Judiciales ⚖️
Nicolás Pachelo insiste con la libertad condicional
Fiscales pidieron nuevas pericias antes de solicitar el beneficio.
Los fiscales que actuaron en el juicio en el que fue condenado Nicolás Pachelo el año pasado a nueve años y medio prisión como autor de una serie de robos en countries del conurbano bonaerense, pidieron hoy que el vecino del country Carmel, de Pilar, sea sometido a nuevos estudios psicológicos y psiquiátricos antes de que se resuelva si le otorgan una libertad condicional, tal como solicitó la defensa.
En un escrito dirigido al Tribunal Oral en lo Criminal 4 de San Isidro, los fiscales Patricio Ferrari, Andrés Quintana y Federico González solicitaron que, «previo a adoptar temperamento sobre la libertad asistida, se lleve a cabo una nueva pericia psicológica psiquiátrica del causante».Los fiscales, que ya se opusieron en un dictamen anterior a la posibilidad de que se le otorgue la libertad condicional a Pachelo, consideran que el nuevo peritaje permitirá «determinar si (el condenado) capitalizó el período de encierro que transcurrió desde la elaboración del primer dictamen, y recibió un adecuado tratamiento terapéutico cuya eficacia permita arribar a una conclusión contraria o si por el contrario, subsisten los trastornos de personalidad que los condujeron a recalcar su peligrosidad».Pachelo, quien en el juicio había sido absuelto por el homicidio de María Marta García Belsunce, pidió su libertad condicional luego de ser beneficiado por los jueces Esteban Andrejin y Osvaldo Rossi, del TOC 4 de San Isidro, con la reducción de siete meses de su condena a partir de una serie de cursos y talleres que hizo en prisión.En el escrito firmado hoy, y al que tuvo acceso Télam, los fiscales hicieron mención a la «necesidad de proteger la seguridad de las víctimas, familiares y demás testigos que depusieron en la audiencia» y pidieron que los jueces tengan en cuenta un peritaje realizado el 15 de septiembre del 2004 y «el informe criminal que concluye que Nicolás Pachelo detenta un trastorno psicopático de personalidad» y que «en caso de recuperar su libertad, resulta ser un riesgo real para la sociedad».
Gremiales
La CGT recusó a los jueces que reactivaron la reforma laboral y pidió nulidad del fallo
El escrito presentado este lunes los recusó «por haber prejuzgado» sobre los derechos que constituyen la materia de fondo del litigio, al anticipar en su fallo que la nueva ley no afectaba a «sectores socialmente vulnerables» y que no encontraban «comprometida la vida digna»de los trabajadores.
La CGT acusó a los jueces de cobrar favores del Gobierno y pidió anular el fallo que rescató la reforma laboral
La Confederación General del Trabajo (CGT) recusó con causa este lunes a los dos magistrados de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que el miércoles 23 de abril revocaron la medida cautelar que suspendía 82 artículos de la reforma laboral, y solicitó la «nulidad absoluta» de ese fallo. La central obrera denunció que uno de los jueces habría actuado con un conflicto de interés flagrante: el Estado nacional, parte demandada en la causa, habría promovido simultáneamente su continuidad en el cargo más allá de los 75 años.
Los jueces recusados y los motivos
Los magistrados cuestionados por la CGT son Víctor Arturo Pesino y María Dora González, los dos integrantes de la Sala que el 23 de abril dejó sin efecto la cautelar favorable a la central sindical. El escrito presentado este lunes los recusó «por haber prejuzgado» sobre los derechos que constituyen la materia de fondo del litigio, al anticipar en su fallo que la reforma laboral no afectaba a «sectores socialmente vulnerables» y que no encontraban «comprometida la vida digna conforme la Convención Americana de Derechos Humanos».
Para la CGT, esas afirmaciones no eran parte de lo que debía resolver la Cámara en esta instancia, restringida al análisis cautelar, sino que anticiparon opinión sobre la cuestión sustancial del juicio, lo que configura la causal de prejuzgamiento prevista en la ley procesal.
El conflicto de interés de Pesino
El argumento más contundente del escrito legal apunta al juez Pesino en particular. Según la presentación, a la que tuvo acceso la Agencia NA, el Estado nacional, en su carácter de parte demandada en la causa, solicitó al Consejo de la Magistratura que Pesino continúe en funciones más allá del límite de los 75 años que establece la Constitución Nacional reformada en 1994. Esa solicitud fue publicada en el Boletín Oficial.
El texto de la CGT es categórico: obtener «un beneficio a todas luces mayúsculo como lo es continuar en el ejercicio de la función judicial por 5 años, constituye no solo una conducta contraria a la ética, sino también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley».
