Judiciales ⚖️
Deniegan visitas domiciliarias a condenado por secuestrar y amenazar a una embarazada
El hombre había solicitado ese beneficio para acompañar a su mujer que transita un embarazo de riesgo.
Un tribunal de San Martín le denegó las visitas domiciliarias a un preso que en 2020 fue condenado junto un cómplice por secuestrar a un joven y a su pareja embarazada de 8 meses, a quien amenazaron con dispararle «un tiro en la panza».
El hombre había solicitado ese beneficio para acompañar a su mujer que transita un embarazo de riesgo.
De acuerdo al fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) 3 de San Martín, no se trata de un caso de «gravedad extrema y urgencia» que amerite que el preso César Luis Sosa deje su celda del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza para visitar a su esposa.
Sosa, al igual que Roberto Oscar Benegas, fue condenado en junio de 2020 por el TOCF 3 de San Martín a la pena de a 11 años de prisión por el delito de «secuestro extorsivo agravado por haberse logrado el cobro del pago del rescate, por tratarse una de las víctimas de una mujer embarazada y por haberse cometido con la participación de tres o más personas».
El hecho fue cometido el 25 de mayo de 2017, cuando Sosa y Banegas, con la intervención de al menos un tercer cómplice, privaron de la libertad a una pareja en la localidad de Ituzaingó, en la zona oeste del conurbano.
Durante el tiempo que duró el secuestro, los captores llamaron a un familiar de las víctimas para exigirles el pago de un rescate de 150 mil pesos o, de lo contrario, «le pegarían un tiro en la panza» a la mujer, quien cursaba el octavo mes de embarazo.
En el juicio, la mujer declaró que como consecuencia de este hecho «estuvo aproximadamente quince días con contracciones y que su bebé nació tres semanas antes de lo que estaba previsto».
Ahora, a seis años de ese hecho, Sosa tiene a su pareja embarazada y solicitó a través de su defensor oficial obtener el beneficio de visitas domiciliarias para acompañarla, ya que la mujer atraviesa un embarazo de «alto riesgo» y que «tal circunstancia, le impide trasladarse hasta la unidad penitenciaria donde se aloja su concubino con el fin de visitarlo», indica el fallo dictado el 9 de junio último.
El defensor de Sosa acompañó el pedido con un certificado médico de la mujer, en el que se le indica reposo domiciliario, y un informe favorable del Servicio Penitenciario Federal (SPF).
No obstante, el planteo fue primero rechazado por el fiscal general Eduardo Codesido, quien en su dictamen manifestó que en una oportunidad anterior Sosa había pedido un régimen de visitas quincenales con su padre que se encontraba internado y que el tribunal lo denegó «por considerar que el caso no encuadraba dentro de los supuestos contenidos en la norma de aplicación».
Finalmente, los jueces Esteban Rodríguez Eggers y Walter Venditti, integrantes del FOCF 3, coincidieron en que el pedido del condenado «se encuentra fuera de las excepciones contempladas en la norma: situaciones de gravedad extrema y urgencia que no se verifican en el caso de autos».
Tras rechazar el planteo, ordenaron que «en aras de resguardar el vínculo de César Luis Sosa con su pareja y a fin de facilitar las comunicaciones mediante medios tecnológicos que permitan lograr un mayor contacto, en tiempo y frecuencia, con menores costos operativos para éste, corresponde instar a la unidad donde se encuentra alojado el nombrado, a que dé estricto cumplimiento al Protocolo de Vinculación Familiar y Social a través del Sistema de Videollamadas, garantizando el contacto quincenal con ella mediante videoconferencia», según el fallo.
El secuestro por el que el preso cumple condena fue cometido el 25 de mayo de 2017, cuando una banda secuestró a la pareja en momentos en que se trasladaba por Ituzaingó a bordo de un Audi, modelo A5.
Los delincuentes tripulaban un Chevrolet Agile y, de acuerdo a lo detallado por las víctimas en juicio realizado tres años después, eran tres y estaban armados con una pistola calibre 9 milímetros y con un arma más grande, tipo ametralladora.
Uno de los captores tomó el celular del hombre y llamó a su hermano para exigirle 150 mil pesos de rescate.
