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Politorturadores prófugos al ordenarse detenciones

Dos de los cinco condenados a perpetua por el crimen del joven Gastón Duffau, ocurrido en febrero de 2008 en Ramos Mejía, no pudieron ser hallados al emitirse las órdenes de “inmediata detención”. Los otros tres quedaron presos y la familia de la víctima sostuvo que “era algo que podía suceder”

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Tras ordenarse la “inmediata detención” de los cinco policías que habían sido condenados hace seis años a prisión perpetua, pero que permanecían en libertad porque el fallo aún no está firme, por las torturas seguidas de muerte de Gastón Duffau, de los ellos no pudieron ser localizados y se mantienen prófugos.

Por el homicidio del joven, registrado luego de una irregular detención en un local de Mc Donald’s de la localidad de Ramos Mejía y ser sometido a torturas, en un largo proceso judicial se logró la condena a perpetua de los acusados.

Ahora, luego que el Tribunal Oral Criminal Nro. 4 de La Matanza, dispusiera que quedaran detenidos, solo fueron apresados Rubén Darío Steingruber (de 42 años), Mauro Adrián Ponti (37) y Luis Alberto Acuña (60), mientras que Leonardo Ezequiel Brandan (36) y Natalio De Nardis (44) no pudieron ser localizados y continúan prófugos.

«Al margen que el fallo condenatorio no se encuentra firme y los nombrados gozan del principio de inocencia, cierto es que se verifica peligro procesal, esto es la imposición de la sanción penal más grave del ordenamiento y a consecuencia de uno de los delitos también más graves de nuestro sistema penal”, consideraron los jueces Matías Jorge Rouco, Andrea Giselle Schiebeler y Nicolás Grappasonno.

El Tribunal concluyó en su resolución que, “de no disponerse su inmediata detención”, dado la condena -que incluyó la inhabilitación perpetua- “podría probablemente verse frustrado” el cumplimiento de la pena.

Sin embargo, el abogado Damián Roberto Pérez, representante de los detenidos Ponti y Steingruber, presentó un hábeas corpus ante la Cámara de Apelaciones y Garantías, ya que sostuvo que la “detención tanto de sus asistidos como la de Brandan y Acuña, se encuentra directamente relacionada y motivada por el accionar de De Nardis, quien se encuentra en otro estadío procesal y, actualmente ha decidido no estar a derecho”.

De acuerdo al letrado, la causa se encuentra con el recurso extraordinario federal en admisibilidad a estudio por la Suprema Corte bonaerense y la vía recursiva aún tiene efectos suspensivos.

Sin embargo, en el caso de De Nardis hubo una orden de detención desde hace una semana porque la sentencia quedó firme, dado que su defensa había escogido un per saltum a la Corte Suprema de la Nación y cuando fueron a detenerlo él no se encontraba.

El hecho ocurrió el 22 de febrero de 2008, cuando Gastón Duffau (de entonces 34) concurrió a un Mc Donald`s de Ramos Mejía, donde se generó un incidente, en el que personal de seguridad privada dio intervención a la Policía. Fue allí que personal de la comisaría 2da. de La Matanza lo detuvieron, en medio de golpes, para luego esposarlo y arrojarlo sobre la caja de una camioneta patrullero donde lo sometieron a torturas. Finalmente, la víctima murió en camino al Hospital de Haedo.

El 6 de mayo de 2009, tras un primer juicio, el Tribunal Oral Criminal Nro. 5 de La Matanza absolvió a los cinco policías por entender que no se pudo acreditar si le aplicaron golpes a la víctima.

Tras apelaciones de la Fiscalía y la querella, el 25 de agosto de 2010 Casación anuló ese fallo por considerar que hubo una errónea” valoración de la prueba y ordenó realizar otro juicio oral.

Ante esta orden, los defensores de los policías apelaron a la Suprema Corte de Justicia bonaerense al entender que nadie debe ser juzgado dos veces por el mismo hecho, pero el máximo tribunal provincial declaró inadmisibles los recursos.

Durante el segundo juicio, que comenzó en abril y finalizó al mes siguiente del 2013, los fiscales Ariel Panzoni y Daniel Dabué, y el particular damnificado pidieron en sus respectivos alegatos que los cinco policías fueran condenados a prisión perpetua, mientras que las defensas solicitaron la absolución por falta de pruebas.

Finalmente, el 21 de mayo de ese año, los jueces volvieron a absolver a los policías, lo cual fue nuevamente apelado por los fiscales y por la querella, hasta que se los condenó a perpetua.

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Casación otorgó a De Vido prisión domiciliaria por riesgo cardiaco

La decisión de la Casación no implica libertad, sino el traslado del lugar de cumplimiento de la pena: De Vido continuará condenado y bajo control judicial, aunque desde su domicilio particular.

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De Vido deja Ezeiza: la Casación ordenó su prisión domiciliaria por riesgo cardíaco

La Cámara Federal de Casación Penal dispuso que el exministro de Planificación Julio De Vido abandone la cárcel de Ezeiza y cumpla su condena por la tragedia de Once en detención domiciliaria. La decisión, adoptada por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, revirtió el fallo previo del Tribunal Oral Federal que había rechazado idéntico pedido.

Un cuadro clínico que la justicia no pudo ignorar

El detonante del beneficio fue el infarto que De Vido sufrió el 1° de abril de 2026, oportunidad en la cual los médicos le colocaron un stent. Los informes médicos presentados ante la Casación alertaron sobre un «alto riesgo cardiovascular».

A esas afecciones se suman otras patologías preexistentes: diabetes insulinodependiente, fibrilación auricular persistente e hipertensión arterial, un cuadro que, a juicio del tribunal, hace incompatible el encierro carcelario con las condiciones de salud del exfuncionario.

De Vido tiene 76 años y cumple condena por el delito de fraude al Estado como partícipe necesario de la tragedia de Once, el accidente ferroviario ocurrido el 22 de febrero de 2012 que causó la muerte de 51 personas e hirió a casi 800.

La Casación revirtió al Tribunal Oral

El camino no fue sencillo. Antes de la resolución de Casación, el Tribunal Oral Federal había rechazado el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa del exfuncionario. La Cámara de Casación, integrada para este caso por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, anuló ese fallo y estableció el cumplimiento de la condena en el domicilio del exministro. Al mismo tiempo, le encomendó al juez de ejecución penal que mantenga un control periódico sobre De Vido durante el resto de la pena.

La causa Once estableció responsabilidades en la gestión de los contratos ferroviarios con la empresa TBA (Trenes de Buenos Aires), cuya falta de mantenimiento fue determinante en el siniestro. Su condena como partícipe necesario lo convirtió en uno de los exfuncionarios de más alto rango en ser condenado efectivamente a prisión.

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