El escrito calificó la conducta del Estado como «descalificable» al promover la permanencia en el cargo «de un magistrado que acaba de fallar a favor de la posición oficial». Y agregó: «Esta inconsecuencia no es un desvarío de la autoridad, ni una razón sin fundamento; es la razón desprovista de moral, es asociar beneficios mutuos, mientras la sociedad, que abrigaba expectativas de imparcialidad, asiste, sin mediaciones, a la demolición de la división de poderes y la credibilidad en el Estado de Derecho».
Para la central obrera, esa contraprestación entre un juez y el Estado «constituye un cuadro que avergüenza la tradición de la Justicia Nacional del Trabajo».
El fondo de la disputa: ¿son vulnerables los trabajadores en relación de dependencia?
Más allá del conflicto de interés, la CGT también impugnó el razonamiento jurídico del fallo. Los jueces Pesino y González sostuvieron, al restablecer la vigencia de la reforma, que no se afectaba a «sectores socialmente vulnerables». Esa afirmación disparó la recusación por prejuzgamiento.
La central obrera expresó su «desazón» ante el hecho de que «jueces con especial versación laboral» consideraran, siquiera en forma preliminar, que los trabajadores en relación de dependencia no son socialmente vulnerables, que sus derechos no son de naturaleza alimentaria y que no se encontraba comprometida la vida digna. Para la CGT, esas conclusiones no solo son jurídicamente erradas; también revelan un sesgo ideológico incompatible con la imparcialidad que exige la función judicial.
Antecedentes: una saga judicial que se intensifica
Como informó este medio el 23 de abril, la Cámara del Trabajo revocó esa jornada la cautelar que el juez de primera instancia Raúl Ojeda había dictado el 30 de marzo, que suspendía los artículos más sensibles de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802), aprobada por el Congreso a principios de año. La reforma incluye cambios profundos en el sistema indemnizatorio, los convenios colectivos, el derecho de huelga y el teletrabajo.
El Gobierno había apelado por dos vías simultáneas: ante la propia Cámara del Trabajo y mediante un per saltum ante la Corte Suprema, presentado el 16 de abril. Tras el fallo de la Cámara, la vía del per saltum quedó en suspenso, pero la discusión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma continúa abierta.
La presentación de este lunes añade un nuevo escalón a esa disputa: si la recusación prospera, los magistrados deberán apartarse de la causa y será otro tribunal el que retome el expediente.
Puntos clave
- La CGT recusó «con causa» a los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González y pidió la «nulidad absoluta» del fallo del 23 de abril que reactivó 82 artículos de la reforma laboral.
- El argumento central es que el juez Pesino actuó con un conflicto de interés: el Estado, parte en la causa, promovió simultáneamente su permanencia en el cargo más allá de los 75 años ante el Consejo de la Magistratura, lo que fue publicado en el Boletín Oficial.
- Ambos jueces fueron recusados además por prejuzgamiento, al sostener en el fallo cautelar que la reforma no afectaba a «sectores socialmente vulnerables», anticipando opinión sobre la cuestión de fondo.
- La CGT consideró que afirmar que los trabajadores en relación de dependencia no son socialmente vulnerables constituye un «cuadro que avergüenza la tradición de la Justicia Nacional del Trabajo».
- El juicio de fondo sobre la constitucionalidad de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) continúa abierto; si la recusación prospera, deberá intervenir un tribunal diferente.
-
Goles! ⚽4 díasEscándalo en Italia: videos, nombres y siete años de operación de la red VIP que sacude al deporte mundial
-
Denuncia6 díasHackean el celular de Tomás Méndez en vivo: desde Crónica TV acusan a la SIDE y a la Federal
-
Espectáculos 🎭4 díasConfirman que Luis Brandoni dejó grabada la nueva temporada de “Nada” con De Niro
-
Denuncia5 díasDenuncian a Carlos Frugoni por propiedades en Miami sin declarar
-
Economía 💲4 díasBloomberg califica a la Argentina de Milei al nivel de Jamaica, Panamá, Trinidad y Tobago, Bulgaria, Malta, Zimbabue y Palestina
-
Pontifex ✝️6 díasA un año de la partida del Papa Francisco, García Cuerva advierte por el retiro del Estado en los barrios
-
Femicidio3 díasHallaron el cuerpo de una mujer desaparecida hace tres días en el río de Coronda
-
CABA7 díasMuerte en el centro porteño: un profesor brasileño murió tras una cita y estuvo días como NN
