Seguridad social
Cuánto cobrarán los jubilados desde agosto
El decreto ya fue publicado en el Boletín Oficial. La presidencia de Javier Milei ya entregó ocho bonos desde el comienzo de su gestión.
El Gobierno oficializó este jueves el otorgamiento de un nuevo bono de $70.000 en agosto, para jubilados que perciban el haber mínimo, mediante el Decreto 667/2024 publicado en el Boletín Oficial.
De esta manera, las jubilaciones mínimas pasarán a ser de $295.454,42 en agosto, ya que el haber inicial para el octavo mes del año fue fijado en $225.454,42, a partir del aumento del 4,58%, determinado en línea con la inflación de junio.
En los considerandos de la normativa, para justificar la medida, el Ejecutivo aludió al Índice de Movilidad Jubilatoria aplicado desde marzo de 2021, por la Ley N° 27.609, exponiendo los efectos adversos de la inflación en los haberes jubilatorios abonados bajo la mencionada fórmula.
En este sentido, el texto oficial puntualizó que “la fórmula allí establecida presentaba graves y serios inconvenientes, en tanto no resguardaba el riesgo inflacionario que afectaba los beneficios de los adultos mayores, puesto que no contemplaba la variación de los precios y presentaba un gran desfasaje entre la evolución de las variables económicas y su traslado a los haberes, entre otras cuestiones”.
Ante ese diagnóstico, se fueron implementando distintas ayudas económicas previsionales en los últimos meses. Desde que asumió la presidencia Javier Milei, se otorgaron dos bonos de $55.000 en los primeros dos meses del año y seis bonos de $70.000 desde marzo hasta el recientemente anunciado para agosto.
Al respecto, el Decreto señaló que “la Ley N° 27.609 implicó efectos perjudiciales para todos los jubilados y pensionados, pero principalmente respecto de aquellos de menores ingresos, resultando necesario acudir a su sostenimiento mediante el otorgamiento de ayudas económicas previsionales y/o bono extraordinario previsional por diferentes montos, a partir de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2024”.
Continuando esa línea, expresó que “a modo de compensación por los efectos adversos ocasionados por la aplicación de la Ley N° 27.609 en los haberes previsionales de los adultos mayores de menores ingresos, para el mensual de agosto 2024 se considera oportuno el otorgamiento de un Bono Extraordinario Previsional”.
Además, aclaró que para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al monto de $225.454,42, el monto máximo del Bono Extraordinario Previsional será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope de $295.454,42.
El documento oficial, precisó que “para percibir el presente Bono Extraordinario Previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación”.
Asimismo, dispuso que “en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la percepción del Bono Extraordinario Previsional que se otorga por el presente decreto”.
Al mismo tiempo, especificó que el bono “tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”.
A quiénes les corresponde el bono de $70.000 en agosto
El Decreto detalló que el bono previsional será otorgado a:
a. Las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05;
b. Las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias;
c. Las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.
Seguridad social
Parche oficial: el 38% de aumento en la Alimentar no frena la indigencia
El Gobierno oficializó el aumento del beneficio pero los indicadores de indigencia exponen las fallas del modelo económico.
Prestación Alimentar: un parche del 38% ante una crisis social sin contención
★ Mediante la Resolución 161/2026 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Capital Humano incrementó los montos de la Prestación Alimentar en un 38%. La medida, que entró en vigencia este jueves, intenta contener el deterioro del poder adquisitivo en un escenario donde la canasta básica continúa marcando el ritmo de la vulnerabilidad social en Argentina.
Los nuevos montos y el alcance de la medida
La normativa, que llevó la firma de la ministra Sandra Pettovello, estableció que las familias con un hijo de hasta 17 años percibirán $72.250; mientras que aquellas con dos hijos cobrarán $113.299. Para los grupos familiares con tres o más hijos, el importe se fijó en $149.425. Hasta el mes de abril, los valores oscilaban entre los $52.250 y los $108.062, lo que evidencia la magnitud del ajuste necesario para intentar alcanzar el costo de los alimentos.
El beneficio mantiene su carácter de acreditación mensual y automática para titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo, Asignación por Hijo con Discapacidad y la Pensión No Contributiva para Madres de 7 o más hijos.
Contradicciones en el discurso oficial
En los fundamentos de la resolución, el Ejecutivo destacó que la Prestación Alimentar junto a la AUH resultaron pilares para mejorar indicadores sociales. Según datos del INDEC citados en el documento, la pobreza se redujo del 38,1% en el segundo semestre de 2024 al 28,2% en el mismo periodo de 2025; mientras que la indigencia descendió al 6,3%.
Sin embargo, esta narrativa oficial colisiona con el seguimiento sistemático del deterioro económico que este medio realiza sobre la gestión libertaria. Informes previos de la Universidad Católica Argentina (UCA) y de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) revelaron una caída constante del consumo y un impacto severo del ajuste sobre los sectores productivos y populares (según el documento interno CONTEXTO | Serie Inflación y Economía Milei).
Un contexto de ajuste y desfinanciamiento
A pesar de la propaganda gubernamental sobre la estabilización macroeconómica, la realidad en los barrios populares muestra otra cara. El aumento del 38% se presenta como una fortaleza de las acciones de asistencia, pero ocurre en un marco de achicamiento del Estado y subordinación a los condicionamientos del FMI. Notas anteriores de este diario ya advirtieron que la inflación de 2026 podría triplicar los cálculos iniciales, dejando a las prestaciones sociales siempre por detrás de la góndola.
La decisión de actualizar los montos mediante resolución administrativa y no por ley de movilidad deja a los sectores más desprotegidos a merced de la discrecionalidad política de una cartera, la de Capital Humano, que fue señalada por organizaciones sociales debido a la subejecución de partidas alimentarias y el cierre de comedores comunitarios.
Puntos clave:
- El Gobierno aumentó un 38% la Prestación Alimentar mediante la Resolución 161/2026.
- Los nuevos montos van desde los $72.250 hasta los $149.425 según la cantidad de hijos.
- El Ejecutivo utiliza datos del INDEC de 2025 para justificar una supuesta mejora social.
- El beneficio se acredita de forma automática a titulares de AUH y otras asignaciones.
- Críticas de sectores sociales apuntan a la insuficiencia del monto frente a la inflación proyectada.
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