Judiciales ⚖️
Repudian fallo que dictó falta de mérito a exfuncionarios judiciales de la dictadura
En su fallo, firmado nueve meses después de indagar a los imputados, Bailaque dictó la falta de mérito para los ex fiscales José Luis Vázquez y Pedro Tiscornia y el exsecretario de juzgado federal Horacio Claverie.
La agrupación HIJOS Rosario repudió hoy la resolución del juez federal Nº4 de Rosario, Marcelo Bailaque, quien dictó la falta de mérito a dos ex fiscales federales y al secretario de un juzgado de la última dictadura en una causa en la que fueron denunciados por su presunta participación en delitos de lesa humanidad desde sus roles en el Poder Judicial.
En su fallo, firmado nueve meses después de indagar a los imputados, Bailaque dictó la falta de mérito para los ex fiscales José Luis Vázquez y Pedro Tiscornia y el exsecretario de juzgado federal Horacio Claverie.
Sin embargo, el juez procesó a Tiscornia -acusado de 36 casos como participe primario de privaciones ilegales de libertad, homicidio y desapariciones- por seis hechos de abuso de autoridad, según la resolución.
En la misma causa está procesado desde diciembre de 2020 el exjuez federal Nº2 de Rosario Guillermo Tschopp por 62 casos de violaciones a los derechos humanos, resolución que fue apelada y aún aguarda el tratamiento de la Cámara Federal rosarina, recordaron voceros del caso.
El fiscal de la causa, Federico Reynares Solari, adelantó hoy a esta agencia que apelará la resolución de Bailaque para que sea la Cámara la que lo revise.
El mismo temperamento adoptará la agrupación HIJOS, que en un comunicado señaló que «a pesar de la enorme cantidad de prueba en su contra, a pesar de estar muy claro que brindaron una garantía de impunidad para que las fuerzas represivas pudieran llevar adelante el plan sistemático en nuestra región, hoy la familia judicial decidió que no quiere juzgar a los suyos, que la responsabilidad es ajena y que la impunidad es propia».
El organismo, que en 2018 presentó la denuncia contra los exfuncionarios provinciales, agregó que la de Bailaque es «una decisión regresiva propia de los tiempos que corren, y que lamentablemente no sorprende».
«Nuestro equipo jurídico apelará la decisión y esperamos que la Cámara revoque la resolución y de un paso en el camino de la memoria, la verdad y la justicia», añadió, para destacar que «el golpe de Estado (del 24 de marzo de 1976) además de militar fue civil y los responsables deben ser juzgados».
En los fundamentos de su resolución, Bailaque sostuvo que el sistema penal inquisitivo vigente durante la última dictadura cargaba la responsabilidad en el juez y les otorgaba un rol secundario a los fiscales.
«Tanto el Código de Procedimientos entonces vigente, como la práctica judicial, otorgaban un rol fundamental y preponderante a la figura del juez instructor, en detrimento de los demás actores del proceso», sostuvo.
Agregó que «en este sentido, no son pocos los casos analizados en los que el juez tiene a disposición a los detenidos, les recibe declaración indagatoria y ordena diferentes tipo de medidas sin siquiera notificar al Ministerio Fiscal, incluso sin notificar a las defensas de los detenidos».
Al analizar la situación del exfiscal Tiscornia, el juez desechó 30 casos atribuidos en la imputación con el argumento de que el juez era el responsable de la acción penal y la instrucción de las causas.
Pero de todos modos lo procesó por otros seis casos de habeas corpus interpuestos por familiares de personas detenidas-desaparecidas que el fiscal no tramitó.
«Concluyo que hubo una responsabilidad suya de no continuar averiguando el paradero de tales personas al dictaminar que correspondía la desestimación de los recursos de hábeas corpus sin otra actividad que la de los informes negativos en cuanto a los paraderos de las personas buscadas», señaló Bailaque. El juez entendió que el exfiscal incurrió en «abuso de autoridad».
