Judiciales ⚖️
Expulsan del país a «Marcos», líder de la mayor organización narco en la villa 1-11-14 porteña
La decisión fue adoptada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) 3, que autorizó el extrañamiento (expulsión del país) a Perú de Estrada Gonzáles, alias «Marcos», en un fallo de 9 fojas, en el que solicita a la Dirección Nacional de Migraciones que disponga los medios para que realice el traslado del condenado a Lima y que le prohíba de manera permanente el reingreso a Argentina.
El capo narco peruano Marco Antonio Estrada Gonzáles, quien cumple en la cárcel de Marcos Paz una pena de 24 años de prisión por ser el líder de «una empresa» que controló la venta de drogas entre 2009 y 2017 en la villa 1.11.14 del Bajo Flores porteño, será expulsado del país por decisión de la Justicia Federal y regresará a Perú, donde reside parte de su familia.
La decisión fue adoptada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) 3, que autorizó el extrañamiento (expulsión del país) a Perú de Estrada Gonzáles, alias «Marcos», en un fallo de 9 fojas, en el que solicita a la Dirección Nacional de Migraciones que disponga los medios para que realice el traslado del condenado a Lima y que le prohíba de manera permanente el reingreso a Argentina.
Según las fuentes judiciales, como en su país no cuenta con condenas pendientes, el capo narco podrá vivir en libertad en Perú, aunque si vuelve a pisar Argentina antes de que se cumpla la totalidad de la pena, que vence el 14 de septiembre de 2044, deberá volver a prisión.
La expulsión del capo narco había sido solicitada por su defensora, la abogada Laura Fechino, y contaba con la aprobación del fiscal de Ejecución Nicolás Czizik, del fiscal federal 6 Diego Velasco y del titular de la Procunar, Diego Iglesias.
Sin embargo, para lograr que se concrete, «Marcos» debió cumplir algunos requisitos dispuestos en el artículo 17 de la ley 24.660, uno de los cuales se refiere al cumplimiento de la mitad de la condena y el pago de multas.
Además, de acuerdo a lo que señala el fallo «también se ha considerado que, ante esta solución, quien retorne a su país de origen tendrá la posibilidad de insertarse socialmente allí, ya que en ese contexto contará con el acompañamiento de su entorno familiar».
Según el fallo, «Marcos» se encontraba detenido en el marco de esta causa desde el 16 de diciembre de 2016, aunque antes había estado preso por otro expediente desde el 5 de noviembre del 2007 al 4 de febrero del 2014, cuando se le otorgó una libertad condicional.
En un juicio que culminó en noviembre del 2020, en pleno aislamiento por la pandemia del coronavirus, el TOF 3 -el mismo que ahora le otorgó el extrañamiento- había condenado a «Marcos» a una pena de 17 años de prisión, pero se le unificó con una sentencia anterior a 10 años de encierro que había sido dictada en mayo del 2013, por lo que lo condenó a una pena única de 24 años.
Los jueces lo consideraron «organizador de una empresa destinada al tráfico ilícito de sustancias estupefacientes en la que intervinieran más de tres personas» en la villa 1.11.14, también conocido como el barrio Padre Ricciardelli, y coautor de «tenencia ilegal de material explosivo y acopio de armas».
En el mismo fallo, que fue leído a través de una videoconferencia por el coronavirus y que fue seguida por los imputados desde la cárcel, el tribunal condenó a la esposa de «Marcos», llamada Silvana Alejandra Salazar, a una pena única de 18 años de cárcel dado que ya cumplía otra a 8.
También condenó a su suegra, Lucía Enríquez Alarcón, alias «Doña Lily», a la pena de 4 años y 6 meses de cárcel como «partícipe secundaria de tráfico de estupefacientes».
Para los jueces, quedaron probados los vínculos de los condenados en la preparación, entrega y venta de droga durante alrededor de 12 años, aún luego de la detención de «Marcos», que se produjo en diciembre de 2016.
“Hubo crisis económicas y cambios de gobierno, pero desde 2009 a 2017, al menos, nada cambió acá”, graficó uno de los investigadores al momento del juicio, quien agregó que «la entrega del dinero producto de la venta implicaba 14 millones de pesos aproximadamente» en cada turno mensual.