En el juicio oral, el secuestrado detalló que durante el cautiverio fue golpeado por los delincuentes, quienes actuaron de manera «muy agresiva» e, incluso amenazaron con pegarle un tiro en la panza a la mujer embarazada.
Finalmente, tras obtener el rescate exigido, la banda liberó a la pareja luego de dos horas de mantenerla secuestrada.
Judiciales ⚖️
Caso Nisman: procesaron a la ex fiscal Viviana Fein por presunto encubrimiento agravado
Once años después de la muerte del fiscal Alberto Nisman, la Justicia federal avanza sobre quienes manejaron el inicio de la investigación. El juez Julián Ercolini dictó el procesamiento de Viviana Fein por no haber preservado la escena del crimen en el departamento de Puerto Madero.
Escena alterada y justicia tardía: procesaron a Fein por el encubrimiento de la muerte de Nisman
★ El juez federal Julián Ercolini dictó este martes el procesamiento de la ex fiscal Viviana Fein, señalándola como presunta responsable del delito de «encubrimiento agravado», en razón de la gravedad del hecho precedente y de su condición de funcionaria pública al momento de los hechos. La medida incluye un embargo preventivo de 15 millones de pesos sobre los bienes de la ex funcionaria, ya jubilada.
En los fundamentos del fallo, Ercolini sostuvo que Fein «no preservó debidamente la escena del hecho ni recolectó todos los elementos probatorios que allí se encontraban» durante las primeras horas del hallazgo del cuerpo en el complejo Le Parc, en el barrio de Puerto Madero. Para el magistrado, las conductas de la entonces fiscal permitieron la alteración del departamento, ya sea por acción propia o de quienes actuaban bajo su órbita en el lugar.
La resolución establece que las omisiones de Fein «generaron un grave perjuicio para el curso de la investigación del homicidio, dado que provocaron la pérdida y/o alteración de evidencias e impidieron reunir elementos que debían resguardarse en un momento trascendental para la recolección de pruebas», según el texto judicial.
Once años de impunidad en la escena del crimen
Natalio Alberto Nisman fue hallado con un disparo en la cabeza en el baño de su vivienda el fin de semana del 17 y 18 de enero de 2015, apenas días después de haber presentado una denuncia de alto voltaje político contra la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner, a quien acusó de encubrimiento del atentado a la AMIA mediante la firma del Memorándum con Irán.
Desde el inicio, la investigación quedó marcada por controversias. La hipótesis inicial del suicidio, sostenida durante meses, fue descartada progresivamente por la Justicia federal, que hoy considera probado que el titular de la UFI AMIA fue víctima de un homicidio. El procesamiento de Fein es, en ese contexto, un reconocimiento explícito de que los primeros pasos de la pesquisa no solo fueron deficientes, sino potencialmente funcionales al encubrimiento de los responsables del crimen.
El rol del fiscal Taiano y el estado actual de la causa
El procesamiento se alinea con el pedido del fiscal del caso, Eduardo Taiano, quien tras la declaración indagatoria de Fein reclamó la imputación por la figura de encubrimiento. La decisión del juez Ercolini indica que, para la Justicia federal, la negligencia en el manejo del lugar del hecho no fue un error involuntario, sino una cadena de omisiones que afectaron el desarrollo de la investigación desde su origen.
La causa por la muerte de Nisman, una de las más complejas y políticamente sensibles de la historia judicial argentina, acumula más de una década sin condenas firmes por el crimen en sí. El procesamiento de quien condujo la instrucción inicial abre una nueva etapa, aunque también reaviva preguntas sin respuesta sobre quién ordenó, ejecutó y encubrió el asesinato del fiscal.
Puntos clave
- El juez federal Julián Ercolini procesó a la ex fiscal Viviana Fein por «encubrimiento agravado» en la causa por la muerte de Alberto Nisman.
- La resolución incluye un embargo preventivo de 15 millones de pesos sobre los bienes de la ex funcionaria.
- Ercolini determinó que Fein no preservó la escena del crimen ni recolectó pruebas clave en el complejo Le Parc en enero de 2015.
- La Justicia federal considera probado que Nisman fue víctima de un homicidio.
- El procesamiento se produce once años después del hallazgo del cuerpo y sin condenas firmes por el crimen.
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