Desregulación
La industria textil argentina al límite: el 70% del mercado ya es importado
Con seis de cada diez máquinas paradas y una caída de la producción del 34% respecto a 2023, la industria textil argentina enfrenta su peor momento ante una apertura comercial que duplicó el ingreso de indumentaria importada. La Fundación Pro Tejer y la FITA denuncian competencia fraudulenta por subfacturación y reclaman al gobierno de Milei condiciones mínimas para sobrevivir.
Las importaciones ya explican el 70% del mercado textil argentino. Lo que históricamente era una disputa pareja entre producción local y productos del exterior se convirtió, bajo la gestión libertaria, en una derrota estructural para la industria nacional: en el primer semestre de 2026, la indumentaria importada creció un 62% en toneladas y un 36% en dólares, mientras las fábricas textiles del país operaban apenas al 39% de su capacidad instalada.
Esos datos fueron aportados por la Fundación Pro Tejer y la Federación de Industrias Textiles Argentinas (FITA), los dos organismos que nuclean al sector y que coinciden en un diagnóstico que el gobierno de Javier Milei prefiere ignorar: la política de apertura comercial irrestricta, combinada con la apreciación del tipo de cambio real y la demora en medidas de competitividad, está destruyendo una cadena productiva que empleó durante décadas a cientos de miles de trabajadores formales.
Apertura sin red: la caída en los eslabones primarios
En el primer semestre del año, las importaciones de productos textiles e indumentaria totalizaron 177.356 toneladas y 911 millones de dólares. La baja del 20% interanual en cantidades y del 5% en valores no es, como podría interpretarse, una señal de mejora: esa contracción se concentra en los insumos, no en los productos finales.
Según el informe de Pro Tejer, las materias primas cayeron un 33%, los hilados un 43%, los tejidos planos un 52% y los tejidos de punto un 34%. La lectura es inequívoca: hay menos insumos porque hay menos producción local. Las fábricas no fabrican, por lo tanto no demandan materias primas. El mercado interno simplemente se abastece con el producto terminado que llega del exterior.
La Fundación Pro Tejer precisó que «el escenario productivo local se ve afectado por la veloz apertura comercial, la desregulación total de las importaciones y la apreciación del tipo de cambio real, en un contexto de demora de medidas para reducir la carga tributaria y mejorar la competitividad sistémica de la economía argentina».
Subfacturación: más del 70% de los productos entra a precio ficticio
La FITA fue más terminante en su diagnóstico y acuñó el término que sintetiza el problema de fondo: «competencia fraudulenta». La federación señaló que las rebajas impositivas y los procesos de desregulación de los últimos años beneficiaron principalmente a las importaciones, mientras la producción nacional continúa cargando con una presión tributaria elevada, altos costos logísticos y falta de financiamiento.
Pero el punto más crítico es la subfacturación. Más del 70% de los productos importados ingresa al país a valores significativamente inferiores a los antecedentes del sector, en muchos casos sin cubrir siquiera el costo de la materia prima principal. Esta práctica, que constituye una violación a las normas de comercio exterior vigentes, configura una ventaja artificial imposible de compensar por cualquier esfuerzo de eficiencia en la producción local.
A eso se suma la competencia de plataformas digitales como Shein y Temu, que comercializan indumentaria de origen asiático sin tributar aranceles, operando en un vacío regulatorio que el gobierno libertario no ha mostrado voluntad de cerrar.
La producción en caída libre: 34% menos que en 2023
Las cifras de actividad son concluyentes. En el primer semestre de 2026, la producción textil cayó un 24,4% respecto al mismo período de 2025 y un 34% respecto a 2023, el último año antes del gobierno de Milei. El uso de la capacidad instalada se ubicó en apenas el 39%, lo que en términos prácticos significa que seis de cada diez máquinas están paradas en las fábricas del sector.