Para graficar el alcance del poder de «Marcos» al frente de la narco organización, los investigadores se remontan a junio de 1999, cuando se registró un triple homicidio en el interior de la Villa 1-11-14, en el predio conocido como «Cancha de los Peruanos», que marcaron «el comienzo de poder de los Estrada González en el interior del asentamiento».
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Caso Nisman: procesaron a la ex fiscal Viviana Fein por presunto encubrimiento agravado
Once años después de la muerte del fiscal Alberto Nisman, la Justicia federal avanza sobre quienes manejaron el inicio de la investigación. El juez Julián Ercolini dictó el procesamiento de Viviana Fein por no haber preservado la escena del crimen en el departamento de Puerto Madero.
Escena alterada y justicia tardía: procesaron a Fein por el encubrimiento de la muerte de Nisman
★ El juez federal Julián Ercolini dictó este martes el procesamiento de la ex fiscal Viviana Fein, señalándola como presunta responsable del delito de «encubrimiento agravado», en razón de la gravedad del hecho precedente y de su condición de funcionaria pública al momento de los hechos. La medida incluye un embargo preventivo de 15 millones de pesos sobre los bienes de la ex funcionaria, ya jubilada.
En los fundamentos del fallo, Ercolini sostuvo que Fein «no preservó debidamente la escena del hecho ni recolectó todos los elementos probatorios que allí se encontraban» durante las primeras horas del hallazgo del cuerpo en el complejo Le Parc, en el barrio de Puerto Madero. Para el magistrado, las conductas de la entonces fiscal permitieron la alteración del departamento, ya sea por acción propia o de quienes actuaban bajo su órbita en el lugar.
La resolución establece que las omisiones de Fein «generaron un grave perjuicio para el curso de la investigación del homicidio, dado que provocaron la pérdida y/o alteración de evidencias e impidieron reunir elementos que debían resguardarse en un momento trascendental para la recolección de pruebas», según el texto judicial.
Once años de impunidad en la escena del crimen
Natalio Alberto Nisman fue hallado con un disparo en la cabeza en el baño de su vivienda el fin de semana del 17 y 18 de enero de 2015, apenas días después de haber presentado una denuncia de alto voltaje político contra la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner, a quien acusó de encubrimiento del atentado a la AMIA mediante la firma del Memorándum con Irán.
Desde el inicio, la investigación quedó marcada por controversias. La hipótesis inicial del suicidio, sostenida durante meses, fue descartada progresivamente por la Justicia federal, que hoy considera probado que el titular de la UFI AMIA fue víctima de un homicidio. El procesamiento de Fein es, en ese contexto, un reconocimiento explícito de que los primeros pasos de la pesquisa no solo fueron deficientes, sino potencialmente funcionales al encubrimiento de los responsables del crimen.
El rol del fiscal Taiano y el estado actual de la causa
El procesamiento se alinea con el pedido del fiscal del caso, Eduardo Taiano, quien tras la declaración indagatoria de Fein reclamó la imputación por la figura de encubrimiento. La decisión del juez Ercolini indica que, para la Justicia federal, la negligencia en el manejo del lugar del hecho no fue un error involuntario, sino una cadena de omisiones que afectaron el desarrollo de la investigación desde su origen.
La causa por la muerte de Nisman, una de las más complejas y políticamente sensibles de la historia judicial argentina, acumula más de una década sin condenas firmes por el crimen en sí. El procesamiento de quien condujo la instrucción inicial abre una nueva etapa, aunque también reaviva preguntas sin respuesta sobre quién ordenó, ejecutó y encubrió el asesinato del fiscal.
Puntos clave
- El juez federal Julián Ercolini procesó a la ex fiscal Viviana Fein por «encubrimiento agravado» en la causa por la muerte de Alberto Nisman.
- La resolución incluye un embargo preventivo de 15 millones de pesos sobre los bienes de la ex funcionaria.
- Ercolini determinó que Fein no preservó la escena del crimen ni recolectó pruebas clave en el complejo Le Parc en enero de 2015.
- La Justicia federal considera probado que Nisman fue víctima de un homicidio.
- El procesamiento se produce once años después del hallazgo del cuerpo y sin condenas firmes por el crimen.
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