El mismo argumento empleado para dictar la falta de mérito de Tiscornia utilizó el juez en el caso del exfiscal Vázquez, mientras que sobre el exsecretario Claverié consideró que «en todos los casos que le fueron imputados, los hechos fueron conocidos por el juez, que era quien tenía los atributos de jurisdicción y la obligación de disponer las acciones tendientes a comprobar las manifestaciones vertidas por las víctimas» del terrorismo de Estado.
«Cabe destacar que tampoco existía en cabeza del Secretario la obligación de sustituir al juez. Tampoco resulta una de sus funciones la de ejercer control sobre la actividad jurisdiccional propia del juez, tarea que los códigos procesales encomiendan a las partes y a los órganos revisores», concluyó.
A la vez, en la misma resolución Bailaque dictó la falta de mérito de los cuatro involucrados – incluyendo a Tschopp- por el delito de asociación ilícita.
Judiciales ⚖️
Astudillo Castro: piden procesar a una médica por la turmalina
El fiscal federal Santiago Ulpiano Martínez la acusa de haber colaborado con el instructor de perros condenado por falso testimonio, al hallar una piedra presentada como prueba contra policías.
La causa por la muerte de Facundo Astudillo Castro sumó un nuevo pedido de procesamiento. El fiscal federal Santiago Ulpiano Martínez pidió procesar a la médica forense Emma Virginia Creimer como partícipe necesaria del falso testimonio agravado por el que fue condenado el instructor de perros Marcos Darío Herrero.
Herrero recibió siete años de prisión por haber incriminado falsamente a policías en la investigación, una condena que la Cámara Federal de Casación Penal confirmó en febrero. El requerimiento fue presentado ante el Juzgado Federal N°1 de Bahía Blanca, según informó el Ministerio Público Fiscal.
La piedra de Teniente Origone
El pedido se centra en un procedimiento del 18 de febrero de 2021 en el destacamento policial de Teniente Origone. Allí Creimer, como perito de parte de la querella, encontró una pequeña turmalina que fue relacionada con un colgante del joven. Peritajes posteriores concluyeron que la piedra no pertenecía a Facundo.
Según la acusación, la médica habría conocido antes la existencia de la piedra y habría orientado la búsqueda. El fiscal sostuvo que la evidencia no permite afirmar, por ahora, que haya colocado el mineral, pero sí que habría intervenido «deliberadamente» en su localización y presentación como prueba. En su indagatoria, Creimer sostuvo que el hallazgo fue fortuito y negó cualquier maniobra con Herrero.
«La turmalina no fue un elemento independiente de la declaración falsa. Fue el resultado material que permitió exteriorizar y reforzar la supuesta capacidad detectora del perro», afirmó Martínez. El delito prevé de 1 a 10 años de prisión.
Un caso sin respuesta
Facundo, de 22 años, desapareció el 30 de abril de 2020 tras salir de Pedro Luro hacia Bahía Blanca, en plena cuarentena. Su cuerpo apareció el 15 de agosto de ese año en un cangrejal del estuario de Bahía Blanca. Según la autopsia, murió por asfixia por sumersión. Seis años después, la causa todavía no logró reconstruir qué pasó.
El dato: los policías que esas pruebas comprometían nunca fueron imputados. Según el propio Ministerio Público Fiscal, ante la falta de evidencia, los efectivos de la Policía bonaerense investigados por la hipótesis de violencia institucional no fueron imputados ni llamados a indagatoria.
Lo que tenés que saber:
- El fiscal Martínez pidió procesar a la médica Emma Virginia Creimer.
- La acusa de haber colaborado con el instructor de perros condenado por falso testimonio.
- El eje es una turmalina hallada en 2021 que se presentó como prueba contra policías.
- La médica negó haber sabido de la piedra antes del hallazgo.
- La muerte de Facundo sigue sin esclarecerse.
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