La FITA aclaró que el sector no rechaza la apertura comercial en términos generales. La entidad firmó recientemente una declaración conjunta con organizaciones del Mercosur y de Europa en el marco del acuerdo birregional, y gestiona activamente el avance comercial con Estados Unidos. El reclamo no es por el comercio exterior en sí, sino por las condiciones en que se da ese comercio: sin reglas de origen verificadas, sin valores de referencia que impidan la subfacturación y sin paridad de cargas tributarias entre lo que se produce aquí y lo que se importa.
El reclamo: que se cumpla la ley
La demanda del sector ante el gobierno no es, por ahora, proteccionismo clásico. La FITA y Pro Tejer reclaman el cumplimiento de la normativa vigente de comercio exterior: aplicar los controles aduaneros que ya existen para detectar subfacturación, establecer valores de referencia para los principales productos importados y garantizar que las plataformas digitales extranjeras tributen igual que los comercios locales.
Sin esas condiciones mínimas, la industria textil argentina enfrenta un horizonte de desindustrialización acelerada que no se limita a una rama productiva: arrastra empleo registrado, capacidad de exportación, desarrollo regional y una cadena de valor que va desde el algodón en el norte del país hasta las terminaciones en los talleres del conurbano bonaerense.
Puntos clave
- Las importaciones representan ya el 70% del mercado textil argentino, según la Fundación Pro Tejer.
- La indumentaria importada creció un 62% en toneladas y un 36% en dólares en el primer semestre de 2026.
- La producción textil cayó un 24,4% interanual y un 34% respecto a 2023, con solo el 39% de la capacidad instalada en uso.
- La FITA denuncia que más del 70% de los productos importados ingresa subfacturado, sin cubrir el costo de la materia prima.
- Plataformas como Shein y Temu operan sin pagar aranceles, ampliando la brecha de competitividad con la producción local.
Desregulación
Qué cambios se vienen en el mercado eléctrico: más margen para generadoras y apertura a grandes usuarios
La Resolución 293/2026 amplía el margen de las generadoras para declarar sus costos, adelanta de 2030 a 2029 el fin de los topes de contratación y habilita el ingreso mensual de grandes usuarios al mercado mayorista. El texto no estima efectos sobre tarifas ni sobre los usuarios.
La Secretaría de Energía amplió el margen con el que las generadoras declaran sus costos y adelantó de 2030 a 2029 el fin de los topes para contratar energía con grandes usuarios, en una nueva etapa de la reforma del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Además, reemplazó las ventanas trimestrales de ingreso de grandes consumidores por un trámite mensual.
La Resolución 293/2026, firmada el 20 de octubre por la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, y publicada el 21 en el Boletín Oficial, modifica las “Reglas para la Normalización del MEM y su Adaptación Progresiva”, que la Resolución 400/2025 había aprobado en octubre de 2025. Entró en vigencia el día de su publicación. Los considerandos justifican el cambio en la búsqueda de más competencia por el despacho, un mercado de contratos con mayor profundidad y menos trabas para la demanda industrial y comercial.
Costos variables: más margen hacia abajo, menos hacia arriba
Para los generadores con gestión propia de combustible, la resolución mantiene durante 2026 los límites vigentes para declarar el Costo Variable de Producción (CVP). Las nuevas bandas rigen para ese régimen y no para todos los generadores. Desde 2027, el límite inferior será el 50% del valor de referencia y desde 2028 bajará al 25%. En sentido inverso, el margen máximo por encima del valor de referencia se reducirá al 17,5% en 2027 y al 10% desde 2028.
El texto sostiene que ampliar el piso permite a las empresas expresar sus condiciones económicas y competir por el despacho, sin obligarlas a declarar costos menores. Mantiene el principio de despacho al mínimo costo de operación y falla y deja en 0% el adicional máximo para el denominado GN Acuerdo. La norma amplía el espacio para que las empresas compitan por el despacho, pero no demuestra que esa flexibilidad vaya a traducirse en tarifas más bajas. Los resultados dependerán de cómo se presenten las ofertas y de la evolución efectiva del mercado.
