibió dos datos como evidencia: un aumento del 300% en la oferta de propiedades en alquiler y una caída real de precios cercana al 30%.

Lo que el funcionario no mencionó es que la derogación abrupta de la ley dejó a miles de inquilinos sin las protecciones mínimas que establecía la norma: plazos mínimos de contrato, mecanismos de actualización previsibles y limitaciones a los requisitos de garantía. El mercado efectivamente se movió, pero en condiciones donde los propietarios recuperaron todo el poder de negociación frente a inquilinos que, en la mayoría de los casos, no tienen margen para rechazar contratos desventajosos.

Crédito hipotecario: la promesa de una expansión que aún no llega

El funcionario proyectó una expansión significativa del crédito hipotecario en los próximos diez años. Señaló que hoy los bancos argentinos operan con recursos que representan apenas entre el 12% y el 15% del PBI, muy por debajo de países como Chile, donde ese ratio supera el 80%. El stock actual de hipotecas en Argentina ronda los 5.000 millones de dólares y, según Sturzenegger, podría multiplicarse por diez si los argentinos traen sus ahorros al sistema financiero local.

Para que eso ocurra, argumentó, los bancos deberán transformar su modelo de negocio: en un contexto de baja inflación, ya no podrán depender de instrumentos de corto plazo con tasas altas y tendrán que salir a captar el ahorro de largo plazo. El instrumento central seguirá siendo el crédito UVA, con tasas reales que podrían ubicarse en niveles similares a los internacionales, con un punto de partida de UVA + 8%.

Lo que la ecuación del ministro deja afuera es la situación de los trabajadores que hoy no califican para ningún crédito hipotecario, en un contexto donde el poder adquisitivo del salario real no recuperó los niveles previos a la gestión Milei y donde la informalidad laboral sigue siendo estructuralmente alta.

Costos de construcción y el modelo exportador

Sturzenegger completó su diagnóstico con dos ejes adicionales. Por un lado, afirmó que la construcción tiene margen para abaratarse por la vía de la apertura económica y la reducción de la carga impositiva y regulatoria sobre insumos. Por otro, trazó un horizonte macroeconómico basado en el crecimiento exportador, energético y minero, que en su lógica fortalecería el peso y elevaría los precios de los inmuebles medidos en dólares.

El funcionario mencionó a Neuquén y Vaca Muerta como ejemplo del tipo de geografía que podría atraer demanda inmobiliaria en el nuevo esquema. Cerró con una frase que sintetiza la filosofía del gabinete: «Lo ideal sería que no tengan ningún interés en escuchar a ningún funcionario porque hayamos sacado al Estado del medio.»

La declaración, más que una promesa técnica, es un programa político: el Estado como obstáculo a eliminar, no como garante de derechos. Una visión que choca frontalmente con la realidad de millones de argentinos que necesitan precisamente de ese Estado para acceder a una vivienda digna.

Puntos clave

  • Sturzenegger calificó de «aberración social» la fijación de honorarios mínimos por colegios inmobiliarios y anunció un paquete legislativo desregulador para los próximos meses.
  • Defendió la derogación de la ley de alquileres vía DNU 70/2023, atribuyéndole un aumento del 300% en la oferta y una caída real del 30% en los precios.
  • Proyectó que el crédito hipotecario podría multiplicarse por diez en diez años, con créditos UVA como instrumento central desde una tasa de UVA + 8%.
  • Afirmó que la construcción tiene márgenes para bajar sus costos por vía de apertura económica y reducción impositiva.
  • El discurso oficial omite sistemáticamente el impacto sobre los sectores con menor poder de negociación: inquilinos, trabajadores informales y familias sin acceso al crédito.

Desregulación

Qué cambios se vienen en el mercado eléctrico: más margen para generadoras y apertura a grandes usuarios

La Resolución 293/2026 amplía el margen de las generadoras para declarar sus costos, adelanta de 2030 a 2029 el fin de los topes de contratación y habilita el ingreso mensual de grandes usuarios al mercado mayorista. El texto no estima efectos sobre tarifas ni sobre los usuarios.

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El-Argentino-Electricidad energía luz
Más libertad para generadoras y grandes usuarios, ninguna estimación sobre tarifas: la nueva etapa de la desregulación eléctrica.

La Secretaría de Energía amplió el margen con el que las generadoras declaran sus costos y adelantó de 2030 a 2029 el fin de los topes para contratar energía con grandes usuarios, en una nueva etapa de la reforma del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Además, reemplazó las ventanas trimestrales de ingreso de grandes consumidores por un trámite mensual.

La Resolución 293/2026, firmada el 20 de octubre por la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, y publicada el 21 en el Boletín Oficial, modifica las “Reglas para la Normalización del MEM y su Adaptación Progresiva”, que la Resolución 400/2025 había aprobado en octubre de 2025. Entró en vigencia el día de su publicación. Los considerandos justifican el cambio en la búsqueda de más competencia por el despacho, un mercado de contratos con mayor profundidad y menos trabas para la demanda industrial y comercial.

Costos variables: más margen hacia abajo, menos hacia arriba

Para los generadores con gestión propia de combustible, la resolución mantiene durante 2026 los límites vigentes para declarar el Costo Variable de Producción (CVP). Las nuevas bandas rigen para ese régimen y no para todos los generadores. Desde 2027, el límite inferior será el 50% del valor de referencia y desde 2028 bajará al 25%. En sentido inverso, el margen máximo por encima del valor de referencia se reducirá al 17,5% en 2027 y al 10% desde 2028.

El texto sostiene que ampliar el piso permite a las empresas expresar sus condiciones económicas y competir por el despacho, sin obligarlas a declarar costos menores. Mantiene el principio de despacho al mínimo costo de operación y falla y deja en 0% el adicional máximo para el denominado GN Acuerdo. La norma amplía el espacio para que las empresas compitan por el despacho, pero no demuestra que esa flexibilidad vaya a traducirse en tarifas más bajas. Los resultados dependerán de cómo se presenten las ofertas y de la evolución efectiva del mercado.

Contratos: de 20% a 60%, a 80% y sin tope

La resolución también acelera el cronograma del Mercado a Término para la generación térmica al Spot y la hidroeléctrica al Spot no comprendida en la Generación Asignada, con ingreso anterior al 1 de enero de 2025. El porcentaje máximo de la producción mensual que puede comprometerse con grandes usuarios del MEM se mantiene en 20% hasta el 31 de marzo de 2027, sube a 60% desde el 1 de abril de 2027 y a 80% desde el 1 de abril de 2028. Desde el 1 de enero de 2029 se eliminan esas restricciones porcentuales; las reglas originales preveían eliminarlas desde el 1 de enero de 2030.

Esas centrales conservan la posibilidad de contratar toda su producción mensual con distribuidores para la Demanda Estacionalizada No Cubierta. Las centrales hidroeléctricas alcanzadas podrán además contratar con distribuidores, para abastecer a sus Grandes Usuarios de Distribución (GUDI), sin limitación porcentual específica. La liberalización define cuánta energía pueden comprometer las centrales, no cuánta van a contratar.

Grandes usuarios: ingreso mensual desde el 1 de diciembre

El cambio más inmediato alcanza a los Grandes Usuarios Mayores y Menores (GUMA y GUME). El procedimiento simplificado reemplaza las ventanas trimestrales por una incorporación mensual y se aplicará desde el 1 de diciembre de 2026, de modo que las primeras solicitudes presentadas ese mes corresponderán al Mes de Aprobación de enero de 2027. También rige para los GUDI, es decir, las demandas de 300 kW o más por punto de suministro, que soliciten ingresar como GUMA o GUME.

Las solicitudes deberán presentarse ante CAMMESA, que cumple la función de organismo encargado del despacho, hasta el último día hábil del mes anterior al Mes de Aprobación. CAMMESA tendrá diez días hábiles para verificar los requisitos e informar a la Secretaría de Energía, que dispondrá de hasta tres días hábiles para publicar cada solicitud en el Boletín Oficial durante dos días hábiles. En ese lapso, los agentes del mercado podrán presentar objeciones fundadas.

Una objeción fundada suspende solo la solicitud cuestionada y pasa al Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), que deberá resolverla en veinte días corridos; si no se expide en ese plazo, la objeción se entiende válida. La resolución dejó de exigir, para el ingreso, la copia sellada de la nota enviada a la distribuidora, y permite los cambios mensuales entre GUMA y GUME con un período mínimo de permanencia de un año en la categoría vigente. Mantuvo plenamente vigente el régimen de Grandes Demandas (XDEM) aprobado el 24 de septiembre.

Qué no dice la resolución

La apertura contractual puede reducir tiempos administrativos para industrias y grandes comercios, pero la resolución no estima su impacto en los precios, la calidad del servicio ni la distribución de costos. Esos efectos quedarán sujetos a la implementación y al control regulatorio, y CAMMESA deberá realizar las adecuaciones técnicas, comerciales e informáticas necesarias y publicar en su sitio web los requisitos, formularios y fechas límite.

Lo que tenés que saber:

  • La Resolución 293/2026 se firmó el 20 de octubre, se publicó el 21 y rige desde esa fecha.
  • Desde 2027, el piso del CVP será 50% del valor de referencia (25% desde 2028) y el techo bajará a 17,5% (10% desde 2028).
  • El tope de contratación de las centrales alcanzadas subirá de 20% a 60% en abril de 2027 y a 80% en abril de 2028, y se eliminará en enero de 2029.
  • El ingreso de GUMA y GUME pasará de ventanas trimestrales a un trámite mensual desde el 1 de diciembre de 2026.
  • La norma no estima efectos sobre tarifas, calidad del servicio ni distribución de costos.
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