Contratos: de 20% a 60%, a 80% y sin tope
La resolución también acelera el cronograma del Mercado a Término para la generación térmica al Spot y la hidroeléctrica al Spot no comprendida en la Generación Asignada, con ingreso anterior al 1 de enero de 2025. El porcentaje máximo de la producción mensual que puede comprometerse con grandes usuarios del MEM se mantiene en 20% hasta el 31 de marzo de 2027, sube a 60% desde el 1 de abril de 2027 y a 80% desde el 1 de abril de 2028. Desde el 1 de enero de 2029 se eliminan esas restricciones porcentuales; las reglas originales preveían eliminarlas desde el 1 de enero de 2030.
Esas centrales conservan la posibilidad de contratar toda su producción mensual con distribuidores para la Demanda Estacionalizada No Cubierta. Las centrales hidroeléctricas alcanzadas podrán además contratar con distribuidores, para abastecer a sus Grandes Usuarios de Distribución (GUDI), sin limitación porcentual específica. La liberalización define cuánta energía pueden comprometer las centrales, no cuánta van a contratar.
Grandes usuarios: ingreso mensual desde el 1 de diciembre
El cambio más inmediato alcanza a los Grandes Usuarios Mayores y Menores (GUMA y GUME). El procedimiento simplificado reemplaza las ventanas trimestrales por una incorporación mensual y se aplicará desde el 1 de diciembre de 2026, de modo que las primeras solicitudes presentadas ese mes corresponderán al Mes de Aprobación de enero de 2027. También rige para los GUDI, es decir, las demandas de 300 kW o más por punto de suministro, que soliciten ingresar como GUMA o GUME.
Las solicitudes deberán presentarse ante CAMMESA, que cumple la función de organismo encargado del despacho, hasta el último día hábil del mes anterior al Mes de Aprobación. CAMMESA tendrá diez días hábiles para verificar los requisitos e informar a la Secretaría de Energía, que dispondrá de hasta tres días hábiles para publicar cada solicitud en el Boletín Oficial durante dos días hábiles. En ese lapso, los agentes del mercado podrán presentar objeciones fundadas.
Una objeción fundada suspende solo la solicitud cuestionada y pasa al Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), que deberá resolverla en veinte días corridos; si no se expide en ese plazo, la objeción se entiende válida. La resolución dejó de exigir, para el ingreso, la copia sellada de la nota enviada a la distribuidora, y permite los cambios mensuales entre GUMA y GUME con un período mínimo de permanencia de un año en la categoría vigente. Mantuvo plenamente vigente el régimen de Grandes Demandas (XDEM) aprobado el 24 de septiembre.
Qué no dice la resolución
La apertura contractual puede reducir tiempos administrativos para industrias y grandes comercios, pero la resolución no estima su impacto en los precios, la calidad del servicio ni la distribución de costos. Esos efectos quedarán sujetos a la implementación y al control regulatorio, y CAMMESA deberá realizar las adecuaciones técnicas, comerciales e informáticas necesarias y publicar en su sitio web los requisitos, formularios y fechas límite.
Lo que tenés que saber:
- La Resolución 293/2026 se firmó el 20 de octubre, se publicó el 21 y rige desde esa fecha.
- Desde 2027, el piso del CVP será 50% del valor de referencia (25% desde 2028) y el techo bajará a 17,5% (10% desde 2028).
- El tope de contratación de las centrales alcanzadas subirá de 20% a 60% en abril de 2027 y a 80% en abril de 2028, y se eliminará en enero de 2029.
- El ingreso de GUMA y GUME pasará de ventanas trimestrales a un trámite mensual desde el 1 de diciembre de 2026.
- La norma no estima efectos sobre tarifas, calidad del servicio ni distribución de costos.
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